116 resultados para Memoria indígena


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A mediados del siglo XVIII las alturas de los Andes del Reino de Quito, al igual que sus centros urbanos, fueron visitadas por viajeros naturalistas y misioneros. Este artículo explora cómo algunos de esos viajeros percibieron, construyeron y recordaron desde dos puntos de vista distintos la naturaleza y el paisaje. Tras exponer las categorías y enfoques empleados, el artículo explora dos tipos de percepción y memoria de la naturaleza: el sobrenatural y el naturalista. Finalmente, se analiza el paisaje urbano en cuya construcción escrita se combinaron las antiguas ideas del orden colonial con la perspectiva de la prosperidad terrenal, correlato del interés por las ciencias aplicadas que animaba la exploración de las alturas nevadas y de los volcanes.

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Esta tesis se constituye en una lectura transversal de los aportes epistemológicos y metodológicos de la recuperación colectiva de la historia a los debates recientes en torno al pensamiento crítico latinoamericano y a la memoria social. Desde el análisis de estos aportes que surgieron en América Latina en las décadas de los setenta y ochenta bajo la influencia particular de Orlando Fals Borda y Paulo Freire y en experiencias como la de CEDHIP en Perú, la tesis busca, por medio de la “autoindagación en la memoria colectiva”, avanzar en la construcción de una “memoria del desprendimiento”. Al introducir ambos conceptos de autoindagación y desprendimiento, la tesis pretende cuestionar la fragmentación que el pensamiento de Occidente estableció entre el sujeto y el espacio y entre el cuerpo y el lugar, así abriendo caminos a la construcción de proyectos que en el campo de la memoria social se contemple a los sectores subalternos como parte de una apuesta epistémica distinta, que se interrogue por el impacto que desde la colonialidad se ha producido en los distintos ordenes del poder, del saber y del ser.

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La costumbre genera verdaderas normas, reglas de conducta que tienen que observar los pueblos, ese es el fundamento de la administración de justicia indígena. Esta administración de justicia y la justicia nacional solo pueden compatibilizarse en tanto dos sistemas que coexisten y guardan los límites dentro de los cuales ejercen. La ley tiene que establecer estos límites con precisión para evitar conflictos.

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La administración de justicia indígena, en la óptica de la construcción de un Estado plurinacional, implica reformular los conceptos de justicia y derecho. El reconocimiento del pluralismo jurídico rompe con el esquema del Estado nacional, donde solo cabe un sistema jurídico, siendo imposible entender la coexistencia de varios sistemas. El pluralismo jurídico significa que los miembros de la sociedad hegemónica acepten la existencia de diferentes concepciones de hombre, sociedad y derecho.

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Los pueblos indígenas han logrado mantener costumbres propias que los diferencian del resto de poblaciones. El Estado debe reconocer estas diferencias e incorporarlas a las políticas estatales, sin absorberlos y hacerlos parte de la etnia dominante en el país. Su autonomía se evidencia en sistemas consolidados como el de justicia indígena que opera actualmente, una realidad que necesita ser compatibilizada con el sistema mestizo.

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El proyecto de Ley de Funciones de Justicia de las Autoridades Indígenas de Ecuador contiene una gran voluntad de avanzar en la justicia y la democracia, pero también un serio peligro de que se aliente el fundamentalismo indígena, la parcelación del país. No debemos perder de vista que los grandes cambios se hacen con audacia pero también mediante acuerdos. Debemos apostar por un país unido, nos jugamos la vida de la Patria.

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La propuesta de reforma constitucional que la Comisión Nacional de Pueblos Andinos y Amazónicos, ha presentado al Congreso de Perú el 13 de marzo de 2002, quiebra la tradición comunera y agrarista para acoderar en un nuevo sujeto de derechos: el Pueblo Indígena. Simultáneamente, visibiliza otro grupo hasta ahora sin derechos colectivos: los afroperuanos.

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La diversidad cultural, el reconocimiento del derecho indígena y el pluralismo jurídico son temas relativamente novedosos en determinados ámbitos. Este artículo señala las características relevantes del tema, los desafíos que la diversidad cultural plantea al Estado moderno, las condiciones para la construcción de un Estado pluralista, para finalmente destacar algunas conclusiones preliminares que atañen a un nuevo perfil estatal.

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El reconocimiento de la pluriculturalidad del Estado ecuatoriano lleva implícito el respeto a las formas de organización social y de control del comportamiento de los miembros de los pueblos indígenas, para mantener la armonía interna y preservar sus formas de vida. Por tanto, el reconocimiento de la pluriculturalidad implica el reconocimiento del pluralismo jurídico.

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En la matriz del Estado Nacional se fueron cuajando una gama de procesos de integración, mestizaje, aculturación y resistencias que han permitido construir esta inacabada nación, donde el indigenado ha colaborado de múltiples formas y a donde se potencian la diversidad y, por ende, la interculturalidad. Hoy, el Estado unitario, devenido centralista está en una profunda crisis, que lo torna ineficiente, antieconómico y poco funcional.

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Estamos en una época en la que se hace imprescindible un genuino y fructífero diálogo entre culturas para expandir y profundizar los consensos. Ni el universalismo debe enmascarar la brecha que existe entre diferentes percepciones sobre los derechos humanos, ni el relativismo puede enmascarar violaciones a los derechos de la niñez y adolescencia. La brecha no será acortada si la diferenciación cultural y la visibilidad de la niñez y adolescencia son negadas.

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En 1991, cerca de 200 indígenas Wounáan de la comunidad de Curiche en la Costa Pacífica norte se desplazan hacia Juradó, presos del terror por las agresiones propinadas y las amenazas de los narcotraficantes. Estas mismas comunidades en diciembre de 2000 (frente a un ataque de las FARC a Juradó), salen hacia Panamá; cuatro meses más tarde retornan a Colombia. Sin embargo los Embera de Aguas Calientes y Guayabal (comunidades cercanas), víctimas del terror producido por una masacre paramilitar, se desplazan a Juradó y allí, a pesar de la muerte de su principal dirigente Armando Áchito por parte de las FARC, asumen el retorno, reconfigurando un nuevo poblamiento y una nueva estrategia de resistencia desde lo organizativo. Esta es solo una muestra de lo que ha significado el itinerario de una desconocida y dolorosa tragedia de los pueblos indígenas colombianos.

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La presente investigación es una aproximación a la importancia que tienen las políticas de memoria dentro de los procesos de reparación, en tanto permiten avanzar hacia una reparación de carácter integral a la vez de posibilitar la no repetición de las violaciones graves a los derechos humanos que rememora. Para esto se estudia el caso de la desaparición de un joven universitario, José Carlos Trujillo Oroza, en la década de los setenta en un contexto de gobierno de facto. Se recapitula la búsqueda y lucha a nivel nacional e internacional que sus familiares tuvieron en los años que siguieron a su desaparición, haciéndose especial énfasis en los efectos que la emisión de sentencias de fondo y reparación por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos los años 2000 y 2002 respectivamente tienen sobre la sociedad boliviana y la memoria de la época sobre las vulneraciones ocurridas en su transcurso. Por último, la investigación pretender mostrar los nexos que existen entre los recuerdos de la dictadura banzerista y las políticas de memoria ordenadas, la efectividad de las mismas a la hora de otorgar una adecuada reparación y sus consecuencias sociales.

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El ejercicio de la administración de justicia de los pueblos indígenas es uno de los derechos colectivos más visibilizados en la sociedad ecuatoriana; sus prácticas, vistas desde una concepción occidental, han sido cuestionadas al argumentar que los usos y costumbres propios contravienen los principios de los derechos humanos. El presente estudio pretende aclarar el contexto y la definición de la justicia indígena como derecho propio, diferenciándola de otros hechos, tales como el linchamiento y ajusticiamiento. Reflexiona sobre cómo los derechos individuales (a la vida, la libertad, integridad, propiedad) están garantizados en la aplicación de la justicia indígena y analiza los mecanismos de conciliación que pueden interactuar y fortalecer los dos sistemas de justicia, a partir del reconocimiento y respeto del derecho propio, el diálogo intercultural, el desarrollo de las leyes y la constitución de un sistema jurídico de los pueblos indígenas. Para lograr el pleno ejercicio del derecho propio, el estudio analiza la Constitución del Ecuador, los instrumentos internacionales sobre pueblos indígenas, normas que de una u otra manera garantizan los principios, procedimientos y autonomía de la justicia indígena. Finalmente, a partir del análisis de expedientes, el trabajo reflexiona sobre las fiscalías indígenas, independientemente de cada uno de los actores: indígenas, instituciones, jueces, fiscales. En relación a la incidencia en la justicia indígena, se plantea la preocupación de si las fiscalías indígenas pueden llegar a constituirse en un espacio que atente contra la autonomía y la facultad jurisdiccional que tienen las autoridades indígenas, principio consagrado en el Art. 171 de la Constitución de la República del Ecuador.