58 resultados para Acción de cumplimiento
Resumo:
Realizado por el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer, CLADEM-Ecuador. Presentado ante el Comité de los Derechos del Niño y la Niña de las Naciones Unidas. Analiza el período 2005-2009. Investigadoras: Azucena Soledispa, Gina Benavides, Silvana Sánchez y Karen Barba, noviembre de 2009. El informe analiza los derechos a la: integridad personal; igualdad y no discriminación; salud sexual y reproductiva; educación, y protección especial. Texto completo en: ‹http://www.cladem.org/espanol/regionales/monitoreo_conve nios/Ecuador-IA-%20CDN-ES.pdf›. Observaciones finales 2010 del Comité de los Derechos del Niño y la Niña al Ecuador en: ‹http://www2.ohchr.org/english/bodies/crc/crcs53.htm›.
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El estudio de la Acción de Protección constitucional, denominado amparo y otras según el país, para generar una herramienta procesal para su eficacia. Se desarrolla en cuatro capítulos. El primero, establece el origen y la vigencia de las garantías a los derechos fundamentales, el avance normativo, la influencia entre el derecho natural y el positivismo, y los sistemas jurídicos de oriente y occidente, ante la realidad social para su eficacia, incluyendo la penetración jurisprudencial para su adopción interna y universalización. El segundo, ha determinado la autoridad competente, los legitimados activos y pasivos incluyendo los terceros y la admisibilidad. El tercero, contiene las etapas y actos procesales, procedimiento, recursos y ejecución de la sentencia; y el Cuarto capítulo, comprenden elementos que no siendo parte están vinculados a la acción, como la consulta, y la jurisprudencia vinculante, como consecuencia de la sentencia seleccionadas o producto de la opinión resultado de la consulta. Incluyendo las conclusiones y recomendaciones.
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La presente tesis tiene como propósito contribuir al conocimiento de la nueva garantía de derechos, puesta a disposición de los habitantes del Ecuador por la Constitución de la República, como mecanismo de jurisdicción constitucional para la protección de sus derechos, cuando resulten vulnerados por acción u omisión de los jueces en las decisiones que les corresponde adoptar, en las causas puestas a su conocimiento. Hacia este objetivo, el trabajo contiene una primera ubicación del tema que esclarece el fundamento jurídico de este nuevo mecanismo de protección en el marco de la orientación garantista de la Constitución, apoyado con un análisis de derecho comparado. Desarrolla la tesis un estudio detallado de esta garantía de derechos, ofreciendo una visión general de aspectos como la naturaleza jurídica de la acción, sus objetivos, funciones, requisitos de procedibilidad, actos impugnables, derechos protegidos, el procedimiento, la sentencia y sus efectos, bajo cuyos contenidos se realiza el análisis de casos puestos a conocimiento de la Corte Constitucional en aplicación de la nueva normativa constitucional y legal. Finalmente, la tesis contiene unas conclusiones que indican el estado actual de esta acción extraordinaria de protección de derechos.
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En el presente trabajo se revisan desarrollos jurisprudenciales relevantes sobre los principales mecanismos de control de la legalidad a nivel comunitario tanto en el seno de la Unión Europea (UE) como en el de la Comunidad Andina de Naciones (CAN). El análisis parte revisando jurisprudencia sobre el entendimiento de los tratados fundacionales como constituciones en sentido material. Posteriormente, se revisa jurisprudencia sobre el alcance de actos impugnables, legitimación activa, y causas de impugnación, enfatizando en tendencias relevantes como la flexibilización en la interpretación de los actos susceptibles de impugnación y la apertura a la actuación de particulares. El análisis jurisprudencial se complementa con revisión de doctrina y Derecho positivo, bajo la perspectiva de que el estudio del control de la legalidad en el ordenamiento jurídico comunitario es de esencial importancia para la cabal comprensión de los procesos de integración en su dimensión de comunidades de derecho.
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Este artículo presenta el escenario de la política exterior y cooperación internacional previo al gobierno de Rafael Correa, tomando a la cooperación dentro del Plan Colombia e Iniciativa Regional Andina como ejemplo de la misma. Igualmente, la autora plantea la existencia de un paradigma que rige tanto la política interna como externa del Ecuador y como éste se vincula con el ALBA. Finalmente, confronta el discurso con la realidad comercial y de cooperación de varios países de Sudamérica.
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Analiza cuál fue la tendencia en el cumplimiento de los derechos humanos en 2010, sintetizando: el inadecuado procesamiento de conflictos y su repercusión en los derechos humanos; las restrinciones en el procedimiento legislativo; el ejercicio del derecho de acceso a la justicia y a contar con recurso eficaz efectivo; así como las políticas públicas y su relación con los derechos humanos. Da a conocer la cifras relevantes del año 2010 en cuanto a la situación de los derechos por bloques constitucionales, hechos en noticias por bloques de derechos, resoluciones de la Defensoría del Pueblo por bloques de derechos, las normas aprobadas sobre derechos y organización del Estado, y su repercución por bloques de derechos, el tipo de garantías constitucionales interpuestas y los derechos demandados, por acción de protección; asuntos representados de manera gráfica.
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Informe presentado ante el Comité de Derechos del Niño del Sistema de Naciones Unidas en el 53 período de sesiones, 11-29 de enero de 2010. Aportes por temas: Gina Benavides, Silvana Sánchez Pinto, Azucena Soledispa, Karen Barba (Fundación Causana). Elaborado en noviembre de 2009. Texto completo en: ‹http://www.cladem.org/index.php?option=com_rok downloads&view=file&Itemid=115&id=1165:ecuador-informe-alternativo-alcomite- de-derechos-del-ninoa-2010›.
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Los desacuerdos en el cumplimiento de la norma material, generan las controversias entre particulares y entre éstos y el Estado. Estas contiendas se producen en la contestación a la demanda, que constituye un acto de desacuerdo total o parcial con la pretensión procesal o con la forma de su reclamación, que concluye con la proposición de los medios de defensa y las excepciones. La doctrina universal, trata de manera académica algunos tipos de defensa, pero no llega a un estudio analítico y profundo, mucho menos a sus efectos y las consecuencias de una inadecuada formulación de la demanda. Hemos observado que los Abogados del País, y en particular, de Quito, como lugar de atención por nuestras actividades profesionales, no tienen muy clara la forma del “qué” y del “cómo” ejercitar la defensa, pero particularmente, se produce una confusión en los efectos que puede producir una demanda en la que intervienen terceros no vinculados con el derecho material que sustenta la pretensión procesal o que adoleciendo de oscuridad, defecto legal o del incumplimiento de ciertas formas procesales, provocan los cambios de acción o la reforma de la demanda, y en casos extremos, hasta el abandono y desistimiento. Estas falencias van a ser materia de estudio de forma cronológica para evitar decisiones inadecuadas y hasta deducciones inoportunas. De las investigaciones realizadas durante nuestra actividad profesional y particularmente, en el presente trabajo académico, hemos observado que existe muy pocos autores que tratan el tema de manera puntual, esto es lo que ha llevado a los profesionales del derecho a confundir sus concepciones por falta del material de investigación, por ello, hemos creído necesario aportar con este trabajo para el ejercicio adecuado del patrocinio y de la defensa. Como considera Julio Maier, “¿Por qué, cuando se inicia una obra jurídica, es frecuente, sino es el caso de una regla general, que se comience por el punto de partida de los puntos de partida: explicando el concepto del Derecho para el autor, vale decir la definición de lo que es el objeto general de su estudio?...”. Esta introducción nos lleva a compartir con el autor la necesidad de explicitar aunque sea de manera restringida las instituciones procesales que no sólo van a complementar su estudio, sino que son parte del tema de investigación mismo, pero que es forzoso su estudio acogiendo sus términos. “No nos será posible aquí develar todas las incógnitas que presentamos por las limitaciones propias de la obra e, incluso, por limitaciones personales, pero intentaremos presentar, resumidamente los puntos de vista que nos servirán de base para nuestra explicación posterior.”; por tanto, el objeto de mi investigación, se contrae ha determinar de forma limitada, qué es el Derecho substancial desde una nueva concepción, qué es el Derecho procesal y la Teoría General del Proceso (acción, jurisdicción y proceso), para concentrarnos en el estudio de los medios de defensa y en las excepciones lato sensu. Confiamos en que nuestro esfuerzo, sea el cimiento para nuevas investigaciones que al igual que la sabia alimenta al árbol, este trabajo fluya en las futuras teorías y provoque el cambio de nuestra legislación.
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La presente tesis analiza las relaciones del Ministerio del Ambiente (MAE), con el Fondo Ambiental Nacional, FAN, en el marco de la alianza estratégica que mantienen para apoyar la conservación de la biodiversidad del Sistema Nacional de Áreas Protegidas, SNAP. Con este enfoque, se revisa puntualmente el marco jurídico e institucional para la gestión de la biodiversidad en general y del SNAP en particular; y en este contexto se resume la trayectoria del SNAP, su conformación, problemática y situaciones recurrentes de debilidades para su gestión, desde 1973 hasta la actualidad. Se revisan el contexto político y económico que motivaron la creación y luego puesta en marcha del FAN; sus características legales y organizacionales, ámbito de acción y enfoque estratégico; así como las características de la alianza MAE FAN, direccionada a apoyar al MAE en la gestión de recursos financieros que apoyen la gestión del SNAP, la cual se agravó como resultado de la implementación en 1998 de la Ley Especial de Galápagos, que eliminó los fondos que subsidiariamente recibía el SNAP. Se analiza los sistemas y modelos de gestión, tanto del MAE, como del FAN, para ubicar en ellos los arreglos institucionales realizados para implementar la alianza de apoyo al SNAP; y en este sentido se describen el diseño, elaboración e implementación del Fondo de gastos operativos básicos, para las áreas protegidas, FAP, como un mecanismo de capitalización de un fondo patrimonial cuyos rendimientos se destinan a apoyar la gestión de las áreas protegidas del SNAP; mecanismo implementado conjuntamente por las dos entidades desde el 2002. Luego de una revisión de la implementación de los macro procesos del Fondo de áreas protegidas: FAP, se analizan los planes estratégicos del SNAP y del FAN, para ubicar los avances, reflexionar sobre los problemas recurrentes; y en base de ello proceder a proponer recomendaciones que fortalezcan la alianza MAE y FAN, tanto en la implementación del FAP, como en potenciales temas de interacción entre el MAE y el FAN, para un fortalecimiento más integral a la gestión del SNAP como un objetivo de país, a cuyo cumplimiento el FAN debe contribuir de manera más eficiente y con la consiguiente corresponsabilidad del MAE.
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El seguro ha tomado especial relevancia en los tiempos actuales como una institución que busca proteger el patrimonio de los individuos contra los diferentes riesgos a los que el hombre se ve enfrentado, tomando en cuenta el desarrollo socio económico de la humanidad donde la tecnología tiene un papel preponderante. Un tema que amerita estudiar dentro del seguro es la prescripción, la misma que a la fecha genera dudas si se considera el aparecimiento de nuevos riesgos o la concatenación que pueden tener entre sí por su prolongación en el tiempo, lo que ha creado dificultades al momento de determinar la ocurrencia exacta de un siniestro, punto de partida para computar el plazo de la prescripción. El presente estudio, partiendo de un análisis de la definición de la prescripción como medio de extinguir las obligaciones de forma general, busca determinar las características específicas en materia de seguros en la legislación comparada y en la nacional con el fin de analizar el diferente tratamiento que a este tema le han dado en otros países. Este trabajo tiene por finalidad ser una propuesta de normativa relacionada con el tema de la prescripción en materia de seguros tomando en cuenta las peculariedades de cada modalidad de seguros.
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El Ecuador ha mantenido, desde la perspectiva de su política exterior, una conducta independiente respecto de los lineamientos de las grandes potencias, particularmente Estados Unidos, en lo que tiene que ver con la posición nacional frente a la construcción y desarrollo del régimen internacional de derechos humanos. Para probar este aserto se ha tomado como caso de estudio uno de los mecanismos de adecuación, en la legislación y política interna, del régimen no vinculante surgido de la Conferencia de Viena de 1993 sobre Derechos Humanos, léase “Plan Nacional de Derechos Humanos”. Interesa en este estudio profundizar en la construcción del régimen internacional de derechos humanos desde la influencia política del sistema internacional y la fuerza de los agentes internos. Interesa, además, analizar los procesos de armonización o adecuación de las legislaciones e instituciones internas en cumplimiento de compromisos adoptados por los gobiernos en foros internacionales especializados, que finalmente son los que retroalimentan y explican la existencia de esos regímenes. El trabajo hace un breve recorrido desde la concepción y desarrollo del régimen internacional de derechos humanos hasta la Conferencia de Viena de 1993. Se intenta, por un lado, desmitificar el tratamiento del régimen internacional de derechos humanos como “ética política” y ponerlo en el contexto de las relaciones de interdependencia compleja que se da en el orden mundial contemporáneo. Y, por otro, indagar sobre las características políticas del proceso de apropiación en el Ecuador del régimen no vinculante de derechos humanos.1 La estructura de la investigación está diseñada para presentar el régimen desde sus características externas, esto es, la manera en que ese régimen regula las relaciones entre los estados, el sistema de Naciones Unidas y los individuos y se asegura de que se cumpla el contrato que surge como consecuencia. 1 El régimen vinculante es aquel que está contenido en las disposiciones de los tratados internacionales firmados con relación a un área específica de las relaciones internacionales, en este caso de derechos humanos. Por su parte, el régimen no vinculante no se respalda en un tratado internacional, sin embargo, se legitima en la adopción por consenso de Declaraciones Políticas y Planes de Acción por parte de los Estados miembros de las Naciones Unidas. En la mayoría de los casos se incluye, además, una cláusula donde consta el compromiso de presentar información sobre la aplicación de los Planes de Acción en los informes que se presentan a Naciones Unidas en acatamiento a las disposiciones de las Convenciones sobre los temas en cuestión.
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El tema del manejo y uso del espacio público en la urbe contemporánea ha sido objeto de las más variadas reflexiones. En el caso de la ciudad de Quito, ésta se presenta como un escenario de desencuentros y un exacerbado centralismo. En un intento de mediar la utilización del espacio público y establecer prácticas que convoquen a la comunidad a ser actor real dentro del espacio ciudad, aparecen manifestaciones creativas. El presente trabajo realiza una revisión de diferentes ejercicios estéticos que se han insertado en la urbe, sean éstos realizados por artistas individuales, colectivos o enmarcados dentro de los 'llamados encuentros de arte urbano. Este aporte investigativo pretende ser, una tarea de sistematización y periodización de aquellas expresiones artísticas que han transitado la ciudad de Quito de la mano del "arte acción" y el "arte urbano." El análisis de estas iniciativas se ha planteado en relación al diálogo con el entorno y la capacidad de insertar a sectores excluidos de los tradicionales circuitos del arte en procesos relacionales con los habitantes. Estas prácticas replantean incluso la funcionalidad del arte en la urbe contemporánea. Por otra parte, esta esfera procesual y creativa incluye una serie de estrategias para lograr la consecución de estas obras: una negociación permanente con los habitantes, la institucionalidad, y el espacio público; negociación que sin duda nos lleva al terreno de la llamada gestión cultural. Puede decirse que tres ejes duales guían la presente reflexión: espacio públicociudad, arte-comunidad y gestión cultural-ciudadanía.
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La acción de Lesividad en el presente tema a tratarse no es el simple resultado de la revocación o no de los actos administrativos sí no que su estudio parte desde los principios generales y universales del derecho como son el principio de legalidad, el de oportunidad, el de autotutela administrativa, llegando a conocer y expresar lo que es el conocimiento de la potestad administrativa discrecional y si esta puede o no derivar en desviación de poder, si en estos casos se justifica el actuar administrativo de manera justa o no, el estudio a través de los diferentes enfoques doctrinarios y sus disposiciones conceptuales nos llevan a la siguiente pregunta ¿Es posible declarar un acto como lesivo sin vulnerar principios de Derecho? O será correcto el actuar de la administración al considerarse como infalible en la toma de sus decisiones, todo esto en una primera etapa antes de ahondar en el estudio de nuestro país referente a las administraciones públicas tanto la central como la Institucional. Las cuales en virtud de nuestro Estatuto de Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva encuentran contradicciones normativas para su obrar. Así también el paso por los posibles vicios que se generan de estas decisiones administrativas puesto que en su mayoría pueden tratarse de aspectos discrecionales, o al generar ya derechos a terceros los mismos pueden encontrarse viciados presentando una vez más una serie de ventajas y desventajas con su presentación, por último el procedimiento a seguirse en la acción de Lesividad en base de el estudio realizado así como el tratado respectivo sobre el tema de la acción de Amparo procedimiento cuestionado en nuestro medio como una medida cautelar.
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La Constitución de Montecristi, trae una nueva garantía constitucional: La Acción Extraordinaria de Protección, como mecanismo para que las personas que sientan lesionados sus Derechos Fundamentales, en sentencias o autos definitivos, por acción u omisión de los jueces comunes, impugnen dichas decisiones judiciales, cumpliendo requisitos de admisión ante la Corte Constitucional, máximo órgano de control e interpretación constitucional. Este trabajo de investigación tiene dos capítulos. En el primero analizamos los antecedentes, naturaleza, requisitos de la demanda y de admisibilidad de la Acción Extraordinaria de Protección. El capítulo segundo, tiene como objetivo analizar tres casos de Acción Extraordinaria de Protección, resueltos por la Corte Constitucional de Transición; Revisar la tutela sobre sentencias en Colombia; Examinar el Recurso de Amparo Constitucional en España; y presentar una reflexión sobre el control de la Corte Constitucional a la Función Judicial, con la vinculación que debe existir entre las jurisdicciones constitucional y ordinaria. Finalizo la tesis exponiendo las conclusiones obtenidas en el trabajo realizado.
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En el anterior régimen constitucional del Ecuador (Constitución de 1998) se excluyó al órgano judicial del control de constitucionalidad de sus actuaciones, prohibiéndose el amparo contra resoluciones judiciales, aún cuando en sistemas extranjeros se había permitido dicho control. En el nuevo sistema constitucional ecuatoriano (Constitución de 2008) el Estado constitucional de derechos y justicia (Art. 1), garantiza los derechos constitucionales a la tutela judicial y el debido proceso (Arts. 75 y 76), consagrando como garantía jurisdiccional a la acción extraordinaria de protección en contra de las resoluciones judiciales ejecutoriadas violatorias de derechos constitucionales (Art. 94), más aun cuando la potestad jurisdiccional que emana del pueblo (Art. 168) se somete al principio de juridicidad integrado por la Constitución, instrumentos internacionales de derechos humanos y la ley (Art. 172), y al principio de estricta legalidad pues el poder público limitado formalmente (Art. 226) se vincula sustancialmente a los derechos por el principio de supremacía y sujeción constitucional (Arts. 424 y 426), correspondiendo a la Corte Constitucional en la acción extraordinaria de protección controlar si el órgano judicial ha violado derechos constitucionales en el proceso (Art. 437). La presente tesis, partiendo conceptualmente de la evolución el rol del juez en los distintos modelos de Estado (absolutismo, legalismo, constitucionalismo, neoconstitucionalismo), y enfocándose dentro del paradigma neoconstitucional garantista, abordará de forma crítica el ámbito normativo, doctrinario y jurisprudencial, de la admisibilidad y aceptación de la acción extraordinaria de protección en el sistema ecuatoriano en casos de violación del debido proceso y tutela judicial, analizando sus presupuestos formales (legitimación, activa, legitimación pasiva, oportunidad) y sus presupuestos sustanciales (materia u objeto, procedibilidad, relevancia constitucional).