35 resultados para corrupción subjetiva

em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar


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Esta investigación se llevó a cabo con el objetivo de develar los mecanismos que utilizan los periodistas y medios de comunicación para construir las noticias de todos los días. ¿De qué o de quiénes depende el enfoque o puntos de vista implícitos en la información? ¿Sobre la base de qué se seleccionan a los temas que se publican? ¿Cuál es el modelo dominante que se presenta en las noticias? Estas son algunas de las interrogantes que este libro busca contestar. Para abordar el vasto tema de la corrupción pública la autora realiza una investigación sobre el “Caso piponazgo” producido a partir de la denuncia de una diputada contra un ex presidente del Congreso Nacional, quien, por esta denuncia, se convirtió, además, en el primer ex presidente de la república que ha ido a prisión. La autora analiza –utilizando métodos cuantitativos y cualitativos– cómo el tema fue cubierto por un medio de comunicación escrito, en un período de cuatro años (agosto de 1997 – mayo de 2000), y realiza un análisis periodístico que toma en cuenta el espacio otorgado a la información, la ubicación de la noticia, el titular, el recurso gráfico y las relaciones existentes con casos o hechos paralelos. Para el estudio cualitativo, la investigación incluyó entrevistas con el fin de conocer las motivaciones de los comunicadores sociales que construyeron estas informaciones, la política del diario y de su director, y cómo esto incidió en el enfoque que prevaleció en la mayoría de las noticias sobre este tema.La investigación revela que el periódico tenía una línea o política para el tratamiento de este caso, así como la predisposición de los periodistas para favorecer o desfavorecer a los implicados.

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El tema relativo al control en la administración pública y aún en el ámbito privado, es un aspecto presente en la administración de todo país, su presencia es parte fundamental para garantizar el debido desarrollo de las actividades privadas y públicas, desde empresas pequeñas hasta los órganos de más alto nivel de todo Estado. Todos los ordenamientos jurídicos de los países, y no por excepción el nuestro, mencionan diferentes organismos de control con los que cuenta el Estado, y que tienen ámbitos de competencias exclusivas y funciones especiales, sin embargo de ello no escapa la existencia de ciertas complicaciones para el ejercicio de la actividad de control por el Estado, ya se deba a falencias en cuanto a: la gran diversidad de órganos de control previstos en la Carta Magna; la verdadera necesidad de su existencia; al eficaz cumplimiento de sus actividades; la interferencia de unos respecto de otros; a la existencia de corrupción dentro de ellos; entre otros. El presente estudio a través de un análisis jurídico-critico del desarrollo de la actividad de control en general y especialmente de dos de los órganos de control previstos en la Constitución Política Ecuatoriana de 1998: Contraloría General del Estado y Comisión de Control Cívico de la Corrupción, así como del modelo adoptado en la actual Constitución Política de la República del Ecuador (2008), pretende deslumbrar un deber ser de un órgano de control, tanto a ejercerse por un órgano contralor como por un órgano anticorrupción, como la posible interferencia entre los mencionados órganos.

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El acelerado progreso de la tecnología ha irrumpido en los esquemas convencionales de los medios de comunicación, transformándolos en mercancía, envueltos en imágenes cada vez más impactantes, subjetivas y fascinantes que nublan el entendimiento de los consumidores. La mediática y los valores cívicos de los periodistas parecen contraponerse al momento de escribir una historia, tipo drama, que encuadra dentro de los cánones de la subjetividad y del escándalo. Este ritmo vertiginoso, superfluo y superabundante está atrapado en las redes del poder económico-político y, muchas veces, en las marañas invisibles de las mentes aturdidas, por esos mismos mensajes, de quienes fabrican las noticias. Este trabajo investigativo constituye la punta del ovillo que debe ser desenrrollado algún día, en algún momento, en algún espacio de este mundo.

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El fraude aduanero se expresa en diferentes prácticas relativas al comercio exterior que infringen tanto el ordenamiento jurídico interno como el internacional; produce un beneficio ilegítimo a los particulares y afecta la economía de los países, ya que minimiza artificiosamente los ingresos que éstos deben percibir. Por ello, se establecen normativamente diferentes controles y sanciones para propender al buen funcionamiento administrativo, neutralizar y reprimir esas malas prácticas. En cuanto a las tendencias globales, la integración comercial y los acuerdos que se suscriben en la actualidad han generado en algunos casos el incremento del fraude aduanero y en otros su disminución, ello sumado a la implementación de las tecnologías de información han promovido una interrelación entre las diferentes aduanas de los distintos países con el apoyo de entidades internacionales de control en este ámbito, como es el caso de la Organización Mundial de Aduanas. Este trabajo examina el fenómeno del fraude aduanero, partiendo de una revisión global con la remisión a la normativa internacional y regional pertinente, las reformas al ordenamiento jurídico nacional y los aspectos a considerarse para potenciar los mecanismos de control encaminados a mejorar la gestión administrativa y a contrarrestar esas prácticas nocivas para el desarrollo del país.

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La presente investigación tiene como objeto analizar si el Plan Nacional de Prevención y Lucha Contra la Corrupción de Ecuador, elaborado por la Función de Transparencia y Control Social, es o podría convertirse en una herramienta adecuada para combatir la corrupción y qué mecanismos, actividades, programas y políticas servirían para lograrlo. La tesis abarca en el primer capítulo el marco conceptual sobre lo que significa la corrupción, el análisis de sus causas y consecuencias para sentar las bases de una definición que sirva de fundamento teórico durante la investigación. En el desarrollo se resalta el alcance de la lucha contra la corrupción en el Ecuador, el marco jurídico actual haciendo énfasis en los principales instrumentos internacionales que se han suscrito como país en dicha materia y, el papel de la Función de Transparencia y Control Social. El segundo capítulo aborda la manera cómo se intenta combatir la corrupción mediante la participación ciudadana y el control social, en especial se detallan a profundidad los mecanismos que servirían de herramientas para que la ciudadanía se convierta en un actor fundamental para frenar la corrupción. El tercer capítulo explica cómo se construyó y cuáles son los elementos del Plan Nacional de Lucha y Prevención contra la Corrupción, que es la guía más importante con la que cuenta el país en la actualidad para dirigir y articular la lucha contra la corrupción. El cuarto capítulo enfoca la medición de la corrupción, cuyo sistema constituye una falencia del Plan y, a partir de ese análisis, propone una serie de indicadores que constituyen una hoja de ruta para alcanzar ese objetivo. En la parte final expone las conclusiones y las recomendaciones.

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Desarrolla un análisis exegético del delito político, razón ésta por lo que constituimos como base fundamental una estructura, que partiendo de lo semántico y conceptual, se articula con la doctrina, para luego ir modulándose con lo filosófico, sociológico y político, lo cual dará como resultado el entronizamiento de las tres teorías básicas: objetiva, subjetiva y mixta o ecléctica. Como antecedente diseñamos un escenario temático que realiza un estudio hermenéutico de Derecho Penal, Constitucional y Ciencia Política, base determinante para más allá profundizar el sendero intrincado y enmarañado de lo que constituye nuestro propósito y objetivo, siempre buscando que no sea fruto del azar o de una acción providencial. Abordar el estudio del delito político y la amnistía, implica deslizarse en el médano o en una duna, sin más armas que las ideas firmes sobre la justicia, para hacerles frente desde el plano ideológico a los enemigos de la libertad y la democracia, trilogía que se constituye en un dogma, cuyo corolario hace de estos valores, verdaderos paradigmas, los mismos que de acuerdo a la axiología jurídica son el propósito y fin del Estado Social Democrático de Derecho y Constitucional. El delincuente político irrumpe en el escenario social, el instante en que se vulneran y transgreden los principios básicos de convivencia, provocando desajustes y desequilibrios que afectan la dignidad humana, originando inconformidad, cuyas connotaciones se suelen canalizar a través de expresiones sociales como la resistencia, la rebelión, la revolución y el terrorismo, temas que son debidamente analizados en los capítulos pertinentes. En el Ecuador, los temas del delito político y la amnistía no han sido debidamente tratados, razón por la cual, a la luz de las diferentes corrientes que se esgrimen, formulamos un estudio que se concreta en principios y proyecciones de nuestra realidad. En conclusión definimos que el cambio estructural de una sociedad organizada es producto del ejercicio de la soberanía popular, pilar fundamental en el que descansa el Estado como principio político-democrático, ejerciéndoselo a través del poder constituyente que se consumará con la creación del texto constitucional.

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Las instituciones clásicas de la responsabilidad civil en los sistemas jurídicos que mantienen el régimen subjetivo, y el ecuatoriano en particular, procuran la defensa de los derechos ambientales a partir de una concepción patrimonialista; razón por la cual los instrumentos normativos han sido diseñados para proteger por separado cada uno de los elementos de la naturaleza, asumidos como bienes específicos de tutela jurídica y en consecuencia ignorando su función integral; hecho que dificulta la reparación eficiente de los derechos vulnerados por daños ambientales y aún más compleja la reparación cuando se trata de un daño ecológico puro. La incidencia del derecho comparado y de las recomendaciones doctrinarias en la evolución de las normas legales, coadyuvan a que los Estados asuman la responsabilidad extracontractual objetiva para el tratamiento de las afectaciones generadas a partir de un daño ambiental, cuyos efectos recaigan sobre bienes patrimoniales particulares, o bienes de titularidad indiferenciada. Desde esta perspectiva, la presente investigación pretende re-conceptualizar ciertos términos del derecho positivo objetivo sobre la materia, evidenciar las dificultades prácticas que genera el régimen de responsabilidad civil extracontractual subjetiva contenido en las instituciones del Código Civil ecuatoriano, y destacar su insuficiencia en los procesos de reparación integral de los daños ambientales. Las conclusiones que plantean son provisionales y más que respuesta a los problemas concretos, podrían ser asumidos como nuevos elementos del contenido esencial para futuros debates teórico-metodológicos que coadyuven a la implementación de instrumentos jurídico-institucionales para la reparación de daños ambientales.

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La presente investigación, trata de conocer al servidor público, su naturaleza jurídicaadministrativa, clases, así como su rol frente a la administración pública; se estudia el servicio público como actividad encaminada a satisfacer una necesidad de carácter general, bien sea que su prestación este a cargo del Estado directamente, de concesionarios o mediante procedimientos peculiares del derecho público. Trata de las disposiciones constitucionales referente a la función pública, sus organismos y dependencias, las servidoras y servidores públicos que actúan en virtud de una potestad estatal, las competencias y facultades que les atribuye la Constitución y la ley. Dentro de las responsabilidades se puntualiza las tres principales que son: La administrativa, civil y penal y la competencia que ejerce la Contraloría General del Estado en estos casos. En lo referente al peculado, se realiza una síntesis histórica, citando varios conceptos y los comentarios, su clasificación en peculado propio, impropio, por uso oficial diferente, lo que permite conocer de manera objetiva cada uno de estos delitos. Se presenta el peculado en el Ecuador, su evolución a través de los Códigos Penales y los cambios que se han venido presentando a través del tiempo, se ha identificado el peculado bancario en nuestra legislación, el que se aparta de la figura de la malversación de fondos. En esta tesis se ha determinado que el delito de peculado es eminentemente doloso, por cuanto agota toda la fase del iter crimines; mientras que, lo que conocemos como peculado culposo, que está inmerso netamente dentro del campo administrativo. Se concluye con las conclusiones y recomendaciones de rigor.

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La compleja realidad latinoamericana se encuentra aún caracterizada por la pobreza, la exclusión social, los altos índices de corrupción pública y privada, la violación de los derechos humanos y por una ineficacia gubernamental generalizada. Esta situación requiere; sin lugar a dudas, de un nuevo abordaje que implique el establecimiento de mecanismos institucionales que permitan aunar esfuerzos entre el Estado, los ciudadanos y la sociedad civil en beneficio de construir soluciones viables de corto, mediano y largo plazo en un ambiente de libertad, inclusión, responsabilidad y eficiencia. En ese contexto de necesidades, especialistas y expertos han volcado la mirada, y puesto su atención en la posibilidad de que ciudadanos y ciudadanas participen en la gestión pública, como una alternativa de cambio institucional y de “perfeccionamiento” de nuestras democracias. ¿Será posible entonces, impulsar un nuevo esquema de funcionamiento democrático, donde el ciudadano, el pueblo, y la sociedad civil ocupen el lugar de protagonismo frente al Estado, sus instituciones y su gobierno? ¿Puede contribuir la participación ciudadana a alcanzar la senda del desarrollo, la prosperidad y la modernidad, en nuestros países? Exploremos algunos de sus rasgos distintivos y tal vez, luego obtendremos conclusiones.

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El concepto de seguridad ciudadana diseñado como bien jurídicamente protegido y que engloba a varios derechos de las personas tomadas en conjunto, se ha ido perfilando considerando que hoy en día la convivencia pacífica en una sociedad se encuentra amenazada por la existencia de tensiones y conflictos que generan conductas violentas y que han surgido por diferentes causas. Entre las que podemos señalar a dos de ellas que son complementarias, una es la crisis económica que afecta a la mayor parte de los países del mundo y la crisis de valores, que han generado pobreza, marginalidad, desempleo, drogadicción, alcoholismo, corrupción, pérdida de identidad, perdida de confianza en el otro, etc. Pero también podemos señalar que la vida colectiva de los seres humanos, en cualquiera de sus modos de expresión, necesita de un orden. La finalidad de este orden consiste en hacer posible que cada uno de los integrantes de la comunidad pueda alcanzar la mayor realización posible en su condición de persona, mediante la promoción de un ambiente de vida caracterizado por la armonía, la paz y la vivencia cotidiana de la seguridad, abriéndose paso así a la expresión de toda la potencialidad que contiene la libertad humana, en su creatividad material o espiritual, lo que da origen a la felicidad.

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¿Por qué en los circuitos judiciales se obtienen procedimientos y resoluciones jurídicas que no necesariamente son valoradas como “justos”? Bueno, el orden jurídico o sistema de leyes no proviene del Cielo ni de ninguna naturaleza humana abstracta. Proviene de legisladores que buscan o constituir o contribuir a la reproducción de un determinado orden social que, en las sociedades que conocemos, se sigue de correlaciones determinadas y conflictivas de fuerzas sociales. En sencillo, un orden jurídico expresa, en su nivel, dominaciones de clase, de sexo-género, de generación, de etnia o ‘raza', internacionales o geopolíticas, etc., e intentan contribuir con las condiciones que facilitan la reproducción de esas dominaciones o imperios. Por supuesto, ello implica tanto funcionalidades como contraposiciones y conflictividad. Los jueces y magistrados son funcionarios públicos que deben conocer y resolver en el marco de esa legislación que, desde luego, no hace materialmente “justicia” a los dominados (aunque pueda ofrecer posibilidades para que algunas situaciones conflictivas, o ‘casos', se resuelvan en su beneficio). A la básica consideración anterior debe añadirse la observación, para nada marginal, respecto de que los órdenes jurídicos existentes en América Latina poseen amplias secciones “trasplantadas” desde otras formaciones sociales e historias. Esto quiere decir que no se siguen de los patrones de comportamiento efectivo o sociohistórico de la población, y que esas secciones entran en conflicto (de no correspondencia) con otras secciones del mismo orden jurídico más sociohistorizados y también con ‘privilegios' premodernos a los que son muy adictos los legisladores en sistemas políticos determinados por la corrupción y la venalidad (clientelismos incluidos), y que estos y otros factores hacen de los cuerpos jurídicos latinoamericanos sistemas para “expertos” y también para “oportunistas”.

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La Constitución de 1993, en forma implícita ha determinado que el Poder Judicial (PJ), Ministerio Público (MP), Tribunal Constitucional (TC), Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), Academia de la Magistratura (AMAG) y Jurado Nacional de Elecciones (JNE) formen parte de un Sistema de impartición de Justicia. Sistema que en las actuales circunstancias, producto a actos de corrupción generalizado que encontraron una salida de escape con la captura del Vocal Supremo Provisional Eduardo Palacios Villar, ha generado un debate en el Congreso de la República , Corte Suprema de la República y el Ejecutivo para establecer los mecanismos necesarios para una nueva reforma judicial. Sin embargo cuando se aborda la problemática de la reforma judicial, sólo se considera al PJ y en menor medida al MP, sin considerar que parte de la problemática del sector responde a las acciones de otras instituciones. Por ejemplo, la provisionalidad de los magistrados se debe en gran medida a la acción directa del CNM, la cual no ha nombrado magistrados en plazas de tanta importancia como es la Corte Suprema de la República y la Fiscalía Suprema. Adicional a la provisionalidad, es posible considerar otros factores como la lentitud procesal, la excesiva carga procesal, elevados niveles de corrupción en todos los ámbitos y una magistratura que no genera confiabilidad por emitir fallos contradictorios (que llegan a cuestionar inclusive la misma capacidad intelectual de los mismos magistrados) o ajenos a una predictibilidad mediana; lo cual en conjunto genera un nivel de aprobación que no supera el 15% de aceptación. Sin embargo uno de los grandes problemas que enfrenta una eventual reforma del SIJ es la estructura de la carrera de la magistratura, la cual según nuestra propia constitución y leyes orgánicas del PJ y MP es de régimen abierto, lo cual genera inconvenientes en una estructura de desarrollo socio económico nacional. Por ello es necesario que la reforma judicial que se pretenda iniciar aborde la reforma de las leyes orgánicas del PJ, MP, y CNM para efectos de definir los marcos generales de una carrera pública en la magistratura, que permita la operatividad de funciones en las instituciones y no genere los vacíos y provisionalidad existentes en la actualidad.

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El texto analiza la forma en que la Constitución vigente regula la estructura, atribuciones y funcionamiento de los organismos de control y propone la forma en la que el tema debe ser tratado en una nueva Constitución. Para ello, se considera necesario tomar en cuenta la naturaleza de cada institución, lo que implica quitar a la Procuraduría General del Estado el carácter de órgano de control, y establecer un sistema de control fuerte concentrado en una única institución y no, como ocurre actualmente, disperso en varias entidades. La eliminación de la Comisión de Control Cívico de la Corrupción se muestra por ello como necesaria y, para contribuir a la independencia de la Contraloría General del Estado, poner especial atención en el período de funciones del Contralor, a fin de que éste no coincida con los períodos presidenciales. La utilización de las nuevas tecnologías para informar a la ciudadanía y permitir su participación en el control de la gestión pública es, también, indispensable.

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Este artículo busca generar debate académico sobre la naturaleza jurídica de los pronunciamientos del Procurador General del Estado en el Ecuador, y determinar si se trata de un acto normativo, de un acto administrativo, de un acto de simple administración, de un acto complejo o de un acto de naturaleza sui géneris, asunto que nos permitirá establecer a su vez la o las vías de impugnación de estos pronunciamientos, sean estas acciones constitucionales como de inconstitucionalidad de acto normativo, de acto administrativo o de amparo, o las acciones contencioso administrativas objetiva o de anulación, o subjetiva o de plena jurisdicción.

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Este artículo plantea que, para poder actualizar la agenda internacional del Ecuador, se torna necesario considerar los cambios drásticos experimentados en las relaciones internacionales durante la última década. De manera particular, se debe contemplar que la caída del Muro de Berlín significó la imposición rigurosa del liberalismo económico y, a su vez, que los atentados del 11 de septiembre de 2001 implican la imposición de una ideología guiada por la lucha antiterrorista. Todo esto influye en labor de la Cancillería con relación a la cooperación internacional, organismos bilaterales y multilaterales. Finalmente, se definen temas prioritarios tales como el fortalecimiento a la democracia, seguridad, la lucha contra la corrupción, la migración, Derechos Humanos, medio ambiente, terrorismo y narcotráfico.