226 resultados para Certificado de rembolso tributario. CERT
Resumo:
Los sujetos pasivos que impugnen ante la vía judicial un acto administrativo mediante el cual se pretenda determinar o recaudar tributos, deben rendir una caución equivalente al 10% de la cuantía de su demanda, de no presentársela en el término de quince días, el acto impugnado queda ejecutoriado y los jueces deben ordenar el archivo del proceso. Nuestra Corte Constitucional para el Período de Transición considera que no se vulnera derecho alguno en ese caso, siempre y cuando se exija rendir la caución después de calificada la demanda. Estudiaremos los fundamentos que tuvo la Corte Constitucional para llegar a esa conclusión. Pretenderemos analizarlos y cuestionarlos objetivamente, para así demostrar por qué su falta de coherencia y de sustento permite concluir que su análisis pecó por falto de imparcialidad, y por qué es razonable suponer que sus móviles no fueron jurídicos en lo absoluto, sin perjuicio de que, a la par, demos nuestro parecer al respecto. Independientemente de la trascendencia jurídica que puedan o no tener en nuestro ordenamiento, esperamos se entienda por qué creemos que estos precedentes deben ser considerados como un capítulo funesto en la historia de la jurisprudencia constitucional ecuatoriana.
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Las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) son estándares de contabilización que establecen el tipo de información que se debe presentar conjuntamente con los Estados Financieros y su forma de contabilización. El Ecuador en el año 2006 por resolución de la Superintendencia de Compañías decidió adoptar dicha normativa, por lo que se estableció plazos para que los empresarios del país adopten e implementen las NIIF de carácter obligatorio. El 20 de noviembre del 2008 la Superintendencia de Compañías emite la resolución Nº 08.G.DSC para prorrogar la vigencia de las Normas Internacionales de Información Financiera por la crisis financiera global. Por lo que estableció un cronograma escalonado por grupos de aplicación obligatorio dividiendo en tres grupos: - El primero conformado por las empresas auditoras y compañías inscritas en el Registro de Mercado de Valores: el período de aplicación a partir de enero 2010. - El segundo grupo aplicará a partir del 1 de enero del 2011 son las compañías que tengan activos totales iguales o superiores a $ 4’000.000,00 al 31 de diciembre del 2007, las compañías tenedoras de acciones o Holding, las compañías de economía mixta y entidades del Sector Público; las sucursales de compañías extranjeras u otras empresas extranjeras. - El tercer grupo que aplicarán a partir del año 2012 conformado por las compañías no consideradas en los dos grupos anteriores. En el Ecuador la implementación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) han tenido una expectativa muy grande tanto por los gerentes de las empresas como por las personas involucradas, ya que existen muchas interrogantes respecto al proceso de implementación de las NIIF y NIC.
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La presente investigación tiene como objeto analizar como se ha desarrollado la evolución histórica constitucional y legal del régimen tributario en el Ecuador, a fin de determinar cuáles han sido los principales cambios de la tributación en cada período estudiado. Para sistematizar la investigación histórica, se analizó doctrinariamente al régimen tributario y a sus elementos, destacando la importancia y correlación de cada uno de ellos. Así, tomando como base la división de la historia, la presente investigación inicia desde la época previa a la independencia española, en la cual se describieron las primeras formas de imposición a los indígenas. A partir de la conquista española, se implantaron en el Ecuador nuevas contribuciones influenciadas por las teorías españolas, las que sirvieron de legado para que en la época de la independencia y posteriormente en la república se estructuren las bases del régimen tributario en las constituciones ecuatorianas. La evolución constitucional y legal del régimen tributario en la historia ecuatoriana desde siempre se ha encontrado ligada a los cambios económicos, sociales y políticos de cada época estudiada, lo cual ha dejado ver una evolución lenta pero profunda de la tributación . Para dar respuesta a la interrogante central de la investigación, que es: ¿Cuál ha sido la evolución histórica del régimen tributario en el Ecuador contemplado constitucionalmente y su trascendencia para el cumplimiento de las perspectivas referentes a principios y respeto de los derechos de los contribuyentes en la normativa ecuatoriana?, al final de cada período analizado se ha concluido qué orientación ha tenido el régimen tributario y cuáles han sido sus principales falencias, a fin de contrastar el cumplimiento de los principios tributarios en relación al respeto y garantía de los derechos de los contribuyentes.
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La vinculación entre los derechos humanos y la tributación ha evidenciando una nueva perspectiva respecto de este principio constitucional. De modo que, hoy en día, la igualdad fiscal no puede ser apreciada materialmente desde la sola perspectiva de la generalidad, sino que supone un juicio integrado visto desde la interdependencia de los principios de generalidad, capacidad contributiva y no confiscatoriedad. La capacidad contributiva es el eje sobre el cual se construyen tratos tributarios diferenciados legítimos, que garantizan un tratamiento igual para los iguales y uno desigual para los desiguales, en mérito a su desigualdad – precisamente – en su capacidad para contribuir. De esto trata el primer capítulo del presente trabajo de investigación; y, en uno de los títulos del segundo capítulo se propone, en definitiva, como consecuencia de lo dicho, como un principio tributario propiamente, el de no discriminación fiscal como la manifestación de la igualdad jurídica en esta materia. Ahora bien, la apreciación que antecede está relacionada directamente con el fin esencial de los tributos: recaudar dinero suficiente para el sostenimiento del gasto público; sin embargo, existen también tributos en los que prevalecen los fines extra-fiscales, es decir, aquellos ligados a la promoción o a la inhibición de determinados actos o hechos económicos, en cuyo caso, los principios que matizan la igualdad jurídica en el régimen tributario no son ya los mismos, pues, bajo la perspectiva de la política tributaria, son legítimos los tratos tributarios diferenciados fundados en una razón suficiente, sin que ésta trate ya de la capacidad contributiva. En el segundo capítulo se hace una reseña de este particular y se propone que en dichas condiciones, deben considerase nuevos límites materiales que garanticen la igualdad jurídica en los tributos finalistas (no recaudatorios). A dicho efecto realizó un breve análisis de los posibles supuestos de desigualdad que promueven ciertas normas dictadas recientemente: (1) la potestad de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales en Ecuador para reducir el valor de los tributos impuestos por ley por motivo del cumplimiento de ciertos fines de orden económico, (2) los incentivos tributarios de las Zonas Especiales de Desarrollo Económico, y (3) la exclusión del Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano a quienes se dedican a la actividad del libre ejercicio profesional que requiera título terminal universitario. En tal virtud, finalmente, propongo como límites materiales que garantizan la igualdad en las figuras tributarias utilizadas como herramientas de política fiscal los principios de razonabilidad, el de equidad en la redistribución de la riqueza y el de neutralidad o de incidencia económica menor.
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La presente investigación analiza la naturaleza jurídica del recargo tributario en el Ecuador, establecido en el Art. 90 del Código Orgánico Tributario reformado por el Art 2 de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador, sancionada por la Asamblea Constituyente de Montecristi el 29 de diciembre de 2007. La investigación pretende definir claramente cuál es la naturaleza de esta figura jurídica, para lo cual se desarrolla en tres capítulos; en el primero se refiere a la teoría y conceptos para lo cual analizamos al recargo como sanción, al recargo como instrumento financiero y al recargo desde una posición mixta. En el segundo capítulo se plantea el desarrollo normativo, explicando en primer lugar, los principios del artículo 300 de la Constitución, a fin de identificar aquéllos que se cumplen y cuáles se transgreden. También, se describe la facultad determinadora de la Administración Tributaria y su relación con el recargo, además se presenta el análisis normativo comparativo con las países de la Comunidad Andina. Terminamos con la revisión de la actuación de la administración tributaria, de los Tribunales Distritales de lo Fiscal, de la Corte Nacional de Justicia, y de la Corte Constitucional en relación al recargo tributario a la luz de casos específicos.
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El presente trabajo tiene por objeto analizar la sentencia emitida por la Sala de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia, relativa a la impugnación de la legalidad de la “Tasa de Seguridad ciudadana”, que aplica el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito. Fallo controversial en que se decidió desechar la demanda por caducidad del derecho para la impugnación, toda vez, que a criterio de los juzgadores ha transcurrido más de tres años desde que la referida tasa entró en vigencia. Con tal propósito, se examina críticamente los fundamentos sobre los cuales la Sala decidió desechar la demanda, así mismo, se establece los parámetros de orientación sobre cuál pudo ser el contenido de un pronunciamiento conforme con la Constitución y leyes vigentes.
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Esta tesis analiza la normativa tributaria actual respecto al cálculo del Impuesto a la Renta para sociedades en el Ecuador y tiene como objetivo mostrar los efectos negativos de la misma respecto a la aplicación de un sin número de deducciones y exenciones para determinar el impuesto, además de la complejidad que conlleva su cálculo. Como resultado del análisis se entrega a manera de ejercicio académico una propuesta que busca disminuir los efectos negativos del actual sistema de cálculo, además de lograr una simplicidad en la administración del impuesto y ahorro de recursos tanto para la Administración Tributaria como para los sujetos pasivos, así como un incremento en la recaudación que a su vez contribuirá a la satisfacción de necesidades de la colectividad.
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En el presente trabajo de investigación se ha hecho un esfuerzo por revalorizar el contenido del principio de No Confiscatoriedad, como un principio de carácter transcendental dentro del Régimen Tributario ecuatoriano, entendiéndolo a la vez como un derecho que tienen los contribuyentes y como una regla a respetarse por parte de los poderes del Estado, en particular del poder tributario. En tal virtud, el principio de No Confiscatoriedad tiene sus diferentes campos de aplicación, siendo uno de ellos el del respeto al mínimo exento, beneficio fiscal que tiene que ser protegido como prerrogativa de una vida digna, tanto en impuestos directos e indirectos. Por tal razón se ha procedido a realizar un análisis de supuestos de confiscatoriedad que pueden presentarse en algunos impuestos de recaudación nacional (renta, IVA e ICE), para lo cual hemos estudiado la naturaleza de estos impuestos para llegar a tales supuestos o escenarios. De todo lo anteriormente analizado ha resultado crucial el tema de la presión tributaria, pero ya no analizado solo como un mero dato macroeconómico, sino, como un criterio básico de investigación aplicado a situaciones concretas (personas, empresas o comunidades), para esto es fundamental el análisis de índices de pobreza de desigualdad, de desempleo para utilizarlo como parámetros tanto en la formación (capacidad contributiva abstracta) como en la gestión de tributos (capacidad contributiva concreta). Se trata de conciliar por medio del principio de No Conficatoriedad, al principio de igualdad con eficiencia, la equidad y suficiencia recaudatoria, en fin conciliar derecho y economía.
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Ante el anuncio de las autoridades del Servicio de Rentas Internas del Ecuador en el sentido de que en las próximas semanas se enviará desde el Poder Ejecutivo a la Asamblea Nacional un proyecto de reforma integral al Código Orgánico Tributario, el miércoles 17 de julio de 2013 se realizó en el Paraninfo de la Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador, el Conversatorio.
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Esta tesis plantea que el principio de fraternidad ha sido olvidado en la construcción de la sociedad moderna. El Estado política y jurídicamente se ha construido en razón de los principios de libertad y de igualdad dejando de lado al corolario fraterno. Sin embargo, ello ha devenido en problemas sociales que han intentado ser solucionados con la eliminación del “otro” para resolver el conflicto. La fraternidad propone el reconocimiento del conflicto como base de las relaciones sociales, poniendo al ser humano en el centro de la consideración jurídica, desplazando al egoísmo y a la estandarización -vicios de la libertad y la igualdad, respectivamentede la composición jurídica. En lo tributario, el principio de fraternidad tiende a la defensa del ser humano por encima del capital, en la relación entre el Estado y los contribuyentes, generada por las obligaciones tributarias que nacen de los distintos hechos generadores que se encuentran en el régimen tributario interno ecuatoriano. Este trabajo pretende exponer la propensión de ciertas instituciones del régimen tributario interno a proteger el capital y la acumulación de riqueza por encima de las personas, situación que es nada deseable en el esquema de un Estado constitucional de derechos y justicia.
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Las NIIF, aparecen como consecuencia del Comercio Internacional mediante la Globalización de la Economía, en la cual intervienen la práctica de importaciones y exportaciones, los mismos que fueron aplicados hasta llegar a la inversión directa de otros países extranjeros promoviendo así el cambio fundamental hacia la práctica internacional de los negocios. Estas normas intervienen dentro del sector social, empresarial, entre otros, con el propósito de dar a conocer el grado de afectación o el impacto que a su vez traiga consigo su implementación. Aplicarán a partir de Enero del 2010: Las Compañías y los entes sujetos por la Ley de Mercado de Valores, así como todas las compañías que ejercen actividades de auditoría externa. El segundo grupo que aplicará a partir del 1 de enero del 2011 son las compañías que tengan activos totales iguales o superiores a $ 4’000.000,00 al 31 de diciembre del 2007, Holding, compañías de economía mixta y entidades del Sector Público. El tercer grupo que aplicarán a partir del año 2012 conformado por las compañías no consideradas en los dos grupos anteriores. Las empresas que se dedican a la ejecución de contratos de construcción a largo plazo enfrentan la problemática de aplicar un tratamiento contable específico a los ingresos, costos, gastos y pérdidas de operación en los proyectos que ejecutan, ya que el reconocimiento de utilidades no se puede realizar a través de un sistema tradicional de operación. Los proyectos de construcción comúnmente pueden generar ingresos anticipados que deberán ser reconocidos como tales en períodos impositivos posteriores, de la misma forma que ocurre con los costos relacionados con estados de ejecución a futuro. El estudio realizado ofrece, entonces, considerar que para los contratos de obra cuya finalización es medible y se cuenta con los elementos para utilizar el Método de Porcentaje de Avance de Obra para reconocer ingresos, costos y gastos.
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La presente investigación tiene entre uno de sus propósitos, extraer conceptos claros sobre paraísos fiscales y medidas anti-paraíso, a fin de facilitar su comprensión, y de los fenómenos y figuras jurídico-tributarias que surgen a su alrededor. Así mismo, se pretende establecer un análisis crítico sobre la situación de los derechos constitucionales de los contribuyentes del régimen tributario ecuatoriano, frente al establecimiento de las mencionadas medidas antiparaíso. Su reciente inclusión en la legislación nacional tributaria atiende a razones de peso como las económicas, mercantiles y comerciales, que atañen el campo impositivo, en el orden nacional e internacional. Los nuevos procesos de globalización e internacionalización explicados en el primer capítulo de esta tesis, presentan las situaciones a las cuales se sujetan las diferentes relaciones económicas de los estados; además de entender, a lo largo del trabajo, el escenario que recrean estas relaciones, cuando intervienen territorios de diferentes características impositivas, como los paraísos fiscales, distintos de aquellas jurisdicciones concebidas comúnmente. Sin duda, los paraísos fiscales han sido vistos desde una óptica negativa. El presente trabajo no pretende cambiar tal visión, pero si analiza las posibilidades de establecer condiciones equitativas para los sujetos pasivos de dichos territorios y el nuestro. Sus condiciones fiscales favorables, han animado a muchos contribuyentes a abusar de estos territorios, jurisdicciones que, lejos de pretender romper relaciones con el resto de Estados, se han visto en la necesidad de priorizar sus necesidades sociales, encontrando solución en la inversión extranjera, como sector potencial de sus economías. La opción que entregamos es, sin menoscabo de derecho alguno, regular la tributación de contribuyentes nacionales, de rentas obtenidas en paraísos fiscales, con la debida justificación de sus operaciones extranjeras, y su reconocimiento proporcional en pro del trato equitativo entre todos los miembros de nuestro Estado.
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Esta investigación busca establecer un vocabulario mínimo que le permita al lector situarse rápidamente en el contexto que impone el Derecho Administrativo ecuatoriano. El lector encontrará la siguiente estructura en cada artículo del diccionario, un lema, en negrilla y subrayado. Seguido, su acepción o acepciones más comunes, de ser el caso, y excepcionalmente alguna cita legal o explicación que se estime necesaria. Habrán entradas, en los que se sugiera al lector, ver determinado lema en el diccionario. Tanto los envíos, como aquellos lemas utilizados en la construcción de las acepciones van en cursiva, pues su propósito es precisar el sentido de la acepción desarrollada a través de sus interrelaciones lógico jurídicas con otros lemas. El lector encontrará una cita legal, resolución, jurisprudencia o criterio emitido por autoridad pública, advertido en negrilla, según cada caso. Luego constará la cita textual entre comillas y tres puntos al inicio y al final de la misma.
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Este estudio presenta los aspectos importantes que han sido incorporados o modificados con una serie de reformas tributarias encaminadas en el país desde diciembre de 2007, para estimar la orientación que está tomando el ordenamiento jurídico tributario nacional. No se deja de lado la entrada en vigencia de la Constitución de la República del Ecuador de 2008. En este contexto, trata de ubicar los elementos que habrían fortalecido -económica e institucionalmente- al Estado y, aquellos que mejorarían o empeorarían la situación de los contribuyentes. Analiza además la importancia de la Acción Extraordinaria de Protección (AEP) para la defensa del derecho al debido proceso con ocasión de controversias de índole tributaria y, el papel de la Corte Constitucional en este campo.
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El presente trabajo investigativo comienza realizando un profundo análisis acerca de la institución jurídica del dolo en el ámbito penal común, abordando cuestiones relacionadas con su naturaleza jurídica (desde las concepciones y fundamentos de las teorías finalista y causalista de la acción), las diferentes clases o tipos de dolo aceptados hoy en día a nivel doctrinario y su regulación en las legislaciones de los países andinos, los elementos constitutivos de la conducta dolosa, para finalmente desentrañar la conceptualización de la presunción de dolo como tal, y su relación con la normativa penal tributaria vigente en nuestro país. De igual manera, se realiza un completo estudio respecto de la evolución que a lo largo de los diferentes Códigos Penales en la historia legislativa de Ecuador, ha tenido esta forma o especie de culpabilidad. Posteriormente, y desde un enfoque Constitucional-Penal, la investigación se centra en el derecho fundamental a la inocencia y su presunción como garantía procesal destinada a la correcta observancia y respeto de los derechos humanos en el desarrollo de todo proceso penal, haciendo especial énfasis en los principios Onus Probandi e In Dubio Pro Reo, a partir de los cuales, ésta garantía encuentra su campo más amplio de aplicación en los diferentes procesos sancionatorios. Concluyendo con el análisis de la forma cómo se encuentra regulado el derecho a la inocencia en la Constitución de la República de Ecuador del año 2008. La parte final de esta tesis abarca el tema relacionado con la defraudación fiscal, sus elementos y características esenciales, para luego llevar a cabo un estudio comparado entre las legislaciones de Ecuador y Argentina en lo referente a la presunción de dolo en este campo. Efectuando también un análisis de lo establecido en nuestra normativa penal tributaria acerca de los casos de defraudación fiscal y su estricta relación con el dolo como forma de culpabilidad. Del mismo modo, se enfatiza en el tema relacionado con la carga de la prueba en el proceso penal tributario a partir del examen de un caso concreto.