4 resultados para Magna Carta

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Este artículo tiene por objeto presentar una larga carta inédita remitida por Alfredo Bufano a Alberto Gerchunoff en 1943. Dicha carta, tipografiada y de dos carillas, fue hallada en el legado de Alberto Gerchunoff. La carta está dedicada a recordar la circunstancia en que Alfredo Bufano conoció a Alberto Gerchunoff, cuando el uno era incipiente empleado en una librería y el otro, un famoso periodista y escritor. El interés de la misma radica en la pintura del ambiente literario coetáneo de 1915, con mención de escritores que han perdurado o han sido olvidados, desencuentros vividos y valores compartidos, además del buen estilo humorístico y de picaresca escogido.

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La libertad de testar , se entiende como la facultad de decidir sobre el destino del propio patrimonio, constituyendo la materialización de la autonomía de la voluntad. La noción de autonomía de la voluntad surge a través de la doctrina civilista francesa de los siglos XVIII y XIX. Su reflejo fundamental lo constituye la “libertad contractual". Frente a un régimen económico fundado sobre la reglamentación y los gremios, el reconocimiento de la libertad de contratar significaba la superación de los privilegios feudales, la abolición de los obstáculos representados por las corporaciones, los monopolios fiscales y las aduanas interiores. El verdadero concepto de autonomía supone la libertad del particular de reglar sus asuntos e intereses, de ejecutar los derechos subjetivos que le pertenecen y de concertar o no los distintos negocios jurídicos que puede protagonizar. Es por ello y como mencionamos antes, la libertad de testar es una consecuencia de la autonomía de la voluntad, otorgando al sujeto la facultad de escoger libremente el destino de su patrimonio. El patrimonio, refleja una masa de bienes en una doble óptica: activa y pasiva. Desde la activa el patrimonio representa poder, espacio de libertad sobre las relaciones que lo compone. Desde la pasiva, un ámbito de responsabilidad respecto de las mismas, una garantía para los acreedores. Frente a esta libertad del sujeto, existe el régimen de Legítima, el cual impone a la persona una clara limitación en su derecho de testar, es decir limita la libre disposición del patrimonio, confrontando con la autonomía de la voluntad y con los derechos y valores protegidos por la Carta Magna. No obstante existen ordenamientos que en la actualidad respetan totalmente la voluntad del causante o imponen restricciones no tan severas como las que existen en nuestro país. Con este trabajo pretendemos mostrar la desigualdad existente en nuestro ordenamiento actual al momento de la distribución del patrimonio del causante, y las posibles variables de corrección que podemos aportar a partir de la investigación de las distintas propuestas doctrinales. En los primeros tres capítulos comenzamos con la exposición de los principales conceptos del derecho sucesorio. A partir del capítulo cuarto, en base al marco teórico ya mencionado, llegamos hasta nuestro régimen actual de legítimas y como se trata este tema en el derecho comparado, comenzando a vislumbrar las diferencias y desigualdades que se plantean en nuestro ordenamiento, las distintas Trabajo de Investigación “La necesidad de aumentar la porción disponible en sucesiones testamentarias" herramientas que se utilizan para evadir la inflexibilidad del mismo y el particular caso de la nuera viuda sin hijos. Finalizamos enumerando los fallidos intentos de modificación legislativa y las posibles correcciones a las que hemos llegado, en base a nuestro juicio y a esta investigación.

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El presente trabajo pretende analizar las modificaciones de la Ley Penal Tributaria 24.769, a partir de la sanción, en el año 2011, de la Ley 26.735. Así como también la responsabilidad del actuar profesional del contador, conforme lo que establece la ley. Para poder comprender mejor dichas modificaciones, se comienza haciendo referencia a aquellos conceptos propios y básicos del derecho penal. Si bien este contenido es propiamente jurídico, para nuestra profesión de contadores, se considera necesario desarrollarlo para una mejor comprensión del contenido de cada artículo de la Ley Penal Tributaria. Se incluyen conceptos como el de delito; su tipificación en las normas; el dolo o culpa que puede haber en el delito cometido. Así como también principios y garantías que nuestra Carta Magna, la Constitución Nacional, nos asegura; entre otros temas. Luego se explica cómo fue cronológicamente la modificación de la Ley Penal Tributaria desde la primera ley sancionada hasta la que rige actualmente. Y para entender las modificaciones, se analiza más detenidamente cuatro de los artículos modificados de la ley 24.769. Se procedió de esta manera, para poder darle una mayor explicación a aquellos delitos, que son los que más se suelen presentar. Estos delitos son los de evasión simple y agravada; tanto en lo impositivo como en el aspecto previsional. Por último se hace referencia a la responsabilidad del contador desde este punto de vista penal-tributario. Este tema es muy importante para los contadores, porque muchas veces no asumimos el riesgo que corremos al ejercer nuestra profesión, si la misma no se ejerce con cuidado y profesionalismo. Hay que saber trabajar con buenos papeles de trabajo que respalden nuestra tarea. Puede ocurrir que terminemos siendo cómplices de un delito de manera intencional, o simplemente porque llevamos a cabo la tarea que fue necesaria para cometer el delito, sin tener la intención de hacerlo. Entonces es necesario, que el profesional, tenga presente en su actuar de la existencia de esta ley.

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El presente trabajo tiene como finalidad mostrar la falta de un ejercicio integral de la ciudadanía que implique un conocimiento acabado de los derechos, obligaciones y garantías que se encuentran contenidos, explícita e implícitamente en nuestra Constitución Nacional. Un inconveniente que se presenta al leer la Carta Magna argentina es lo difícil que resulta su comprensión, en especial para los niños y niñas, debido a que no tienen el suficiente vocabulario, ni tampoco el desarrollo cognitivo que permita comprender el texto de manera adecuada. El conocimiento que ella tiene es de suma importancia para el desarrollo temprano de su ciudadanía. Por tal motivo, es que se ha propuesto realizar la mediación de la Constitución Nacional para niños de entre 8 y 12 años como herramienta a utilizar en dicho desarrollo.