26 resultados para Ramos del Manzano, Francisco
em Universidad del Rosario, Colombia
Resumo:
Escritura de venta del esclavo Francisco de trece años aproximadamente hecha por Miguel Francisco de Ledesma a Juan Sebastián Rodríguez Raygada. El esclavo fue vendido por 270 pesos.
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Sebastián Rodríguez Raygada vende al esclavo Francisco de catorce años aproximadamente por doscientos setenta y cinco pesos a Francisco de Campos. Otorga poder a Bartolomé de Espinoza para recibir el dinero y entregar la escritura de venta al dicho Francisco de Campos. Ante el escribano don Pedro Calixto
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Francisco del Campo vendió al esclavo Francisco de catorce años aproximadamente a Martín Polo Caballero por 280 pesos.
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Listado de los principales, réditos y capellanías que le pertenecían al difunto Francisco Lucas Pérez Manrique. Se exponen las cantidades de dinero de dichas transacciones y sus destinatarios.
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Luis Ignacio del Castillo pide a la Real Audiencia la adjudicación de parte de los bienes del difunto Francisco Lucas Pérez Manrique canónigo de la Catedral de Santafé, a cambio él se haría cargo de un principal de capellanía (préstamo) sobre la casa que habitaba y que pertenecía al dicho Francisco Lucas Pérez. Se incluye un inventario de los bienes con sus respectivos valores y la aceptación de la solicitud por parte del Albacea testamentario Francisco Javier Tello.
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La campana política del Partido Verde para la presidencia en 2010 fue una campaña con muchas particularidades. Este trabajo analiza dicha campaña y resalta las técnicas de investigación cuantitativa y la incidencia de estas en las estrategias de marketing electoral, todo lo anterior bajo el modelo de plan de marketing del profesor Francisco Javier Barranco.
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Reclamo al testamento de Fray Cristóbal de Torres por parte del bachiller Francisco Mendoza quien le sirvió como crucero y capellán, y no fue remunerado por su tiempo de servicio. El reclamo se resuelve concediéndole el pago de siete mil seiscientos veinte y cinco pesos de ocho Reales por el servicio prestado durante dieciocho años y nueve meses.
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En 1965 se clausuró el Concilio Vaticano II que abrió las puertas de la iglesia Católica hacia la modernidad. La presente investigación examina los rasgos de liderazgo del Papa Francisco y la relación de éste con el cambio institucional en el Estado Vaticano; de ese modo se hará también una comparación entre las características comunes de los últimos dos pontífices y su repercusión en la toma de decisiones. Los resultados de este trabajo podrían ser importantes para quienes estén interesados en la investigación de los conceptos aquí mencionados, en tanto que se evidencia una relación entre estos y un caso específico. Esta investigación es cualitativa dado que pretende estudiar una serie de eventos específicos de la historia del Vaticano.
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El rector del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario, doctor Francisco Ramírez Floreano de Hoyos le solicita al patrono del Colegio, Francisco del Rincón arzobispo y presidente del Nuevo Reino de Granada, restablecer las cátedras de leyes, lo cual fue aceptado. Fueron nombrados tres oidores de la Real Audiencia, para la cátedra de prima el licenciado don Vicente Aramburu, de Vísperas el licenciado don Mateo de Yepes y Mijares de la Cuadra. Además se ratificó en la cátedra de vísperas de Sagrados Cánones al doctor Manuel Antonio Zapata y Flórez.
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En la búsqueda a soluciones al conflicto armado en Colombia, se han inmiscuido una serie de actores, en donde la sociedad civil ha tenido una gran importancia. El Magdalena Medio es una región en donde confluyen diferentes actores armados, además de los problemas que la rodean: pobreza, subdesarrollo. Razones por las que la Corporación Desarrollo y Paz del Magdalena Medio en cabeza del Padre Francisco de Roux S.J, con ayuda de la sociedad civil llevaron a cabo una Diplomacia Paralela, para obtener recursos de Cooperación Internacional de la UE y se construyera el primer Laboratorio de Paz en Colombia. Esta, se desarrolla no sólo por la innovación de las propuestas de los pobladores para poner fin al conflicto, sino también para impulsar el desarrollo de la región, demostrando la importancia de la Diplomacia Paralela desarrollada por la sociedad civil en escenarios internacionales, conocida mediante diferentes documentos, videos y artículos académicos.
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Poder de Martín Polo Caballero a Manuel Calleja para encargarse de sus asuntos, entre ellos la venta de dos esclavos: Francisco de 16 años y María Antonia de 17 años. Los esclavos fueron vendidos al rector del Colegio Mayor del Rosario Francisco Javier Tello por 600 pesos.
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Juicio en contra del testamento de Francisco Lucas Pérez Manrique sobre dinero que quedó debiendo a Santiago de Linares párroco de Quebrada negra. Los albaceas de Santiago de Linares presentan declaraciones juramentadas sobre la existencia de la mencionada deuda para que se pague de los bienes del difunto Francisco Lucas Pérez Manrique. Al final del expediente se acepta la demanda y se ordena el pago.
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Durante el mes de octubre del año 2005, en la sede del ilustre Colegio de Abogados de Madrid, y con ocasión de las jornadas fiscalía y abogacía ante la justicia internacional, se reunieron expertos provenientes de diversos lugares del mundo, quienes cumplen diferentes roles al interior de la justicia penal nacional en cada uno de los estados de los que provienen, así como miembros de la Corte Penal Internacional, con el fin de disertar sobre diversos temas relacionados con la justicia penal internacional. Este libro recoge las memorias del congreso “Fiscalía y abogacía ante la justicia internacional”, así como un prologo elaborado por el decano de la Facultad de Jurisprudencia, doctor Alejandro Venegas Franco, en compañía del director adjunto de la oficina del Banco Interamericano de Desarrollo en Europa, doctor Fernando Carrillo Flórez, y un epilogo del doctor Francisco José Sintura Vadela, Director del Área de Derecho Penal de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario. La importancia de la Corte Penal Internacional en el mundo contemporáneo, así como la claridad y profundidad conceptual de los escritos recogidos en este texto, lo convierten en un documento obligatorio de consulta para los interesados en este novedoso instrumento de la justicia universal.
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Durante los últimos 35 años las drogas ilegales han constituido un factor significativo en el drama social colombiano. Hoy día es común atribuir a éstas la causalidad de muchos problemas del país y se han elaborado algunas explicaciones del desarrollo de dicha "industria" en Colombia, de las cuales se derivan recomendaciones de política, tanto las implementadas por los gobiernos como las recomendadas por los críticos. El Centro de Estudios y Observatorio de Drogas y Delito (Ceodd),(...) de la Facultad de Economía de la Universidad del Rosario, ha encontrado que las explicaciones más comunes pueden clasificarse en tres grupos. El primero, incluye afirmaciones simples que atribuyen el desarrollo de las drogas ilegales a la pobreza, a la desigualdad, a las crisis económicas, a la corrupción o a la localización de Colombia a mitad de camino entre las plantaciones de coca de Bolivia y Perú con Estados Unidos. (...) En segundo lugar, se encuentran las razones basadas en modelos de criminalidad común, también llamados policivos, en los cuales las leyes surgen de procesos legitimados por la sociedad y quienes las violan son considerados personas con comportamientos desviados, que deben corregirse por medio de sanciones o restricciones. Siguiendo este enfoque, las políticas hacia las drogas tienen que ser represivas. En tercer lugar, están las respuestas basadas en la elevada rentabilidad de las drogas, generada por su ilegalidad, y por la existencia de una gran demanda internacional: por ejemplo, un kilo de cocaína en Colombia puede costar unos US$1.500 y cuando llega a los Estados Unidos se paga entre US$15.000 y US$18.000. Según estimaciones de las Naciones Unidas, en los últimos años la demanda mundial de cocaína ha estado alrededor de 800 toneladas. Este enfoque justifica la producción ilegal y quienes lo apoyan creen que el país produce drogas como resultado de un ‘choque externo’. Los que comulgan con esta posición consideran que Colombia, en los años sesenta, era una nación típica en términos de criminalidad, afectada por el surgimiento de una gran demanda externa de drogas que estimuló la producción de éstas. Este desarrollo constituye la causa principal de los graves problemas que enfrenta actualmente el país. Según esta explicación, la razón por la cual el país produce drogas radica en el exterior y la única solución es la legalización para acabar el ‘choque externo’. Desafortunadamente, quienes apoyan este modelo no explican por qué ese ‘choque externo’ afectó de manera tan grave a Colombia y no a otros países como Ecuador, Perú y Bolivia, donde no se desarrollaron grandes carteles de traficantes, o en Malasia, Indonesia y Taiwán, que en el pasado fueron grandes exportadores de coca. Sin embargo, la evidencia empírica encontrada por el Ceodd contradice los argumentos anteriores, pues ninguno explica por qué la producción y el tráfico de drogas ilegales están concentrados en pocos países. En el caso de la teoría policiva, la concentración se explicaría solamente si por razones genéticas una población fuera más proclive al crimen. Respecto a la producción justificada por la rentabilidad, ésta se explicaría si todos los países que pudieran producir coca, amapola, cocaína y heroína lo estuvieran haciendo. La coca puede crecer en unos 30 países, la amapola en 120 y la cocaína y la heroína se pueden refinar en cualquier parte del mundo. Por consiguiente, si la rentabilidad determinara la producción, Colombia sería sólo uno entre los muchos productores. De la misma forma, otras explicaciones como la pobreza, las crisis, la desigualdad y la corrupción fallan porque dichos problemas son endémicos en muchas sociedades que no producen o trafican drogas. La localización geográfica del país, por su parte, no explica por qué en Colombia surgieron las grandes organizaciones criminales. Además, cuando la diferencia entre los precios de exportación e importación es tan grande, como en el caso de la cocaína y de la heroína, los costos de transporte y la distancia son problemas menores. En ese caso lo que importa es reducir el riesgo y no la distancia. Ahora bien, si no hubiera demanda de drogas tampoco habría oferta y sin oferta no habría demanda. La teoría económica enseña que la demanda y la oferta son como las dos hojas de una tijera: ambas son necesarias para que haya un mercado. Para el Ceodd, estas afirmaciones son ciertas pero triviales e incompletas. La rentabilidad de las drogas es una condición necesaria, pero no suficiente para que en un país se cultive coca y se refine cocaína. Entonces, lo que se debe averiguar es por qué una condición necesaria, en el caso colombiano, se vuelve suficiente. Es claro que la gran demanda internacional es ilegal y que cuando un producto fácil de fabricar, que no requiere grandes destrezas o capital -como la cocaína o la heroína- es declarado ilegal a nivel mundial, su producción y tráfico tenderá a concentrarse en los países donde el imperio de la ley sea más débil y la sociedad más laxa frente a la ilegalidad. Es cierto que si la cocaína no fuera rentable no se produciría, pero Colombia no concentra la producción de cocaína porque sea rentable sino porque es ilegal, advierte el director del Ceodd, Francisco E. Thoumi.
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Hay imágenes que calan enérgicamente en la mente y que difícilmente se borran. Algunas de ellas son las escenas que, constantemente, registran los medios de comunicación sobre los desalojos que sufren las familias o sobre los procesos de extinción de dominio. Ver cómo se diluyen los sueños de las personas cuando pierden su vivienda, terreno o empresa, no es un hecho fácil de digerir. Por ello, la Constitución Nacional vela por la defensa de la propiedad o el dominio. El Artículo 58 de la Constitución Nacional, dice que éste “es un derecho inviolable y sagrado del cual nadie puede ser privado, salvo en el caso de evidente necesidad pública, legalmente acreditada y a condición de una justa y previa indemnización”. Como si esto no fuera suficiente, la normatividad también es enfática al explicar que, bajo ninguna bandera, el legislador (quien ejecuta las leyes) está autorizado para establecer expropiaciones o extinciones de dominio por fuera de las instrucciones acuñadas en los Arts. 34, 58 y 59 de la Constitución. No obstante, y pese a las buenas intenciones de la normatividad colombiana, la flexibilidad de interpretación que permiten ciertos términos de la Ley, ayuda a que se cometan atropellos contra la población civil. Por ello, resulta vital que los ciudadanos comprendan todos los aspectos que giran en torno al tema de la propiedad, es decir, identificar cuándo una expropiación o extinción son legales, y cuándo se viola el derecho al dominio. Para lograr este objetivo, los profesores de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, Francisco Ternera Barrios y Fabricio Mantilla Espinosa, se dieron a la tarea de investigar lo que por siglos ha ocurrido con respecto a la “función social” de la propiedad. Aquí, en este artículo, exponen de forma concisa y valiosa lo que todo ciudadano merece saber; porque, como bien se dice, el que posee la información, tiene el poder.