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El presente trabajo tiene como propósito fundamental el de dilucidar la disyuntiva que el Ecuador tiene a futuro en sus relaciones comerciales con el norte: si continuar amparados bajo la Ley de Preferencias Arancelarias Andinas (LPAA), que es temporal y de naturaleza precaria; o, aceptar el reto de integrarnos a la Zona Hemisférica de Libre Comercio (ZHLC) que, aunque responde a los intereses de los Estados Unidos, presta mayores garantías para los países en desarrollo por las razones económicas, jurídicas y políticas expuestas en este trabajo. Con tal propósito, en primer lugar, se reseña las tendencias actuales en la economía mundial, asi como los procesos de integración en América Latina desde la perpespectiva de sus vinculaciones con procesos mas amplios; para entonces examinar las implicaciones de la LPAA para el Ecuador, en el marco de la Iniciativa para las Américas, asi como el desempeño que ha registrado el comercio ecuatoriano en relación con los Estados Unidos, como preludio para ahondar en la naturaleza de los cambios que plantea el establecimiento de la ZHLC. Esto abarca un estudio del Tratado de Libre Comercio (TLC), firmado entre Estados Unidos, Canadá y México, como vehículo que impulsa la interrelación de los actuales modelos de integración; para lo cual, se analiza la adhesión de los demás países del continente a sus reglas, poniendo énfasis en la incorporación del Ecuador a la ZHLC al evaluar las ventajas que se vislumbran de su establecimiento. Finalmente, se examina qué ha hecho el Ecuador frente a éste desafío y sobretodo, cuál es el camino que le falta por recorrer.

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Debido a la globalización y mundialización de la economía, han aumentado los flujos comerciales y por ende la contratación internacional; por lo que es necesario tomar en cuenta la transición de carácter económico que experimentan los países latinoamericanos. Esta globalización la podemos atribuir a dos factores, por un lado la búsqueda de inversiones económicas y por otro las nuevas tecnologías que revolucionan a la sociedad. Con el comercio internacional se produce un reemplazo de producción interna por importaciones más baratas; gracias al acuerdo comercial que trae como consecuencia el aumento del comercio entre sus miembros con la reducción o eliminación de las barreras comerciales que existan entre ellos. Se habla de eliminar las barreras de aranceles para que así se dé un comercio más abierto y generalizado, pero no se tienen en cuenta las consecuencias laborales. Al momento de celebrarse un tratado de libre comercio pueden surgir múltiples problemas y hay que tener en cuenta la movilidad de los trabajadores de los países signatarios de dicho tratado, puesto que al darse la movilidad de capitales y libertad en las barreras económicas se debe considerar uno de los factores de producción que es la mano de obra. La movilidad se la puede considerar como la expresión de la separación o la falta de equilibrio entre la actividad y la población.

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La consulta previa, libre e informada ha ocupado en las últimas décadas, una centralidad en los ámbitos nacional e internacional de los Estados, en los pueblos indígenas, en los organismos multilaterales de crédito y hasta en las propias empresas transnacionales, lo que ha provocado la adopción una serie de normativas que van desde regulaciones internacionales y estatales hasta reglamentaciones de carácter privado. A lo que se suma, una variada gama de interpretaciones que tanto las cortes nacionales como internacionales dan sobre el alcance de este derecho, en particular en lo refiere al propósito de la consulta y su efecto jurídico. Esta proliferación normativa y la diversidad de interpretaciones genera una serie de interrogantes: ¿Cuál es la razón o razones para que actores tan diversos hayan reglamentado la consulta previa, y por qué éstos plantean, pese a sus intereses diversos e incluso contrapuestos, la necesidad de realizar dichas consultas? ¿Por qué la diferencia de interpretaciones que dan las cortes nacionales e internacionales en cuanto a estándares del derecho a la consulta? Desde esta perspectiva, en este trabajo se busca encontrar desde una perspectiva crítica, una teoría de sentido que permita comprender y explicar a la institución de la consulta previa, libre e informada en su presencia histórica real, esto es, en las contradicciones que surge y se realiza en esta diversidad de actores e intereses en juego y así, situar las condiciones de posibilidad que la institución de la consulta previa, libre e informada reclama para su funcionamiento y las consecuencias que su realización genera en el campo de los derechos de los pueblos indígenas.

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La noción de soberanía reflejada en el constitucionalismo de Ecuador y Colombia ha sido construida en base a la idea de superioridad de unos seres humanos sobre otros, ajustándose a las necesidades de las élites políticas, y negando la capacidad de auto gobierno de los pueblos indígenas. Esta negación ha girado en torno a nociones eurocentradas de libertad e igualdad que no encontraron correlato en las prácticas de las sociedades indígenas, y por esta razón estos pueblos han sido inferiorizados y sometidos a procesos de civilización e integración. En esta tesis reviso los antecedentes históricos del lugar jurídico subalternizado que ha sido construido para el indígena en el constitucionalismo de Ecuador y Colombia, y propongo que las asambleas constituyentes de los noventa en ambos países han marcado un punto de inflexión en las políticas de reconocimiento, representando una oportunidad para construir interrelaciones humanas en base a la interculturalidad. Es mi esperanza que poco a poco nuestras sociedades se abran a nuestra verdad histórica y que construyamos sistemas de hacer justicia que no estén enfocados en la noción de soberanía de los estados, sino en la libre determinación de los pueblos.

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En este trabajo de investigación se analiza cómo opera la meritocracia en las políticas de acceso al sistema de educación superior desde la declaratoria del libre ingreso en 1969 hasta el actual Sistema Nacional de Nivelación y Admisión. Con esto se busca mostrar cómo se ha posicionado la idea de mérito en cada década y qué relación tiene con la reproducción de la desigualdad en el ingreso a la universidad ecuatoriana. A través de categorías como meritocracia y reproducción se pone en cuestión los procesos de democratización de acceso a la universidad que se han vivido en el país. Se parte de la revisión de sistemas como el de libre ingreso, que incrementó aceleradamente la matrícula durante la década de los setenta. Para luego observar cómo por el bajo presupuesto otorgado por el Estado y el exceso de aspirantes, cada universidad va instaurando exámenes de ingreso de acuerdo a las dinámicas de sus facultades. Finalmente, se hace un análisis de qué efectos podría estar provocando el actual Sistema Nacional de Nivelación y Admisión, que se ha posicionado desde el discurso oficial como democrático por valorar el mérito y el talento. Algo que se pone en cuestión, ya que aunque en el discurso se promueva la democratización del ingreso, posiblemente por la estructura de este sistema, se tienda más bien a perpetuar las desigualdades preexistentes y, por tanto, que la clase media y alta en su mayoría sean quienes accedan a las universidades en mejores condiciones.

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En este texto reviso algunos de los antecedentes históricos que llevaron a las reformas constitucionales de Colombia en 1991 y de Ecuador en 1998 y 2008, reconociendo el carácter multisocietal de ambos estados. Dado que uno de los ejes de las resistencias y reivindicaciones de los pueblos indígenas ha sido en el régimen de propiedad, en este trabajo identifico la noción de inalienabilidad como una de las zonas de contacto para el trabajo de traducción propuesto por Santos (2009), de modo a construir una integibilidad entre los conocimientos contenidos en los sistemas tradicionales de tenencia de tierras y el régimen liberal de la propiedad privada. Pese a que las asambleas constituyentes de los años noventas hayan sido el lugar más adecuado para empezar los diálogos interculturales en el campo de los conocimientos de lo que se dice “jurídico”, es necesario un tercero marco, un marco inter-universal encarnado que surja del diálogo y de la traducción entre culturas, y que permita imaginar un nuevo pacto social y en cuyo ámbito el derecho sea visto como un sistema amplio de comunicaciones, superando la idea de un pacto civil original, y desviando el enfoque único respecto a la noción de soberanía hacia las distintas demandas de libre determinación.

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La Constitución del año 2008 establece que uno de los deberes primordiales del Estado es la planificación del desarrollo nacional, que tiene como propósito a corto, mediano y largo plazo, erradicar la pobreza, promover el desarrollo sustentable y la redistribución equitativa de los recursos y la riqueza, para de esta forma acceder a lo que se ha denominado como el buen vivir. Para su realización y consecución el denominado Régimen de Desarrollo, contiene normas que guardan concordancia con algunos aspectos fundamentales como son el sistema económico y las políticas económica,fiscal y comercial; y los intercambios económicos y comercio justo que integran las compras públicas y la regulación y control del mercado, en el cual interactúan los proveedores deobras, bienes y servicios, tanto para el sector público como privado. En la misma línea de pensamiento, debo mencionar que el ordenamiento jurídico ha evolucionado en relación con los preceptos constitucionales, para lo cual contamos a la fecha con relativamente reciente legislación en materia de contratación pública y derecho de la competencia. No obstante, la presente investigación pretende determinar si se aplica o no el principio de libre competencia en los procedimientos de Régimen Especial realizados al amparo de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, cuya naturaleza de contratación en la mayoría de los casos es directa. Para el cumplimiento de lo anterior, primeramente se hará un repaso de la libre competencia y la evolución del derecho de la competencia en derecho comparado y lo que ha sucedido en el Ecuador, para posteriormente introducirnos en el análisis de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado. Posteriormente continuaré con el estudio de la libre competencia y la contratación pública desde la perspectiva constitucional, la confluencia de ambas ramas del derecho, y una introducción a los procedimientos de Régimen Especial. Finalmente, se profundizará en el estudio sobre aplicabilidad y eficacia del principio constitucional de libre competencia en los procedimientos de Régimen Especial realizados al amparo de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.