3 resultados para Acuerdo de víctimas

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Spanish Abstract: El presente trabajo analiza los posibles efectos que generaría en la regulación internacional de la inversión extranjera, el acuerdo de un capítulo de inversiones en el Acuerdo de Asociación Transpacífico (TPP), actualmente en negociaciones, sobre la base de la información disponible a la fecha. El artículo aborda cuatro aspectos que presentan especial importancia dada la divergencia de intereses entre algunos de los Estados negociadores: el ámbito de protección de la inversión extranjera; las normas sobre transparencia de los regímenes de inversión y sus disputas; la irrupción de entidades estatales como inversionistas extranjeros; y la solución de controversias a través del arbitraje inversionista-Estado. El autor concluye que en comparación a la actual fragmentación regulatoria de la que dan cuenta los acuerdos internacionales de inversión suscritos por los países negociadores del TPP, la incorporación de un capítulo de inversiones en ese Acuerdo es una oportunidad para avanzar en la convergencia de la regulación sobre inversión extranjera, tanto en materia de estándares sustantivos de protección de la inversión como en la mejora del arbitraje inversionista-Estado como mecanismo de solución de controversias.

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El Acuerdo global firmado en 1997 entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros y México, junto con el conjunto de decisiones adoptadas en este marco, ha sido eficaz y, por tanto, las modificaciones de este acuerdo se ven motivadas principalmente por el cambio del panorama mundial desde que este se promulgó por primera vez. Por ello, para las próximas negociaciones con México, es sumamente importante prestar atención a las consideraciones generales sobre cómo se configura la política comercial de la Unión Europea. En este contexto, se analizan las necesidades y expectativas, tanto de la UE como de México, con respecto a cualquier futuro acuerdo, haciendo especial hincapié en ámbitos que van más allá del comercio de bienes y servicios, tales como la contratación pública, la inversión y la cooperación regulatoria. Se defiende que, para cualquier modificación, deben tomarse como modelo los «antiguos» acuerdos de asociación, teniendo en cuenta que se centran en temas específicos de la UE y su capacidad para atender a las necesidades de México en cualquier acuerdo más avanzado que se vaya a celebrar.