53 resultados para PAÍSES DE LA COMUNIDAD EUROPEA


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A lo largo de la historia los Estados han creado diversos tributos, los mismos que deben ser pagados por determinados miembros de la sociedad que gozan de capacidad contributiva, con la finalidad de obtener recursos, lo que les ha permitido cubrir el gasto público, así como también desarrollar políticas económicas y sociales. Nace de esta forma la relación jurídica tributaria entre la Administración y los particulares, la misma que genera derechos y obligaciones para las dos partes, dentro de esta relación jurídica se genera la obligación tributaria, cuyo nacimiento, exigibilidad y extinción son regulados por la ley. En este sentido es importante examinar una de las formas más comunes de extinguir la obligación tributaria como es "el pago o solución efectiva", el mismo que se encuentra regulado por principios constitucionales y normas legales que forman parte de las legislaciones de los países andinos. Es así que, este trabajo tiene como objetivo principal analizar el tratamiento que los países miembros de la CAN dan al pago como modo de extinguir la obligación tributaria conforme a sus legislaciones vigentes. Para lo cual se ha dividido a este documento en dos capítulos, el primero de los cuales hace referencia a aspectos esenciales del pago, como son: su naturaleza jurídica, su concepto, los sujetos que forman parte de la obligación jurídica tributaria, pues es fundamental conocer a ciencia cierta por quién, a quién y en dónde debe efectuarse el pago de la deuda tributaria; así como también las distintas formas de pago que existen. Se abordan además temas referentes al pago anticipado de tributos y a su imputación, para concluir con los efectos jurídicos del mismo. En el segundo capítulo se hace referencia a temas especiales del pago, como son: la consignación y la compensación en materia tributaria, así como también la concesión de facilidades de pago de la deuda tributaria que hace la Administración a los sujetos pasivos. Conoceremos además los impuestos nacionales, municipales y aduaneros que rigen en la actualidad en estos países. A partir de este estudio podremos llegar a establecer varias conclusiones sobre el tema tratado. Cabe señalar que estos temas son analizados de manera generalizada debido a la amplitud de los mismos no obstante se pone a consideración información actualizada, pues el estudio giera alrededor de las legislaciones vigentes en los países andinos.

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Esta investigación tiene por objeto determinar, en el ámbito de la Comunidad Andina, si y en qué medida el régimen normativo de solución de las controversias derivadas del incumplimiento de las obligaciones de los Estados Miembros incide, positiva o negativamente, en el nivel de efectividad de la tutela comunitaria. Se postula, a título de hipótesis, la existencia, en el régimen normativo de la Comunidad, de elementos que repercuten negativamente en el nivel de efectividad de la tutela. Se estudian a este propósito tres cuestiones principales: la del incumplimiento en sí, para precisar en qué consiste y describir las acciones y omisiones de los Estados Miembros que lo han causado; la del mecanismo comunitario de solución de las controversias por incumplimiento de los Estados, para identificar los procedimientos que lo integran y dar cuenta de su disciplina normativa; y la de la efectividad del mecanismo comunitario, para establecer, en el caso de las controversias por incumplimiento, en qué consiste, cómo se determina y cuál es su medida. El examen de estas tres cuestiones, junto con el de los regímenes de solución de las controversias por incumplimiento previstos en la Unión Europea y en el MERCOSUR, configuran los objetivos específicos de la investigación, tratados a lo largo de cuatro capítulos. El estudio concluye en el reconocimiento de una variación significativa en el nivel de efectividad del mecanismo comunitario de solución de las controversias por incumplimiento: desde una efectividad de alto nivel en el acceso al mecanismo hasta una de bajo nivel en la ejecución de lo juzgado. Este debilitamiento en la efectividad del mecanismo, en lo que se refiere a su etapa de ejecución, deriva en un decrecimiento en la efectividad de la tutela. Si al problema real y actual del incumplimiento por los Estados de sus obligaciones comunitarias se asocia la efectividad limitada del mecanismo de solución de las controversias derivadas de dicho incumplimiento, el resultado compromete la calidad de la tutela comunitaria y la garantía del respeto del ordenamiento jurídico que disciplina el proceso de integración. La voluntad política de los Estados Miembros, así como la reforma de la legalidad comunitaria, podrían contribuir, sin embargo, a la reversión de este resultado.

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El fenómeno de la migración, como movimiento o flujo de la población, ha existido siempre y nunca dejará de existir, por la heterogeneidad de causas que la producen: económicas, sociales, políticas, desastres naturales, etc. El incremento es notorio en países europeos como España, y es creciente el número de inmigrantes proveniente de la Región Andina.

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El presente trabajo de tesis, tiene como objetivo fundamental estudiar las bases para una integración sub continental. Las realidad de Sudamérica, muestra un escenario donde las necesidades y problemas de cada Estado son mucho más que simples cuestiones internas, en realidad son problemas comunes en todos nuestros países, haciendo la salvedad que en algunos de ellos son mucho más profundos. Por otra parte, los ciudadanos y las instituciones de todos los países que integran la región se encuentran vinculados por tradiciones y valores comunes en el ámbito social, jurídico y moral, acercándoles mucho más allá de las fronteras físicas e ideologías políticas. La idea de construir un mecanismo que permita lograr el desarrollo social y económico óptimo para la región se encuentra regulada por la realidad de nuestros países, los cuales sufren índices alarmantes en diversos indicadores económicos que en el plano de la realidad se traducen en pobreza. Es en este contexto en el que se desarrolla nuestro trabajo orientado a destacar las bases fundamentales para una integración regional, como forma de lograr un bloque orientado a generar desarrollo económico y progreso. Se trabajó el tema con una clara orientación hacia los principios e ideas básicas del derecho de la integración, así como el análisis de los sistemas de integración subregional que existen en la región (CAN-MERCOSUR) y el libre comercio. También, se utilizaron permanentes referencias doctrinales, legales y jurisprudenciales que nos ayudan a solventar nuestros argumentos. El trabajo culmina con el planteamiento de conclusiones y recomendaciones que son el resultado final de esta pequeña contribución al Derecho.

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La liberalización del comercio de bienes es un medio que establece la CAN para alcanzar sus objetivos de integración aún más ambiciosos, para lo cual ha estructurado un sistema supranacional con un órgano de tipo jurisdiccional independiente que solucione las controversias que surjan del Acuerdo. En la OMC su mecanismo de solución de diferencias se compone de elementos propios de la investigación internacional y de la conciliación, así como de ciertos procedimientos contenciosos. En ambos casos, la liberalización comercial tiene semejanzas, como su fin último de mejorar el nivel de vida de la población, y diferencias como el tipo de normativa que sustenta cada caso: Derecho Comunitario o Derecho Internacional. Ese marco institucional y normativo en el que se encuentra cada mecanismo analizado, permite que se haga un acercamiento de los objetivos de cada uno, que en definitiva se circunscriben a que la normativa que los respalda sea cumplida y de este modo se puedan alcanzar los objetivos del Acuerdo. Por ello, en el presente estudio se hace un análisis detallado y novedoso sobre aspectos puntuales de cada mecanismo, como su estructura, conformación, financiamiento, los legitimados para intervenir ante ellos, los procedimientos y plazos establecidos —que incluyen recuadros ilustrativos sobre el tiempo que debería tomar una controversia—, los tipos de decisiones que adopta cada órgano, los recursos que procede ante cada decisión, su fuerza vinculante y exigibilidad. Tras breves pero claras reflexiones sobre la necesidad de que una norma sea efectiva para que pueda ser eficaz, y sólo de este modo sea posible valorar su eficiencia, se llega a afirmar que no será por un excelente o mal mecanismo de solución de controversias que las normas sobre libre comercio serán reconocidas por los Estados parte, y por ende se cumplan sus objetivos. Sobre esa base se realiza un estudio detenido de la estadística que reflejan las causas tramitadas ante el TJCA y el OSD, a fin de valorar el nivel de actividad de cada uno, los tiempos promedios que tarda cada mecanismo en resolver las causas, y lo eficiente o no de cada etapa en que se lleva a cabo el procedimiento para solucionar la diferencia. También se analizan los costos promedios para acudir ante cada mecanismo, la relación porcentual entre los aportes de los países y su grado de intervención, para demostrar, por ejemplo, que habría más eficiencia si los países que contribuyen con financiarlos actúan de buena fe frente a la normativa correspondiente. También se valora la calidad e importancia de las decisiones y pronunciamientos emitidos por el TJCA y el OSD, a fin de medir sus costos políticos y sociales. De este modo podemos extraer criterios que miran al fiel cumplimiento de la norma como única solución a los conflictos que se presentan, y otros que buscan restablecer la reciprocidad de intereses potencialmente afectada ante lo cual sólo caben acuerdos políticos. Ello permite concluir que si la liberalización comercial viene a ser un elemento para alcanzar un grado de integración que trascienda el libre flujo de bienes entre dos o más países, es oportuno adoptar un auténtico mecanismo de tipo jurisdiccional de solución de controversias. Si el acuerdo comercial no persigue ese tipo de integración, se deberían prever mecanismos de solución de controversias que busquen alcanzar cierta equidad entre lo preceptuado en la norma y las necesidades comerciales del momento y caso concretos.

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El presente trabajo tiene por objetivo principal el responder a la pregunta planteada como hipótesis que es si las políticas antidumping aplicadas por la Comunidad Andina, mediante sus normas respectivas, que son la Decisiones 283 y456, se constituyen en un obstáculo para el proceso de integración en los que se han embarcado los 5 países miembros que son Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela. El trabajo esta dividido en 4 capítulos secuenciales, 3 de los cuales constituyen una revisión teórica sobre el tema, así como reseñas de la experiencia andina en la materia. Y un capítulo final de conclusiones. El capítulo 1 trata el tema de la globalización. El objetivo de este capítulo es hacer ver al lector que los problemas ligados a las restricciones de la libre competencia, como son el dumping, entre otros, tienen un origen identificable en este proceso globalizador, el cual está generando algunas distorsiones negativas en el mercado mundial. El capítulo 2 trata el tema específico del dumping. El objetivo de este capítulo es introducir al conocimiento del dumping, su definición, historia, normativa, entre otros. El capítulo 3 trata el tema de la experiencia andina sobre políticas antidumping. El objetivo de este capítulo es analizar la experiencia andina en este tema, y cual ha sido la resolución de los casos. El capítulo 4 nos muestra las conclusiones realizadas a la luz del análisis y desarrollo de los temas correspondientes de los capítulos anteriores. Aquí damos una respuesta a nuestra interrogante planteada al comienzo.

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El interés sobre la propiedad privada de bienes intangibles se relacionó, inicialmente, con la industria metalmecánica, electrónica y química; en la actualidad, se lo asocia, además, con la industria biotecnológica. La evolución en la investigación de la biotecnología exigió al derecho un reconocimiento por el esfuerzo y tiempo empleado, mediante una patente de invención. De esta manera, poco a poco, se ha ido introduciendo la posibilidad de patentar invenciones que contengan materia viva en el tema de propiedad industrial. En el ámbito internacional, con la firma del Convenio de la Unión de París (1883), se marcó la primera intención de los países de unificar la norma referida a la propiedad industrial. En 1994, con la creación del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), se obligó, a todos los Estados miembros de la OMC, a modificar sus normas internas y otorgar las protecciones mínimas en función de los ADPIC. De esta manera, se abrió la posibilidad de considerar la patentabilidad de la materia viva en el ordenamiento internacional. La línea divisora, que considera la patentabilidad o no, ya no recae en la distinción entre materia viva y materia no viva. Hoy en día, el derecho se haya sumido en una gran perplejidad ante la posibilidad de patentar productos de origen natural e incluso organismos vivos. Para tal efecto, ha mantenido los requisitos de patentabilidad y ha diferenciado lo que corresponde a materia viva existente en la naturaleza de lo que se define como materia aislada o producto obtenido por un procedimiento tecnológico. Abierta la posibilidad de patentar seres vivos, los países desarrollados comenzaron a sentar jurisprudencia en este sentido. Al mismo tiempo, los países en desarrollo cuestionaron y crearon una polémica en relación a estos derechos intelectuales, porque vieron afectados sus intereses y, de esta manera, limitarían las pretensiones de una protección más amplia respecto al tiempo y la materia patentable: actual tendencia de los países desarrollados. Situación que se analiza en esta tesis dentro del marco normativo actual de la Comunidad Andina.

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Los recursos genéticos—animales, plantas y microorganismos, así como la labor del mejoramiento tradicional de los cultivos y el conocimiento relacionado—se han considerado tradicionalmente como bienes públicos. El 29 de Diciembre de 1993, el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) cobró fuerza legal, y desafió al concepto de la diversidad biológica como “Patrimonio Común de la Humanidad.” Esta investigación tiene por objeto examinar la controversia sobre la regulación de recursos genéticos al nivel mundial, detallar la estructura y la implementación del Régimen Común sobre el Acceso a Recursos Genéticos de la Comunidad Andina (RCARG) desde su adopción en 1996, e enumerar las posiciones de una variedad de actores institucionales, estatales, y no gubernamentales sobre la regulación de accesos a recursos genéticos y su rol en la conservación y uso de la diversidad biológica. Concluye que el debate sobre esta regulación está polarizado y así, mientras siga desarrollándose y adaptándose a la naturaleza compleja de los recursos genéticos, ningún régimen de acceso gustará a todos. Se recomienda que los países de alta biodiversidad busquen la manera de promover la prospección de recursos genéticos (“bioprospección”) como alternativa sustentable de desarrollo.

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En procura de que los tres capítulos que contiene esta tesis estén bien delimitados y mantengan orden y coherencia suficiente, el primero de ellos aborda la biodiversidad y buena parte de sus implicaciones. Así tenemos corno temas principales dentro de este capítulo: el significado de la biodiversidad y los elementos que la constituyen, su importancia, los principales procesos que la afectan y las estrategias para su conservación. El segundo capítulo se ocupa, en cambio, del estudio de la contaminación, que encierra uno de los problemas más crecientes para la protección de la biodiversidad. De esta manera, nuestra tarea fue aproximarnos a los conceptos de contaminación, a sus clases, a sus efectos y a esbozar posibles soluciones. En el tercer y último y capítulo, el análisis de los Convenios de Diversidad Biológica y Marco Cambio Climático, de las Decisiones Andinas N° 391. 523, 435 y 436 y de la Constitución Política del Ecuador y su comparación con la Constitución de Colombia, en lo que conciernen a la biodiversidad, constituyen los ejes primordiales, por los que transcurre este capítulo que, conjuntamente con la síntesis de ejemplos de gestión contra la contaminación emprendida en algunos países, constituyen elementos que nos servirán de base para determinar la verdadera eficacia de la legislación andina en la protección de la biodiversidad y en el control de la contaminación.

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Si definimos al comercio electrónico como: ¨Cualquier forma de transacción de negocios en la cual las partes interactúan electrónicamente, en vez de hacerse mediante intercambios o contacto físico directo¨, está claro que el mismo no es nada nuevo, pues en su evolución ha utilizado diversos instrumentos como soporte, desde el teléfono hasta el internet, pasando por el télex y el fax. Con el advenimiento del internet y su extraordinaria difusión vino a reducir de manera considerable los costos de las comunicaciones. Esto sin duda, ha creado nuevas condiciones para el comercio internacional. Así por ejemplo, a principios de 1998 estaban conectadas a internet el 68% de las empresas del mundo; y según un estudio de la International Data Corporation (IDC) el comercio electrónico generará unos 8 mil millones delares en América Latina en el 2003. De ahí, que viene a constituirse en uno de los actores decisivos en el comercio mundial. Por ello, uno de los temas que es objeto de debate en las agendas de organizaciones internacionales como de máxima atención por muchos gobiernos, fundamentalmente de países desarrollados, es el Comercio Electrónico, al producir acelerados y vertiginosos cambios. Estos cambios se verifican especialmente en los sistemas jurídicos, pues la utilización de las tecnologías de la información, ha conllevado a la aparición de nuevos usos y costumbres en el comercio internacional. Por ejemplo, el concepto de domicilio o residencia se ve alterado por el concepto de domicilio virtual, o la aplicación de conceptos de propiedad intelectual al tema de nombres de dominio, cuando los nombres de dominio no son signos distintivos ( marcas), sino una forma de identificación en el espacio. En el caso ecuatoriano, aún no se registra cambios sustanciales en la legislación adjetiva pese a las variantes jurídicas que en el comercio internacional se están dando. Sin 4 embargo, la legislatura hace un esfuerzo para elaborar el proyecto de ¨Ley de Comercio Electrónico y Firmas Digitales¨, el cual se encuentra para segundo debate, tema que será parte de ésta investigación.

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Este trabajo intenta presentar al lector la relevancia de los derechos de propiedad intelectual en la salud pública a propósito de las negociaciones que se están llevando en el seno del Consejo sobre los ADPIC, y su relación con los pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina en el acceso a los productos farmacéuticos. En este sentido, este trabajo contiene un estudio comparativo, crítico y analítico de los compromisos asumidos por los socios andinos en la Organización Mundial de Comercio, su posición en las actuales negociaciones, y la coherencia de éstas con las posiciones asumidas en el marco subregional andino y en los procesos ante el Tribunal Andino. Para ello, se ha escogido jurisprudencia en materia de acceso a productos farmacéuticos y propiedad intelectual del mencionado Tribunal. Asimismo, se busca dar al lector un alcance sobre la problemática que tienen los andinos para presentar una posición única ante el Consejo sobre los ADPIC debido a las presiones ejercidas por los Países Desarrollados y las trasnacionales.

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La presente tesis aborda el conflicto bananero que ha enfrentado a Ecuador y a la Unión Europea (UE) a causa del incumplimiento del bloque a los acuerdos y las resoluciones de la Organización Mundial del Comercio (OMC), y pretende discutir de qué manera este proceso ha incidido en la negociación para concertar un acuerdo con la UE. Como respuesta a los fallos en el Mecanismo de Solución de Controversias de la OMC, la UE aplicó desde el 2006 el régimen de importación de sólo aranceles. Prosiguieron negociaciones a fin de pactar un acuerdo. El Ecuador ha planteado la firma de un Acuerdo de Comercio para el Desarrollo, que incluye también otros ámbitos además del comercial y que está orientado al desarrollo. Los países firmantes de acuerdos de asociación con la UE pactaron aranceles más bajos y desgravación paulatina, mientras Ecuador mantiene la tarifa de NMF. Se presenta un marco conceptual en el cual se analiza aspectos relacionados con el comercio exterior. A continuación, se profundiza en la importancia de la producción de banano en el Ecuador y se aborda la historia del conflicto bananero así como las alternativas planteadas de acuerdos con la UE. La tesis analiza la influencia de los acuerdos del bloque con Centroamérica, y Perú y Colombia sobre el tema bananero en la comercialización del banano ecuatoriano y la negociación de Ecuador con la Unión Europea.

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El artículo se refiere a la prudencia que debe existir para tomar la comparación como método de análisis, porque no todas las instituciones, experiencias sociales y de política pueden ser replicables en diferentes contextos. El autor se concentra en el problema existente en el ámbito de la integración regional y la literatura que sobre el tema ha aparecido a partir del año 2000, que compara al referente de la integración europea con otros procesos en diferentes regiones, bajo diversos parámetros, que podrían no ser necesariamente susceptibles de comparación.

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El presente trabajo intenta analizar brevemente los distintos aspectos relativos a la inclusión de la inversión extranjera directa en la política comercial común de la Unión Europea, reformada por el Tratado de Lisboa. Inicialmente se hará referencia a la práctica de la UE en el área de inversiones previas al Tratado de Lisboa, acto seguido, se expondrán las interpretaciones sugeridas al concepto de “inversión extranjera directa” en la política comercial común de la Unión Europea, así como también las distintas posturas sobre el alcance de esta política con relación a este concepto, tras la vigencia del Tratado de Lisboa. Finalmente serán descritos los posibles efectos de dicha competencia de la Unión para los tratados bilaterales de inversión celebrados entre sus países miembros, y de estos con terceros países.

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Declaración realizada por las Jefas y los Jefes de Estado y de Gobierno de los países latinoamericanos y caribeños, reunidos en Caracas, República Bolivariana de Venezuela, el 3 de diciembre de 2011 en el marco de la Cumbre Fundacional de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC).