56 resultados para SEGURIDAD
Resumo:
La militarización de la seguridad interna en el Ecuador, al igual que en América Latina, ha sido una constante de las últimas décadas. Esta investigación tiene como objetivo analizar la evolución de la militarización de la seguridad interna en el Ecuador y la influencia que tuvieron el ataque en Angostura del 2008 y la sublevación militar del 30 de septiembre del 2010 en este proceso. La investigación identifica dos etapas dentro de este proceso: 1) los intentos de desmilitarización a partir de los ataques de Angostura y 2) el regreso a la militarización a partir de la sublevación militar del 30 de Septiembre. Utilizando como base teórica las aproximaciones de varios autores latinoamericanos sobre la militarización, y los parámetros que plantean para generar espacios democráticos en la relación entre las fuerzas públicas y el gobierno civil, se proponen una serie de funciones y características que deben cumplir las Fuerzas Armadas para que se pueda desarrollar de manera idónea el juego democrático. La investigación plantea una caracterización, tanto de las Fuerzas Armadas como de la Policía Nacional, para determinar el estado en que ambas instituciones se encontraban antes de los ataques de Angostura. Tanto Angostura como la Constitución del 2008 plantean la desmilitarización de la seguridad interna y un cambio en el paradigma de seguridad nacional. Se investiga el alcance institucional, legal y práctico de estos cambios en relación a su condición anterior y a los parámetros propuestos en la tesis. Finalmente, la tesis plantea como punto de quiebre de estos cambios institucionales la revuelta militar del 30 de septiembre del 2010 y analiza la serie de cambios que se dan y que generan la remilitarización de la seguridad interna. Así mismo, se analizan los cambios institucionales dentro de la Policía Nacional y las funciones dentro de la seguridad interna que son entregadas a las Fuerzas Armadas.
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Insistir en la idea de la centralidad de los seres humanos y de la naturaleza en la definición de las políticas públicas como un logro conseguido por la Constitución de 2008, supone el reto de monitorear las acciones u omisiones del Estado para determinar si han cumplido con el mandato normativo que está próximo a cumplir cinco años de vigencia. Ya en 2009, se explicitó el contenido constitucional del derecho a la seguridad integral expresado en la Constitución, y desde entonces se ha monitoreado el avance de las acciones que el Estado implementa; sin embargo hasta la actualidad se observa un predominio de la seguridad entendida desde la lógica del Estado, sin que se evidencie un verdadero enfoque de derechos humanos que sea transversal en su diseño, ejecución y evaluación. A continuación se registran los cambios que en 2012, se dieron en relación al desarrollo de políticas sectoriales, producción normativa y acciones específicas que tienen relación directa con la seguridad.
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El derecho a la seguridad es una combinación de facultades y potestades que tiene la sociedad para requerir del Estado la adopción de condiciones propicias para una convivencia pacífica exenta de todo riesgo o peligro. En su significado semántico, la seguridad supone la exclusión de daño, peligro; en tal virtud, es una situación, estado social o mental con ausencia de todo riesgo o amenaza real. Dentro de este contexto, existen diferentes tipos de seguridad: integral, humana, ciudadana, pública, jurídica, social, entre otras. La Constitución de la República del Ecuador establece el ejercicio popular para la defensa y protección de los derechos colectivos, entre ellos, a la seguridad; por tanto, para satisfacerlo es fundamental adoptar políticas públicas que generen condiciones básicas que garanticen: 1. seguridad económica; 2. seguridad política; 3. seguridad ambiental; 4. seguridad de la salud; 5. seguridad alimentaria; y 6. seguridad ciudadana.
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La erradicación del hambre es hoy una asignatura pendiente pese a su devastador impacto directo e indirecto. Entre los factores que influyen en la alimentación de la humanidad tienen cada vez mayor importancia los vinculados al extraordinario proceso de globalización que vive la humanidad. Es preciso entonces plantearse si la seguridad alimentaria se trata desde una perspectiva global, o todavía se sigue considerando una cuestión nacional.
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El interés del presente estudio radica en resaltar la importancia que tiene el sector privado como prestador de servicios de salud dentro del esquema de la seguridad social, en virtud de la creciente demanda de servicios que se viene dando en este sector y por cuanto la seguridad social, representada en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS, si bien ha incrementado su oferta en infraestructura y por ende con ello parcialmente ha dado respuesta positiva dentro del colectivo ciudadano, esto ha sido posible también debido a las alianzas efectuadas con los hospitales y clínicas privadas que ha incorporado a su red a nivel nacional, lo que ha generado como resultado en la ciudadanía una importante aceptación de los servicios de salud prestados por el IESS debido a la credibilidad con la que cuenta el sector privado en este ámbito, esto debido a que en muchas partes del país, el usuario de los servicios de salud del IESS es derivado a los hospitales y clínicas privadas con las que tiene convenio, por cuanto el sistema de seguridad social no está en la capacidad de poder asistir a un usuario con sus propias coberturas e instalaciones o bien porque simplemente no tiene presencia en determinada región del país. Este estudio no pretende maximizar a un sector en desmedro de otro, sino resaltar la necesidad de propiciar los espacios de colaboración entre estos dos sectores tradicionales, toda vez que esta alianza puede dar resultados favorables en beneficio de los usuarios que buscan la eficiencia y calidad en la prestación los servicios públicos, tan necesarios en nuestra cotidianeidad.
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El presente trabajo de investigación se circunscribe a analizar la seguridad jurídica en materia de inversiones a partir de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria Ecuatoriana y sus reformas, en lo referente al Impuesto a la Salida de Divisas y el Impuesto sobre los Activos en el Exterior. En consecuencia, y como resultado de la investigación efectuada lo que se ha pretendido es demostrar si los impuestos antes mencionados han afectado la seguridad jurídica en el ámbito tributario, y en materia de inversiones, de manera específica referente a la inversión extranjera directa, por lo que como corolario hemos determinado que la Ley aludida, a través de sus impuestos reguladores, concretamente el Impuesto a la Salida de Divisas; creado para mitigar la salida de capitales del país, y el Impuesto a los Activo en el Exterior; cuyo objetivo fue el retornar los fondos disponibles que mantienen en el exterior aquellos sujetos pasivos que se encuentran regulados por la Superintendencia de Bancos y Seguros; vulneran la seguridad jurídica, ya que en primer lugar; no ha cumplido con los objetivos para los cuales fueron creados, sino por el contrario han frenado la captación de la inversión en el país, pues los antes indicados han sido sufrido reformas por distintos instrumentos legales y en un periodo de tiempo corto, instaurando en los inversionistas, actuales como en los potenciales un ambiente de inseguridad e inestabilidad normativa para la colocación de sus capitales en el país.
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El desarrollo de la presente tesis tiene como objetivo analizar el impacto que tienen los procesos de comunicación para aumentar el conocimiento de los trabajadores sobre riesgos laborales mediante la aplicación de la educomunicación para mejorar estándares de calidad de la empresa Inprolac S.A. El marco teórico expuesto permite analizar cómo la seguridad laborar puede ser tratada mediante el uso de una comunicación alternativa. La población de estudio fue de 28 trabajadores, divididos entre dos áreas: Yogurt y Despacho, cada uno con 14 trabajadores. Para demostrar que la educomunicación puede ser un método alternativo de comunicación que transmite información eficaz sobre riesgos laborales se procedió en primera instancia a identificar los riesgos ocupacionales que mantienen estás dos áreas. Se utilizó un checklist en base a la matriz de riesgos de la empresa para identificar los riesgos, de tal manera priorizarlos aplicando el Principio de Pareto. Luego planificar una capacitación dividida en tres talleres. En el área de Yogurt se aplicó la metodología de la educomunicación y como técnica de capacitación la gamificación o comunicar jugando. Y para el área de Despacho se utilizó la metodología tradicional, con el uso de diapositivas y trípticos. La medición de datos de la capacitación se hizo en base a tres ejes: Una encuesta de satisfacción del trabajador, una evaluación de conocimiento y una encuesta de observación tanto del coordinador del área y del observador. La encuesta de satisfacción u opinión fue medida por una Conversión de Variables Categóricas en Numéricas. Para la evaluación de conocimiento se hizo un promedio y en la observación una tabulación simple. Al hacer el análisis de datos se demostró que el área de yogurt respondió de mejor manera la transmisión de información, con la mitad más tres de sus trabajadores, mientras que el área de despacho tuvo un incremento no muy significativo, que no llegó a la mitad de sus trabajadores.
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La presente investigación analiza tresinstituciones jurídicas, a saber, la determinación tributaria, la seguridad jurídica y los precios de transferencia. Las referidas instituciones interactúan con el objetivo principal de identificar cuáles son los elementos que se deben considerar para que exista seguridad jurídica cuando se practican actos de determinación tributaria en materia de precios de transferencia. Cuando una parte fija un precio por una operación económica con otra parte relacionada o vinculada, esta fijación debe ser una consecuencia de las leyes de libre mercado. El problema se presenta cuando el precio fijado, tiene como objetivo disminuir o incrementar los ingresos o gastos, de tal manera que se distorsionan beneficios económicos, se trasladan operaciones o se erosionan bases imponibles. En este contexto, la normativa nacional en los países andinos como las normas de organismos de cooperación internacional, como es la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico– OCDE, establecen la posibilidad de que los precios que no se sujetan al principio de plena competencia puedan ser ajustados de acuerdo al principio de plena competencia. Así las cosas, corresponde a los contribuyentes en sus declaraciones y la administración tributaria en sus actos de determinación ajustar tales precios, pero esta actividad por su alto carácter técnico, por incluir en la mayoría de casos operaciones económicas sofisticadas y planificadas, e incluso operaciones únicas, implica que sea una actividad que puede derivar en actuaciones arbitrarias o discrecionales de los sujetos tributarios. En este contexto, frente a un acto de determinación de la administración tributaria en materia de precios de transferencia, susceptible de actuaciones subjetivas, es imprescindible considerar el derecho a la seguridad jurídica, como un presupuesto necesario para circunscribir la actuación fiscal y de los sujetos tributarios, a parámetros que permitan establecer una real carga impositiva, parámetros o elementos que se analizan en este trabajo a la luz de los precios de transferencia.
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Este trabajo hace un ejercicio de representación de la realidad, trata de comprender el proyecto nacional boliviano en clave de seguridad territorio, entendiendo esta en términos de gestión, a partir del instrumento de consulta de pueblos indígenas en el caso específico del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS) con la siguiente pregunta: ¿Cómo operan los dispositivos de seguridad territorio del aparato gubernamental inmerso en el caso TIPNIS? La metodología a utilizarse para este estudio, responde principalmente al análisis de dispositivos a partir de la teoría de Foucault, propuesta por el alemán Siegfried Jagüer desde la identificación, el análisis y la relación entre las prácticas discursivas, no discursivas y manifestaciones. Además se hará uso de una categoría propia de la biología: la endosimbiosis, para explicar el fenómeno social que ocurre en términos de demandas y movimiento indígena. Para exponer de la mejor manera el estudio de caso, en un primer momento se realizará una descripción histórica de la construcción del instrumento de consulta inmerso en el debate y el conflicto, para en una segunda instancia hacer una aproximación más profunda de las cuatro categorías relevantes enmarcadas en la Ley 222 de consulta a los pueblos del TIPNIS (visión de desarrollo, medidas salvaguarda, intangibilidad, carretera) desde su operación, relacionadas con los planes nacionales del Estado plurinacional más su andamiaje institucional y operativo estatal. Finalmente se procede a realizar una lectura de las mismas en clave de dispositivos para observar sus efectos.
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La gestión del riesgo de liquidez es fundamental en las instituciones de seguridad social como el ISSFA -más aún cuando sus fuentes de ingreso dependen exclusivamente de la caja fiscal-, cuyo fondo de liquidez estructurado con parte de sus reservas, se mantienen en inversiones en el sistema financiero con rendimientos reales negativos por aplicación normativa del Banco Central. La presente investigación de carácter descriptivo, analiza el comportamiento de las prestaciones y del fondo de liquidez en el periodo 2012-2014, identificando ineficiencias en el uso de los recursos producto de la metodología presupuestaria utilizada para determinar el monto del fondo, por lo que se plantea la aplicación de modelos como el VaR Paramétrico, VaR Histórico y de volatilidad condicional GARCH, para el cálculo del máximo requerimiento de liquidez como base para la definición de un fondo óptimo. Se aplican los modelos sobre la serie de diferencias logarítmicas de los pagos diarios de la prestación de salud del periodo 2010-2014, que presenta alta volatilidad afectada por la naturaleza estocástica de la contingencia que genera la prestación y por factores de riesgo operativo, siendo necesario un ajuste a la fórmula del VaR por cuanto no se calcula la máxima pérdida esperada sino el máximo requerimiento de liquidez. El VaR Paramétrico y el VaR Histórico no generan resultados consistentes sobreestimado el requerimiento de liquidez. El VaR calculado con la esperanza y varianza estimados con el modelo GARCH, tiene un mejor ajuste con los datos reales ya que captura eventos de alta y baja volatilidad, permite reducir en un 84,3% el nivel de excedentes de liquidez observado en el periodo 2012-2014 en la seguridad social militar lo que favorecería la capitalización de sus reservas, siendo una base adecuada para la determinación del fondo de liquidez tomando como referencia el valor mínimo del coeficiente de cobertura de liquidez que recomienda el Comité de Basilea para la gestión del riesgo de liquidez, por lo que se recomienda el uso de este modelo.
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¿La «medida de seguridad» en Brasil actúa como un instrumento de violación de la dignidad de las personas que cometieron crímenes y que sufren algún trastorno mental? Para contestar esta pregunta, la obra empieza por analizar las tensiones existentes entre las concepciones sobre la locura, y expone los modelos de control social que justificaron la historia de segregación de estos sujetos. La dignidad humana, en esta investigación, se articula a partir de la concepción individualista de Kant y de la relacional de Hannah Arendt, estableciendo una base teórica donde ambas dimensiones de dignidad se complementan para conseguir el desarrollo pleno, el reconocimiento y el respeto de la dignidad humana en el ámbito jurídico. La obra problematiza, además, la visión teórico-dogmática detrás de la medida de seguridad como mecanismo de control en el derecho penal, y analiza críticamente su aplicación en contrapunto con el respeto a los derechos humanos. Finalmente, estudia el parámetro jurídico para el tratamiento digno a los enfermos mentales autores de delito, a partir de las normas de los sistemas global e interamericano de protección de los derechos humanos, de las disposiciones de la Constitución brasileña, de las normas pertinentes de ese país, de la jurisprudencia del órgano de control constitucional, el Supremo Tribunal Federal de Brasil, además del aporte de la Corte Constitucional de Colombia.