9 resultados para Maternidad sustituta

em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar


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El presente trabajo de tesis se basa en la experiencia vivida durante un trabajo de alrededor de tres años (2004-2007), en el Centro de Rehabilitación Femenino de Quito y las relaciones de amistad y estima que se fueron construyendo y se mantienen con varias mujeres encarceladas. Es una aproximación a la maternidad entendida y pensada desde las mujeres que se encuentran en este lugar. Vincula el sentido de la maternidad con el ejercicio político de la misma. La madre que reclama pugna por una dimensión política de su vida. Es una visión que no indaga criminales ni culpables, sino que mira la maternidad como forma de relación. Bebe de lo cotidiano para evidenciar el antagonismo entre la cárcel pensada desde el Estado y la cárcel vivida por mujeres madres. Esta reflexión se fundamenta en las experiencias de algunas mujeres encarceladas, la autora y los acontecimientos que hacen de la cárcel un lugar a ser pensado desde la dimensión afectiva y la dimensión política del ser mujeres-madres. El trabajo aborda la vida en primera persona y desde ahí plantea que lo que está directamente en juego, en el poder, es la producción y la reproducción de la vida misma, porque mientras exista vida las formas de relación se producen y re-producen incesantemente. El mundo, y por tanto las relaciones, son dinámicas y no estáticas. Las principales líneas de análisis son: la voz de las mujeres encarceladas, mediante la cual, nos cuentan cómo viven su maternidad; la maternidad colectiva, maternidad compartida -significación del rol genérico desde la experiencia de algunas madres - que se construye en un espacio como la cárcel y, la cárcel vivida a partir de las prácticas, tácticas y estrategias que utilizan las mujeres para vivir el encierro desde la especificidad de género.

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En el presente artículo, pretendo realizar una exploración en torno del movimiento de las Madres de Plaza de Mayo y la resignifi cación de la noción de maternidad que propugnaron a partir de su praxis política. Sin duda alguna, su historia es compleja y ardua y, por tal motivo, este escrito, de carácter conciso, sólo pretende abocarse a la relación entre política y maternidad.

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La Constitución de la República vigente trae consigo una serie de modificaciones sustanciales en relación a la Constitución Política de 1998. Una de ellas, acorde con el nuevo modelo de Estado que rige al Ecuador, el Estado constitucional de derechos, es la implementación de la nueva acción de protección, garantía jurisdiccional de derechos constitucionales sustituta de la antigua acción de amparo constitucional. En efecto, la acción de protección, a diferencia de la acción de amparo, aparece como un proceso de conocimiento, declarativo, ampliamente reparatorio y no residual. Por tratarse de una garantía novedosa en el ámbito jurídico ecuatoriano, la presente tesis en su parte inicial procura poner de manifiesto las diferencias y semejanzas entre la antigua acción de amparo constitucional y la nueva acción de protección, con el fin de aportar al ejercicio y consolidación de esta nueva garantía jurisdiccional. Posteriormente, una vez constatadas dichas diferencias, se tendrá por justificada la necesidad de una regulación o delimitación que salvaguarde a ésta nueva garantía de aquellos vicios que corrompieron y desnaturalizaron a la acción de amparo en el pasado. Para ello, en base a un estudio de jurisdicciones constitucionales comparadas, se sugiere y analiza la implementación de una serie de filtros de forma y de fondo, tendientes a evitar un proceso de ordinarización de la acción de protección, y que guarden armonía y compatibilidad con el paradigma del Estado constitucional. Finalmente, se destaca el rol fundamental que debe desempeñar el legislador dentro del proceso de elaboración de la nueva Ley de Garantías y Control Constitucional. Su deber se reduce a utilizar técnicas legislativas proporcionales y respetuosas con los preceptos constitucionales que rigen a la acción de protección. Caso contrario, el producto de su actividad se tornaría inconstitucional y atentatorio a la voluntad del constituyente, que no fue otra que fortalecer al garantismo y no limitarlo.

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En esta tesis examino parte del recorrido realizado por el movimiento argentino de las Madres de Plaza de Mayo durante el lapso 1977-2007. En particular, pretendo analizar cómo la Asociación Madres de Plaza de Mayo (la facción liderada por Hebe de Bonafini, Presidenta de la misma) ha concebido las nociones de política y cultura y cómo, a través de treinta años de lucha y resistencia, dichas concepciones fueron resemantizándose, a través de su praxis política, en los diferentes escenarios históricos que les tocó vivenciar. Realizaré una lectura de las Madres de Plaza de Mayo desde el binomio política-cultura, puesto que deseo indagar cómo las Madres rompieron con las formas clásicas de hacer política en Argentina y reivindicaron demandas que ningún otro actor político había colocado hasta ese entonces. En efecto, el corolario del cuestionamiento de dichas maneras tradicionales de hacer política se ven reflejados en los procesos de socialización y politización de la maternidad y, asimismo, en la creación de la Universidad Popular Madres de Plaza de Mayo como la puesta en marcha de una política cultural contrahegemónica.

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Las relaciones de género en las comunidades negras están mediadas por el legado esclavista a la que fue sometida la población afro descendiente en las Américas, éstas se forjaron en la construcción histórica del ser negros. Aun la estructura patriarcal fue una potestad de los amos esclavistas, no del negro despojado de sí mismo, tanto el hombre como la mujer negro-negra esclavos fueron mercancías, su sexualidad y sus relaciones hicieron parte de la función de mercantil que le infringieron los amos, la maternidad fue un oficio y el hombre negro un reproductor de bienes. El derecho a Ser es el primer principio en la propuesta organizativa del Proceso de Comunidades Negras –PCN– como estrategia de dignificación del ser negros y de descolonización interna y externa desde el sujeto mismo hacia y desde la sociedad que le rodea.

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La presente investigación pretende abordar la temática de la maternidad adolescente que en la actualidad se ha evidenciado como un fenómeno social recurrente, a través de la observación de las madres adolescentes que acuden a la consulta externa de pediatría en el Centro de Salud # 4 del sector de Chimbacalle; en ella se intenta mirar las actitudes y comportamientos en el manejo y cuidado de su hijo y descubrir como construyen el rol de madre desde sus vivencias. El eje temático gira en torno al proceso de resiliencia en madres adolescentes, con la finalidad de comprenderlas en sus circunstancias, al enfrentar condiciones críticas y difíciles como el abandono de su familia, de su pareja, carencia de recursos económicos, etc., que en algunas no frena su ímpetu juvenil y confianza en la vida. Para poder entender a estas madres es importante acercarse y mirarlas en el contexto social en que se desenvuelven y descubrir sus individualidades, pues desde el imaginario colectivo se entretejen mitos, creencias y tabúes, que les confieren diversas características estereotípicas: personas inmaduras, física, social y sicológicamente, e incapacitadas moralmente por una sociedad excesivamente juzgadora. Este andamiaje se aleja de su realidad y la confronta con sus emociones de ira, rebeldía, alegría, dolor y frustración, desde donde se pueden tender puentes y encontrar caminos en los que las reglas sociales sin ser determinantes inciden en su forma de vivir.

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Se realizó un estudio cualitativo, descriptivo, correlacional y no experimental, con pacientes adolescentes con embarazos subsecuentes, en edades de 15 a 19 años, que acudieron a control prenatal mensual al subcentro de salud Puengasí 1, ubicado en la segunda etapa de la Cooperativa Obrero Independiente, sector urbano marginal de la ciudad de Quito, con el objetivo de Analizar las Experiencias de las adolescentes en relación a su primer embarazo y embarazo subsecuente, sus factores condicionantes y sus consecuencias, en el año 2009, la muestra fue de 10 adolescentes embarazadas por segunda y tercera vez captadas en la consulta médica diaria, a quienes se les aplicó una entrevista semiestructurada, las mismas que fueron categorizadas , analizadas e interpretadas para cumplir con el objetivo. Se encontró adolescentes con embarazos subsecuentes en edades: 3 de 16 años, 1 de 17 años, 3 de 18 años y 3 de 19 años, el estado civil es en su mayoría unión libre, la escolaridad en su mayoría con secundaria incompleta, desempleadas, dedicadas a los quehaceres del hogar y dependientes económicamente de sus familiares, por ser su pareja también adolescente o por tener trabajos ocasionales. Muy pocas usaban métodos anticonceptivos por el temor a ser agredidas en su salud y las que lo utilizaban lo hacían en forma inadecuada teniendo como consecuencia el embarazo. La adolescente por no estar todavía preparada para asumir el rol de ser madre, al saber que se encuentra embarazada aparece sentimientos encontrados y no saben qué hacer y la primera opción que ellas tienen es la de abortar, pero en este estudio me doy cuenta que el instinto maternal prevalece para que ellas cambien de idea y acepten su maternidad. Además sienten alegría, tristeza, frustración, desesperación, preocupación por el futuro que les espera a ellas y su bebé. Es relevante el saber que en la actualidad la adolescente embarazada ya no es rechazada por las instituciones educativas ni por la familia, es gratificante ver en el estudio que ellas tienen todo el apoyo para seguir adelante, además a pesar de todos las dificultades y limitaciones al embarazarse por segunda vez logran terminar la instrucción secundaria y pensar para el futuro la superación personal y profesional.

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El Seguro General Obligatorio a cargo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, protege a sus afiliados contra las contingencias que afecten su capacidad de trabajo y la obtención de un ingreso acorde con su actividad en caso de enfermedad; maternidad; riesgos del trabajo; vejez, muerte e invalidez que incluye discapacidad; y cesantía. La Ley de Seguridad Social posibilita que dichos asegurados efectúen ahorros adicionales para mejorar las condiciones de las prestaciones correspondientes al Seguro General Obligatorio acordado entre los trabajadores y sus empleadores, de ser el caso, por el cual, los primeros constituyen entidades gestoras denominados fondos complementarios previsionales cerrados, que al cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley y los estatutos, otorgan a sus partícipes la prestación complementaria correspondiente. Políticas de gobierno y resoluciones administrativas, en torno al aporte del Estado como empleador, modificaron el esquema de financiamiento de los fondos complementarios previsionales, generando en los partícipes incertidumbre en la viabilidad financiera para el otorgamiento de las prestaciones y el retiro del ahorro previsional efectuado sin cumplir los requisitos previstos para el efecto, dilucidándose la consolidación de derechos ante la expectativa del ahorro pensión y la titularidad del aporte efectuado con recursos públicos regulados por la Ley.

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La Constitución vigente trae consigo una serie de modificaciones sustanciales en relación a la Constitución de 1998. Una de ellas, acorde con el nuevo modelo de Estado que rige al Ecuador constitucional de derechos, es la implementación de la acción de protección, garantía jurisdiccional de derechos constitucionales sustituta de la acción de amparo constitucional. La acción de protección, a diferencia de la acción de amparo, aparece desde la norma constitucional como un proceso de conocimiento ampliamente reparatorio y no residual. El análisis objeto de la investigación fue elaborado en el año 2009, antes de la expedición de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (LOGJCC) y durante la vigencia de las Reglas de procedimiento para el ejercicio de las competencias de la Corte Constitucional para el período de transición. No obstante, la inminente problemática que en ese entonces advertíamos se materializó en los presupuestos de admisibilidad y procedencia previstos en la vigente LOGJCC. Esperamos que las conclusiones y recomendaciones aquí señaladas aporten al debate jurídico en torno a esta garantía y, principalmente, a la regulación y no restricción de los presupuestos de la acción de protección tanto en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, como en las necesarias reformas a la LOGJCC.