52 resultados para Liquidación de impuestos
Resumo:
Es motivo del presente trabajo analizar al fideicomiso como herramienta para el desarrollo de un sector de la economía provincial de marcada importancia como lo es el de la construcción. En la actualidad vemos como este sector ha tomado relevancia e impulso y es por eso la necesidad de encontrar una figura que acompañe esta tendencia. El objetivo principal es analizar la fiducia inmobiliaria, como medio para sustentar un negocio, como así también explicar los motivos por los cuales este contrato podría convertirse en un medio usual en el mencionado sector, ya que si bien está siendo utilizado, aún existe desconocimiento de los beneficios que provee, fruto de una legislación muy joven.
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Todo sistema impositivo tiene como función la aplicación de tributos, por ello constituye el modo en que los estados obtienen recursos para solventar el gasto público y llevar adelante el desarrollo y buen funcionamiento de una nación. Siendo ese el sentido de su creación e implementación, aparecen como indispensables para el sostenimiento de los estados modernos. Sin embargo la aplicación de tributos, supone que se den en la misma, los principios de generalidad y equidad que, según los desarrollos teóricos de especialistas en el tema constituyen la base sobre la que se asienta la justificación del derecho de los estados de establecer cargas contributivas, que los ciudadanos deben cumplir de manera obligatoria. El estudio del sistema impositivo argentino nos lleva a preguntarnos: ¿Se cumplen los principios de generalidad y equidad en la aplicación del sistema impositivo argentino? ¿Funciona de forma equitativa, o existen sectores más vulnerados, por una incorrecta aplicación de los tributos? A través de este trabajo, que asume características de una investigación descriptiva del sistema impositivo, en tanto se analiza pormenorizadamente cada componente que constituye el sistema, se intenta cumplir con los siguientes objetivos: Establecer cómo se cumplen los principios de equidad, generalidad y razonabilidad en el funcionamiento del sistema; Reunir en un documento, la información necesaria, completa y relevante sobre el tema desarrollado. En la metodología utilizada se vincularon la lógica cualitativa, y se privilegia el análisis documental como estrategia de recolección de datos. En los primeros capítulos, a partir de las categorías conceptuales básicas se avanza en el estudio de cada uno de los componentes del sistema en particular, respecto de su forma de aplicación, objeto, sujeto, hecho imponible, alícuotas, exenciones, deducciones, tasa aplicables, entre los aspectos más relevantes. El corpus documental que se logra reunir, aparece como un insumo importante en orden a pensar en un elemento que haga más sencilla la tarea de consulta para profesionales y alumnos, respecto al tema impositivo. En el resto de la investigación se realiza un estudio comparativo sobre la aplicación y funcionamiento del sistema tributario actual de nuestro país y en otros países de América, al tiempo que se constatan los aspectos mencionados con las teorías que muestran un “sistema tributario ideal". Nos planteamos como hipótesis o anticipación de sentido lo siguiente: El acercamiento de nuestro sistema impositivo a las teorías de “sistemas tributarios ideales" redundaría en una aplicación más equitativa y razonable del mismo.
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El estudiante en Ciencias Económicas comienza sus estudios con gran entusiasmo y dedicación, cumpliendo con los programas de estudios de las distintas asignaturas y rindiendo los exámenes. A medida que el estudiante va avanzando y empieza a tener desafíos reales, que van surgiendo de su paulatina inserción en el medio laboral, nos planteamos como estudiantes avanzados en la carrera de Contador Público Nacional de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Cuyo que los conocimientos teóricos son una base de gran ayuda al momento de iniciar la profesión, pero no son suficientes. Esto se debe a que la profesión tiene un amplio margen de actuación y si bien podemos llegar a tener conocimiento de todos aquellos aspectos que definen la carrera, la complejidad de la realidad nos hace definir un campo de actuación determinado ya que no es posible abarcar todos ellos. Dicho campo de actuación generalmente dependerá de nuestras primeras experiencias como profesionales. De todos los posibles desafíos que pueden surgirle al joven contador nos es de interés la importancia del inicio de una sociedad que intenta insertarse en la economía local y el rol que cumple el contador como asesor y gestor en los trámites de constitución. El presente trabajo fue impulsado por el afán de exponer como una guía práctica los pasos a tener en cuenta a la hora de iniciar la labor, con el objeto de brindar una base sobre la cual el profesional pueda fundar su tarea, considerando todos aquellos aspectos esenciales para hacer de su trabajo una labor eficiente.
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En este trabajo abordaremos la frecuente problemática del derecho concursal ocasionada por la inadecuación del tratamiento respecto del pequeño concurso y su consecuencia: la desnaturalización de las soluciones que el mismo predica, cual es el caso de los pedidos de concursos y quiebra abusivos; para proponer una solución jurisprudencial abarcativa de este segmento social. Cabe agregar que son varias las hipótesis de abuso del derecho en materia concursal. Se han señalado las siguientes tipologías de desvío de las estructuras procedimentales concursales: 3 a) Abuso del procedimiento en caso de pedido de quiebra necesaria. b) Abuso del procedimiento en el caso de quiebra voluntaria. c) Abuso del procedimiento en el caso del deudor que solicita su propio concursamiento. d) Abuso del proceso en los pedidos de conversión de quiebra en concurso preventivo. Los últimos tres casos son protagonizados por deudores que buscan paralizar subastas inminentes, a tenor del efecto que produce tanto el concurso preventivo como la quiebra de suspender los "actos de ejecución forzada".
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Las cooperativas son entidades que se fundan en el esfuerzo propio y la ayuda mutua para organizar y prestar servicios. El rol del cooperativismo en Argentina es muy importante, ya que es uno de los factores que contribuye al crecimiento económico y social del país. Según los números del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía social (INAES), en la Argentina funcionan al menos 12.760 cooperativas de diferentes tipos: agropecuarias, de vivienda, de consumo, de crédito, de provisión, de servicios públicos, de trabajo, etc. Se reconoce al cooperativismo como un factor indispensable para mejorar la calidad de vida de los pueblos y dotar de mayor eficiencia a la economía de las naciones. Tal es así que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) señaló en un comunicado que “las cooperativas tienen un papel fundamental en la promoción del desarrollo socioeconómico de cientos de millones de personas en todo el mundo, especialmente en tiempos de crisis"; y la Organización de las Naciones Unidas (ONU) ha declarado el 2012 como el Año Internacional de las Cooperativas, instando a sus miembros para que “aprovechen el año para promover las entidades cooperativas y aumentar la conciencia sobre su contribución a la evolución del ser humano sustentada en principios solidarios". Debido a que provocan un efecto positivo en la sociedad y permiten que miles de personas puedan satisfacer sus necesidades a un precio y calidad justos, es que la legislación impositiva de nuestro país les reconoce, en algunos casos, beneficios. Estos están dispersos en todas las leyes, decretos, dictámenes y regulaciones que rigen la materia, siendo muchas veces, pasados por alto a la hora de querer cumplir con todos los deberes que les compete. Nos hemos propuesto investigar en profundidad a las cooperativas en su rol de contribuyentes y a través de este proyecto servir de guía para todos aquellos estudiantes, profesionales e interesados en el tema que deseen encontrar en un solo texto un compilado sobre la amplia cantidad de leyes que existen en nuestro país, su aplicación práctica y diversos aspectos que consideramos importantes destacar para simplificar el proceso de aprendizaje del tema y poder cumplir con las innumerables obligaciones que el Fisco nos impone y de las que las cooperativas no resultan exentas.
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El agente de retención es el sujeto que, en razón de su función, oficio, actividad o profesión, entra en contacto con una masa de riqueza que adeuda o que debe entregar al contribuyente, de la cual detrae, resta o amputa una parte, con la obligación de ingresarla a las arcas fiscales. Integra la relación tributaria, puesto que el hecho imponible se verifica con respecto al sujeto pasivo de la retención y su función comporta una intermediación en virtud de un mandato legal expreso que los sujeta, incluso, a consecuencias de naturaleza patrimonial y penal en caso de incumplimiento defectuoso de sus deberes. La legislación vigente ha impuesto a las distintas entidades financieras obligaciones en materia impositiva así como la figura de agente de percepción y retención. Esta imposición, ya que no es una opción sino que es una obligación impuesta por ley, implica para sobre quienes recae distintas responsabilidades y obligaciones como son la recaudación, presentación de declaraciones juradas e ingreso al organismo recaudador de los montos retenidos; implica para quienes ha recaído esa obligación mantener un determinada estructura a fin de poder cumplir con la legislación vigente, estructura que en muchos casos puede llegar a representar significativos costos, responsabilidad que si no cumple es sancionado con distintas multas como si fuese responsable por deuda propia, que varían si se trata de incumplimiento de deberes formales o bien por falta de ingreso de tributos. La justificación del tema está dada por la gran importancia en materia económica que implica para los organismos recaudadores, ya que las sumas recaudadas se suponen importantes en materia de ingresos de tributos tanto al Estado nacional como provincial, y así evitar un tema complicado como lo es la evasión impositiva tan criticada en nuestro país, y todo ello debido a una mala cultura tributaria y al mal diseño que poseen los impuestos en nuestro país afectando cada vez más a las clases medias y bajas.
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En el presente trabajo se analiza cómo se busca, a través del régimen vigente, minimizar los efectos fiscales adversos para la Administración Tributaria Nacional, mediante el análisis y estudio de los antecedentes históricos de la temática, la importancia de definiciones y conceptos técnicos, la normativa local vigente y el ámbito de aplicación de la misma, entre otros. Es un análisis del régimen de precios de transferencia como herramienta de las administraciones fiscales, utilizada para miniminizar los efectos generados por artilugios impositivos de empresas multinacionales y vinculadas.
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La reorganización, reestructuración o reingeniería, alude a los procesos que enfrentan las organizaciones para adecuarse a los permanentes cambios del mercado y así lograr, o mantener, niveles de competitividad y eficiencia. Tales procesos se pueden llevar a cabo mediante la venta de activos, de acciones o cuotas sociales; o a través de actos de asociación o escisión de sociedades, realizando o no, aportes a las nuevas sociedades. Desde la perspectiva fiscal, la principal problemática que implican estos procesos es si los mayores valores asignados a los bienes de las empresas reorganizadas deben o no, considerarse beneficios realizados y gravables. En principio, las transferencias que involucran estos hechos, están gravadas. En efecto, la Ley de Impuesto a las Ganancias (en adelante ―la ley‖) dispone que las ganancias provenientes del incremento del valor de los bienes serán reconocidas cuando se produzca la enajenación de los mismos, aclarando en su artículo 3 que “se entenderá por enajenación la venta, permuta, cambio, expropiación, aporte a sociedades, y en general, todo acto de disposición por el que se transmita el dominio a título oneroso". Asimismo, en caso de disolución, retiro o reducción del capital de las sociedades de personas, de responsabilidad limitada, en comandita simple, en comandita por acciones, o de explotaciones unipersonales, los bienes adjudicados a los socios se considerarán realizados por la sociedad al valor de plaza de los bienes al momento de su adjudicación (art. 71 del Decreto Reglamentario), por consiguiente las diferencias que pudieran surgir entre dicho precio de plaza y el valor original de los bienes también están gravadas por el impuesto. Sin embargo, se ha previsto una serie de disposiciones que permiten que determinadas reorganizaciones empresariales sean llevadas a cabo libres de impuestos. En general, estas situaciones se dan en casos en que no hay un cambio real en la propiedad de los bienes, o dicho cambio no es lo suficientemente relevante como para asignarle consecuencias impositivas. De esta manera, el legislador ha buscado no restringir el mejor desenvolvimiento de los negocios y a la vez, con ciertos requisitos, evitar reorganizaciones que persigan exclusivamente los beneficios fiscales, encubriendo verdaderas ventas de fondos de comercio o adjudicaciones de bienes a socios que retiran capital.
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El presente trabajo tiene como objetivo principal explicar el costo que tiene que afrontar una cooperativa al someterse al sistema impositivo que actualmente existe en la Argentina. Está orientado principalmente a profesionales contadores, para otorgarles una herramienta útil para poder encuadrar impositivamente a este tipo de entidades y poder prever el costo impositivo que implicaría la constitución y el desarrollo de las actividades de la misma. Por otro lado, también sería de interés para el personal del área empresarial, como también a alumnos y al público en general que tengan algún tipo de relación con cooperativas para poder informarse sobre los aspectos impositivos de las mismas.
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En el presente trabajo se pretende abordar la actual situación de los incentivos tributarios en la República Argentina. El motivo por el cual el tema ha sido escogido es porque se pretende obtener en un único documento una recopilación de los instrumentos más importantes vigentes a nivel nacional, ya que se consideran de suma importancia debido a que colaboran con la iniciativa privada en aspectos claves de los desarrollos productivos con el fin de incrementar el crecimiento, así como también el bienestar general de la población. El trabajo está compuesto básicamente por dos partes. Una primera que comprende el marco conceptual, expuesto en un primer capítulo denominado “Incentivos tributarios: conceptualización", a través del cual se pretende ubicar al lector comenzando con el concepto de incentivos tributarios, el marco constitucional bajo el que se encuentran amparados y fundamentalmente el impacto de los incentivos tributarios en la realidad social y económica actual. En un segundo capítulo, se expondrán los principales incentivos tributarios nacionales para lograr una detallada clasificación de los instrumentos actualmente vigentes en la República Argentina, brindando a través del estudio del marco normativo de cada uno de ellos una breve conceptualización, lo s objetivos perseguidos, los beneficiarios, los requisitos para acceder a los mismos y principalmente los beneficios que resultan de su otorgamiento. Finalmente, se expone la conclusión a la cual se arribó a través del análisis y estudio de los temas anteriormente expuestos. .
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Argentina es el principal productor de aceite de oliva de América del Sur, industria que, actualmente, se encuentra en franca expansión. En la década del '70, este sector ingresó en un período de crisis que duró más de dos décadas. Entre las razones, pueden señalarse el crecimiento de la producción de aceites de semillas - de costos más económicos y de excelente calidad - sumado al supuesto de considerar al aceite de oliva como producto poco saludable debido al alto contenido de colesterol. Pero a principios de la última década, la realidad volvió a cambiar y el olivo pasó a ser nuevamente una actividad rentable. El aumento de los precios internacionales, el descubrimiento de importantes beneficios para la salud y la belleza de la piel, el auge de la cocina gourmet, la posibilidad de aplicar la ley de diferimiento impositivo -que contempla que las empresas de cualquier sector puedan diferir el pago de impuestos nacionales para realizar inversiones en el sector agropecuario- son algunas de las razones que ubicaron al olivo en una situación de privilegio. La provincia de Mendoza lideró la producción hasta 1997, momento en el que La Rioja asumió dicho rol. De este modo, la provincia de Mendoza ofrece un escenario alentador para la instalación de pequeñas empresas dedicadas a la industria oleícola. El interés del presente trabajo se centra en la problemática de la escasa presencia del Marketing en las pequeñas empresas, al menos, sin la rigurosidad que esta disciplina implica. Esta situación tiene un importante componente de cultura empresarial ya que la orientación estratégica del negocio, en la mayoría de los casos, está relacionada con aspectos económicos más que a planteamientos de marketing estratégico. Muchas veces este plan se improvisa según el estado de las ventas. Curiosamente si las mismas se mantienen por los senderos deseados el presupuesto relacionado con el marketing se vea drásticamente afectado. Posiblemente, lo formulado se deba a que esta es una disciplina relativamente nueva para muchas empresas y la mayoría no vincula un Plan de Marketing con el incremento de las ventas y la participación en el mercado, y con la imagen de una marca. Por ello, un buen número de empresas no dispone de un departamento o persona encargada de esta área porque no considera prioritario este servicio. Así como no se cuestionan los servicios contables, laborales o jurídicos de la empresa, la comunicación y el marketing entran en la índole de las llamadas preocupaciones secundarias.
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En el presente trabajo se realiza un análisis del régimen especial que figura en el artículo 43 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado 23.349, más específicamente del beneficio denominado "Solicitud de Reintegro del Impuesto Facturado", relacionado con la posibilidad de solicitar el recupero del gravamen contenido en las adquisiciones de bienes y servicios destinados a exportaciones. Generalmente los exportadores para poder realizar sus operaciones hacia el exterior necesitan consumir bienes y servicios que les son proporcionados por sujetos que, en su mayoría, revisten la calidad de responsables inscriptos. Para los proveedores de dichos bienes y servicios estas operaciones generan un Débito Fiscal; y para los adquirientes, es decir, para los exportadores, generan un Crédito Fiscal que ante determinadas situaciones pasan a ser créditos de recuperabilidad exigible frente al Fisco. De esta manera, dichos créditos fiscales no sólo son compensables contra débitos fiscales originados en operaciones del mercado interno, sino que, cumplidos los requisitos legales exigidos al efecto, existe la posibilidad de recuperarlos en diversas formas: - acreditación contra otros impuestos, - transferencia del crédito a favor de terceros, - solicitando la devolución en efectivo mediante la generación del F 404 de AFIP. El mecanismo descripto, así como también el hecho de no gravar las exportaciones hace que desaparezca, en principio, la incidencia del IVA en las exportaciones, ya que además de no gravarse dichas operaciones existe la posibilidad de obtener el reintegro de lo que se habría tributado por los insumos necesarios para las mismas en las etapas anteriores. Es por esto que al régimen se lo denomina "gravabilidad a tasa cero". Considerando la importancia que tiene el beneficio detallado anteriormente y teniendo en cuenta la Resolución General 2000 de la AFIP se ofrece un estudio profundo de dicho beneficio a través de su conceptualización, tipos de recuperos, utilización de los métodos de recuperos; además se explica el procedimiento a seguir, que requiere la AFIP, para lograr la obtención del beneficio, y se presenta un ejemplo práctico con los cálculos a efectuar para determinar los montos de recupero que se pueden solicitar, esperando que sea de utilidad para los lectores.
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El sistema impositivo argentino, como cualquier otro, tiene como función la aplicación de tributos. Los contribuyentes y responsables de dicho sistema muchas veces se sienten perjudicados por sufrir liquidaciones impositivas por parte de los organismos recaudadores nacionales que consideran excesivas y alejadas de la realidad, violando los principios de equidad y razonabilidad en el funcionamiento del sistema tributario nacional. En esta situación, la legislación tributaria prevé remedios o medios de impugnación que posibilitan la revisión en instancias posteriores del pronunciamiento del órgano jurisdiccional, y que se denominan recursos tributarios. El objetivo del presente trabajo de investigación es describir de la manera más sencilla y clara, todo lo referido a la rama recursiva del derecho tributario nacional. Se realizó con la premisa de que resultara una guía práctica y de utilidad para todos aquellos interesados en conocer sobre la materia recursiva - impositiva, así como también para los Contadores Públicos Nacionales en lo que se refiere a su actuación profesional en dicha rama.
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A lo largo de su historia, la Argentina se ha caracterizado por ser un país exportador debido a la excelente calidad de sus materias primas y a la gran diversidad de sus productos. Después de la crisis del año 2001 se implementó un tipo de cambio favorable a los consumidores del exterior, lo que potenció los beneficios de dedicarse a la exportación. En la actualidad, hay muchos emprendedores y pequeñas y medianas empresas que operan en el comercio internacional o quieren comenzar a hacerlo, pero ellos no conocen en su totalidad cuáles son las implicancias inherentes a las importaciones y exportaciones que pueden tener en su actividad, como por ejemplo en el IVA. De acuerdo a consultas efectuadas en esta clase de empresas, la mayoría de ellas se plantea los siguientes interrogantes: ¿Cuál es la normativa actual que rige a las importaciones y exportaciones? ¿Se encuentran gravadas por el Impuesto al Valor Agregado? ¿Cuáles son las ventajas que brinda la legislación vigente? ¿Existe la posibilidad de recuperar los impuestos abonados en el mercado interno? ¿De qué forma puede lograrlo? ¿Qué régimen legal se aplica? ¿Qué tipos de recaudos deben tomarse para evitar inconvenientes ante los distintos organismos? En el presente trabajo nos proponemos brindar las herramientas necesarias para que este tipo de empresarios puedan tener un preciso conocimiento sobre los efectos del IVA en las importaciones y exportaciones y se encuentren en condiciones concretas de recuperar el crédito fiscal vinculado a operaciones de exportación.
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La categoría del Monotributo Social surge a partir de una iniciativa de modificación de la Ley de Monotributo, que buscaba crear una categoría para aquellas personas físicas o jurídicas que se encontraran fuera del sistema impositivo y previsional y que, a través del autoempleo, generasen ingresos por debajo de los $24.000 anuales (actualmente $32.196). A fines del año 2003, la modificación se hace efectiva y a partir del año 2004 toma vigencia. Hoy, 9 años después, el Monotributo Social suma a más de 500 mil personas adheridas al mismo. El régimen del Monotributo es una forma simplificada de pago de tres componentes. Con un monto fijo mensual se paga un componente impositivo, otro previsional y la obra social. La particularidad del Monotributo Social es que recibe múltiples beneficios del Estado Nacional, por ser parte estratégica de una política activa para la inclusión social. Por ello se encuentra exenta en el componente impositivo, su componente previsional es subsidiado por el ANSES y el componente destinado a la obra social es sustentado en un 50% por el Ministerio del Desarrollo Social. El monotributista social debe, entonces, pagar solamente el 50% restante de la obra social por mes. De esa manera accede a una cobertura médica, aporta a su jubilación y está habilitado para emitir facturas.