15 resultados para Juguetes electrónicos

em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar


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Los Contratos Electrónicos son una nueva forma jurídica que aún se encuentra en proceso de gestación. En el marco de las Organizaciones Internacionales y los Estados existe un creciente interés por regular la contratación por medios electrónicos, esto debido en gran parte al acelerado y vertiginoso desarrollo del comercio electrónico, que está dejando en el pasado a los métodos tradicionales de contratación. La presente investigación tiene la finalidad de conocer a fondo la situación actual de los contratos electrónicos en el Derecho del Comercio Internacional. Con el objetivo de realizar un aporte significativo en la materia, se desarrollarán tanto un enfoque jurídico, como un enfoque técnico de la problemática. En el área jurídica será sustentada en los Convenios internacionales que rigen la materia, Derecho Comunitario Europeo, leyes modelo, legislaciones nacionales, e instrumentos de soft law. El área técnica constituye el soporte accesorio necesario al tratarse de una investigación sustentada en la tecnología, por ello temas como protocolos de Internet, métodos de autentificación, y análisis informáticos referentes a evidencias digitales, serán analizados en relación a la normativa internacional y precedentes jurisprudenciales. ¿Hacia dónde va la contratación por medios electrónicos?, ¿Qué avances jurídicos se han plasmado con respecto a la realidad de la contratación comercial?, ¿Son los avances jurídicos adecuados para el ciberespacio?, ¿Qué ventajas ofrecen los contratos electrónicos con respecto a seguridad, costo y celeridad? Estas, y muchas más, son las interrogantes planteadas que constituyen objeto de la presente investigación, y que ayudarán a encaminarla hacia un nuevo panorama, mismo que desde una clara perspectiva del problema, ofrezca nuevas proyecciones respecto al tema.

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El presente trabajo gira en base a dos elementos principales; en primer lugar se pretende dejar claramente especificada y analizada la definición y características de la declaración tributaria, su trascendental importancia como un deber formal respecto de la determinación tributaria, y su consecuente utilidad frente a los principales impuestos relacionados con la administración tributaria central ecuatoriana. El segundo elemento de carácter trascendental, es el análisis de los fundamentales aspectos relacionados con la declaración tributaria realizada por medios electrónicos, como son, entre otros, el principio de neutralidad tecnológica y el tratamiento de la firma electrónica. De una manera más bien crítica, analizamos además en el segundo capítulo, cierta documentación constante en soportes físicos o electrónicos desarrollada íntegramente por el Servicio de Rentas Internas, relacionada con el proceso mismo de las declaraciones electrónicas, así como, las múltiples resoluciones emitidas el efecto, por la administración tributaria. Lo anterior, debidamente apoyados en la más reciente doctrina internacional aplicable. Las conclusiones de este trabajo persiguen aportar con algunos lineamientos tendientes a viabilizar la legalidad de la declaración tributaria por medios electrónicos en nuestro país.

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El presente trabajo investigativo constituye un estudio del correo electrónico y su aplicación en el ámbito judicial de nuestro país. Para este estudio, me enfocare en tres capítulos correspondientes a: El Primero hace referencia al marco conceptual, en el que revisare la evolución histórica del correo electrónico, lo conceptos que existen del mismo, sus características, elementos y utilidad; en el segundo capítulo me centrare el marco legal, en este analizaré el Art. 56, del Capitulo I, del Título IV de la Ley de Comercio Electrónico, la notificación judicial por correo electrónico en Ecuador, sus definiciones, regulaciones y surgimiento en el Ecuador, su forma de implementación de este y la validez que pueda tener esta en nuestra legislación; y finalmente en el tercer capítulo haré referencia al correo electrónico a la luz de la experiencia nacional e internacional, basándome en criterios de autoridades judiciales sobre el correo electrónico y su aplicación en el ámbito procesal judicial y en las experiencias internacionales respecto de la aplicación de medios electrónicos en el proceso judicial. Los capítulos señalados me servirán para que al fin de mi tesis, pueda responderme la pregunta que me planteo en mi tesis: ¿Es jurídica y administrativamente eficaz la utilización del correo electrónico en nuestro país y su aplicación en el proceso de notificación judicial?

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El presente trabajo tiene como propósito presentar las especifidades que conforman un contrato electrónico dentro de la normativa ecuatoriana vigente, conociendo los aspectos más relevantes a considerar cuando se forma un contrato por vía electrónica desde el análisis del diferente precepto legal ecuatoriano así como normativo de carácter internacional aplicable a nuestra realidad, para consecutivamente determinar su aplicación. Para tal efecto, a lo largo de los cuatro capítulos que contiene la tesis, se establece la interrelación del comercio electrónico con el contrato electrónico, se analiza el mensaje de datos, la oferta y la aceptación electrónica; se determina la formación del contrato por vía electrónica, características comunes y los requisitos de validez. Al mismo tiempo en el último capítulo se trata la jurisdicción, competencia y los mecanismos de solución de controversias.

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El presente trabajo investigativo permite efectuar un análisis en el primer capitulo de términos como son: consumidor, comercio electrónico, proveedor, los cuales hay que explicarlos conceptual y doctrinariamente, además de acudir a otras legislaciones y autores, para exponer seguidamente el reconocimiento expreso del derecho del consumidor y el comercio electrónico en nuestra legislación ecuatoriana, concretamente en la Constitución, Ley Orgánica de Defensa del Consumidor Ecuatoriana y Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensaje de Datos Ecuatoriana. En el segundo capítulo revisaremos el carácter de orden público y de interés social en las normas de protección al Consumidor, que caracteriza a la LODCE, importante para precisar luego una serie de derechos a favor del consumidor que contiene dicho cuerpo jurídico que considero pueden activarse en la relación con el proveedor en el campo del comercio electrónico. Prosiguiendo, se examina las obligaciones del los Consumidores, y, las responsabilidades y obligaciones de los proveedores según el mencionado cuerpo normativo. Finalmente en el tercer capitulo se examinará lo atinente al comercio electrónico y su régimen jurídico en el Ecuador el cual servirá para analizar el intercambio de bienes y servicios en el marco del comercio electrónico y que ayudará para examinar la relación importante entre el proveedor y el consumidor; así como el consentimiento para aceptar el mensaje de datos y para el uso de medios electrónicos. Luego, el Derecho de información del consumidor en la LCE, FE y MDE y para finalizar determinar conclusiones sobre el presente tema.

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La presente tesis se ocupa del análisis de la normativa vigente en el Ecuador sobre la Firma Electrónica y su régimen de aplicación. Con el objeto de determinar la problemática actual en la estructura de la normativa en el tratamiento de la Firma Electrónica y, si se encuentra acorde con la normativa internacional. En esta investigación se analiza la Firma Electrónica, teniendo como referencia la firma digital; se examina también la criptografía, rama de las matemáticas, que utilizando fórmulas o algoritmos transforma mensajes ininteligibles a su forma original, siendo la criptografía asimétrica la empleada para crear firmas digitales a través de la utilización de claves. Para su funcionamiento la Firma Electrónica necesita la utilización de los denominados certificados de Firma Electrónica, y la intervención de una tercera parte de confianza o conocida como entidad de certificación. Finalmente tenemos el estudio de los organismos encargados de la promoción, difusión de los servicios electrónicos, de regulación y control de las entidades de certificación. Lo anteriormente expresado se desarrolla en tres capítulos. El capítulo primero sobre La Firma Electrónica. El capítulo segundo que trata sobre el certificado de Firma Electrónica y entidades de certificación de información. El capítulo tercero relativo a los organismos como el COMEXI, CONATEL y la Superintendencia de Telecomunicaciones.

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El fenómeno de la globalización al cual el país busca insertarse, exige incorporar nuevos instrumentos financieros y de pagos, tales como sistemas de transferencias electrónicas de fondos tanto al interior como al exterior, impulsando el crecimiento de los mercados de capitales y financieros. Esta alternativa modifica sustancialmente el sistema tradicional de financiación y operación en el que las entidades financieras intermedian recursos financieros, profundizando la tendencia actual a la implementación de medios electrónicos de pago. En este sentido, el proceso de desarrollo en que se encuentra inmersa la economía ecuatoriana, ha puesto de manifiesto la necesidad de modernizar la normativa legal de los mecanismos de pago existentes para tramitar y ejecutar los cobros y pagos entre personas naturales o jurídicas. Por esta razón, para la comprensión de la reforma al Sistema de Pagos, es necesario comenzar por su automatización y conformación en un sistema único, integrado por varios subsistemas, donde cada uno de éstos está referido a cada medio de pago diferente empleado. Igualmente, se busca dinamizar el sistema de liquidación y compensación de valores existentes a fin introducir nuevos instrumentos y mecanismos financieros en forma ágil y oportuna, brindando mayor eficiencia y seguridad a los agentes económicos y financieros del país.

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En el presente trabajo se realiza un análisis de las reformas al Sistema de Pagos impulsadas por el Banco Central del Ecuador que comprende un conjunto de mecanismos e instrumentos electrónicos a través de los cuales canalizan transferencias de fondos entre instituciones financieras privadas y entidades que conforman el sector público. El primer capítulo contiene los antecedentes, aspectos metodológicos del estudio, incluyendo la definición del problema a investigar, hipótesis, objetivos y justificación del tema. En el Capítulo II se revisa el Marco Teórico, que versa sobre aspectos relacionados con la literatura inherente a los principios básicos para sistemas de pago y valores modernos impartidos por organismos internacionales como: Banco de Pagos Internacionales, Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos, Banco Mundial, etc. El Capítulo III comprende la evolución histórica del sistema financiero nacional, detallando la crisis financiera de los noventas, adicionalmente se menciona la regulación, supervisión y vigilancia del Sistema de Pagos. El Capítulo IV se relaciona con la arquitectura del sistema financiero, especificando los mecanismos de intercambio y liquidación de las operaciones bancarias, descripción de las Reformas al Sistema de Compensación y Liquidación de Valores.

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En este trabajo de investigación personal hemos analizado el documento notarial, instrumento público o auténtico, otorgado ante un notario, con arreglo a las leyes, y que hace fe, aun en contra de terceros, en cuanto al hecho de haber sido otorgado, a su fecha. Hemos destacado el aspecto de la responsabilidad tributaria que tienen estos funcionarios con respecto a los actos y contratos hechos y autorizados por ellos habiendo señalado que los notarios, tienen la doble obligación de exigir el cumplimiento de las leyes ecuatorianas generales, y de las leyes tributarias. Cumplimiento exigido tanto a quienes solicitan los servicios de los notarios, como estos; quienes además de contribuyentes, son terceros responsables y agentes de percepción. Si un notario no exigiera el cumplimiento de obligaciones tributarias previas no podría cerrar u otorgar un contrato, y de hacerlo incurriría en la contravención establecida en el Código Tributario; siendo además responsable de la custodia del dinero que recaude por tal concepto. Dentro de los agentes de percepción el notario está en la categoría tercera señalada en el Art. 61 de la Ley de Régimen Tributario Interno, pues es una persona natural que habitualmente presta un servicio gravado con una tarifa, siendo, en consecuencia, sujeto pasivo del IVA como agente de percepción. Finalmente se ha topado un aspecto moderno, relacionado con la era digital y que está teniendo importancia cada vez más creciente en el intercambio de bienes y servicios: el llamado comercio electrónico, abordando un aspecto polémico relacionado con los instrumentos públicos dados y celebrados a través del Internet. La necesidad de estudiar este tema se da ya que a través de los medios electrónicos el notario podría evadir sus obligaciones tributarias en su calidad de contribuyente. Además por la Ley de Comercio Electrónico cabría que se realicen actos y contratos sin la actuación y presencia física de un notario. Surgiendo la inquietud de si esta ausencia física de un notario, reemplazada por firmas y medios electrónicos, daría o no lugar a una escritura, teniendo en cuenta que la vigente Ley Notarial exige que sea un notario el funcionario que REALICE Y PROTOCOLICE este tipo de actos. Creemos que debería, concretarse el alcance de estas disposiciones, con reglamentaciones claras y precisas que no permitan dudas y confusiones en una materia tan importante.

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Si definimos al comercio electrónico como: ¨Cualquier forma de transacción de negocios en la cual las partes interactúan electrónicamente, en vez de hacerse mediante intercambios o contacto físico directo¨, está claro que el mismo no es nada nuevo, pues en su evolución ha utilizado diversos instrumentos como soporte, desde el teléfono hasta el internet, pasando por el télex y el fax. Con el advenimiento del internet y su extraordinaria difusión vino a reducir de manera considerable los costos de las comunicaciones. Esto sin duda, ha creado nuevas condiciones para el comercio internacional. Así por ejemplo, a principios de 1998 estaban conectadas a internet el 68% de las empresas del mundo; y según un estudio de la International Data Corporation (IDC) el comercio electrónico generará unos 8 mil millones de dólares en América Latina en el 2003. De ahí, que viene a constituirse en uno de los actores decisivos en el comercio mundial. Por ello, uno de los temas que es objeto de debate en las agendas de organizaciones internacionales como de máxima atención por muchos gobiernos, fundamentalmente de países desarrollados, es el Comercio Electrónico, al producir acelerados y vertiginosos cambios. Estos cambios se verifican especialmente en los sistemas jurídicos, pues la utilización de las tecnologías de la información, ha conllevado a la aparición de nuevos usos y costumbres en el comercio internacional. Por ejemplo, el concepto de domicilio o residencia se ve alterado por el concepto de domicilio virtual, o la aplicación de conceptos de propiedad intelectual al tema de nombres de dominio, cuando los nombres de dominio no son signos distintivos ( marcas), sino una forma de identificación en el espacio. En el caso ecuatoriano, aún no se registra cambios sustanciales en la legislación adjetiva pese a las variantes jurídicas que en el comercio internacional se están dando. Sin 4 embargo, la legislatura hace un esfuerzo para elaborar el proyecto de ¨Ley de Comercio Electrónico y Firmas Digitales¨, el cual se encuentra para segundo debate, tema que será parte de ésta investigación.

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La contratación pública es una institución jurídica del Derecho Administrativo, que establece los medios o mecanismos de contratación para satisfacer el interés público y las necesidades colectivas. Existen un sinnúmero de mecanismos o procedimientos de contratación pública, los cuales son regulados por cada legislación aplicable, muchos ellos son generalmente reconocidos en la doctrina y en las legislaciones especialmente de nuestra región. Dentro de estos procedimientos, los más comunes en las diversas legislaciones, son los de Subasta Inversa y Licitación. La Subasta Inversa es un procedimiento precontractual de contratación pública para la adquisición de bienes o servicios, a través de una negociación de precios entre proveedores preseleccionados debidamente calificados, los cuales pujan hacia la baja el precio ofertado, en acto público o por medios electrónicos, siendo adjudicado el que oferte el precio más bajo. Procedimiento recientemente incorporado en nuestra normativa. Sin embargo, de ser nuevo este procedimiento de contratación, en nuestra legislación, doctrinariamente es tan antiguo como los contratos administrativos. De ahí su importancia de análisis y estudio, principalmente en su origen, definición, procedimiento y aplicación. Para analizar, esta figura jurídica es necesario determinar su procedimiento y compararlo con otros procedimientos, principalmente con el procedimiento regla de contratación “La Licitación”, tanto doctrinariamente con las legislaciones similares de la región, en especial con la argentina y peruana.

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Este trabajo de investigación pretende demostrar, a través de un producto televisivo como es The Big Bang Theory, que la sociedad contemporánea experimenta la comunicación y otros procesos de forma distinta a los modelos tradicionales, principalmente por la irrupción de la tecnología en la vida cotidiana. La comunicación, a través de la propuesta de la Escuela de Palo Alto, debe entenderse como un sistema de intercambio no solo de información sino de otros elementos que permiten construir relaciones incluso en la confusión que la caracteriza. El imperativo de que “lo importante es comunicar” es el hilo conductor de este estudio académico donde los personajes de esta serie de situación, o sitcom, a pesar de ser catalogados como seres digitales ensimismados en los aparatos electrónicos, le permiten al espectador reconocer los comportamientos y vínculos actuales.

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Por medio del presente trabajo investigativo pretendemos analizar el momento en que el contrato celebrado por medios electrónicos se considera perfeccionado, sirviéndonos de un análisis comparado de las legislaciones de los países miembros de la Comunidad Andina; Ecuador, Colombia, Perú y Bolivia, aterrizaremos específicamente en las modalidades más comunes de contratación telemática; contratos celebrados por medios de portales web, contratos celebrados por medio de videoconferencias y contratos celebrados por medio de correos electrónicos. El resultado del análisis normativo comparado nos permitirá identificar las similitudes y diferencias entre las legislaciones referidas, para de allí, identificar las posibilidades que la técnica legislativa nos ofrezca de caminar hacia procesos, según corresponda, de armonización o de unificación legislativa en el marco de la normativa comunitaria andina.

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La vigente Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos del Ecuador (Ley de Comercio Electrónico), publicada en el Registro Oficial número 557 (17 de abril de 2002), define la factura electrónica como el "conjunto de registros lógicos archivados en soportes susceptibles de ser leídos por equipos electrónicos de procesamiento de datos que documentan la transferencia de bienes y servicios, cumpliendo con los requisitos exigidos por las Leyes Tributarias, Mercantiles y más normas y reglamentos vigentes". Se desprende de esta definición, en primer lugar, que la factura electrónica documenta la transferencia de bienes y servicios, así como también, que los mensajes de datos y los documentos escritos tienen el mismo valor jurídico, siempre y cuando, los primeros cumplan los requisitos establecidos en este cuerpo legal. La emisión de documentos electrónicos se traduce como una solución innovadora que permite integrar los procesos internos de un negocio o empresa, con la generación, firma y envío de comprobantes de venta, retención o documentos complementarios tributarios electrónicos, logrando reducir los costos operativos e incrementando la productividad de una compañía, así como el fortalecimiento de los procesos de control tributario para reducir las brechas de evasión fiscal. En este sentido, este trabajo recoge en primer lugar la fundamentación teórica sobre la facturación electrónica y el marco normativo que ha implementado el SRI para su uso obligatorio; posteriormente analiza las ventajas y desventajas que trae consigo este nuevo esquema de emisión electrónica frente a la facturación física y los desafíos que representa tanto para la Administración Tributaria como para los contribuyentes; y por último, exhibe el proceso que se ha seguido para establecer el sistema, así como los resultados que se han obtenido después de algún tiempo de experiencia en los países más avanzados en el proceso de implementación de facturación electrónica en América Latina, tales como: Chile, Brasil, México, Argentina y Colombia.

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Existen conductas netamente sexuales, en las que la red ha llegado a convertirse en un fin o un medio para que ciertos individuos busquen y logren satisfacción sexual a través del chantaje sexual a menores de edad, delito conocido en la normativa penal anglosajona como “grooming” o “child grooming”, conducta que actualmente en el COIP se encuentra tipificada en su Art.- 173; siendo entonces que a través del presente trabajo pretendemos, en base a la teoría el derecho penal mínimo consagrado en el Art 195 de nuestra Constitución, analizar si el tipo penal incluido en el COIP referente al grooming, o como se lo ha denominado, delito de “Contacto con finalidad sexual con menores de dieciocho años por medios electrónicos”, cumple o no con aquella conducta considerada como tal por la doctrina y las legislaciones extranjeras; y especialmente establecer, conforme a los axiomas de Ferrajoli, si existe efectivamente la necesidad y la lesividad como para tipificar esta conducta a través de un tipo penal autónomo o si bien pueden estos actos encontrar su verbo rector y características especiales en otros tipos penales ya existentes en la legislación sustantiva penal, pues es claro que el Derecho Penal, para legitimar su existencia en un Estado Constitucional de Derechos y Justicia, debe limitar el ejercicio del poder punitivo del Estado.