18 resultados para De minifaldas, militancias y revoluciones. Exploraciones sobre los 70 en la Argentina
em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar
Resumo:
En una época en la que los partidos políticos están perdiendo credibilidad y los principios ideológicos ya no constituyen el valor preponderante, la población busca otras instituciones a las cuales dirigir sus demandas y en donde poder encontrar respuestas y un sentido de seguridad. Es entonces cuando entran a jugar un papel fundamental dos actores: el presidente, con una propuesta cada vez más populista y un poder más personalizado, y los medios de comunicación, la mayor parte de los cuales están concentrados, monopolizados y manipulados por las élites políticas y económicas. Este desplazamiento de funciones conlleva una serie de cambios, no solamente entre los sujetos en cuestión, sino también en las medidas, los mecanismos y los recursos con los cuales se establecen estas relaciones. A través del estudio de dos casos particulares, el del ex presidente peruano Alberto Fujimori y el del actual presidente colombiano Álvaro Uribe, quisiera que el lector analizara el triangulo “gobernante-medios de comunicación-población”, con el fin de establecer y de examinar críticamente las influencias que, por motivos políticos y económicos, entran a manipular esta relación. De hecho, en esta investigación trataré de dar pruebas de los mecanismos de ocultamiento, falseamiento, fabricación, construcción y deconstrucción de noticias, pero también procuraré mostrar como el lenguaje constituye, cambia y define las estructuras sociales y nuestras visiones del mundo. Considero fundamental que las personas tomen conciencia de todos estos mecanismos, en cuanto son “armas no violentas (físicamente)” utilizadas por los gobernantes y las élites para denotar y representar sus realidades, mostrándolas como verdades y, además, para controlar, dominar y direccionar la opinión pública y así legitimar su accionar.
Resumo:
Las remesas han adquirido un peso cada vez mayor como fuente de ingreso de divisas para el Ecuador en los últimos 10 años, y por lo tanto se debe darse el grado de importancia que su gestión requiere. La tesis esta dividida en dos partes, la primera en la que analizo la evolución del proceso migratorio y por lo tanto del crecimiento que se ha dado en las remesas, incluyendo datos como de donde provienen, cuanto dinero envían los migrantes a sus familiares en el Ecuador, en que utilizan el dinero que reciben, como llegan las remesas a nuestro país y otras estadísticas que ayudan a describir la real evolución de este flujo de divisas. En el segundo capitulo se examinan algunas opciones sobre cómo se podrían proyectar un monto creciente de las remesas hacia la inversión, lo que implicaría potenciar su uso y orientar esos recursos hacia la producción, como: codesarrollo, proyectos como 3x1 y proyectos de instituciones ecuatorianas como el MYCIP, de tal forma que las personas que reciben el dinero de las remesas, se conviertan en actores del desarrollo de muchas zonas de nuestro país, contando con la ayuda de algunas instituciones tanto nacionales como internacionales y con el soporte de diversas instancias del gobierno.
Resumo:
A partir de la reforma y codificación constitucional de 1998, realizado por la autoproclamada Asamblea Nacional Constituyente de 1997, se introdujo el principio de competencia en la Constitución ecuatoriana, determinando así la regulación de ciertas materias por ley orgánica, ciertas por ley ordinaria y ciertas por actos normativos con categoría normativa inferior a la ley. El mencionado principio de competencia tiene relevancia desde que ya no se aplica a rajatabla el principio de jerarquía que hasta antes de dicha codificación se utilizaba con mucha frecuencia cuando existían problemas de contradicciones normativas, ya que las normas jurídicas en general estaban perfectamente jerarquizadas, sin dar pábulo a confusiones sobre la aplicación de las normas. Evidentemente la Constitución ecuatoriana no determina expresamente la aplicación del principio de competencia, es más, en el artículo 272 de la Constitución se trata de jerarquizar el ámbito normativo, pero sucede que esto no es así, ya que no se puede interpretar la Constitución de manera absoluta y en contra de si misma. Es por lo dicho que en derecho constitucional existen mecanismos y métodos propios de interpretación constitucional como es el método tópico que en suma nos dice que a la constitución hay que interpretarla en función de los principios de unidad de la Constitución, concordancia práctica, corrección funcional, función integradora y fuerza normativa de la Constitución, que se explicarán ampliamente en el desarrollo de la tesis y mediante el cual llegaremos a la conclusión que la Constitución ecuatoriana determina claramente el principio de competencia. Es debido precisamente a este problema de interpretación de la Constitución, que en los actuales momentos, con este nuevo principio introducido en la constitución ecuatoriana, ha llevado a que el Congreso Nacional trate de regular mediante ley (sea esta orgánica u ordinaria) materias que la constitución ha asignado a otros órganos del Estado, lo que se traduce en una evidente arbitrariedad por parte del legislativo sobre potestades que la Constitución no le ha asignado, contrariando así el principio de legalidad consagrado en el artículo 119 de la Constitución que determina: “Las instituciones del Estado, sus organismos y dependencias y lo funcionarios públicos no podrá ejercer otras atribuciones que las consignadas en la Constitución y la ley...”. La importancia de este tema desde el punto de vista académico es interesante desde que la aplicación del principio de competencia no es una invención ecuatoriana, es así que este principio de origen francés con la V República de 1958 es tomado en sistemas como el español, el chileno, el colombiano entre otros ya han determinado claramente la aplicación de este principio por sobre el principio clásico de jerarquía, determinando en su jurisprudencia que la creación y aplicación de la norma se la realiza en virtud de las competencias que la Constitución de cada país ha determinado a los órganos del poder público respectivos. Por último, la importancia social de este tema es evidente ya que el Congreso Nacional ecuatoriano utilizando un concepto ya superado, como es el de que la soberanía radica en ellos, pretende arbitrariamente regular materias que no le competen, provocando así una confusión en los operadores de la norma, como son la administración pública, los jueces y los administrados, utilizando el criterio de que una ley y mejor aun que una ley orgánica se aplica por sobre el resto del ordenamiento jurídico inferior en aplicación del principio de jerarquía y no del principio de competencia vigente a partir de la codificación y reforma constitucional de 1998.
Resumo:
En el artículo se presentan y analizan algunos de los principales elementos que han hecho parte del imaginario sobre la frontera. Dentro de este imaginario, señala el autor, se inscriben por lo menos tres tópicos que circulan y se resignifican: se trata de zonas en las que impera el desorden y cuyo referente es jurídico, son regiones en donde la democracia está poco consolidada y su referente es político, y son án1bitos en donde es posible que reditúe la guerra y el referente es militar. Estos tópicos fueron la base a partir de la cual se entendió y describió la zona de frontera por parte de algunos intelectuales a finales de los años 80, llegando a convertir de esta forma, a la frontera, en depositaria de inseguridad. De acuerdo con el autor, el manejo de este tipo de discurso no ha permitido realizar un análisis real de la situación de las sociedades de frontera y se tiende a caer en lugares comunes propios de este discurso.
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El artículo analiza las posibilidades y condiciones del comercio de servicios dentro del proceso del ALCA, tomando como ejes fundamentales las modalidades de liberalización del comercio de servicios y el trato preferencial a las economías en desarrollo. El autor aborda estos dos aspectos como factores definitorios de los posibles resultados de la negociación regional, y sugiere, además, algunas ideas sobre la base del enfoque de "agenda positiva".
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En 1629, Hernando de la Cruz, guía espiritual de Mariana de Jesús, pintó para la iglesia jesuítica de Quito un cuadro de gran formato sobre el Infierno. El lienzo se colocó a la entrada del templo, frente a la Gloria de los predestinados, pintada en un formato similar, por el mismo autor. Estos fueron los lienzos más grandes del edificio y se ubicaron a la entrada del mismo. Esta tesis intentará responder porqué de entre todos los temas religiosos, los jesuitas quiteños escogieron representar al infierno como la vista principal de entrada a su iglesia. Para ello, explora el contexto de producción y circulación de la imagen infernal, indaga en las prácticas de la sociedad quiteña que pudieron influir en la decisión jesuítica. Luego, se aborda el imaginario jesuítico sobre la noción de condena eterna en su época; así como el papel de la Compañía de Jesús como productora de esta representación y de una forma particular de mirar e interpretar esta pintura, acompañándola de usos religiosos como la confesión o la penitencia. Finalmente, se analizará la pintura en relación tanto con las prácticas sociales quiteñas, como con los imaginarios jesuíticos del fuego eterno. En esta tesis utiliza como fuentes a historias ejemplares, sermones, pinturas y textos catequéticos producidos entre 1600 y 1697. Para abordarlas utiliza la metodología de la historia contextual del arte y de la nueva historia cultural. De esta manera ensaya una interpretación del universo de significación de la pintura de Hernando de la Cruz.
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Analiza la vigencia limitada de los derechos de la naturaleza debido a los intereses económicos que privilegian la explotación intensiva y extensiva de los recursos naturales. En este contexto, destaca el accionar de la ciudadanía y los colectivos que activaron los mecanismos de tutela efectiva de los derechos ambientales y de la naturaleza, como el caso contra la petrolera Chevron Texaco y la acción de protección a favor del río Vilcabamba. Alerta sobre el destino de la iniciativa ITT ante el anuncio de una nueva licitación petrolera por lo que plantea renovar esfuerzos por la vigencia de los derechos de la naturaleza.
Resumo:
La relación entre empleados públicos y los órganos del estado ha ido evolucionando notablemente sobre todo en las últimas décadas, hasta el punto que ya no puede decirse que son solamente que estos empleados son un instrumento del Estado para el cumplimiento de sus fines, sino sujetos de derechos no solo subjetivos sino también de aquellos que reconocen los convenios internacionales y la Constitución de la República para el sector laboral en general. En efecto, la Organización Internacional del Trabajo, a través de los convenios 87 y 98 y posteriormente con la expedición de los convenios 151 y 154 reconoce expresamente la aplicación de los derechos colectivos para los empleados públicos, que implica entre otras cosas la posibilidad de asociarse y consecuentemente negociar condiciones de empleo e incluso ejercer el derecho de huelga, lo que trastoca el carácter estatutario que tiene el régimen de la Función Pública. Si bien este tema ya ha sido tratado con mayor profundidad en otros países en donde se han incorporado en sus legislaciones mecanismos de participación directa de los empleados en las decisiones de la Administración Pública, en el Ecuador no ha sido profundamente discutido, por lo que es necesario generar un análisis crítico de esta temática, para que pueda ser motivo de debate jurídico.
Resumo:
A pesar del discurso estadístico e instrumental sobre la importancia de la inmigración para el futuro económico de Europa que va de la mano con el de la necesidad de desarrollar políticas (sociales y culturales) de integración del inmigrante, actualmente existe una tendencia regresiva a restringir su acceso a los derechos ciudadanos (civiles, políticos y sociales). Un ejemplo de este proceso es el que se produce en España, en el actual contexto de conformación de la Unión Europea y de la llamada Globalización. El año 2000 constituyó un punto culminante de este fenómeno en España, en cuanto fue el escenario temporal de una lucha social y política en el que se confrontaron dos perspectivas y concepciones contrapuestas de ciudadanía, hecho que evidenció la caducidad del antiguo modelo de ciudadanía comprendida como el vínculo político (estatuto de derechos y obligaciones) entre el individuo y el Estado-nación, que se adquiere de manera preferente a través de la descendencia (ius-sanguinis).
Resumo:
Las reflexiones sobre los procesos migratorios estuvieron siempre presentes en diversas instituciones y organizaciones, sin embargo para que estas investigaciones tengan bases científicas han tenido que pasar varios siglos. El tema sobre las migraciones internacionales es objeto de estudio de norteamericanos y canadienses desde principios del siglo XX. Los estudios sobre migración en Ecuador y América Latina, tienen presencia significativa desde mediados del siglo XX. Los primeros años, las investigaciones estuvieron marcadas por la visión de los flujos migratorios campo-ciudad, denominado también éxodo rural. Hoy, si bien, continua el interés por la migración campo-ciudad, sin embargo debido al fenómeno de los procesos de globalización, se pone énfasis en la migración internacional.
Resumo:
El objetivo principal de este trabajo de tesis es determinar si ciertas instituciones en Bolivia son funcionales para propiciar una mayor participación del estado en la economía. Para ello se divide el trabajo en dos partes, una referida a los elementos necesarios para comprender como es que el estado participa en la economía; y otra, referida a la participación del estado boliviano en la economía, con énfasis en lo ocurrido desde el año 1985. Con la primera parte del trabajo se busca un debate entre ciertos autores sobre cual debe ser el rol del estado en la economía, para ello se siguen dos pasos previos; primero se repasa como puede ser la participación del estado en la economía. Para ello se toma a la constitución económica como eje orientador del rol del estado en la economía – aunque, se advierte que la realidad de los hechos en la investigación demuestra que esta no siempre puede ejercer esa función. Por ello, se continúa esta primera sección con una reflexión – desde el trabajo de determinados autores – sobre la relación que puede existir entre sistema jurídico y desarrollo económico. La segunda sección de esta primera parte, es un estudio de las instituciones como herramientas para propiciar la participación del estado en la economía, este repaso tiene orientación neo institucional, pues la misma tiene una visión más cercana al desarrollo de un país con base en sus propios rasgos culturales, históricos y políticos. Ya en la tercera y cuarta sección se entra al debate sobre el rol que debería tener el estado en al economía, para ello se analizan autores con posiciones encontrados y se respalda cada una de estas posiciones con el repaso de casos concretos como el de los países del este asiático. El segundo capítulo es un estudio del caso boliviano. En la primera sección se analiza la relación existente entre sistema jurídico, desarrollo económico, y participación estatal en la economía hasta el año 1985. La segunda sección repasa el proceso de transición económica e institucional en Bolivia y el rol que jugo el estado en todo este proceso. En la tercera sección se repasa el nuevo rol del estado en Bolivia desde el año 1985, así como el papel que jugaron ciertas instituciones en la formación de este nuevo orden. Se cierra el capítulo con una brevísima descripción del plan de gobierno del actual presidente boliviano Evo Morales, el cual implica dar al estado una mayor participación en la economía.
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El interés sobre la propiedad privada de bienes intangibles se relacionó, inicialmente, con la industria metalmecánica, electrónica y química; en la actualidad, se lo asocia, además, con la industria biotecnológica. La evolución en la investigación de la biotecnología exigió al derecho un reconocimiento por el esfuerzo y tiempo empleado, mediante una patente de invención. De esta manera, poco a poco, se ha ido introduciendo la posibilidad de patentar invenciones que contengan materia viva en el tema de propiedad industrial. En el ámbito internacional, con la firma del Convenio de la Unión de París (1883), se marcó la primera intención de los países de unificar la norma referida a la propiedad industrial. En 1994, con la creación del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), se obligó, a todos los Estados miembros de la OMC, a modificar sus normas internas y otorgar las protecciones mínimas en función de los ADPIC. De esta manera, se abrió la posibilidad de considerar la patentabilidad de la materia viva en el ordenamiento internacional. La línea divisora, que considera la patentabilidad o no, ya no recae en la distinción entre materia viva y materia no viva. Hoy en día, el derecho se haya sumido en una gran perplejidad ante la posibilidad de patentar productos de origen natural e incluso organismos vivos. Para tal efecto, ha mantenido los requisitos de patentabilidad y ha diferenciado lo que corresponde a materia viva existente en la naturaleza de lo que se define como materia aislada o producto obtenido por un procedimiento tecnológico. Abierta la posibilidad de patentar seres vivos, los países desarrollados comenzaron a sentar jurisprudencia en este sentido. Al mismo tiempo, los países en desarrollo cuestionaron y crearon una polémica en relación a estos derechos intelectuales, porque vieron afectados sus intereses y, de esta manera, limitarían las pretensiones de una protección más amplia respecto al tiempo y la materia patentable: actual tendencia de los países desarrollados. Situación que se analiza en esta tesis dentro del marco normativo actual de la Comunidad Andina.
Resumo:
Consiste en un estudio desde el ordenamiento constitucional español del marco hacendístico autonómico y local en perspectiva nacional, contrastado con el desarrollo legal vigente en la materia y que propicia, en el contexto de la descentralización fiscal, la revisión del principio de corresponsabilidad fiscal a la hora de examinar las prerrogativas de orden financiero de estos niveles de gobierno.
Resumo:
La gestión de los ingresos tributarios de los gobiernos municipales expresados en impuestos, tasas y contribuciones especiales de mejoras, con el concurso de las distintas direcciones, jefaturas y unidades administrativas en los ámbitos financiero, tributario, catastral y de recaudación, presenta deficiencias, incidiendo negativamente en la captación de recursos para el adecuado desarrollo de cada una de las competencias atribuidas a estos niveles de gobierno subnacional. El ejercicio de cada una de las competencias exclusivas de los gobiernos municipales demanda ingentes recursos financieros de carácter tributario, no tributario y de los provenientes de endeudamiento público. En el ámbito tributario es fundamental que cada gobierno municipal disponga de los instrumentos jurídicos y de gestión apropiados para potenciar la recaudación de tributos, y así ir afianzando su autonomía, por ello este trabajo analiza la gestión recaudatoria tributaria de cuatro gobiernos municipales ecuatorianos: Cayambe, Pedro Moncayo, Pedro Vicente Maldonado y San Miguel de los Bancos, por el período 2008-2011, que al tiempo de evidenciar sus fortalezas también devele sus deficiencias, y de esta manera ir exponiendo algunas medidas y mecanismos tendentes a mejorar la gestión y los niveles de recaudación, que en último término propenda a una mejor redistribución del ingreso con mayores beneficios para sus habitantes.
Resumo:
El presente trabajo de investigación se circunscribe a analizar la seguridad jurídica en materia de inversiones a partir de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria Ecuatoriana y sus reformas, en lo referente al Impuesto a la Salida de Divisas y el Impuesto sobre los Activos en el Exterior. En consecuencia, y como resultado de la investigación efectuada lo que se ha pretendido es demostrar si los impuestos antes mencionados han afectado la seguridad jurídica en el ámbito tributario, y en materia de inversiones, de manera específica referente a la inversión extranjera directa, por lo que como corolario hemos determinado que la Ley aludida, a través de sus impuestos reguladores, concretamente el Impuesto a la Salida de Divisas; creado para mitigar la salida de capitales del país, y el Impuesto a los Activo en el Exterior; cuyo objetivo fue el retornar los fondos disponibles que mantienen en el exterior aquellos sujetos pasivos que se encuentran regulados por la Superintendencia de Bancos y Seguros; vulneran la seguridad jurídica, ya que en primer lugar; no ha cumplido con los objetivos para los cuales fueron creados, sino por el contrario han frenado la captación de la inversión en el país, pues los antes indicados han sido sufrido reformas por distintos instrumentos legales y en un periodo de tiempo corto, instaurando en los inversionistas, actuales como en los potenciales un ambiente de inseguridad e inestabilidad normativa para la colocación de sus capitales en el país.