20 resultados para Precedentes

em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar


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En atención a la disposición constitucional consagrada en el numeral 2 del artículo 184 que, establece como una de las funciones de la Corte Nacional de Justicia el desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración y, considerando que la jurisprudencia es considerada para muchos tratadistas la verdadera ciencia del derecho, nos interesamos en estudiar “El Acto Administrativo desde la Jurisprudencia Tributaria en el Ecuador”. En efecto, el primer capítulo contiene el acto administrativo tributario con mención de su antecedente, concepto, elementos, régimen legal y, sobre todo, la relación existente entre el Derecho Administrativo y el Derecho Tributario como ramas especializadas provenientes de una misma ciencia: Derecho. El segundo capítulo que se refiere a la Jurisprudencia Tributaria Administrativa comprende la jurisprudencia existente hasta la fecha respecto de las facultades características de la administración tributaria, constituida por la determinadora y recaudadora; actos firmes y ejecutoriados, qué no constituyen actos administrativos; citación y notificación; motivación; nulidad y convalidación; caducidad y prescripción; resoluciones administrativas; silencio administrativo; y, finalmente el control de legalidad. Producto del trabajo de investigación se encuentran las conclusiones y recomendaciones que contienen los aspectos considerados de mayor importancia y sugerencias que pudieren ser tomadas en cuenta para la mejora de la administración pública en general.

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La reforma a la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial No 406 del 28 de noviembre del 2006, entrega a los notarios ecuatorianos nuevas atribuciones, en los actos de jurisdicción voluntaria. Un tema que surge a discusión es si los notarios ejercen jurisdicción voluntaria de forma plena, o está limitada a ciertos actos. Las variantes doctrinarias de si existe jurisdicción voluntaria son abordadas desde distintas ópticas sin que ninguna de las teorías de su naturaleza alcance unanimidad, por lo que al no estar justificada teóricamente, países vecinos no incorporan esta institución en sus legislaciones procesales. Al ser analizada a profundidad son evidentes sus inconsistencias que ha hecho que todo el talento humano designado para la resolución de conflictos de intereses deba ocupar su valioso tiempo para asuntos, en los que, existiendo un acuerdo previo, se lo tramite con un procedimiento muy similar a los asuntos contenciosos. Por ello propongo un análisis comparativo entre el procedimiento que realiza el juez como el notario identificando cada una de las fases que cumplen ambos funcionarios, haciéndose evidentes las ventajas de que todos los asuntos de jurisdicción voluntaria sean resueltos exclusivamente por el notario. La diferencia de procedimientos en el ejercicio de la jurisdicción voluntaria, respecto de lo que ejecuta el juez y notario, permite identificar las diferencias que básicamente son formales, desde la demanda respecto de la petición, del acta notarial en relación a la sentencia, ha hecho que la gran cantidad de actos de jurisdicción voluntaria retarden el despacho de las causas contenciosas. Por lo que proponer los fundamentos que hacen factible el ingreso en nuestra legislación procesal civil y notarial, de los actos no contenciosos, cuyo procedimiento y resolución de esos actos debería ser de conocimiento exclusivo de los notarios, implicaría una reforma sin precedentes en nuestro país que contribuiría a agilitar el acceso a la justicia de los ciudadanos ecuatorianos. Mi desempeño como notario público del cantón Quito, además siendo operador de la Función Judicial, me permiten reflexionar si verdaderamente existe la jurisdicción voluntaria y sobre todo si la misma está limitada a ciertos actos, para los notarios. Entonces la reforma debería emprenderse por la eliminación de la jurisdicción voluntaria y su reemplazo por los actos no contenciosos en el Código de Procedimiento Civil y la Ley Notarial. Por lo que la eventualidad de que un asunto no contencioso 5 se transforme en controvertido no constituye problema para emprender en la reforma que justificaré en el desarrollo del presente trabajo. Ya que de ocurrir se establece un procedimiento único para los casos en los que se produzca resolviendo de esta forma la eventualidad antes referida. En el evento de que no exista acuerdo para llevar a cabo un acto no contencioso ante el notario, en consecuencia ante un juez de lo civil, se debería seguir el mismo procedimiento para los asuntos no contenciosos que se convirtieron en controvertidos, más la obligación constitucional y procesal de realizar la citación al demandado.

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Esta tesis se divide en tres capítulos que buscan englobar en forma sucinta, pero profunda, cómo actúan los órganos de la administración tributaria central en el trámite del recurso de revisión, tal como se encuentra previsto en nuestra legislación actual. Para ello, en el Capítulo I se abordarán los aspectos teórico-jurídicos de los actos administrativos, propendiendo a definir cuáles de estos son susceptibles de ser revisados. Posteriormente, dentro del mismo primer capítulo, se analizará a los recursos administrativos en general, pero enfocándonos en el recurso de revisión en particular. En el Capítulo II, nos centraremos en el estudio del marco jurídico del recurso de revisión en el Ecuador, relacionándolo, en primer lugar, con los principios constitucionales que rigen el sistema tributario ecuatoriano; continuaremos con el análisis del tratamiento que recibe este mecanismo legal dentro del Código Tributario y en otras normas que le son aplicables, especialmente aquellas que se relacionan con los cuerpos legales que norman a cada una de las instituciones de la administración tributaria central. Finalmente, se analizarán precedentes jurisprudenciales que abordan importantes temas referentes a esta tesis. En el Capítulo III se analiza ya en forma central el tema medular de esta tesis, esto es, la actuación de la administración tributaria en el recurso de revisión. En las conclusiones y recomendaciones se expresa el criterio de quien escribe el presente trabajo investigativo, con el que se persigue como fin el conseguir un instrumento de análisis, estudio y crítica también, por parte de abogados y estudiantes interesados en el derecho tributario.

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Entre los años 1980 y 2000 el Perú vivió un episodio de violencia política, un conflicto armado interno sin precedentes, que dejó un doloroso saldo de asesinatos, secuestros, desapariciones forzadas, torturas, detenciones injustas, graves crímenes y violaciones a los derechos humanos. Ha sido el episodio de violencia interna más cruento y prolongado de toda la historia de la República; este conflicto fue desatado por grupos alzados en armas (Sendero Luminoso y el Movimiento Revolucionario Túpac Amaru MRTA) y el estado, que puso en manifiesto varios desencuentros y brechas de todo orden, brechas que albergaron profundo dolor en la sociedad. Se llevaron a cabo diversas acciones, omisiones y violaciones a los derechos fundamentales de la persona humana; factores que desencadenaron una crisis moral y política de graves consecuencias, que el país necesita reparar, lo cual requiere la aplicación de la sanción efectiva a los responsables de las violaciones. La violencia política enfrentó a peruanos que de una manera u otra fueron partícipes en este escenario de violencia, unos mas que otros; según el grado de vulnerabilidad e indefención propio de las condiciones económicas y sociales, que se originaron en brechas insalvables, terminando por destruir el tejido social, la base productiva material, la organización familiar y la infraestructura publica, provocando así la pérdida de acceso a servicios estatales, la institucionalidad pública y la afección a la salud mental de casi todos los peruanos.

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Los Contratos Electrónicos son una nueva forma jurídica que aún se encuentra en proceso de gestación. En el marco de las Organizaciones Internacionales y los Estados existe un creciente interés por regular la contratación por medios electrónicos, esto debido en gran parte al acelerado y vertiginoso desarrollo del comercio electrónico, que está dejando en el pasado a los métodos tradicionales de contratación. La presente investigación tiene la finalidad de conocer a fondo la situación actual de los contratos electrónicos en el Derecho del Comercio Internacional. Con el objetivo de realizar un aporte significativo en la materia, se desarrollarán tanto un enfoque jurídico, como un enfoque técnico de la problemática. En el área jurídica será sustentada en los Convenios internacionales que rigen la materia, Derecho Comunitario Europeo, leyes modelo, legislaciones nacionales, e instrumentos de soft law. El área técnica constituye el soporte accesorio necesario al tratarse de una investigación sustentada en la tecnología, por ello temas como protocolos de Internet, métodos de autentificación, y análisis informáticos referentes a evidencias digitales, serán analizados en relación a la normativa internacional y precedentes jurisprudenciales. ¿Hacia dónde va la contratación por medios electrónicos?, ¿Qué avances jurídicos se han plasmado con respecto a la realidad de la contratación comercial?, ¿Son los avances jurídicos adecuados para el ciberespacio?, ¿Qué ventajas ofrecen los contratos electrónicos con respecto a seguridad, costo y celeridad? Estas, y muchas más, son las interrogantes planteadas que constituyen objeto de la presente investigación, y que ayudarán a encaminarla hacia un nuevo panorama, mismo que desde una clara perspectiva del problema, ofrezca nuevas proyecciones respecto al tema.

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El presente trabajo de investigación tuvo como objetivo central evaluar con base en el estudio de la doctrina, el derecho comparado, y los pronunciamientos de órganos competentes, el avance de la materia de competencia desleal en las legislaciones internas de los países miembros de la CAN. De manera especial, se buscó determinar la situación de la legislación ecuatoriana, y proponer pautas para la instauración de un régimen integrado y eficiente de protección contra prácticas desleales de mercado. Los asuntos específicos de competencia desleal vinculados con el comercio exterior, como el dumping y las subvenciones, no fueron parte de este trabajo, ya que presentan particularidades que requieren un tratamiento independiente. Para alcanzar los objetivos propuestos, el contenido de esta investigación se distribuyó de la siguiente manera: El Capítulo I se concentró en aspectos introductorios, con el fin de establecer el sustento teórico con base en el cual se desarrollaría el trabajo. El análisis empezó por la revisión de las disposiciones relevantes para la materia que integran la Constitución económica dentro de los países que conforman la Comunidad Andina de Naciones -CAN-. Posteriormente, se arribó a una definición personal sobre competencia desleal, previo el estudio de referentes doctrinarios y legales, y se analizó el tema de la cláusula general. Finalmente, se establecieron los puntos de conexión entre la disciplina que estudia la competencia desleal y otras ramas jurídicas. El Capítulo II, se refirió concretamente al tratamiento que de los actos típicos de competencia desleal se hace en las legislaciones internas de los países de la CAN, con el objetivo de determinar las fortalezas y debilidades de las disposiciones sobre el tema. La tipología revisada fue la siguiente: actos de confusión; actos de engaño; actos de descrédito; actos de sustracción y explotación de secretos; actos de explotación de la reputación ajena; actos de imitación; actos de comparación; actos de desorganización; violación de normas; y, otros, como las ventas agresivas. El Capítulo III estudia las acciones franqueadas por ley para la defensa contra los actos de competencia desleal. Para el efecto, se analizaron las acciones civiles, administrativas y penales. En el desarrollo de este análisis, se trataron temas como pretensiones admisibles, legitimación activa; diligencias preliminares; y, medidas cautelares. Finalmente, el Capítulo IV contiene una sistematización de las conclusiones y recomendaciones obtenidas en cada uno de los capítulos precedentes. Por otro lado, se ha incorporado una sección de Anexos, contentiva de cuadros comparativos de las disposiciones legales de los países de la subregión con relación a cada uno de los temas estudiados.

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La República del Ecuador hacia mediados de la década de los 60 se caracterizaba por una estructura productiva de estrecha diversificación, un horizonte industrial limitado, mercado interno reducido y una actividad agropecuaria predominante. Bajo estas circunstancias las clases subalternas, constituidas por campesinos asalariados agrícolas y por una población urbana mayoritariamente desocupada, presentaban un panorama de pobreza y abandono extremos, mientras la riqueza económica y predial se concentraba en un grupo minúsculo de terratenientes y políticos, cuyos intereses negaban la necesidad de la educación, la salubridad y la comunicación a la población. Una época de convulsiones y desorientaciones políticas y sociales que sumían al Ecuador en el caos, la corruptela administrativa y el fanatismo político por espacio de cuarenta años, durante los cuales un caudillo llegó a ser elegido cinco veces presidente de la República, asimismo depuesto cuatro y enviado al exilio, lo que produjo una cadena de interinazgos en el poder entre 1934-1935, 1944-1947, 1952-1956, 1960-1961 y 1968-1972. La tradición oral, en forma de relatos especialmente, conserva la memoria del surgimiento de los grupos antagónicos, primero en espacios reducidos y familiares que luego fueron creciendo y constituyéndose en amenaza al poder gubernamental sobre sus representantes en los pueblos y capitales de provincia. Con el nombre de Banda de Tauras se conoció al grupo de bandoleros compuesto por elementos rurales de Manabí. Su existencia arranca en los años precedentes a la década de los 40 a partir de situaciones de índole doméstico y su acción se proyecta, con alcances sociales, hasta fines de los 60, coincidente con el apogeo de la etapa política denominada "velasquismo" (1934-1972) con el Dr. José María Velasco Ibarra, a la cabeza. El líder o jefe más importante de la banda, don Pastor Ramón Tuárez Loor, de origen rural manabita (Los Laureles, parroquia Pueblo Nuevo, cantón Portoviejo) fue ajusticiado en el campo por el Batallón Febres Cordero, mecanismo defensivo y represivo de la norma, de ascendencia gubernamental. El grupo, como otros, desapareció a través de la persecución y el ajusticiamiento de la mayoría de sus miembros, mientras el resto se dispersó por la geografía del país. El trabajo está dividido en tres capítulos. El primero, dedicado a la novela regional manabita a través de las que hemos citado, explora las diferentes formas de presencia de la oralidad en el discurso novelesco, insistiendo especialmente en los aspectos fonético, auditivo y sintáctico del lenguaje oral reflejado en la textura novelesca. El capítulo segundo está dedicado al relato de raíz oral sobre personajes y acciones de la Banda de Tauras e incorpora en su análisis los cuatro relatos citados que pertenecen a incipientes narradores dentro del sistema escriturario. Esta circunstancia -la de incipientes escritores- otorga una hermosa candidez oral a sus relatos haciéndolos accesibles a un análisis dialectológico de la narración oral llevada a la escritura y la persistencia de la oralidad en la escritura. Al final, introducimos una propuesta de análisis del relato de raíz oral a partir de la perspectiva teórica de Maijail Bajtín, especialmente sobre la incidencia de la heteroglosia social y la estilización porodial en el relato. Finalmente, el capítulo tercero aborda los aspectos orales de la comunidad rural relacionados con su visión del mundo, es decir, sus conceptos y percepciones, y su incidencia en la vida sociocultural, reflejados y representados en la ficción a través de las narraciones escogidas.

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El tema de investigación«El saber de la escolarización neoliberal en el discurso del cambio educativo del Gobierno de Sixto Durán Ballén», Período: 1992-1996,tiene como objetivo principal identificar los enunciados de la escolarización neoliberal y conocer su impacto en la realidad educativa ecuatoriana. El tema tiene como contexto históricola transición del Ecuador, desde una fase del capitalismo dominado por el Estado Nacional, a otra fase liderada por el sistema financiero internacional –representado por el FMI y el BM- y, las empresas transnacionales. La situación caótica en que se encontraba el Ecuador en los años 80 permitió la puesta en marcha de los programas de Ajuste Estructural que consistió en una serie de medidas necesarias para lograr dos propósitos: uno, la apertura de la economía al mercado internacional; y dos, la garantía legal y económica del pago de la deuda externa. El Gobierno de Sixto Durán Ballén continuó con el Programa de Ajuste Estructural al intentar «modernizar» las instituciones públicas y privilegiar el pago de la deuda externa, loque significó desatender a educación, salud y empleo y ahondar las desigualdades sociales. En el caso de la educación ecuatoriana el período de Sixto Durán Ballén se caracterizó por profundizar las tendencias precedentes con respecto a la desinversión y desinstitucionalización del sector. Los bajos recursos limitaron el acceso y la calidadeducativa reduciéndose incluso las metas fijadas en el «Programa Educación Para Todos». Los maestros también sufrieron el deterioro de sus condiciones de vida y de trabajo lo que conllevó una enorme conflictividad en el sector. La desatención del Estado con la educación estimula a otros sectores a ofrecer servicios educativos y crece la educación privada cuantitativa y cualitativamente, epro, se amplían las desigualdades con la educación pública que daba cobertura a los sectores pobres. Adicionalmente, se evidencia la pérdida de rectoría de la política educativa del Ministerio de Educación cuando permite que el BM y el BID dirijanlos programas EB/PRODEC y PROMECEB. En definitiva, la investigación muestra cómo el carácter globalizador de la escolarización neoliberal va modelando no sólo la dimensión económica, políticay cultural de la región latinoamericana, también en el Ecuador se inserta en programas educativos específicos imprimiendo en ellos medidas de cuasi-mercado en los sectores más pobres.

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Los sujetos pasivos que impugnen ante la vía judicial un acto administrativo mediante el cual se pretenda determinar o recaudar tributos, deben rendir una caución equivalente al 10% de la cuantía de su demanda, de no presentársela en el término de quince días, el acto impugnado queda ejecutoriado y los jueces deben ordenar el archivo del proceso. Nuestra Corte Constitucional para el Período de Transición considera que no se vulnera derecho alguno en ese caso, siempre y cuando se exija rendir la caución después de calificada la demanda. Estudiaremos los fundamentos que tuvo la Corte Constitucional para llegar a esa conclusión. Pretenderemos analizarlos y cuestionarlos objetivamente, para así demostrar por qué su falta de coherencia y de sustento permite concluir que su análisis pecó por falto de imparcialidad, y por qué es razonable suponer que sus móviles no fueron jurídicos en lo absoluto, sin perjuicio de que, a la par, demos nuestro parecer al respecto. Independientemente de la trascendencia jurídica que puedan o no tener en nuestro ordenamiento, esperamos se entienda por qué creemos que estos precedentes deben ser considerados como un capítulo funesto en la historia de la jurisprudencia constitucional ecuatoriana.

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Nuestro particular interés por el desarrollo científico jurídico del Derecho Procesal ha representado un interesante desafío en generar un planteamiento académico mediante el cual, a partir de su naturaleza adjetiva y transversal, logremos establecer puntos de conexión con otras ramas del Derecho de esencia sustantiva, que en el mediano y largo plazo, garanticen su aplicabilidad y efectividad. Este desafío, desde nuestro punto de vista, demanda un mayor esfuerzo cuando la aplicabilidad y efectividad de las normas procesales depende en gran medida de la naturaleza de los derechos subjetivos que procuramos proteger y garantizar, en particular cuando aquellos derechosson los derechos humanos. La presente investigación tiene como principal propósito establecer una línea jurídica de análisis sobre la posibilidad de conexión entre el Derecho Procesal y el Derecho de los Derechos Humanos mediante el desarrollo y estudio del rol que cumple la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a través de su función jurisdiccional con la emisión de sentencias por violaciones de derechos humanos y el nivel de receptividad y ejecutabilidad que el Estado ecuatoriano ha conferido a dichas sentenciascomo expresión del derecho procesal internacional. En las siguientes líneas, desarrollaremos los mecanismos que el Estado ecuatoriano ha implementado en su ordenamiento jurídico interno para garantizar la ejecutabilidad de las sentencias dictadas por la Corte Interamericana, en particular mediante la competencia conferida al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos de coordinar la ejecución de obligaciones internacionales provenientes de los sistemas internacionales de protección de derechos humanos y con la incorporación de la acción constitucional por incumplimiento de sentencias internacionales. Finalmente, nuestro trabajo concluirá con el desarrollo de una propuesta normativa de reforma de la acción constitucional por incumplimiento, en armonía con los conceptos jurídicos, tanto sustantivos como procesales, desarrollados en los capítulos precedentes

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El presente trabajo establece los fundamentos sobre los cuales gira el precedente constitucional. Estudia sus características esenciales, cuestiona el tratamiento que esta institución jurídica ha recibido en la jurisprudencia desde 2008, año en que se aprobó la actual Constitución de la República; expone las contradicciones en que ha incurrido la Corte Constitucional en torno a este tema; señala, como muestra, la existencia de varios precedentes, así como el respeto y seguimiento de otros, pese a la limitación que representa el “etiquetamiento” que ha implantado la actual Corte Constitucional. La naturaleza vinculante del precedente se manifiesta en la obligatoriedad de tomar en cuenta decisiones pasadas al decidir casos presentes. En ello radica la igualdad en la aplicación de derecho como superación de la igualdad “ante la ley”. Y en este sentido se distingue qué es lo vinculante de una sentencia o sentencias, la razón o razones específicas que llevaron a tomar determinada decisión. Se critican las bases sobre las cuales la Corte Constitucional construyó una sui generis concepción del aspecto vinculante de la jurisprudencia cuando se trata de procesos de garantías constitucionales. Al cuestionar la interpretación del cuándo y el cómo es vinculante una sentencia se recurre a los criterios que la misma Corte utilizó en forma contradictoria. Enseguida se evidencia la variación o alejamiento de criterios que supone la nueva decisión con respecto a la decisión pasada. Además, se señala pese a que la característica vinculante de la jurisprudencia ha sido limitada por la Corte Constitucional a una sola sentencia que ha sido etiquetada como “vinculante” en materia de garantías constitucionales, existen otras que son, por naturaleza, vinculantes y que, en este trabajo reciben el nombre de “escenarios base”. También, se muestra una línea de precedentes constantes en las resoluciones del antiguo Tribunal Constitucional.

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La presente tesis realiza un análisis y relación existente entre los estilos de aprendizaje, estrategias usadas en el aula y el rendimiento académico en los estudiantes del Centro Educativo “Wenceslao Rijavec”, revelando una realidad más clara respecto a los aprendizajes adquiridos y se hace énfasis en la necesidad de precisar estrategias didácticas como medio para alcanzar aprendizajes significativos en la población estudiantil. Esta investigación tiene tres capítulos.En el primero, de carácter introductorio se exponen los datos históricos, realidad actual y la filosofía institucional, En el segundo capítulo se resume las formas de aprendizaje que se dan en la institución, el trajinar en las aulas, se hace una revisión de los puntajes registrados en secretaría, se analizan cuadernos, trabajos, instrumentos de evaluación, estilos de aprendizajes en el aula, es decir, aquí se resume la problemática, se establece el objetivo general y los objetivos específicos. Frente a esta realidad, en el tercer capítulo se desarrolló una propuesta del aprendizaje significativo, según la teoría de David Ausubel que, a mi modo de ver, constituye una herramienta necesaria para adquirir aprendizajes que marcan precedentes positivos en la vida de los estudiantes, es decir, el soporte teórico que se refiere a: constructivismo, aprendizaje como soporte en el quehacer educativo, calidad en la educación, formas de evaluación y estrategias de aprendizajes. Luego se establece una capacitación docente para dar respuesta a las necesidades encontradas en el estudio de campo.

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El análisis del riesgo de crédito debe considerarse como un importante punto desencadenador de nuevas oportunidades de negocio para cualquier tipo de industria. Las características peculiares de cada tipo de emprendimiento despiertan varias incertidumbres en la administración, de este modo el reconocimiento profundo de los riesgos que se aceptan para impulsar las actividades comerciales es de interés relevante. El sector financiero a lo largo de la historia ha perfeccionado significativamente la administración de este riesgo, dado que es la razón de ser de su negocio, y para ellos han existido varios precedentes que le ha permitido tomar decisiones focalizadas al mejoramiento continuo de sus productos en pos de maximizar el valor de sus compañías. Para el sector comercial existe una desventaja comparativamente, que radica en el hecho de que no exista un marco normativo que regule el crédito que se concede a través la venta de sus productos o servicios, es decir que no existe un organismo que dicte normas claras de regulación y control. Se entiende como desventaja este hecho puesto que cada empresa deberá sentirse responsable de crear un modelo propio que se ajuste a sus necesidades de administración. A lo largo del presente estudio se analizan las similitudes y diferencias más significativas del manejo de este tipo de riesgo en dos sectores diferentes, el financiero y el comercial y se propone una metodología de administración de riesgo de crédito para una empresa comercial adoptando como mejores prácticas algunos de los lineamientos obligatorios para el sector financiero.

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Al final de nuestro trabajo sin que implique haberse agotado el temario podemos afirmar que, la buena fe procesal es un principio constitucional aplicable al debido proceso; y, se desarrolla en diferentes cuerpos legales para alcanzar su realización práctica; aún cuando su desarrollo doctrinal ha resultado escaso en su difusión; no así, en el orden jurisprudencial que es el escenario en virtud del cual ha conseguido su más grande realización, imponiéndose como verdadero principio rector del comportamiento de todos quienes intervienen en el proceso. El imputado o acusado en el ámbito procesal penal tiene el deber de intervenir respetando las reglas de la buena fe, al igual que todos los demás sujetos que intervienen en el proceso, conforme hemos visto en líneas precedentes, con excepción del ámbito material en donde puede mentir, porque tiene derecho a guardar silencio y no incriminarse. La inobservancia a las reglas de la buena fe generan: ineficacia o inadmisibilidad del acto procesal; principio procesal que lamentablemente no se encuentre reconocido en forma expresa, sino de manera tácita en el Artículo 174 del Código Político del 2008.

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El inicio de la exportación de petróleo en agosto de 1972 determinó la aceleración de la industrialización y un corto auge de la inversión pública y privada, sin precedentes en la historia económica del Ecuador. Al mismo tiempo, esta súbita abundancia produjo distorsiones estructurales identificadas en la literatura del desarrollo económico como «enfermedad holandesa» que se mantuvieron durante el resto del periodo analizado, hasta finalizar el siglo XX, tornando más difícil la política económica. Esta etapa histórica presenció el cambio del modelo de desarrollo, desde la industrialización horizontal hacia el neoliberalismo, en un tortuoso proceso de ajustes: macroeconómicos primero, inscritos en el enfoque monetario de la balanza de pagos, y desde finales de los años ochenta estructurales, en la línea del Consenso de Washington. Este lapso de casi treinta años estuvo caracterizado por la insostenibilidad macroeconómica, resuelta en dos ocasiones por medio de agresivas devaluaciones monetarias (1982 y 1992) y en una tercera y final con la anulación de la soberanía monetaria mediante la dolarización unilateral de la economía. La deuda externa, factor fundamental de este tránsito hacia el neoliberalismo, jugó un doble papel: desviar el ahorro y la inversión internas hacia los acreedores externos, y supeditar la política económica al condicionamiento del FMI. Sin embargo, fue el libertinaje practicado por algunos grupos financieros el que al finalizar el siglo causó la pérdida del signo monetario.