4 resultados para recruit

em Universidad del Rosario, Colombia


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Este trabajo lleva a cabo una compilación del material escrito acerca del liderazgo educativo, sus implicaciones sociales, educativas y culturales. Así mismo identifica las corrientes que actualmente predominan en el liderazgo educativo como es el Liderazgo pedagógico y el liderazgo administrativo. También brinda un acercamiento a los esfuerzos y la situación actual del liderazgo educativo en Colombia, con el fin de determinar si existe en efecto y liderazgo educativo efectivo en nuestro país. Este trabajo se lleva a cabo recopilando la información de la situación actual y literatura de varios países y encontrando puntos en comuna lo largo de los mismos.

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Los menores de edad en Colombia han sido el blanco de los grupos como el ELN y las FARC quienes los reclutan con el fin de incrementar su esquema de lucha, esto gracias a que los niños son fácilmente amoldable a nuevas estructuras emocionales, sin contar que muchos de estos pequeños atraviesan por difíciles situaciones en sus hogares.

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Why do some civil wars terminate soon, with victory of one party over the other? What determines if the winner is the incumbent or the rebel group? Why do other conáicts last longer? We propose a simple model in which the power of each armed group depends on the number of combatants it is able to recruit. This is in turn a function of the relative ëdistanceíbetween group leaderships and potential recruits. We emphasize the moral hazard problem of recruitment: Öghting is costly and risky so combatants have the incentive to defect from their task. They can also desert altogether and join the enemy. This incentive is stronger the farther away the Öghter is from the principal, since monitoring becomes increasingly costly. Bigger armies have more power but less monitoring capacity to prevent defection and desertion. This general framework allows a variety of interpretations of what type of proximity matters for building strong cohesive armies ranging from ethnic distance to geographic dispersion. Di§erent assumptions about the distribution of potential Öghters along the relevant dimension of conáict lead to di§erent equilibria. We characterize these, discuss the implied outcome in terms of who wins the war, and illustrate with historical and contemporaneous case studies.

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La protección general atribuida en los conflictos armados no internacionales por el artículo 3 común a la población civil, de la que las niñas menores de 15 años forman parte, no depende de su filiación con alguna de las partes en el conflicto, y se extiende, en principio, a todos los actos de violencia, entre los que se encuentran los de naturaleza sexual cometidos por cualquiera de las mismas, incluyendo aquellos cometidos por los miembros de la parte en el conflicto con la que se encuentren afiliadas. Los casos contra Thomas Lubanga y Bosco Ntaganda muestran que, como regla general, las niñas menores de 15 años no desarrollan de manera prolongada actividades de participación directa en las hostilidades, por lo que, a pesar de acompañar permanente al grupo y de ser “esposas” o “compañeras” de sus comandantes, no asumen una función continua de combate y no pueden ser consideradas como miembros del mismo. Además, los actos de naturaleza sexual coercitivamente desarrollados por las niñas menores de 15 años reclutadas por las FPLC en favor de los comandantes y miembros del grupo con las que se encuentran esposadas, no cumple ninguno de los tres requisitos exigidos por el concepto de participación directa en las hostilidades porque: (a) no son idóneos para causar directamente por sí mismos el umbral de daño requerido; (b) no forman parte integral de ninguna operación militar que pudiera generar dicho umbral de daño; y (c) no poseen el nexo beligerante requerido, puesto que no están específicamente diseñados para causar un menoscabo a la parte adversa de las FLPC. Tampoco las demás actividades desarrolladas por las niñas menores de 15 años alistadas o reclutadas por las FLPC, incluyendo trabajo doméstico (donde principalmente desempeñaron tareas culinarias), transporte de comida a bases aéreas y acompañamiento a las esposas de los comandantes, cumplen, según la Sala de Primera Instancia I en el caso Lubanga, con los tres requisitos necesarios para su consideración como participación directa en las hostilidades. De ahí, que las niñas no hayan perdido en ningún momento su protección general. A todo lo anterior hay que añadir que los niños y niñas menores de 15 años, al ser una población particularmente vulnerable, gozan de una especial protección durante los conflictos armados (con independencia de su naturaleza), tal y como se manifiesta en la Convención de los Derechos del Niño de 1989, los Convenios de Ginebra de 1949 y de sus Protocolos adicionales de 1977, el Estatuto de la Corte Penal Internacional de 1998 y las Resoluciones 1882 de 2009, 1960 de 2010 y 2106 de 2013 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Esta protección especial se extiende a los actos de violencia sexual cometidos por los miembros de las fuerzas armadas nacionales o grupos armados organizados que los alistan o reclutan. En consecuencia, la protección general y especial a que son acreedoras las niñas menores de 15 años, no se limita a las agresiones provenientes de las partes adversas en el conflicto, sino que se extiende también a la violencia sexual ejercida contra ellas por los miembros del propio grupo que las alistó o reclutó, incluso en el caso de que ésta sea ejercida por los comandantes que las tomaron como esposas o compañeras. Las niñas menores de 15 años alistadas o reclutadas entre 2002 y 2003 por las FPLC de Thomas Lubanga y Bosco Ntaganda eran sin duda acreedoras de dicha protección.