12 resultados para Interdependencia
em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar
Resumo:
La Constitución de Montecristi de 2008 significó una ruptura con los paradigmas constitucionales y económicos clásicos predominantes en el mundo al crear y diseñar nuevos paradigmas de entender el sistema económico, basados en valores éticos y sociales, el papel del Estado, la centralidad de los derechos constitucionales en el accionar público y, sobre todo, la interconexión e interdependencia entre derechos constitucionales, Estado y sistema económico orientados a lograr el buen vivir. Sin lugar a dudas, los aspectos más significativos en los campos jurídico-institucional y económico de la Constitución de Montecristi son el haber establecido el Sistema Económico Social y Solidario (Art.283) y el Estado de derechos y justicia (Art.1), los cuales constituyen una estructura interdependiente orientada a la consecución de los derechos constitucionales y el buen vivir no solo de los ciudadanos, sino también de la naturaleza. El Estado constitucional de derechos y justicia y el sistema económico social y solidario, constituyen nuevos paradigmas basados en el principio de centralidad de derechos y la solidaridad democrática, donde las necesidades y deseos legítimos aseguran el bienestar y la existencia de todas las personas y la naturaleza; en el cual existen diversos actores económicos (públicos, privados, mixtos, populares y solidarios) que interactúan bajo principios de solidaridad, justicia y responsabilidad en el mercado, que es el punto de encuentro de los mismos, más no su ente regulador. Este nuevo modelo económico requiere de un renovado paradigma de Estado, es así que el Estado constitucional de derechos y justicia, el cual tiene como elementos de interdependencia al buen vivir como la filosofía común que sustenta y justifica al nuevo modelo de Estado y economía, un sistema normativo que responde a la centralidad de derechos y una institucionalidad orientada a aplicar el buen vivir.
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La Iniciativa IIRSA, que consiste en el impulso de la integración regional sudamericana a través de obras de infraestructura para el comercio, amenaza seriamente los derechos de las poblaciones y los sistemas ecológicos del continente. Tanto el ambiente como las personas están en riesgo por proyectos de gran envergadura con inadecuada planificación, que abarcan represas hidroeléctricas, carreteras, oleoductos, gasoductos, hidrovías, etc. En Ecuador, el eje multimodal Manta-Manaos es el proyecto de IIRSA que más ha motivado la alerta en la sociedad civil y las organizaciones indígenas, ya que buscaría convertir al río Napo en una hidrovía para el transporte de mercaderías en grandes cantidades, poniendo en peligro uno de los puntos de mayor diversidad biológica del planeta por su especial ubicación, así como los derechos de las personas pertenecientes a las comunidades indígenas y campesinas de la zona. En este marco, es de suma importancia el respeto y garantía de los derechos colectivos de los pueblos indígenas y tribales, quienes han conservado su modo de vida tradicional a lo largo de los años. Dada la particular relación con sus territorios, son ellos quienes deben decidir, por medio de adecuados procesos de consulta previa y consentimiento libre e informado, sobre la posibilidad de ejecutar proyectos de “desarrollo” o “integración regional” en sus territorios ancestrales. Los objetivos específicos de este trabajo son dar a conocer la existencia de la Iniciativa IIRSA y su cartera de proyectos en el Ecuador, definir los estándares ambientales y de derechos humanos que debe cumplir un proyecto de infraestructura y analizar el proyecto Manta-Manaos desde un enfoque jurídico, tomando como eje su adecuación a los estándares nacionales e internacionales de derechos humanos. En este sentido, resultan fundamentales los avances jurídicos recogidos en la normativa internacional, principalmente en el Convenio No. 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, así como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, que constituyen instrumentos jurídicos clave para la exigibilidad de estos derechos. Del mismo modo, el establecimiento de garantías ya no sólo jurisdiccionales, sino también políticas y normativas en la nueva Constitución, son avances que debemos aprender a utilizar para la protección de los derechos y el ambiente. En esta investigación, en primer lugar se hace una aproximación descriptiva a IIRSA, a continuación se describe la cartera de proyectos de la iniciativa en el Ecuador, tanto del Eje Andino como del Eje Amazónico, pasando directamente al análisis del proyecto del eje multimodal Manta-Manaos y los estándares internacionales ambientales y de derechos humanos aplicables en el diseño, ejecución y funcionamiento de proyectos de infraestructura. En esta sección se tratan los estándares internacionales en materia de participación social, consulta previa, consentimiento libre e informado en relación a derechos colectivos de los pueblos indígenas, acceso a la información pública, beneficios compartidos y la obligación de realizar estudios de impacto ambiental, así como del derecho al desarrollo como un derecho síntesis, que pretende un reforzamiento y profundización de la indivisibilidad e interdependencia de todos los derechos humanos. Finalmente, esbozamos algunas conclusiones y recomendaciones.
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La interconexión y dependencia recíproca entre Derecho comunitario y constituciones nacionales están aceptadas en la actualidad como un lugar común en el Derecho Público europeo, resultando casi explícitas en conceptos ya acuñados como el de multilevel constitutionalism de Pernice o el ""constitucionalismo dual"" de von Bogdandy. El artículo se detiene en el análisis de las influencia y del complejo juego de relaciones entre parlamentos nacionales y Unión Europea, en marcándose claramente en el nuevo constitucionalismo europeo ""multinivel"". En él se analiza la interdependencia entre Derecho comunitario y derechos nacionales en materia parlamentaria. De modo descriptivo y analítico se estudia el papel que los parlamentos nacionales pueden y deben representar en el proceso de integración europea así como en la bl.Jsqueda de su mayor democratización y se ofrecen los elementos necesarios para valorar jurídicamente en qué medida realmente lo representan.
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El autor explica el cambio en la naturaleza y sentido de las relaciones entre ambas naciones, luego de la firma de los acuerdos de paz, en octubre de 1998 en Brasilia, culminando un proceso gestado en 1991. El artículo aborda las diversas acciones de cooperación e interdependencia que se han ido forjando entre ambos países y sugiere una agenda para profundizar la relación bilateral en los siguientes años, que incluye el impulso a iniciativas conjuntas en el marco de la política exterior común de la CAN.
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A finales del siglo XX, 1999, Kosovo, hasta entonces provincia de Serbia, se transforma en un Protectorado de las Naciones Unidas como acto, tal vez no final, pero si culminante del proceso de disolución de la Federación Yugoslava, que fundada en 1945 por Josip Broz, Tito, ha visto la separación de cuatro de las seis repúblicas federadas en la década de los noventa (Eslovenia, Croacia, Macedonia, Bosnia-Herzegovina) quedando reducida a Serbia y Montenegro. A la fecha, Serbia tenía dos provincias autónomas, Kosovo y la Voivodina. El mandato de la ONU sobre Kosovo implica para Serbia la pérdida de la provincia, cuna de la iglesia ortodoxa yugoslava y emblema del nacionalismo serbio. Pero el conflicto de Kosovo no es reciente, él se inicia en la Baja Edad Media. El presente trabajo pretende aproximarse a la comprensión de este elemento puntual del proceso histórico mundial contemporáneo: Kosovo (en lo específico, Serbia como referente inmediato, Yugoslavia en lo general y la región de los Balcanes como referente mayor) en la perspectiva del ejercicio actual de consolidación de un poder mundial unipolar, cuya concreción más evidente en lo geoestratégico, es la OTAN. La región de los Balcanes, Yugoslavia, el conflicto de Kosovo más puntualmente, es en consecuencia, el objeto, el elemento de estudio de esta tesis; la configuración actual del poder, el nuevo orden mundial unipolar, su horizonte de intelección. Y es que ambos procesos, las guerras de secesión de la pasada década en Yugoslavia, por un lado, y por otro, la instauración de un poder global, planetario, están vinculados, en su núcleo, por un acontecimiento previo de colosal importancia: el desmantelamiento de la URSS, la proclamación de Rusia como Estado independiente de la hasta entonces Unión Soviética al comienzo de esa década, el consiguiente fin de la Guerra Fría, igual que el fin del alineamiento bipolar de las naciones en la escena internacional. Y si el tema a considerar se entrecruza, apenas planteado, con instancias complejas: la llamada comunidad internacional, el mercado, la red global de información, aquello nos muestra la no casual imbricación, la interdependencia de actores y acciones en el escenario contemporáneo; implica que aproximarse a la trama de Kosovo es acercarse al mismo tiempo al entramado entero mundial, a fuerzas y voluntades, a relaciones activas, históricas, estructurales, que configuran –bajo la atenta mirada del poder- el sentido de la sociedad humana en su historia como presente. Y lo dicho de modo precedente determina también el asumir una hipótesis, que parece tener un correlato plausible en los hechos, aunque no sea la única que pueda plantearse como 6 explicativa de los mismos. En términos generales dicha hipótesis se apoya en el teorizar de Noam Chomsky y afirma que: el proceso de disolución de la República Federal Yugoslava, la secuela de guerra provocada por esa diáspora, es la manifestación inequívoca y fehaciente de un nuevo orden mundial unipolar detentado, en lo básico, por Washington. Es decir, que la consolidación de EE.UU. como potencia hegemónica, en lo económico, político y militar, ha dado paso a una forma de Estado mundial sui géneris que reclama para sí la supremacía en el nuevo orden internacional. El cometido, por tanto, será intentar demostrar que la hipótesis es válida, que funciona en independencia y correlación con otras hipótesis posibles, que su poder explicativo no es inferior a aquellas y que más allá de su aparente reduccionismo –lo unipolar contrapuesto a lo multipolar- tal reduccionismo, de haberlo, no es sino el correlato de la acelerada concentración del poder mundial en la esfera del poder norteamericano.
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El Ecuador ha mantenido, desde la perspectiva de su política exterior, una conducta independiente respecto de los lineamientos de las grandes potencias, particularmente Estados Unidos, en lo que tiene que ver con la posición nacional frente a la construcción y desarrollo del régimen internacional de derechos humanos. Para probar este aserto se ha tomado como caso de estudio uno de los mecanismos de adecuación, en la legislación y política interna, del régimen no vinculante surgido de la Conferencia de Viena de 1993 sobre Derechos Humanos, léase “Plan Nacional de Derechos Humanos”. Interesa en este estudio profundizar en la construcción del régimen internacional de derechos humanos desde la influencia política del sistema internacional y la fuerza de los agentes internos. Interesa, además, analizar los procesos de armonización o adecuación de las legislaciones e instituciones internas en cumplimiento de compromisos adoptados por los gobiernos en foros internacionales especializados, que finalmente son los que retroalimentan y explican la existencia de esos regímenes. El trabajo hace un breve recorrido desde la concepción y desarrollo del régimen internacional de derechos humanos hasta la Conferencia de Viena de 1993. Se intenta, por un lado, desmitificar el tratamiento del régimen internacional de derechos humanos como “ética política” y ponerlo en el contexto de las relaciones de interdependencia compleja que se da en el orden mundial contemporáneo. Y, por otro, indagar sobre las características políticas del proceso de apropiación en el Ecuador del régimen no vinculante de derechos humanos.1 La estructura de la investigación está diseñada para presentar el régimen desde sus características externas, esto es, la manera en que ese régimen regula las relaciones entre los estados, el sistema de Naciones Unidas y los individuos y se asegura de que se cumpla el contrato que surge como consecuencia. 1 El régimen vinculante es aquel que está contenido en las disposiciones de los tratados internacionales firmados con relación a un área específica de las relaciones internacionales, en este caso de derechos humanos. Por su parte, el régimen no vinculante no se respalda en un tratado internacional, sin embargo, se legitima en la adopción por consenso de Declaraciones Políticas y Planes de Acción por parte de los Estados miembros de las Naciones Unidas. En la mayoría de los casos se incluye, además, una cláusula donde consta el compromiso de presentar información sobre la aplicación de los Planes de Acción en los informes que se presentan a Naciones Unidas en acatamiento a las disposiciones de las Convenciones sobre los temas en cuestión.
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El fundamento de esta tesis se encuentra en la trascendencia que las telecomunicaciones han adquirido en la época actual. Ahí están, junto al avance tecnológico del sector, la importancia adquirida en el aspecto económico. No en vano se asevera que el desarrollo de un país está determinado por el avance de sus telecomunicaciones. La perspectiva que ofrece el área para el Derecho Económico es de un increíble potencial. Sinembargo, es de lamentar la poca dedicación que desde el campo jurídico se le ha dado para considerar a las telecomunicaciones como un bien jurídico que se ha de proteger por las importantes consecuencias que genera. Mi propósito al elegir el tema, fue realizar el análisis partiendo desde el estudio de la evolución económica que en la época actual nos coloca en el camino de la Globalización y la Interdependencia, estados a los que se puede acceder en base de las redes telefónicas que permiten crear poderosos grupos integrados que dominan la mayor actividad económica actual que es el intercambio. La afirmación es que en el Siglo XXI la integración económica irá aumentando de modo inevitable. Mi visión del tema se dirigió al estado de las telecomunicaciones en el Area Andina, incluido el Ecuador, por la incidencia de la Privatización del sector en la economía de cada Estado, un poco más exahustivo en nuestro País. Finalmente, me he preocupado de la legislación ecuatoriana en torno al tema, tan desatendido y consecuentemente, lleno de contingencias que estamos llamados a solucionar y para lo cual realizo mi aporte con Conclusiones y Recomendaciones.
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En la proximidad del siglo XXI la agricultura ecuatoriana enfrenta grandes desafíos. La enorme transformación Internacional y los espectaculares avances tecnológicos, han llevado a la globalización de la economía mundial generando nuevas formas de organización y de competencia y aumentado fuertemente la interdependencia económica entre los paises. Además la adhesión del Ecuador al GATT-OMC han modificado las reglas del comercio agrícola, tomando en cuenta que tanto las orientaciones del crecimiento como los agentes y las prioridades del desarrollo son actualmente distintas a las del modelo anterior. El acceso de los productos agrícolas de exportación ecuatorianos a los mercados internacionales es afectado a nivel externo, por el proteccionismo desleal de• parte de los países industrializados especialmente de Estados Unidos, y la Unión Europea, los mercados principales del comercio exterior ecuatoriano, en un mercado distorsionado medidas y que se supone debe estar liberado de este tipo de prácticas en la actual época donde el liberalismo es la doctrina vigente. Y a nivel interno, la presente investigación confirma la incoherencia de las políticas gubernamentales del Ecuador en el sector agropecuario, a partir del análisis de tres pilares: enunciados del gobierno, cambios en el marco legal de productos agricolas de exporta ión y la evolución de las cifras sobre gasto publico agropecuario en el periodo 1988-1994. Esta falta de definición esta ocasionando el fracaso de los intentos del pais para orientar su desarrollo hacia el exterior, y la disminución de la presencia comercial del Ecuador en el contexto mundial con participaciones marginales en las exportaciones regionales e incluso mundiales.
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La vinculación entre los derechos humanos y la tributación ha evidenciando una nueva perspectiva respecto de este principio constitucional. De modo que, hoy en día, la igualdad fiscal no puede ser apreciada materialmente desde la sola perspectiva de la generalidad, sino que supone un juicio integrado visto desde la interdependencia de los principios de generalidad, capacidad contributiva y no confiscatoriedad. La capacidad contributiva es el eje sobre el cual se construyen tratos tributarios diferenciados legítimos, que garantizan un tratamiento igual para los iguales y uno desigual para los desiguales, en mérito a su desigualdad – precisamente – en su capacidad para contribuir. De esto trata el primer capítulo del presente trabajo de investigación; y, en uno de los títulos del segundo capítulo se propone, en definitiva, como consecuencia de lo dicho, como un principio tributario propiamente, el de no discriminación fiscal como la manifestación de la igualdad jurídica en esta materia. Ahora bien, la apreciación que antecede está relacionada directamente con el fin esencial de los tributos: recaudar dinero suficiente para el sostenimiento del gasto público; sin embargo, existen también tributos en los que prevalecen los fines extra-fiscales, es decir, aquellos ligados a la promoción o a la inhibición de determinados actos o hechos económicos, en cuyo caso, los principios que matizan la igualdad jurídica en el régimen tributario no son ya los mismos, pues, bajo la perspectiva de la política tributaria, son legítimos los tratos tributarios diferenciados fundados en una razón suficiente, sin que ésta trate ya de la capacidad contributiva. En el segundo capítulo se hace una reseña de este particular y se propone que en dichas condiciones, deben considerase nuevos límites materiales que garanticen la igualdad jurídica en los tributos finalistas (no recaudatorios). A dicho efecto realizó un breve análisis de los posibles supuestos de desigualdad que promueven ciertas normas dictadas recientemente: (1) la potestad de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales en Ecuador para reducir el valor de los tributos impuestos por ley por motivo del cumplimiento de ciertos fines de orden económico, (2) los incentivos tributarios de las Zonas Especiales de Desarrollo Económico, y (3) la exclusión del Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano a quienes se dedican a la actividad del libre ejercicio profesional que requiera título terminal universitario. En tal virtud, finalmente, propongo como límites materiales que garantizan la igualdad en las figuras tributarias utilizadas como herramientas de política fiscal los principios de razonabilidad, el de equidad en la redistribución de la riqueza y el de neutralidad o de incidencia económica menor.
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El Programa Andino de Derechos Humanos (PADH) de la Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador, inició en 2009 la publicación anual de un informe sobre derechos humanos como una contribución a la reflexión y observancia de su cumplimiento. Tomó como referencia el nuevo marco constitucional, adoptado a finales de 2008, el cual plantea nuevos desafíos al Estado ecuatoriano y al conjunto del país en el fortalecimiento del catálogo de derechos y de garantías y sus principios, entre ellos integralidad, interdependencia, pro homine, aplicación directa y progresividad. Cada nueva entrega del Informe fue sujeta a una evaluación y fue incorporando ajustes y modificaciones. El correspondiente al año 2011, publicado el año pasado, tuvo gran impacto nacional e internacional. En muchos sectores fue muy bien recibido, pero provocó el rechazo del Gobierno. La Universidad y el PADH explicaron ante la opinión pública el contenido y alcances de la publicación, pero se generó un conflicto público. Ante ello, el presidente del Consejo Superior, de acuerdo con el rector de la sede ecuatoriana, en ejercicio de la autonomía universitaria, consultó a los miembros de ese organismo sobre la posibilidad de que se designara una comisión internacional para que estudiara el Informe y presentara sus observaciones y sugerencias. La respuesta de los miembros del Consejo Superior fue afirmativa y la comisión internacional fue designada. Así se lo comunicó a la comunidad universitaria y a las autoridades de la República del Ecuador. La comisión, integrada por el Dr. Enrique Bernales Ballesteros (Perú) y la parlamentaria andina Gloria Florez Schneider (Colombia), trabajó por varios meses y visitó Quito, entre enero y febrero de este año. La comisión internacional delimitó su labor a examinar la metodología del informe y a establecer recomendaciones para su fortalecimiento. Presentó su informe en abril y su versión final estuvo lista para publicación en junio. El contenido completo del documento ha sido publicado, por disposición del Presidente del Consejo Superior, en la página web de la Universidad: ‹http://www.uasb.edu.ec/ padh_contenido.php?cd=1158&pagpath=1&swpath=infb&cd_centro=5&ug=ac›. Desde mediados de 2012, el PADH continuó con las actividades necesarias para realizar el Informe correspondiente a 2012, pero a inicios de 2013 se resolvió esperar el informe de la comisión internacional para concluirlo y publicarlo. Una vez que lo conoció, el equipo de PADH procuró recoger las observaciones y recomendaciones. Es así como se han realizado algunos ajustes. El principal fue una división entre el “Informe” propiamente dicho, que prepara el PADH en forma institucional, y las contribuciones, bajo la modalidad de artículos, de la sociedad civil, docentes y entidades del Estado. Por ello, desde este año, aparecerán dos publicaciones. Por un lado el Informe sobre Derechos Humanos, un balance preparado por el equipo responsable. Por otro lado, una publicación colectiva titulada Horizontes de los derechos humanos que analiza varios casos y temáticas relevantes de 2012, con la contribución de varios representantes de organizaciones de la sociedad civil y docentes. También se incorporan los dos artículos presentados por el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos y por el Ministerio Coordinador de la Política Interna y Externa.
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Este trabajo tiene como objetivo principal identificar la existencia de un nuevo escenario geopolítico en la región latinoamericana a través del análisis de la creación de la Alianza del Pacífico y su relación con otros procesos de integración en la región- UNASUR, MERCOSUR y ALBA-. Es así que desde el marco teórico del realismo y de la interdependencia compleja, se explica la creación de la Alianza del Pacífico- cuyos miembros son Colombia, Chile, Perú y México- con el fin de consolidar nuevas relaciones que ayuden su desarrollo. Esta necesidad de cooperación responde al interés común de los Estados por optar una nueva estrategia que incluya la explotación óptima de sus recursos en entorno pacífico y de cooperación favorable a la expansión de una red de comercio que incluya a todos los Estados. En ese contexto, la consolidación de estos objetivos puede influenciar directamente e indirectamente en toda la región latinoamericana.
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This paper analyzes the People’s Republic of China economic and political ascendance in the 21st century, focusing on the evolution of its sui géneris economic development model and its significance for the relationship between China and the developing countries of the peripheral ‘Global South.’ The objective of this article is to analyze the relationship between China and Latin America in the 21st century, characterizing it as a new Center-periphery global power network based on trade and investment, which is often referred to as the ‘Asian Consensus’. The article will give special attention to the Brazilian case.