11 resultados para Método dos momentos
em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar
Resumo:
El presente trabajo tiene como objetivo demostrar cómo los conflictos en materia de inversiones sometidos al arbitraje internacional se refieren cada vez más a medidas y políticas de carácter público adoptadas por los Estados receptores de la inversión, para este fin se examinan las tendencias que ha recibido el tratamiento a la inversión extranjera desde la Segunda Guerra Mundial hasta la actualidad, las obligaciones y derechos constantes en los Acuerdos Internacional de Inversión actuales cuyas normas de trato a la IED y procedimientos de resolución de conflictos se hallan estandarizados. De la misma manera se revisan las directrices del arbitraje internacional; las deficiencias en las reglas procesales generales aplicadas a éste método y los principios de acceso a la jurisdicción del CIADI. Por otro lado se trata de analizar de forma rápida tres procesos arbitrales en los cuales ha intervenido el Estado Ecuatoriano como demandado. De esta forma se puede evidenciar como la capacidad reguladora y controladora del Estado se ha visto limitada en la toma de decisiones nacionales referentes a reglas de tratamiento de la IED, y medidas ambientales, fiscales y sociales, principalmente porque afectan de forma directa o indirecta al inversionista, y además porque la nueva red mundial de tratados internacionales sobre inversión establecen normas que son de obligatorio cumplimiento de los Estados.
Resumo:
Los anticonceptivos de emergencia son métodos para evitar el embarazo después de haber tenido relaciones sexuales sin la protección adecuada. La anticoncepción de emergencia se utiliza generalmente cuando se rompe un condón, en caso de una violación sexual u otras relaciones sexuales no protegidas. La anticoncepción de emergencia actúa respecto de los espermatozoides impidiendo que éstos puedan migrar o alterando su capacidad de adherirse a las células de la trompa, inhibiendo así su capacidad de fecundación. Su eficacia es mayor, mientras más pronto se use el método, lo cual indica que no actúa después de la fecundación. En consecuencia, no existe vulneración al derecho a la vida del que está por nacer. La anticoncepción de emergencia no afecta de manera alguna al Art. 23.1 de la Constitución Política que garantiza el derecho a la vida, porque su naturaleza es anticonceptiva, no abortiva, consecuentemente de ningún modo se afecta la vida del que está por nacer; además no tiene efectos secundarios. La Organización Mundial de la Salud señala: "la única contraindicación de las píldoras anticonceptivas de emergencia es el embarazo. Nunca se deben administrar las píldoras anticonceptivas de emergencia a una mujer con un embarazo confirmado, en primer lugar, porque no surtirán efecto." La Anticoncepción de Emergencia en nuestro país es legal desde 1998, está reconocida como tal en la Normas de Salud Reproductiva del Ministerio de Salud. En América, 25 países proveen servicios de anticoncepción de emergencia, entre los que destacan Argentina, Uruguay, El Salvador, Venezuela, México, Brasil, Canadá, Estados Unidos y Chile.
Resumo:
A partir de la reforma y codificación constitucional de 1998, realizado por la autoproclamada Asamblea Nacional Constituyente de 1997, se introdujo el principio de competencia en la Constitución ecuatoriana, determinando así la regulación de ciertas materias por ley orgánica, ciertas por ley ordinaria y ciertas por actos normativos con categoría normativa inferior a la ley. El mencionado principio de competencia tiene relevancia desde que ya no se aplica a rajatabla el principio de jerarquía que hasta antes de dicha codificación se utilizaba con mucha frecuencia cuando existían problemas de contradicciones normativas, ya que las normas jurídicas en general estaban perfectamente jerarquizadas, sin dar pábulo a confusiones sobre la aplicación de las normas. Evidentemente la Constitución ecuatoriana no determina expresamente la aplicación del principio de competencia, es más, en el artículo 272 de la Constitución se trata de jerarquizar el ámbito normativo, pero sucede que esto no es así, ya que no se puede interpretar la Constitución de manera absoluta y en contra de si misma. Es por lo dicho que en derecho constitucional existen mecanismos y métodos propios de interpretación constitucional como es el método tópico que en suma nos dice que a la constitución hay que interpretarla en función de los principios de unidad de la Constitución, concordancia práctica, corrección funcional, función integradora y fuerza normativa de la Constitución, que se explicarán ampliamente en el desarrollo de la tesis y mediante el cual llegaremos a la conclusión que la Constitución ecuatoriana determina claramente el principio de competencia. Es debido precisamente a este problema de interpretación de la Constitución, que en los actuales momentos, con este nuevo principio introducido en la constitución ecuatoriana, ha llevado a que el Congreso Nacional trate de regular mediante ley (sea esta orgánica u ordinaria) materias que la constitución ha asignado a otros órganos del Estado, lo que se traduce en una evidente arbitrariedad por parte del legislativo sobre potestades que la Constitución no le ha asignado, contrariando así el principio de legalidad consagrado en el artículo 119 de la Constitución que determina: “Las instituciones del Estado, sus organismos y dependencias y lo funcionarios públicos no podrá ejercer otras atribuciones que las consignadas en la Constitución y la ley...”. La importancia de este tema desde el punto de vista académico es interesante desde que la aplicación del principio de competencia no es una invención ecuatoriana, es así que este principio de origen francés con la V República de 1958 es tomado en sistemas como el español, el chileno, el colombiano entre otros ya han determinado claramente la aplicación de este principio por sobre el principio clásico de jerarquía, determinando en su jurisprudencia que la creación y aplicación de la norma se la realiza en virtud de las competencias que la Constitución de cada país ha determinado a los órganos del poder público respectivos. Por último, la importancia social de este tema es evidente ya que el Congreso Nacional ecuatoriano utilizando un concepto ya superado, como es el de que la soberanía radica en ellos, pretende arbitrariamente regular materias que no le competen, provocando así una confusión en los operadores de la norma, como son la administración pública, los jueces y los administrados, utilizando el criterio de que una ley y mejor aun que una ley orgánica se aplica por sobre el resto del ordenamiento jurídico inferior en aplicación del principio de jerarquía y no del principio de competencia vigente a partir de la codificación y reforma constitucional de 1998.
Resumo:
La investigación propuesta pretende comprobar si la educación formal, la capacitación, la asistencia técnica son fundamentales para manejar adecuadamente los pesticidas y reducir sus residuos tóxicos en los agro-ecosistemas de pequeña producción. De hecho, a través de la encuesta proporcionada por el equipo técnico del proyecto Marco de Inversión en Desarrollo Rural y Reducción de Pobreza (MIRREP) se trabajó con indicadores socio-ambientales y económicos que permitieron reconocer que miembros de la comunidad son los más perjudicados por el mal uso de pesticidas. Para el efecto, se recopiló los datos desde el mes de julio hasta el mes de octubre del 2007. Los datos se compilaron en las encuestas prediseñadas de las que se obtuvo datos porcentuales y datos estadísticos levantados a través de Análisis de Correspondencia Múltiple (MCA) y Chi-Cuadrado de Pearson. A la vez, se introdujo el Método Circular de Estudio (SCM) como metodología de capacitación para el campesinado adulto con el fin de comprobar su efectividad, y generar y transmitir conocimientos respecto al uso de pesticidas y eliminación de sus residuos. Ahora bien, para analizar cual es la situación respecto al manejo de pesticidas se hizo observación directa, entrevistas (informales, formales), conferencias grupales y comunales para finalmente por medio del SCM establecer diálogos horizontales donde tanto técnicos como campesinos tienen el mismo derecho de participar y opinar, considerando sus opiniones tan valederas como las del personal técnico con el fin de enriquecerse las partes participantes en un verdadero proceso de transmisión y generación de conocimientos in situ. De esta forma, se ha generado un trabajo de investigación-acción enmarcado en la capacitación y valoración de las condiciones socio-ambientales y económicas con el fin de implementar programas y metodologías para el manejo y reducción de pesticidas. De hecho, contextualizar la realidad del campesinado respecto al manejo de pesticidas, evidenciarlo ante las autoridades de turno y proponer una alternativa de desarrollo rural valedera donde se reduzcan las múltiples externalidades negativas (sociales, económicas, y ambientales) es el valor agregado que este trabajo con el fin de reducir la pobreza a la que el campesinado se ha visto acogido por más de 2 décadas.
Resumo:
Artículo basado en fuentes hemerográficas, específicamente en la sección No oficial del periódico El Nacional, entre 1860 y 1875. Analiza los cambios del discurso conservador en el poder durante el período estudiado y muestra que esta corriente fue dúctil e impulsora de innovaciones en diversos ámbitos políticos. El estudio concatena tres grandes momentos discursivos con sus correspondientes coyunturas políticas.
Resumo:
Este trabajo es una lectura de la manera en que se construido al Otro indio en dos momentos de la literatura ecuatoriana, en dos textos narrativos. El primero es la Cumandá, escrita por Juan León Mera que representaría la obra inaugural de la narrativa ecuatoriana, no tanto por ser la primera, pero sí por se la más representativa; en ella se verá la manera en que el autor plantea su propio modelo de Estado a seguir. La segunda obra seleccionada es Huasipungo, esta obra es la más representativa del indigenismo de 1930, en su estudio se trata de establecer la manera en que la sociedad, luego de casi un siglo, se apropia del alter indio y en qué medida la novela es una 'defensa' de este sector de la sociedad. A partir de la compresión de la imagen que sobre el indígena está presente en las obra, podremos comprender lo que piensa la gran mayoría de la sociedad ecuatoriana, debido a la gran acogida que han tenido estas obras en el Ecuador. A partir de la construcción del indio se establecerá el ejercicio simultáneo de crear una imagen del otro para establecer la propia sea de los mestizos en el caso de Icaza o de los denominados 'blancos' en el caso de Mera. En cada capítulo se establecen temas que han permitido a lo largo de las obras la construcción del indio tales como: territorio, naturaleza, trabajo, relaciones interpersonales, relaciones familiares, comunales y relaciones con el exterior. Posteriormente se establecen las conclusiones pertinentes.
Resumo:
Este trabajo de investigación analiza el manejo de los medios de comunicación impresa: periódicos y revistas en momentos de crisis, tomando como contexto el accidente aéreo de una de las aeronaves de Petroecuador. Basados en la teoría y la realidad se construyó una narración cronológica de los hechos contados desde las noticias de prensa publicadas, tomando como base el libro de Eliseo Verón, “Construir el Acontecimiento”. y el análisis con el texto “La Espiral del Silencio” de Elizabeth Noelle-Neumann Luego del análisis narrativo hecho con los periódicos El Comercio, de Quito; el Universo de Guayaquil y la revista Vistazo, por la mayor cobertura que tienen estos medios; se procedió a describir la situación a la par de observar la posibilidad de construir un escenario para la comunicación en momentos de crisis por parte de Petroecuador. Se presentaron sugerencias comunicacionales institucionales a fin de lograr una cobertura más positiva en el tratamiento que dan los medios de comunicación a estos sucesos y accidentes, donde se involucran vidas humanas y como maneja el dolor de los familiares, con lo cual se procuró mostrar una propuesta de comportamiento comunicacional para sus ejecutivos, el departamento de Relaciones Públicas y trabajadores, en caso de que suceda una situación de crisis y tengan que afrontarla.
Resumo:
Esta investigación propone las bases de un modelo de interpretación para el fenómeno de la opinión pública a partir de la Teoría de los Campos de Pierre Bourdieu. Este modelo es el punto de partida para el análisis de la trayectoria de los sentidos renovadores que se desprenden de la Iniciativa Yasuní-ITT, propuesta política del gobierno ecuatoriano surgida en 2007 que consiste en dejar el crudo de tres campos petroleros amazónicos bajo tierra, para lo que se planteó que la comunidad internacional entregue al Ecuador una compensación económica. Los sentidos renovadores identificados son 1) una relación no extractivista con la Naturaleza como eje del debate sobre una economía pos petrolera y 2) un nuevo relacionamiento con los pueblos “otros” que reconoce su condición de sujetos políticos. Ambos sentidos se establecen como renovadores por contraposición con el pensamiento de raíces en la Modernidad que sustenta al capitalismo global como sistema mundo. Propongo que este pensamiento, también denominado pensamiento único, se expresa en los sentidos comunes que dominan el campo de la opinión pública y que son su capital en disputa. Así, el campo de la opinión pública está dinamizado por una lucha de sentidos en que los sentidos renovadores desafían a los sentidos comunes. Observé y describí esta lucha a partir de un seguimiento al discurso de tres agentes sociales fundamentales para el campo de la opinión pública, y definitivos en el caso de la Iniciativa Yasuní-ITT. Estos agentes son el gobierno ecuatoriano, la sociedad civil organizada (Acción Ecológica) y los medios de comunicación masiva (los diarios El Comercio y El Universo). Identifiqué momentos importantes en el devenir de esta iniciativa y analicé el discurso de estos tres agentes sociales en esos momentos. El sustento es el modelo de interpretación trazado para observar el curso y destino de los sentidos renovadores, pero también el funcionamiento de las leyes del “campo” de la opinión pública.
Resumo:
El delito de violación ha sufrido varias transformaciones, en cuanto a la concepción de los elementos del tipo penal así como de los sujetos de la relación procesal, pues se ha divido su configuración en dos momentos, el primero cuando el sujeto activo de la infracción solamente puede ser el hombre; y, el segundo cuando el sujeto activo puede ser indistintamente un hombre o una mujer, determinándose además la flexibilidad de los medios probatorios, tomando mucha importancia el testimonio de la víctima. Como objetivos están conocer el papel que desempeñan los sujetos de la relación procesal en este delito, tomando en consideración la tipificación actual y, los cambios que ha sufrido este tipo penal desde el 2005 año hasta la presente fecha, además de cuáles son los medios probatorios que deben ser utilizados por los sujetos procesales. Tomando como base la investigación que se efectuará, debe aplicarse el método analítico, a fin de descomponer el concepto general en varios elementos que nos permita revisar cada uno de ellos por separado y así comprender las reformas que se han dado a este delito. Se debe partir de una premisa general, tomando como base la libertad sexual, que constituye el bien jurídico protegido, para llegar a lo particular, es decir, analizar las circunstancias constitutivas de la infracción y las modificatorias de la misma, aceptando datos generales como verdaderos, utilizando el método deductivo. Es importante analizar todos los conceptos que se han dado, para ello debe aplicarse la Hermenéutica jurídica, porque las concepciones filosófico- doctrinarias, permiten una mayor comprensión del análisis de los partícipes del tipo penal. Es evidente que el sujeto activo de la infracción puede ser indistintamente el hombre o la mujer, pero con una estructuración adecuada del tipo penal, por lo que se debe realizar una reforma al Código Orgánico Integral Penal, puesto que la vulneración del consentimiento de la víctima se la puede dar en la unión carnal.