139 resultados para Garantía bancaria
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La autora enfatiza la necesidad de dotar de ductilidad al Derecho frente a los cambios sociales, refiriéndose particularmente a la familia y sus transformaciones como institución jurídica y como construcción social y cultural. Reflexiona sobre el carácter hegemónico de la familia nuclear burguesa en el derecho, planteando el desafío de que éste responda a la realidad social que muestra diversas formas de familia que no calzan en el modelo dominante. Analiza al matrimonio como el paradigma de la relación de pareja, incluso en la aspiración de aquellos que quieren dotar a su unión de efectos jurídicos, como es el caso de las parejas de homosexuales que se quieren vincular en los mismos términos, o las uniones de hecho, sean éstas heterosexuales u homosexuales, demostrando que, el reconocimiento de otros modelos de familia y la respuesta que se dé a estas demandas, pueden alterar la posición que el matrimonio tiene en la Constitución, y en la garantía institucional que en la misma se consagra.
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La globalización como un proceso de carácter multidimensional, que abarca no sólo aspectos económicos y financieros, sino también sociales, culturales y tecnológicos, ha servido como plataforma para el surgimiento de nuevos actores sociales de índole transnacional. La creciente conformación y expansión de redes transnacionales, ha abierto una mirada hacia nuevas temáticas, conflictos y desarrollos que deben ser contemplados en el ámbito global. Por ello estas redes, entre otras cosas, han implementado nuevos mecanismos de control y garantía de los derechos humanos en el ámbito global, han desarrollado también estrategias de cooperación para que sus esfuerzos y activismo hagan eco dentro de las políticas domésticas de los Estados. Es esta investigación se ilustra bajo un ejemplo práctico, la participación y el activismo de una red transnacional feminista que con la cooperación de Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales, lograron crear y llevar a cabo de manera efectiva, una estrategia en aras de la despenalización del aborto, en Colombia, estado que había sido muy severo en esta materia. En América Latina, la inflexibilidad de las legislaciones en materia de aborto, ha radicado, en que éstas han tomado como base la doctrina católica, que durante mucho tiempo fue impartida y considerada como el discurso hegemónico o más relevante en la discusión de políticas públicas sobre sexualidad y reproducción. Entonces, teniendo en la mira a estos protagonistas que se encuentran en conflicto, bien por hacer prevalecer la autonomía individual, la salud pública la equidad social o de género en las legislaciones domésticas, o bien por salvaguardar la noción de familia tradicional que se está viendo amenazada por un relativismo moral que debe ser contrarrestado al interior de los Estados, esta investigación, analiza por un lado, si existe o no influencia de los grupos feministas transnacionales, quienes han visto la importancia de actuar globalmente para promover cambios nacionales como la liberalización del aborto en las legislaciones, dado el reconocimiento de nuevos derechos como los derechos sexuales y reproductivos avalados en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos , y por otro, estudia la decadencia de la doctrina católica, ya que como actor político la Iglesia Católica ha perdido fuerza a la hora de participar en los debates sobre sexualidad y aborto. Para el fin perseguido en este documento, se analizan los principales postulados de la Teoría Liberal de las Relaciones Internacionales y se contrasta con un ejemplo práctico: el proceso de despenalización parcial del aborto en Colombia durante el periodo comprendido entre 2005 – 2006.
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El presente trabajo de investigación realiza un análisis comparativo de la institución jurídica del amparo constitucional en los países de la Comunidad Andina de Naciones, tocando los temas que más debate originan de esta garantía constitucional, para lograr tener una noción del grado de desarrollo y peculiaridades que ha adquirido el amparo, en los países de la sub - región, identificando en cada aspecto analizado, las diferencias y semejanzas, que la Constitución y legislación de cada país, han configurado. Para conseguir este propósito, se desarrollaron tres capítulos, en los que el trabajo se encuentra conformado. La introducción hace referencia a los alcances del trabajo y contiene la pregunta central, que dirige la investigación. El Capítulo I, hace una referencia a las garantías constitucionales, para posteriormente revisar algunos antecedentes básicos del amparo constitucional, mencionando la normativa internacional vigente que reconoce a esta garantía como un derecho. Finalmente, estudiar la naturaleza jurídica de esta institución y las características especificas, que adquiere en cada país miembro de la CAN. El Capítulo II, está dedicado a la procedencia del recurso de amparo constitucional, revisando los distintos modelos de protección a los derechos fundamentales que existen, para luego aterrizar en el modelo que adopta cada país de la subregión andina, en torno a qué derechos son tutelados por el amparo. Posteriormente, se analizan la procedencia del amparo contra actos normativos o normas jurídicas, resoluciones judiciales y contra particulares. Mencionando las similitudes y diferencias en cada aspecto. Finalmente, en el Capítulo III se analiza dos aspectos importantes, por un lado los órganos competentes para conocer el amparo constitucional en cada país de la CAN; por otro lado, los efectos que tienen las resoluciones que resuelven el amparo. En ese contexto, se trató de realizar un estudio de algunos de los temas más interesantes y controversiales del amparo, y comprender la aproximación que hacen a cada aspecto los diferentes países de la CAN, para lo cual fue de vital importancia el estudio de la jurisprudencia emanada de los máximos órganos de control de la constitucionalidad de cada país.
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Luego de la crisis económico-financiera que atravesó el país en 1998 y 1999, la supervisión bancaria ha trabajado en el fortalecimiento de su rol de control sobre el sistema financiero. Sin embargo, en la actualidad se carece de herramientas que permitan identificar señales tempranas de deterioro de las entidades, evaluando no sólo su desempeño individual, sino el efecto de las condiciones del entorno en las mismas. El presente documento tiene como objetivo principal evaluar el comportamiento y desempeño de las IFI bajo las condiciones actuales, a fin de determinar si existen características similares a las del periodo previo a la crisis bancaria de 1998, que determinen la existencia de señales preocupantes de deterioro en su estructura financiera y en la evolución de sus principales indicadores. Para ello, la investigación incluye, en primera instancia, la revisión bibliográfica de los conceptos y metodologías más importantes referentes al tema. En el segundo capítulo se realiza una breve descripción de las condiciones macroeconómicas y específicas del sistema financiero, que perfilaron al Ecuador en el período pre-crisis y durante la misma, esto con el objeto de comprender los determinantes del deterioro del sistema. Posteriormente, en el acápite tercero, se analiza la estructura del sistema de bancos en el período 2003-2010, así como las condiciones que presenta tanto el entorno macroeconómico nacional como del exterior, y las perspectivas de corto y mediano plazo. En el capítulo IV, se estructura la metodología utilizada -un modelo logit multivariante con datos de panel- para identificar las variables e indicadores que explican de mejor manera la crisis de 1998-1999, los mismos que, por su importancia, podrían constituirse en indicadores de alerta dentro de una herramienta de seguimiento. Finalmente, en el capítulo V, se evalúa el modelo estimado en el período 2003- 2010, determinando la presencia de señales de alarma en el sistema de bancos privados en la actualidad, así como estableciendo comparaciones entre ambos períodos sobre las variables e indicadores identificados.
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El propósito de este trabajo investigativo es establecer si el procedimiento administrativo sancionatorio aplicable a los profesionales de la educación que se encuentra bajo el ámbito de la Ley de Carrera Docente y Escalafón del Magisterio Nacional y sus posteriores reformas, cumple con lo establecido en materia de garantías constitucionales en la nueva Constitución de la República. De este modo se busca la aplicación del debido proceso y seguridad jurídica determinado como derechos fundamentales en los artículos 76 y 82 de la Carta Magna, evitando de esta manera la violación de dichas garantías, por parte de la Administración, sin dejar de considerar que la garantía del derecho a la educación, su exigibilidad debe ser muy clara y su incumplimiento debe ser objeto de sanciones pertinentes y oportunas, pues no hay que olvidar que en el artículo 3 de la Constitución de la República se establece como deber primordial para el Estado, el garantizar el efectivo goce del derecho a la educación. A mi criterio el Sumak Kawsay o Buen Vivir constituye un paradigma esencial de convivencia y construcción de la sociedad ecuatoriana, en la cual la educación juega un rol esencial para la sociedad ecuatoriana.
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La adopción de decisiones sobre las actividades y negocios de las compañías, que son aprobadas por los órganos supremos, en algunas ocasiones lesionan los intereses de los grupos minoritarios, que están en desventaja frente a los grupos de poder. Por tanto, los derechos de minorías deben ser regulados correctamente a fin de que garanticen el eficaz ejercicio de los mismos. Uno de los principales derechos que se ha previsto para defensa de las minorías, cuando éstas se ven afectadas por las resoluciones de junta general, es el derecho de impugnación de dichos acuerdos sociales. El derecho de impugnación es primordial para defensa de los intereses de las minorías, puesto que constituye la vía legal por la cual se pueden oponer a la ejecución de las resoluciones adoptadas en junta. El presente trabajo describe en qué casos se puede hacer uso de este derecho y detalla cuál es el procedimiento para ejercerlo; también evidencia las restricciones que la misma normativa establece al respecto. El propósito que se persigue es establecer si efectivamente el derecho de impugnación de minorías constituye una garantía real frente a un posible abuso de las mayorías, y si este derecho puede ser ejercido por cualquier minoría. A lo largo del trabajo se hace un estudio sobre la conformación de las compañías, las acciones y los derechos que otorgan dichos títulos a los socios o accionistas. Se anota la importancia de los órganos de gobierno y la capacidad que tiene para adoptar resoluciones. También se hace un estudio respecto de las nuevas regulaciones que se han desarrollado a nivel mundial en defensa de los intereses de minorías y de la importancia y rol del órgano de control.
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En los últimos años se ha hecho más notable la necesidad de disponer de un “buen gobierno corporativo” escándalos corporativos sobre todo en los EEUU mostraron la necesidad de atacar problemas tales como la falta de separación de funciones, conflictos de interés, información insuficiente a los accionistas y entidades de control, falta de auditoria independiente, control interno insuficiente, falta de registros contables adecuados, falta de prácticas adecuadas de riesgos, entre los más importantes, lo cual nos lleva a tener la convicción de que una adecuada evaluación por parte del supervisor bancario de la calidad en la gestión y administración disminuye sustancialmente la posibilidad de registrar pérdidas. Por lo antes expuesto, desde el punto de vista del supervisor bancario ecuatoriano, es necesario contar con una metodología que le permita al Jefe de Equipo de una supervisión bancaria una vez concluida una auditoría integral, determinar la calidad de la gestión del gobierno corporativo de un banco privado ecuatoriano, para lo cual en la presente tesis se analizá el concepto, definiciones y principios de gobierno corporativo (GC) en América Latina y en Ecuador, se estudian los principales elementos de Gobierno Corporativo a analizar en un banco, con los cuales se proponé una herramienta metodológica informática que permita obtener una objetiva “evaluación”, entendiéndose como tal, a la determinación de si la Junta de Accionistas, el Directorio y la administración de una entidad bancaria cumple primeramente con los requisitos previos para administrar, considerando el “fit and prooper” (honestidad e integridad, competencia, habilidad operacional, adecuadas practicas financieras), así como, producto de la evaluación de la gestión y administración de los riesgos de la entidad, determinar si los mismos son identificados, medidos, controlados y monitoreados conforme su propio perfil de riesgo, traducido en una calificación asociada a la calidad de dicha gestión y administración, para determinar medidas de acción adecuadas, logrando que la supervisión del organismo de control sea oportuna y preventiva.
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El rol que actualmente, en ejercicio del control abstracto de constitucionalidad, desempeñan los tribunales constitucionales, trasciende del carácter eminentemente jurídico al político, en tanto han evolucionado de la simple aplicación del clásico modelo kelseniano de “legislador negativo”, mediante el cual los tribunales se limitan a determinar la in/constitucionalidad llana de un precepto jurídico sometido a su control, a la utilización de nuevas técnicas interpretativas que ante la insuficiencia práctica de tal modelo, permiten dar sentido a los mandatos constitucionales, en fallos que se acercan al nivel de la ley formalmente expedida por los parlamentos, por lo cual se los señala como “legisladores positivos” y, por lo tanto, como transgresores del principio de división de poderes, por invadir la libertad de configuración política del legislador original e inclusive del ejecutivo (cuando actúa como colegislador fijando políticas públicas por ejemplo). En consecuencia, tal práctica jurisprudencial genera reacciones duales, por un lado, las que censuran tal intromisión y requieren que el tribunal constitucional se limite a verificar la in/constitucionalidad de las normas sometidas a su control y por otro, las que avalan el intervencionismo del mismo como garantía de los derechos consagrados en la Constitución. Desde ésta óptica y elaborando una abstracción particular, el presente trabajo pretende elaborar un estudio comparado entre los modelos de control abstracto de constitucionalidad aplicados por la Corte Constitucional colombiana y el Tribunal Constitucional ecuatoriano, para establecer si estos siguen la tendencia clásica del legislador negativo, si han evolucionado hacia un tipo de control más amplio como el del legislador positivo o si comparten un modelo híbrido, con tendencia hacia alguno de los dos y en ese sentido determinar las implicaciones que tiene en la vigencia del régimen democrático de los dos países.
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El fenómeno de la globalización al cual el país busca insertarse, exige incorporar nuevos instrumentos financieros y de pagos, tales como sistemas de transferencias electrónicas de fondos tanto al interior como al exterior, impulsando el crecimiento de los mercados de capitales y financieros. Esta alternativa modifica sustancialmente el sistema tradicional de financiación y operación en el que las entidades financieras intermedian recursos financieros, profundizando la tendencia actual a la implementación de medios electrónicos de pago. En este sentido, el proceso de desarrollo en que se encuentra inmersa la economía ecuatoriana, ha puesto de manifiesto la necesidad de modernizar la normativa legal de los mecanismos de pago existentes para tramitar y ejecutar los cobros y pagos entre personas naturales o jurídicas. Por esta razón, para la comprensión de la reforma al Sistema de Pagos, es necesario comenzar por su automatización y conformación en un sistema único, integrado por varios subsistemas, donde cada uno de éstos está referido a cada medio de pago diferente empleado. Igualmente, se busca dinamizar el sistema de liquidación y compensación de valores existentes a fin introducir nuevos instrumentos y mecanismos financieros en forma ágil y oportuna, brindando mayor eficiencia y seguridad a los agentes económicos y financieros del país.
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Motiva la elaboración de la presente Tesis, la necesidad del estudio del Peculado Bancario como figura jurídica del Derecho Penal Económico y su relación con los acontecimientos suscitados en la más reciente crisis financiera ecuatoriana iniciada en el año 1998. Es necesario distinguir para el análisis de este tema, el contexto de una tendencia de liberalización de los mercados y la actividad financiera en toda América Latina y obviamente en el Ecuador, proceso en el que se inscribió la legislación nacional reformada en agosto de 1994 con la aprobación de una LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO, en sustitución de la LEY GENERAL DE BANCOS existente hasta entonces. Dicha Ley General de Instituciones del Sistema Financiero estableció desde luego un avance importante en la actualización de la legislación bancaria del país a los concepto flexibles de banca múltiple, que como tales pretenden la creación de un verdadero “sistema financiero” en el país, a través de la autorización a las instituciones bancarias de una amplia variedad de servicios financieros en beneficio de los usuarios, acordes con la dinámica actual de la actividad financiera y la complejidad que supone el ejecutar distintos procesos relacionados con diferentes prestadores de servicios. Este concepto laudable en principio no excluye sin embargo la intencionalidad última de todo proceso de liberación que es el mayor desmantelamiento posible de los mecanismos de control, fiel a su premisa teórica de que todo control supone restricción y conculcación de los intangibles atributos de la libertad económica y su congénere más cercana, la libertad de empresa, así como una intromisión del Estado en el principio superior de autonomía de la voluntad y libertad de contratación, todo esto con el corolario de que así mismo, todo mecanismo de control e intervención por parte del Estado se halla dotado de un agregado ineludible de corrupción. Acogiendo estos criterios vio la luz la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero y se estableció una permisibilidad que la experiencia ha demostrado resultó ser inconveniente y aún peligrosa para la estabilidad no solo del sistema de pagos, sino de la propia economía y que derivó en el libertinaje de los administradores de las instituciones financieras, con las dolorosas consecuencias que son de todos conocidas. De este libertinaje financiero se siguió que muchos administradores bancarios fueron encausados penalmente por la presunta comisión de delitos bancarios, cuya regulación, vale anotar, al momento de la crisis resultó insuficiente, insuficiencia que se explica desde luego, por esta flexibilización de controles que inspiró la nueva legislación bancaria.
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El Ecuador ha sufrido una serie de trastornos y embates de distinto orden que se han confabulado para impedir el progreso y desarrollo del país con la consecuente repercusión sobre el sector productivo y por ende en el Sistema Financiero. La condición económica del Ecuador a finales del año 2000 fue complicada como consecuencia de la crisis bancaria desatada en el año 1999; siendo la dolarización el último intento desesperado del gobierno para estabilizar la economía después de un largo período de probar muchas otras políticas que fracasaron. Debido a lo mencionado anteriormente, en la presente tesis se analizará e investigará el impacto que ha traído la implementación de la dolarización en la gestión de las Instituciones Bancarias del Sistema Financiero; basada en los objetivos planteados a continuación, los mismos que buscan responder a las siguientes inquietudes: 1. ¿Ha existido un impacto favorable en el nivel de cartera colocada por los bancos? 2. ¿Cómo ha impactado la dolarización en la administración de cartera de crédito? 3. ¿Cómo se han visto afectados el nivel de depósitos a la vista y a plazo? 4. ¿Cuál es la importancia de la dolarización en la gestión de administración de gastos? 5. ¿Cuáles han sido los cambios ocurridos en la composición de ingresos de los bancos? 6. ¿Ha existido un cambio significativo en la oferta de productos financieros?
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Esta investigación desarrolla, en su primera parte, el cómo ha v~riado la intervención del Estado a través del Banco Central del Ecuador en la economía y, especialmente frente al Sistema Financiero Privado después del llamado proceso de modernización, aplicado por el gobierno de Durán Ballén-Dahik, hasta llegar a las causas económicas y políticas del colapso financiero. Como antecedente al tema concreto de estudio, se analizan las reformas del mencionado gobierno que terminaron produciendo pérdida de control, más que desregulación o liberalización de la actividad financiera en el Ecuador. Esta entrada analítica, como el resto de la investigación, planteó la necesidad de abordar el problema desde una dimensión política, económica y legal; así como el reto de realizar un análisis histórico-estructural e institucional que no permite solo entender al Banco Central, sino a la compleja relación entre el estado ecuatoriano, las fuerzas sociales, los niveles productivos, y el orden internacional. En ese sentido, el estudio aborda teóricamente la problemática desde varias visiones que pretenden construir una explicación que pueda abordar la complejidad del Estado Ecuatoriano, a través de una de sus instituciones; así se toman varias perspectivas como las provenientes de la Teoría Critica, análisis Institucionalistas y de materia económica. La segunda parte, analiza los primeros indicios de las nefastas consecuencias de la política desreguladora y la directa relación de la crisis y colapso financiero con una trama política, institucional y económica compleja que supera los análisis tecnocráticos e instrumentalistas.V La investigación plantea que la crisis y colapso son herederos de varios elementos: una perdida de control y supervisión por parte del estado; prácticas de bailing out expresados en constantes salvatajes que incrementaron el riesgo moral en sectores financieros y especulativos, un escenario político donde los sectores hegemónicos no han podido instrumentalizar, pero si colonizar sectores concretos en la. t oma de decisiones estatales (también gracias a una eficiente articulación entre distintas fuerzas sociales y actores en tomo a un discurso que se presentaba como un proyecto político económico liberal), y las debilidades de las fuerzas subalternas en la identificación de los escenarios donde se decidía y se ejecutaba la forma de regulación de acumulación. El estudio también hace un balance de la crisis políticas y económicas, que atraviesan el tema de la investigación, y deconstruye dos percepciones contrarias pero permanentes en el debate público: la de la asepsia tecnocrática, que plantea a los problemas y al colapso financiero como productos mecánicos de la inestabilidad política y de factores exógenos; y la que proviene de visiones instrumentalistas, donde se sobreestima el papel de las elites y se les atribuye la virtud de manejar a su antojo al conjunto del estado. Finalmente, es pertinente señalar que esta investigación también estudia como opera el poder en múltiples dimensiones, y espera efectivamente en convertirse en un aporte a la discusión pública sobre los asuntos de lo público, a la vez que motivo de debate, crítica y, por supuesto, de nuevas posibilidades.
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El propósito de realizar este trabajo, a más de cumplir con el requisito previo establecido por la Universidad Andina para la obtención del título de Magister en Derecho Económico, fue el de establecer las premisas preliminares en los cuales se asienta una disciplina jurídica en formación: el Derecho Penal Económico. El Derecho Penal Económico, dentro del Derecho Penal contemporáneo, es una de las esferas que ha sido particularmente controversial para el reconocimiento científico de una categoría especial de infracciones. La polémica va desde la radical negación de su existencia hasta un economicismo que absorbe infinidad de tipos delictivos. Esto puede deberse, entre otras muchas causas, a que esta disciplina jurídica en ciernes, establece que hay delincuentes que salen de los estereotipos criminales, que pertenecen a las clases dirigentes de la sociedad, que sus acciones u omisiones delictivas no manchan las manos, las cuales ejecutan como parte de sus actividades lícitas y cuyos perjuicios, van en contra de la sociedad en su conjunto, es decir atentan contra un buen jurídico supraindiviual. En el proceso formativo de esta rama del Derecho, mucho se discute respecto de la existencia de la responsabilidad penal de las personas morales y de la independencia de ella frente al Derecho Administrativo, en la fase de la imposición de sanciones. En este contexto, el propósito fue analizar la Ley General de Instituciones Financieras, a fin de establecer los elementos jurídicos que esta nuevo cuerpo legal aporta para la formación del Derecho Penal Económico. Así se han comentado algunas de sus instituciones más importantes, dentro de los parámetros doctrinarios que existen, a fin de establecer cuales de ellas podrían enmarcarse dentro del Derecho Penal Económico, que empieza a germinar en nuestro medio. El tema se presenta para una amplia discusión, de la que se podrán sacar importantes conclusiones, respecto de la existencia o no del Derecho Penal Económico, así como, si las normas contenidas en la Ley General de Instituciones Financieras, pueden ser parte o no de ella, o solo consisten en preceptos que podrían ser abarcados por el Derecho Administrativo dentro de ellas, el presente trabajo no es más que modesta una opinión dentro de un inmenso universo de versados criterios, para ir dando lugar al nacimiento, en nuestro país, de esta disciplina jurídica.
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El estudio de los derechos fundamentales y/o humanos se ha realizado desde el esquema tradicional del derecho privado, por tal razón, la teoría del derecho utilizada para entenderlos no es suficiente para la actualidad, dadas las complejas relaciones sociales y de poder que determinan la mayoría de las veces el rumbo de los derechos de las personas. Se requiere que el Derecho, como conjunto de normas jurídicas pensadas para la convivencia sea el que regule en condiciones de igualdad y sin discriminación dicha convivencia, no el mercado. Por ello cuando surge el neoconstitucionalismo como modelo de teoría jurídica, surgen múltiples soluciones, y también problemas, que permiten entender y abordar de mejor forma la estructura del Derecho en el siglo XXI. Entre otras, porque defiende a la Constitución como centro del sistema jurídico y ello dado el contenido de las constituciones modernas supone el respeto y realización de los derechos humanos. Además, porque permite entender en mejor forma los derechos sociales y reconocer su carácter de fundamentales. En ese orden de ideas, se debe continuar reflexionando sobre los derechos humanos y su exigibilidad, por lo que la teoría del contenido mínimo que se propone en el presente texto resulta de gran utilidad para alimentar los postulados del neoconstitucionalismo. Esta teoría plantea que existe un contenido mínimo diferente del contenido esencial de los derechos fundamentales, que está dado por los instrumentos internacionales y que representa el estándar mínimo en materia de derechos, del cual los Estados no pueden salirse bajo ninguna circunstancia, so pena de eliminar o anular el derecho mismo. El trabajo es un hecho social que merece especial protección, por tal razón tiene la garantía jurídica de su positivación, sin embargo, ha sido tal vez hasta el momento el derecho social más vulnerado y de más difícil cumplimiento por su compleja estructura y los constantes ataques que sufre desde las relaciones económicas. Por tal razón se requiere analizar su estructura jurídica en aras de modernizar su concepción y con ello contribuir a mejorara su garantía. En ese orden de ideas, la propuesta del contenido mínimo resulta adecuada para tal fin, pues permite poner en conexión la normatividad interna de un país y la internacional, además de constituirse en sí misma en una garantía de derechos, pues el desconocimiento de los contenidos mínimos del derecho al trabajo puede dar lugar a responsabilidad internacional de los Estados en el sistema regional de protección de derechos humanos.
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Nuestra legislación regula a la emisión de obligaciones en la Ley de Mercado de Valores, en su Reglamento y en la Codificación de Resoluciones expedidas por el Consejo Nacional de Valores; esto con el objetivo de promover un mercado organizado, eficaz y transparente; difundiendo al público una información adecuada de la situación financiera del emisor. Al momento de una emisión de obligaciones, ésta debe estar garantizada por una garantía general, la cual consiste en la totalidad de los activos no gravados del emisor y además podrá contar con garantía específica. Estas normas y otras han derivado problemas en el mercado de valores, ya que la norma no es clara y es subjetiva con la cual el emisor no tiene un mercado ágil ni eficiente. Lo expresado anteriormente ha sido contemplado en tres capítulos: El primer capítulo se ha titulado "OBLIGACIONES", en el cual se brinda un análisis del marco legal, en qué consiste y el proceso de la emisión de obligaciones. El segundo capítulo se ha titulado "RESGUARDOS", en el cual después de tener un conocimiento claro de todo lo relacionado a obligaciones, se analiza esta norma que limita el desarrollo de un mercado ágil, eficiente y veraz. Finalmente, el capítulo tercero se ha titulado "CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES" en el cual se brindará conclusiones que permitan entender la aplicación de la norma y brindar una reforma o la propuesta a la derogación a la misma, si esta lo amerita, después de todo el análisis realizado.