30 resultados para DERECHO A PARTICIPAR EN DECISIONES PÚBLICAS


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El estudio tiene como propósitos relacionar la participación ciudadana como marco general y la consulta previa como uno de sus manifestaciones puntuales que ponen en ejercicio el derecho de participación, el de la información disponible, permite la exigibilidad de los derechos ambientales por parte de la ciudadaa, veedora del cuidado del ambiente, patrimonio e interés público; estudiar algunos elementos para la comprensión del alcance de la normativa legal, constitucional y la contenida en instrumentos internacionales, que resaltan el rol de la participación directa del pueblo en el proceso de adopción de decisiones públicas que afecten al entorno y cuyo fin es el respeto al derecho colectivo a vivir en un ambiente ecológico y equilibrado; adicionalmente contribuir u orientar una adecuada normativa que recoja los criterios y mecanismos de la participación ciudadana y consulta previa a ser adoptados por las autoridades que integran el Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, coordinados por el Ministerio del Ambiente, a fin dar cuenta con el mandato constitucional referido a la consulta en materia ambiental, y salvaguardar la seguridad jurídica y la gobernabilidad de la gestión publica en este campo. En este sentido mi reflexión aborda en el primer capitulo temas sobre el medio ambiente, los factores causantes del deterioro ambiental, y el cuidado del medio ambiente como una obligación de todos y todas. En el segundo capitulo enfoca el significado de la democracia, la participación ciudadana como ejercicio democrático, el ejercicio de este derecho contenido en instrumentos internacionales, y el alcance de la participación ciudadana y la consulta previa en la Constitución y más normativa interna. En el tercer capitulo aborda el carácter de la consulta previa, analizaré cual es su propósito, quienes deben ser consultados, cuando procede la consulta previa, su procedimiento, la construcción de la decisión y su obligatoriedad y la vigilancia ciudadana. El análisis de este trabajo ha sido realizado desde una visión sociológico-jurídica, que equivale a que la interpretación y aplicación de la norma no puede realizarse por la simple vía del mero razonamiento deductivo, sino que es preciso una comprensión apropiada de las distintas realidades y necesidades sociales, que respondan a contextos económicos, políticos, culturales, costumbres y convicciones e inspirada en principios como la justicia, la equidad y el bienestar colectivo y social.

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La globalización como un proceso de carácter multidimensional, que abarca no sólo aspectos económicos y financieros, sino también sociales, culturales y tecnológicos, ha servido como plataforma para el surgimiento de nuevos actores sociales de índole transnacional. La creciente conformación y expansión de redes transnacionales, ha abierto una mirada hacia nuevas temáticas, conflictos y desarrollos que deben ser contemplados en el ámbito global. Por ello estas redes, entre otras cosas, han implementado nuevos mecanismos de control y garantía de los derechos humanos en el ámbito global, han desarrollado también estrategias de cooperación para que sus esfuerzos y activismo hagan eco dentro de las políticas domésticas de los Estados. Es esta investigación se ilustra bajo un ejemplo práctico, la participación y el activismo de una red transnacional feminista que con la cooperación de Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales, lograron crear y llevar a cabo de manera efectiva, una estrategia en aras de la despenalización del aborto, en Colombia, estado que haa sido muy severo en esta materia. En América Latina, la inflexibilidad de las legislaciones en materia de aborto, ha radicado, en que éstas han tomado como base la doctrina católica, que durante mucho tiempo fue impartida y considerada como el discurso hegemónico o más relevante en la discusión de políticas públicas sobre sexualidad y reproducción. Entonces, teniendo en la mira a estos protagonistas que se encuentran en conflicto, bien por hacer prevalecer la autonomía individual, la salud pública la equidad social o de género en las legislaciones domésticas, o bien por salvaguardar la noción de familia tradicional que se está viendo amenazada por un relativismo moral que debe ser contrarrestado al interior de los Estados, esta investigación, analiza por un lado, si existe o no influencia de los grupos feministas transnacionales, quienes han visto la importancia de actuar globalmente para promover cambios nacionales como la liberalización del aborto en las legislaciones, dado el reconocimiento de nuevos derechos como los derechos sexuales y reproductivos avalados en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos , y por otro, estudia la decadencia de la doctrina católica, ya que como actor político la Iglesia Católica ha perdido fuerza a la hora de participar en los debates sobre sexualidad y aborto. Para el fin perseguido en este documento, se analizan los principales postulados de la Teoría Liberal de las Relaciones Internacionales y se contrasta con un ejemplo práctico: el proceso de despenalización parcial del aborto en Colombia durante el periodo comprendido entre 2005 – 2006.

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El estudio del “dominio público hidráulico” y su relación con los gobiernos subnacionales en el contexto del Derecho administrativo iberoamericano -en la coyuntura de renovación del ordenamiento jurídico ecuatoriano y de otros países iberoamericanos- responde a la necesidad de profundizar en la comprensión de este concepto, que en la legislación hídrica española y de otros países latinoamericanos, representa el eje jurídico que estructura el contenido legal de la misma. Esto implica, abordar el estudio de los aspectos jurídicos del gobierno de los recursos hídricos, esto es, el agua y los elementos del entorno que contienen al agua. Se parte del análisis del “dominio público en general” para abordar el concepto de estudio, en tanto una forma particular de éste, a través de la revisión de la normativa jurídica constitucional y legal en materia de aguas de una selección de países iberoamericanos. Se considera en especial el estatus jurídico del agua y de los elementos naturales por los que discurre. Se analiza el gobierno de los recursos hídricos, tanto en relación con los derechos constitucionales y los rasgos del régimen administrativo de aguas; y dos conceptos técnico administrativos relacionados: la gestión integrada de recursos hídricos y el desarrollo sustentable. Luego se considera el marco legal del ejercicio en el territorio de las potestades públicas que conforman el dominio público hidráulico, por parte de los gobiernos subnacionales: Municipios, Comunidades autónomas españolas y Circunscripciones territoriales de identidades étnico-culturales. Finalmente, se resumen los argumentos que el estudio aporta, en favor de introducir el dominio público hidráulico, en tanto factor de innovación jurídica de la legislación hídrica y de fortalecimiento del Derecho administrativo y el Derecho político.

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De acuerdo con el historiador boliviano Fernando Caas, con la conquista no se produjo el encuentro de dos mundos, sino de tres; el tercero fue el africano. Lamentablemente, en el caso afroboliviano, este encuentro significó la negación de sus derechos humanos porque ni siquiera su nombre conservaron y, peor aún, su idioma, fueron tratados como objetos o animales y no como seres humanos. Hace 183 años que Bolivia es una República y en sus entrañas acogió a sus hijos afrobolivianos; pero el ejercicio de la colonialidad del poder enquistado en las mentes de la élite y pueblo boliviano, los mantuvieron en la clandestinidad de los Yungas, “sin derecho ni siquiera a abrir la boca para reclamar sus derechos” de acuerdo al testimonio de Benjamín Inofuentes. Después de tantos años sin ser reconocidos constitucionalmente ni aparecer en la historia oficial de Bolivia, recién ahora, en el siglo XXI, con la realización de la Asamblea Constituyente el año 2006, son reconocidos con plenos derechos igual que los otros bolivianos. Es así que, la tesis constituye un esfuerzo por mostrar el proceso de reconocimiento de derechos humanos de los afrobolivianos en la realización de la Constituyente en Bolivia, con especial atención en su participación, los logros que alcanzaron después de una intensiva movilización. Realicé este proceso a partir de entrevistas y diálogos con dirigentes y actores sociales involucrados en la Asamblea Constituyente y un análisis exhaustivo de los documentos que existen. En cada capítulo si bien hago referencia a autores, privilegio la voz de los afrobolivianos como un intento de promover su visibilización positiva, por eso, expongo los derechos humanos y a su interior los derechos colectivos desde la concepción y vida cotidiana de ellos. Así mismo, planteo una serie de acciones afirmativas que constituyen una opción pertinente para que los afrobolivianos ejerzan sus derechos humanos.

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Ronald Dworkin distinguía dos tipos de derechos. Los unos, con mayúscula, que generan distintas formas de exigencia cuando son incumplidos, que van desde la protección judicial hasta la rebelión si esta no es efectiva. Los otros, con minúscula, que pueden ser limitados, suspendidos y hasta anulados. La forma fácil de distinguir los unos de los otros es buscarlos en las constituciones. Los primeros están reconocidos (aunque no todos) en los catálogos de derechos; los segundos no. Por ejemplo, tengo derecho a la a vida, en el primer sentido; tengo derecho a escuchar una conferencia, en el segundo. Desde esta perspectiva parecería que no tengo derecho a la anticoncepción de emergencia porque no está expresamente reconocido como tal en la Constitución ecuatoriana ni en los instrumentos internacionales. Así que la discusión va por otro lado. El derecho reconocido en la Constitución ecuatoriana es el "derecho a tomar decisiones libres y responsables sobre su vida sexual" y el "derecho de las personas a decidir sobre el número de hijos que pueda procrear, adoptar, mantener y educar". Para ejercer estos derechos, el Estado tiene la obligación de ofrecer distintos medios que tengan ciertas características: legítimos, varios, no perjudiciales para la salud, conocidos. Si así no sucede, cuando no existe información ni opciones, no existe la libertad para decidir. Luego, el derecho se convierte en ilusorio y el Estado incurre en responsabilidad por violación al derecho.

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¿Es posible pretender la paz dadas la marcadas inequidades que caracteriza nuestra estructura social, política y económica en los países de América Latina?. ¿Qué paz?, ¿ausencia de conflictos?. ¿A qué costo?, ¿callar y aguantar unos, y ser cómplices todos? Lo que sigue quiere ser una reflexión en torno a estas preguntas, acercándose a ellas con la intención de esbozar algunas ideas desde la muy concreta perspectiva que nos da el participar en procesos de defensa y educación de los derechos humanos en Venezuela, un país en que la violencia política, los discursos excluyentes, la intolerancia, han ido haciendo parte de nuestra cotidianidad, en un proceso complejo en el que los venezolanos y venezolanas hemos ido descubriendo verdades que siempre han estado ahí pero que no queríamos ver. Un proceso en el que hemos ido aprendiendo de leyes y reconociendo la necesidad de participar en los asuntos públicos; un proceso en el que nos hemos ido convirtiendo en permanentes analistas políticos y juristas populares; al mismo tiempo, un proceso en el que el pueblo, independientemente de sus preferencias políticas, está aprendiendo a organizarse, a exigir sus derechos, a proponer alternativas

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Trata de la justicia como un derecho, se enfoca en la crisis de la justicia ecuatoriana, analizando la relación entre justicia y el nuevo marco constitucional del 2008, su adecuación, la normativa secundaria a la misma y los proyectos de ley presentados. analiza la institucionalidad que se establece a partir de la nueva Carta Magna. Análiza las políticas públicas de justicia desarrolladas en el año 2009, tomando como referentes: el Plan Nacional de Desarrollo, los programas institucionales específicos, el presupuesto y algunos de los ejes del proceso de modernización de la justicia. Detalla los ejes del proceso de modernización y la independencia judicial. Da a conocer los casos de sentencias por violaciones a los derechos humanos en el 2009.

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La investigación propuesta pretende comprobar si la educación formal, la capacitación, la asistencia técnica son fundamentales para manejar adecuadamente los pesticidas y reducir sus residuos tóxicos en los agro-ecosistemas de pequeña producción. De hecho, a través de la encuesta proporcionada por el equipo técnico del proyecto Marco de Inversión en Desarrollo Rural y Reducción de Pobreza (MIRREP) se trabajó con indicadores socio-ambientales y económicos que permitieron reconocer que miembros de la comunidad son los más perjudicados por el mal uso de pesticidas. Para el efecto, se recopiló los datos desde el mes de julio hasta el mes de octubre del 2007. Los datos se compilaron en las encuestas prediseñadas de las que se obtuvo datos porcentuales y datos estadísticos levantados a través de Análisis de Correspondencia Múltiple (MCA) y Chi-Cuadrado de Pearson. A la vez, se introdujo el Método Circular de Estudio (SCM) como metodología de capacitación para el campesinado adulto con el fin de comprobar su efectividad, y generar y transmitir conocimientos respecto al uso de pesticidas y eliminación de sus residuos. Ahora bien, para analizar cual es la situación respecto al manejo de pesticidas se hizo observación directa, entrevistas (informales, formales), conferencias grupales y comunales para finalmente por medio del SCM establecer diálogos horizontales donde tanto técnicos como campesinos tienen el mismo derecho de participar y opinar, considerando sus opiniones tan valederas como las del personal técnico con el fin de enriquecerse las partes participantes en un verdadero proceso de transmisión y generación de conocimientos in situ. De esta forma, se ha generado un trabajo de investigación-acción enmarcado en la capacitación y valoración de las condiciones socio-ambientales y económicas con el fin de implementar programas y metodologías para el manejo y reducción de pesticidas. De hecho, contextualizar la realidad del campesinado respecto al manejo de pesticidas, evidenciarlo ante las autoridades de turno y proponer una alternativa de desarrollo rural valedera donde se reduzcan las múltiples externalidades negativas (sociales, económicas, y ambientales) es el valor agregado que este trabajo con el fin de reducir la pobreza a la que el campesinado se ha visto acogido por más de 2 décadas.

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Teniendo en cuenta que la reparación es un derecho con características particulares, especialmente para la infancia y la adolescencia, la presente investigación revisa los alcances del enfoque diferencial de edad en esta política en Colombia. Para cumplir este objetivo se realizó un análisis de la legislación internacional, legislación nacional actual y como un caso tipo, el Decreto de Reparación Individual Administrativa (Decreto 1290 de 2008). De esta forma, se ubica respecto a la reparación desde una visión subjetivista de los derechos humanos, entendiéndola no solo como una obligación del Estado sino como un derecho en sí mismo, y por lo tanto en este marco, revalora el enfoque diferencial de edad como un reto de la política concibiéndolo como la intencionalidad de la sociedad y el Estado de consolidar legislaciones y prácticas sociales sensibles a las subjetividades, necesidades y demandas de los niños, las niñas y los adolescentes como respuesta al principio de igualdad para incluirles como ciudadanos y superar la hegemonía del discurso adultocéntrico. De este modo, se constituye como aporte para las instituciones que tienen el deber de incluir el derecho a la reparación integral de la infancia y la adolescencia en la formulación y ejecución de la política pública y contribuye para que los niños, niñas y adolescentes sean visibilizados de manera efectiva en los mecanismos y procedimientos diseñados para tal fin en Colombia.

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Esta investigación surgió de la necesidad de analizar el proceso de flexibilidad laboral implementado en el Ecuador a partir de 1990 a través de reformas legales orientadas a desregular el contrato de trabajo y eliminar el carácter tuitivo del Derecho Laboral. En esta perspectiva, el Capítulo Primero tiende a ubicar los elementos que definen la globalización y el mercado mundial del trabajo y en ese escenario el planteamiento de flexibilidad laboral, su orientación y repercusión en el Derecho Laboral Ecuatoriano. El Segundo Capítulo se encamina a ubicar la situación actual del derecho colectivo e individual del trabajo en el Ecuador en el marco del debilitamiento del Derecho Laboral, para en el Capítulo Tercero establecer las consecuencias de este proceso y sobre esa realidad formular conclusiones y recomendaciones. Con el desarrollo de la investigación, el estudio de casos y las muestras estadísticas a nivel individual y colectivo se pone en evidencia que el Derecho Laboral luego de la promulgación de la Ley 133 de noviembre de 1991 y que unida a otros instrumentos legales se ha desregulado el contrato de trabajo individual, introduciendo contratos ocasionales, temporales, de intermediación y por horas en actividades habituales de las empresas que no gozan de estabilidad; y a nivel colectivo afectando el derecho de sindicación, de contratación colectiva y al derecho de huelga. Concepción que debe ser modificada y reemplazada por otra que genere un proceso de adaptación del sistema actual de relaciones laborales a los nuevos condicionamientos que impone el desarrollo científico tecnológico de esta nueva época.

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El objetivo de la presente investigación es analizar desde una visión crítica que involucra diversos componentes, lo que significó en su momento y lo que en la actualidad representa la recepción del derecho al ambiente sano en el ordenamiento constitucional colombiano; ello implica examinar el desarrollo de este derecho y deber constitucional recurriendo, como referente comparativo, a textos constitucionales de otros Estados. La orientación metodológica propuesta se fundamenta en abordar la dimensión ambiental como problema juridico-constitucional, desde una perspectiva holística, sistémica e interdisciplinaria. Se propuso el tipo de investigación aplicado y los métodos de estudio fueron el jurídico-comparativo, el jurídico-descriptivo y el deductivo. El presente trabajo consta de tres capítulos. El capítulo primero tiene por objetivo determinar desde un aspecto interpretativo la significación del derecho al ambiente en el sistema normativo constitucional. Se estudió mediante el método jurídico-comparativo la conceptualización y los fundamentos de la recepción del derecho al ambiente sano en ciertas constituciones conforme los sustentos teóricos que los soportan. El segundo capítulo tiene por objetivo entender lo que es el ambiente sano para el ordenamiento constitucional de Colombia, se ahonda en el contenido material y formal del derecho al ambiente sano y la estructura de las normas constitucionales que lo reconocen y garantizan. En el tercer capítulo se analiza los mecanismos de protección constitucional al ambiente sano, el objetivo fue indagar si éstos han asegurado la protección de este derecho; para ello se propone conocer cuál ha sido el grado de eficacia alcanzado por estos mecanismos en un período que va desde su reconocimiento en la constitución política de Colombia en 1991 hasta el año 2008 fecha de cierre de esta investigación.

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La institución jurídica constitucional del estado de excepción no siempre ha sido conocida con este nombre en el constitucionalismo ecuatoriano, sino que ha tenido varias denominaciones tales como: facultades extraordinarias, estados de urgencia, estado de sitio y estado de emergencia, no obstante, con la vigencia de la Constitución de 2008, se introdujo la denominación “estado de excepción”, concebido como un mecanismo jurídico, constitucional y político que permite restablecer el orden público en circunstancias extraordinarias con el fin de garantizar, los derechos constitucionales, la democracia y el Estado de Derecho. La declaratoria del estado de excepción es emitida por el ejecutivo, mediante decreto ejecutivo el mismo que está sujeto a control político, constitucional e internacional, ya que en algunos casos podría restringir o suspender derechos constitucionales (contexto nacional) y derechos humanos (contexto internacional), los cuales son protegidos por tratados internacionales y por el Derecho Internacional Humanitario. En este contexto, la presente tesis iniciará revisando la evolución del estado de excepción en el constitucionalismo ecuatoriano, abordaremos de forma analítica y comparada (Estados miembros de la Comunidad Andina -CAN-) la naturaleza jurídica del estado de excepción, su regulación, funcionamiento, así como su relación con el Estado de Derecho (concebido éste como una estado legal y constitucional), fortaleciendo nuestro trabajo con el auxilio de la norma, la doctrina y la jurisprudencia.

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Para resolver los conflictos, inevitables en nuestra sociedad, además de la justicia ordinaria, congestionada y desprestigiada, las partes pueden acudir a procedimientos alternativos, autocompositivos o heterocompositivos, mediante la suscripción de un acuerdo de naturaleza contractual y jurisdiccional, que implica separar el caso del posible conocimiento y resolución por parte de los jueces comunes. Su empleo en materia de contratación pública se encuentra consagrado en el derecho positivo ecuatoriano, en normas constitucionales y legales, pero su aplicación concreta está restringida por aspectos jurídicos tales como su voluntariedad, la naturaleza transigible de los temas que se pueden someter a su resolución, las formalidades previas, como la autorización de la Procuraduría General del Estado y aún de política pública, como la disposición del señor Presidente Constitucional de la República de que en los contratos que suscriban las administraciones públicas dependientes, se sometan a la jurisdicción de los tribunales ordinarios y no a la de los tribunales arbitrales. El presente trabajo procura sentar las bases conceptuales y el marco teórico del tema y el estado de la cuestión, que me permitieron identificar algunas vicisitudes del arbitraje en el país, para, sobre esta base, distinguir las materias transigibles de las que no lo son, analizar si las prerrogativas son arbitrables, y concluir si los casos que quedan, después de restar los que no pueden someterse al arbitraje, son minoritarios, para demostrar de esta manera el carácter excepcional del arbitraje nacional en materia de contratación pública en el Ecuador.

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El procedimiento denominado codecisión ha permitido a los organismos comunitarios interactuar en la construcción del derecho derivado comunitario en el marco de la Unión Europea. El poder de la toma de decisiones se fundamenta en la cooperación entre organismos comunitarios; cabe aclarar que todo proceso de integración inicia con objetivos comerciales y visiones económicas de por medio, sin embargo la meta cumbre en la Unión Europea ha sido siempre la pacificación de Europa, lo que conlleva un fin de orden político intrínsecamente concebido. En esa medida la codecisión es uno de los principales instrumentos adoptados por la Unión Europea para alcanzar tanto las metas obvias de creación de derecho comunitario, como de cooperación en el marco supranacional e intragubernamental.

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El neoconstitucionalismo nos enmarca dentro de una nueva propuesta de Estado constitucional de derechos y justicia, idea que nos permite comprender que como nunca antes en la historia del constitucionalismo ecuatoriano, múltiples derechos vinculados con la participación social han sido reivindicados y reconocidos como una novedad en la Constitución de Montecristi. Entre estos derechos se encuentra el de resistencia, necesario e insustituible para que el pueblo de forma individual o colectiva pueda ejercer el derecho innato de defensa ante la arbitrariedad y abuso de los poderes públicos o privados y también para utilizarlo como “un medio directo de participación del pueblo en la política.” En esta tesis reviso como sería entendida por la sociedad ecuatoriana la invocación del derecho a la resistencia en el marco sistemático de la Constitución del 2008 y señalo que una comprensión sobre unos límites débiles del derecho a la protesta, podría llevarnos a pensar que existiría un conflicto de derechos constitucionales en las diferentes manifestaciones de actos de resistencia colectiva, mismos que podrían haber sido zanjados con la aplicación de normas infraconstitucionales en la sustanciación de diferentes procesos penales; de ahí la importancia de que los operadores de justicia dejen de lado un criterio de solución estándar al momento de resolver los casos en los que se ha invocado este derecho constitucional, y de que consideren también que podría existir una trilogía en el ejercicio de la resistencia colectiva, pues la protesta social sería entendido como un medio para la invocación de este derecho, ya que la resistencia al ser entendida como un derecho de participación en el marco constitucional actual, podría considerarse como el fin de estos actos colectivos de protesta. Finalmente en este planteamiento, los actos de resistencia colectiva encontraan protección no solo constitucional sino internacional porque existiría una conexidad de éstos con los derechos a la libertad de expresión, reunión, manifestación y asociación.