2 resultados para Vocal imitation
em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar
Resumo:
La Constitución de 1993, en forma implícita ha determinado que el Poder Judicial (PJ), Ministerio Público (MP), Tribunal Constitucional (TC), Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), Academia de la Magistratura (AMAG) y Jurado Nacional de Elecciones (JNE) formen parte de un Sistema de impartición de Justicia. Sistema que en las actuales circunstancias, producto a actos de corrupción generalizado que encontraron una salida de escape con la captura del Vocal Supremo Provisional Eduardo Palacios Villar, ha generado un debate en el Congreso de la República , Corte Suprema de la República y el Ejecutivo para establecer los mecanismos necesarios para una nueva reforma judicial. Sin embargo cuando se aborda la problemática de la reforma judicial, sólo se considera al PJ y en menor medida al MP, sin considerar que parte de la problemática del sector responde a las acciones de otras instituciones. Por ejemplo, la provisionalidad de los magistrados se debe en gran medida a la acción directa del CNM, la cual no ha nombrado magistrados en plazas de tanta importancia como es la Corte Suprema de la República y la Fiscalía Suprema. Adicional a la provisionalidad, es posible considerar otros factores como la lentitud procesal, la excesiva carga procesal, elevados niveles de corrupción en todos los ámbitos y una magistratura que no genera confiabilidad por emitir fallos contradictorios (que llegan a cuestionar inclusive la misma capacidad intelectual de los mismos magistrados) o ajenos a una predictibilidad mediana; lo cual en conjunto genera un nivel de aprobación que no supera el 15% de aceptación. Sin embargo uno de los grandes problemas que enfrenta una eventual reforma del SIJ es la estructura de la carrera de la magistratura, la cual según nuestra propia constitución y leyes orgánicas del PJ y MP es de régimen abierto, lo cual genera inconvenientes en una estructura de desarrollo socio económico nacional. Por ello es necesario que la reforma judicial que se pretenda iniciar aborde la reforma de las leyes orgánicas del PJ, MP, y CNM para efectos de definir los marcos generales de una carrera pública en la magistratura, que permita la operatividad de funciones en las instituciones y no genere los vacíos y provisionalidad existentes en la actualidad.
Resumo:
El autor sostiene que Simón Rodríguez se propuso crear un pensamiento americano, que conociera y llegara a resolver los problemas de la región. Estos últimos tenían que ver con la vida social, las instituciones, las conductas e ideas, las perspectivas del pasado y del futuro. Era importante crear una conciencia del “ser social” en América por medio de la Razón, y no basarse en proyectos civilizatorios inspirados en ideas importadas y en la política del exterminio, como los de Andrés Bello y Faustino Sarmiento. Guzmán enfatiza que Rodríguez fue defensor de la república, inspirado en la Revolución francesa y en las utopías sociales europeas, que sus ideas pedagógicas planteaban una instrucción social general, basada en la Razón que proviene del estudio de las cosas, y en una valoración por el trabajo útil. El autor resalta dos nociones de Rodríguez: que sin luces, no habría proyectos propios y los políticos estarían condenados a imitar, y que la realidad podía cambiarse con la unión, el desarrollo de las industrias y el derecho de propiedad, junto a la enseñanza de oficios útiles.