57 resultados para Portichuelo y Zea, Antonio Francisco
em Universidad del Rosario, Colombia
Resumo:
Petición de becas del Colegio Mayor del Rosario por parte del Capitán Gerónimo de Berrío para sus tres sobrinos: Juan y Antonio de Montoya, y Lope de Betancur. Decreto de aceptación del presidente de la Real Audiencia Informe del Rector del Colegio Mayor Cristóbal de Torres Bravo sobre las cualidades y aptitud de los tres candidatos a las becas Auto de nombramiento de colegiales formales becados a Juan de Mosquera, Antonio de Mosquera y a Lope de Betancur.
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Expediente con interrogatorios incompletos sobre Francisco José Huergo. Contiene preguntas sobre su limpieza de sangre y oficios. Creado entre los años 1770-1777.
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El virrey y arzobispo de la Nueva Granada Antonio Caballero y Góngora aprobó mediante este decreto, el nombramiento de Juan Francisco Vázquez en una de las becas destinadas a los naturales de la ciudad de Tunja para cursar la cátedra de teología en el Colegio Mayor del Rosario
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La reelegibilidad presidencial ha sido objeto en Colombia de una reforma constitucional. Sin embargo –lejos de ser un problema de nuestra Nación-, afecta las raíces de la democracia, como demuestran los estudios aquí recogidos. Tras la reelegibilidad subyace el punto fundamental que opone a dos formas de democracia: representativa y republicana. Para los primeros, en el Estado constitucional no cabe limitar el derecho del pueblo a elegir a sus representantes, único derecho que los hombres conservan tras el pacto. Para los partidarios de la República, la participación es un deber y la amenaza está en una profesionalización de la política, que desemboque en democracia sin ciudadanos. Estamos entonces ante unos de los interrogantes que se sitúan en las preocupaciones de los más relevantes pensadores de la época -Pocock, Skinner-: ¿podrá la política vencer a la fortuna?, ¿Cuándo la República esta amenazada por el triunfo de la sociedad financiera, de la mundialización y de la enajenación cívica del hombre, cabe construir una alternativa a la lógica del poder desde la lógica de política?. Este problema ha sido abordado por constitucionalistas europeos y colombianos, en un proyecto de investigación estructurado en dos partes. Primero, trabajos monográficos de Gomes Canotilho, Eloy García, Fernando Maura, Leandro Martínez Cardós, Eduardo Rozo, Francisco Bobillo. Giovanni Cordini y José Antonio Sarmiento, y de los colombianos Eduardo Cifuentes y Carlos Ariel Sánchez. Segundo, la transcripción de las actas de una discusión que tuvo lugar en octubre de 2006, en la que junto a la cuestión propuesta, se plantearon problemas como la distinción entre inelegibilidad e inhabilidad (incompatibilidad), los efectos de la irreelegibilidad en Colombia o su significado en la política norteamericana. La publicación en la Editorial Universidad del Rosario de este libro pone a disposición del lector colombiano una obra inédita en Europa, que recoge un material elaborado por un importante grupo de investigadores de primera línea, sobre un tema que hasta ahora carecía de bibliografía. Nadie que en lo sucesivo quiera pronunciarse sobre la reelegibilidad en Europa o en América podrá prescindir de los argumentos que aquí se exponen.
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El distanciamiento presidencial entre Colombia y Venezuela, dejó problemas de orden económico, político y social en la frontera de Cúcuta (Colombia) y San Antonio del Táchira (Venezuela). Estas implicaciones negativas se deben a las diferencias de concebir la seguridad y la integración por parte de los presidentes de turno, Hugo Chávez y Alvaro Uribe.
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La energía eléctrica y los bienes o activos eléctricos (de acuerdo con la definición técnica) con que se lleva a cabo su prestación, goza de una particular regulación y normatividad, explicables por la importancia capital de este servicio público, sumado al diseño institucional traído por la constitución de 1991, lo que la hace especialmente compleja, dinámica y abierta a precisiones. Es ese sentido, se parte de un entendimiento inicial de todos los activos que conforman una red de generación, transmisión y distribución eléctrica, para de esa forma comenzar a esbozar el régimen jurídico de los mismos, dependiendo de su posición dentro de la cadena de suministro eléctrico. Una vez concluido este acercamiento, se abordan los principales problemas previsibles desde una perspectiva puramente académica, como por ejemplo el relacionado con el alcance de los conceptos de la CREG y su valor normativo, la presunta inembargabilidad de los bienes destinados a la prestación de servicios públicos en cabeza de comunidades organizadas y el problema de la propiedad de particulares sobre activos conformantes de la red de suministro eléctrico y la salida normativa a ese conflicto (pues no debe olvidarse que los propietarios de activos de uso general, de acuerdo con la CREG, deben ser prestadores de servicios públicos domiciliarios) de modo tal que se respeten los derechos de propiedad. De cada uno de estos interrogantes surgen soluciones que lejos de zanjar las discusiones al respecto, buscan abrir el debate sobre un tema de tan capital importancia.
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Los debates en torno al concepto de seguridad han aumentado debido al fortalecimiento de la Democracia Liberal, el Estado de Derecho y la protección de los Derechos Humanos. En este contexto, se han establecido nuevos enfoques de seguridad que responden a los desafíos actuales que enfrenta el ser humano como alimentación, trabajo, salud, educación y vivienda. De esta manera, el enfoque restringido del concepto de seguridad entendido como la protección del Estado ha sido complementado, y no reemplazado, por la seguridad humana. Entre una gran variedad de posturas, Canadá y Japón se destacan en el marco de los estudios de seguridad, especialmente, en el estudio y aplicación de la seguridad humana. Kosovo, por su parte, se vio beneficiado por la participación de Canadá y Japón a la luz de los principios de Freedom from Fear y Freedom from Want durante su proceso de reconstrucción.
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La monografía buscó realizar un análisis crítico del concepto de Seguridad Humana en relación con la actuación de la MINUEE en el período de guerra(1998-2000) y luego del retiro de la Misión (Julio de 2008), para establecer una crítica constructiva al funcionamiento de las OMP de la ONU, determinar los aciertos y desaciertos de la Misión en el uso del concepto de Seguridad Humana y sus múltiples dimensiones definidas en el PNUD(Seguridad: de la comunidad, de la salud, política, alimentaria, ambiental y personal) y comprender por qué la Misión fracasó en su intento de dirimir la crisis humanitaria y dar fin al conflicto.
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Petición del Colegial Juan Agustín de Rio, por una de las quince becas primera fundación del Colegio Mayor del Rosario, seguida del decreto del presidente de la Real Audiencia de Santafé proveyendo el nombramiento y la confirmación final de dicho nombramiento de beca y colegial formal. Siendo rector el doctor don Enrique de Caldas Barbosa y secretario don Francisco Ramírez Floreano de Hoyos.
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1. Petición de beca por parte de José Ugarte 2. Decreto de los oidores de la Real Audiencia de Santafé 3. Informe del rector del Colegio Mayor del Rosario sobre las cualidades de José Ugarte pretendiente de la beca en reemplazo de don Juan Agustín del Río 4. Auto de nombramiento de colegial formal al pretendiente de la beca. Siendo rector el doctor don Gregorio de Borja y Espeleta de Montenegro y secretario don Francisco Ramírez Floreano de Hoyos.
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1. Petición de beca por parte de Manuel Félix Galvadón. 2. Decreto proveído por el presidente de la Real Audiencia de Santafé 3. Informe del rector del Colegio Mayor sobre las cualidades y aptitudes del pretendiente a la beca 4. Decreto de nombramiento de colegial formal a Manuel Félix Galvadón. Siendo rector el doctor don Antonio de Mur Sol de Villa y Grijota.
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1. Petición de beca por parte de Manuel Zapata y Flórez 2. Decreto proveído por el presidente de la Real Audiencia de Santafé 3. Informe del rector del Colegio Mayor sobre las cualidades y aptitudes del pretendiente a la beca 4. Auto de nombramiento de colegial formal a Manuel Zapata y Florez. Siendo rector el doctor don Antonio de Mur Sol de Villa y Grijota.
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El rector del Colegio publica un edicto para comunicar a la comunidad del Colegio Mayor del Rosario sobre la vacante de catedrático de Artes, presentan su solicitud para la oposición: Feliciano de Mañas y Riopa, Antonio Claudio Briceto y Jacinto Roque de Guzmán. El expediente continúa con las oposiciones de los tres candidatos, se describe el protocolo de la presentación y argumentación de las preguntas ante las cabezas del Colegio Mayor y de la Real Audiencia de Santafé. Luego se expone la elección del nuevo catedrático de artes: Jacinto Roque de Guzmán. En el folio 22 se encuentra la solicitud de admisión al rector por parte del nuevo catedrático. Siendo rector don Juan Andrés Manzanares y Juera, vicerrector don José Manzanares y secretario don Francisco José Flórez y Vanegas.
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Este trabajo busca encontrar una solución para aquel consumidor local que ha celebrado un contrato de compraventa internacional de mercaderías, y el bien objeto de contrato tiene un defecto que genera daño. Propone la aplicación de la falta de conformidad, a través de la figura del efecto atenuado del orden público, como una medida que sustituye la responsabilidad por producto defectuoso contenida en la ley 1480
Resumo:
El virrey y arzobispo de la Nueva Granada Antonio Caballero y Góngora aprobó mediante este decreto, el nombramiento de Miguel Antonio Valenzuela y Mantilla en una de las becas destinadas a los naturales de la ciudad de La Palma para cursar la cátedra de filosofía en el Colegio Mayor del Rosario.