69 resultados para Libertad condicional. Suspensión de la pena. Pena de prisión.Resocialización
em Universidad del Rosario, Colombia
Resumo:
In Colombia, in spite of the changes carried out with the reformes of 1994, in the sector of drinking water estructural problems persist in many municipalities. They are asociated to the quality, efficiency, continuity, coverage, and availability of the resource; resides, the goals of reducing costs, enlarging investments, promoting competition, and expanding coverage have not been achieved satisfactorily. It was thought that with the participation of the private sector there World be an enormous advance, but the results are not expected ones.
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A lo largo de la historia republicana de Colombia el debate sobre la pena de muerte siempre ha estado presente, directa o indirectamente. A pesar de que se abolió oficialmente en 1910, ha sido frecuente escuchar voces que se muestran favorables a una reaplicación de la pena de muerte. Uno de los momentos más significativos, quizá el más importante hasta la fecha, ocurrió en 1925. El objetivo de este artículo es reflexionar sobre el proceso histórico del cadalso en Colombia, buscando examinar las posiciones presentadas por abolicionistas y defensores de la pena de muerte en los primeros años del siglo XX. El artículo se divide en dos partes. La primera aborda reflexiones filosóficas sobre la pena de muerte, alrededor de Hobbes y Spinoza, incluyendo algunas referencias sociológicas de Durkheim. La segunda se concentra en estudiar algunas polémicas a favor y en contra del restablecimiento de la pena de muerte en Colombia.-----Throughout Colombia’s republican history the debate on the death penalty has always been present, either directly or indirectly. Despite it being officially abolished in 1910, many have frequently been heard favoring a reestablishment of the death penalty. One of the most significant events, and perhaps the most important to date, took place in 1925. The purpose of this article is to reflect on the historic process of scaffolding in Colombia, seeking to examine the opinions presented by abolitionists and defenders of the death penalty during the early years of the 20th century. It is divided into two parts. The first addresses the philosophical questions regarding the death penalty, from Hobbes and Spinoza, and including some sociological references to Durkheim. The second concentrates on studying some of the polemics in favor and against the reestablishment of the death penalty in Colombia.
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En esta monografía se analizará la importancia discursiva de la noción de libertad para el pueblo norteamericano, y cómo en su nombre y en pro de su defensa se han esgrimido posturas tan opuestas al aislacionismo como al intervencionismo, discursos característicos de su política exterior. El tema ha sido elegido a partir del interés subjetivo que se ha creado, teniendo en cuenta las acciones contradictorias de los Estados Unidos desde el momento en el que se erigieron como potencia hegemónica tras la finalización de la Segunda Guerra Mundial en 1945. Para realizar el presente estudio se tomarán en cuenta diferentes elementos. El primero de ellos que se analizará en el capítulo 1, es el concepto de libertad, relevante en tanto que ha servido de apoyo a la nación norteamericana para enfrentar desde sus inicios como república (1776) los desafíos que encaraba al mostrarse al mundo como un ente autónomo con ambición de mantenerse libre de cualquier injerencia del exterior.
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Este trabajo final de grado evalúa la existencia de la pena de muerte en Colombia en su visión formal y real, a través del estudio de caso de la masacre de El Salado, en la cual las Autodefensas Unidas de Colombia toman la justicia en sus manos ejecutando a más de 60 civiles. Inicialmente se hace una descripción de cómo se ha tratado el tema de la pena de muerte a lo largo de la historia, dando una breve apreciación de lo que representa y ha representado para la civilización occidental, así como del concepto y de los tipos de penas de muerte y ejecuciones. Seguidamente se describe la historia de la pena de muerte en Colombia; como ha sido planteada la discusión del tema y como ha sido abordada institucionalmente desde la Constitución colombiana. Posteriormente se hace una breve descripción de los hechos que acontecieron durante la masacre de El Salado, los juicios aplicados, los medios de eliminación bélica y no bélica que allí tuvieron lugar y las consecuencias psicosociales para la población. La masacre tuvo lugar entre el 16 y el 21 de febrero del 2000. Finalmente se evalúa el concepto de pena de muerte y cómo ha sido la visión formal de su aplicación, así como la responsabilidad del Estado ante la aplicación de esta por parte de actores armados no institucionales. Asimismo, se evalúa la existencia de la pena de muerte desde tres puntos de vista: desde el Estado, desde las victimas y desde los victimarios.
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El Estado Colombiano en los últimos años ha venido sufriendo múltiples condenas por la privación injusta de la libertad, de la que han sido víctimas miles de ciudadanos que luego de pasar varios años en la cárcel son absueltos, conllevando esto a que se presenten una serie de demandas de reparación directa contra el Estado para que sean reparados patrimonialmente por este error, afectando de manera notoria e impactante ocasionando un perjuicio fiscal , pues las demandas por esta causal son las más costosas contra el Estado, según la Agencia Nacional de Defensa Judicial estas demandas a 2013 acumulan aproximadamente 20 billones de pesos en pretensiones. De acuerdo con el preámbulo anterior, se plantea y se responde el siguiente interrogante: ¿Hasta dónde llega la carga de un ciudadano por la privación injusta de la libertad, y cómo debe ser esta reparada administrativamente por el Estado en Colombia? En 5 capítulos, en donde se desglosa el tema y se analizan cada uno de los componentes relacionados con la privación injusta de la libertad se da respuesta al interrogante planteado; En el primer capítulo se inicia dando una visión global de la privación de la libertad en Colombia, sus normas generales y normatividad internacional; en el segundo capítulo se trata sobre los regímenes de la privación injusta de la libertad, posturas por parte de la Corte Suprema de Justicia y Consejo de Estado al respecto, incluyendo la carga de un ciudadano por la privación de manera injusta de su libertad; continuando el análisis, en el tercer capítulo se habla sobre la aplicación del principio de in dubio pro reo y cuando hay lugar a declarar la responsabilidad del Estado por una absolución con base en este principio; en el cuarto capítulo se trata sobre los regímenes de responsabilidad y como se configura la responsabilidad del estado frente a los mismo; y el último capítulo trata sobre la cuantía de las condenas en el momento que el estado debe indemnizar por la privación injusta de la libertad y su diferente evolución presentado las sentencias de unificación sobre la reparación de daños, topes indemnizatorios, entre otros. La jurisprudencia que sobre el régimen de responsabilidad por privación injusta de la libertad avala en la actualidad el Consejo de Estado, establece que es ilegítimo para un Estado Social de Derecho como el nuestro, exigir a los asociados, la asunción de la carga de soportar una investigación penal y la privación de la libertad, bajo el argumento de conservación del interés y seguridad general de la comunidad, en la investigación y sanción de los delitos. La tesis expuesta se sustenta en el carácter fundamental del derecho a la libertad, que obliga al Estado a su cuidadosa protección y defensa, por tanto, cualquier restricción, por corta que sea, siempre que no encuentre justificación, configura un daño antijurídico que debe ser resarcido, análisis que debe realizar en cada caso concreto el juzgador, pues no se trata de condenar al Estado por todas las investigaciones penales en las que se absuelva al sindicado. La responsabilidad del Estado puede originarse en dos fuentes: la falla del servicio o la responsabilidad objetiva por el daño especial, cuando aún sin que se presente falla en el servicio, el Estado deba responder por el daño antijurídico causado por un agente suyo. La privación de la libertad puede ser legal o ilegal; será legal cuando de los elementos materiales probatorios y evidencia física recogidos y asegurados o de la información obtenida legalmente, se pueda inferir razonablemente que el imputado puede ser autor o partícipe de la conducta delictiva que se investiga; además, dicha privación de la libertad, debe tener como fin evitar la obstrucción de la justicia y asegurar: 1º) La comparecencia del imputado al proceso, 2º) La protección de la comunidad y de las víctimas y 3º) El cumplimiento de la pena. Dicha privación legal de la libertad se puede presentar de tres maneras a saber: 1º) En virtud de orden judicial, la cual consiste en orden escrita proferida por un juez de control de garantía con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la ley. 2º) Sin orden judicial, la cual tendrá lugar cuando no sea posible obtener inmediatamente orden judicial y por los motivos previstos en la ley y 3º) Por captura en flagrancia. (Arts. 296, 297, 300, 301 y 308 de la ley 906 de 2004 C.P.P.); o será ilegal cuando no se cumplan los requisitos anteriormente descritos. La responsabilidad del Estado por la privación injusta de la libertad a un ciudadano no depende del tiempo qué este permanezca en tal situación, sólo basta con demostrar los supuestos o los requisitos que la legislación y la jurisprudencia han determinado para que opere. El Estado debe responder por la legal privación injusta de la libertad a título de desequilibrar las cargas públicas, ya que con ello ocasiona un daño especial al privado legal e injustamente de su libertad, lo especial de dicho daño es que el Estado responda por sus actuaciones ajustadas al ordenamiento jurídico, debiéndose desarrollar este bajo el régimen de responsabilidad objetivo, en el que, el elemento culpabilidad no es tenido en cuenta y lo fundamental para endilgar responsabilidad al Estado es únicamente el daño y su antijuridicidad. El ser privado de la libertad, siendo inocente - así sea que dicha privación se de con apego al ordenamiento jurídico - no es una carga que las personas estén obligadas jurídicamente a soportar; por lo cual los daños producto de tal privación son antijurídicos, naciendo con ellos una responsabilidad para el Estado. Es decir, tal como lo ha reiterado el Consejo de Estado, los ciudadanos no están en la obligación de soportar que estos errores de procedimiento afecten su derecho a la libertad, sin compensación alguna, por el solo hecho de vivir en sociedad; por tanto, cualquier restricción, por corta que sea, siempre que no encuentre justificación, configura un daño antijurídico que debe ser resarcido. La detención preventiva, debe ser concebida, como una medida excepcional que se debe aplicar sólo en circunstancias extremas, pero no como procedimiento regular. Las millonarias indemnizaciones que podrían generarse por estos errores de la Fiscalía hacen de este tema, sin duda, un asunto prioritario para la entidad y para el Estado en general
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El interés del presente estudio consiste en analizar el tema del sistema de administración de penas y castigos colombiano, entre 2000 y 2005; a la luz de los planteamientos de Michel Foucault, en su obra Vigilar y Castigar; en lo concerniente al encierro como castigo y los elementos que se pueden desprenden: saber, disciplina, resistencia. Mediante una conjunta contextualización histórica y conceptual; se va haciendo una caracterización del funcionamiento, estructura, misión, objetivo etc.; de la prisión que en términos generales es similar; es decir, aunque haya avances teóricos, tecnológicos y científicos, a través del tiempo emergerán saberes sometidos que se instauran muchas veces, como medio de sobrevivencia. Comprobando que efectivamente sí, se fundamentan saberes locales, en una sociedad de control tan reprimida como la Cárcel Modelo de Bogotá.
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En el presente trabajo se analiza la obligación de investigar graves violaciones de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, a la luz de la sentencia de la Corte Constitucional Colombiana referente a la constitucionalidad del Marco Jurídico para la paz. De la aparente remisión que hace la Corte Constitucional a la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el deber de investigar graves violaciones de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario se concluye que la Corte Constitucional propone como premisa mayor una obligación que surge de una interpretación extensiva de la Convención Interamericana. De la misma forma, se estudia el tratamiento indebido del derecho aplicable a las amnistías e indultos, que se relaciona con la necesidad de evitar cualquier tipo de impunidad, cuyo concepto sirve para esclarecer cuáles son los estándares que se quiere proteger. Por último, se analiza el contexto al que se pretende aplicar dicha obligación, es decir, la justicia transicional, proponiendo un modelo interpretativo de los fines de la pena, y su aplicación por medio de la favorabilidad penal, para la justicia transicional, que sea acorde a la interpretación de la Convención Interamericana.
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Desde hace siglos el derecho penal fijó como pena principal por excelencia la privación de la libertad y pese a que creemos surgió como un adelanto para la humanidad, pues remplazó la pena capital
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Una de las etapas procesales de mayor importancia en las nuevas acciones populares corresponde a la denominada audiencia especial para pacto de cumplimiento. En apariencia se trata de una audiencia similar a la de conciliación, pero sus antecedentes, interpretación jurisprudencial práctica y judicial, muestran novedosos aspectos que vale la pena conocer e investigar. La audiencia especial para pacto de cumplimiento es, ante todo, la oportunidad para analizar los acuerdos que permitan la protección efectiva de los derechos colectivos y, si es posible, el restablecimiento de las cosas al estado en que se encontraban antes de ser perturbadas. La ventaja de esta audiencia es que en ella se pueden obtener soluciones reales, discutidas entre los intervinientes, con el compromiso respaldado por sus firmas de levar a cabo las medidas convenidas y con el seguimiento de un comité o de una auditor para apoyar al juez en la búsqueda del cumplimiento de los acuerdos plasmados en la sentencia.
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La palabra marketing no existe en español. Según el Diccionario de la Real Academia Española, marketing es una voz inglesa que se usa para referirse a la mercadotecnia, es decir, al conjunto de técnicas y principios que buscan el aumento del comercio, especialmente de la demanda. Si aplicamos esa definición al mundo de los abogados, podemos decir que el concepto de marketing jurídico está conformado por el conjunto de técnicas y principios que un jurista puede utilizar con miras a incrementar la demanda de sus servicios. Esta obra trata sobre las principales estrategias de marketing jurídico que se conocen en la actualidad, a saber: la creación y mantenimiento de una identidad corporativa en las firmas de abogados, las técnicas para mejorar el servicio al cliente, los criterios más aceptados para el cobro de honorarios y el aumento de la visibilidad de las firmas a través, entre otras, de la publicidad propiamente dicha, la vinculación a asociaciones profesionales o la publicación de artículos de investigación en periódicos y revistas especializadas. Sin embargo, vale la pena advertir, de antemano, que varios capítulos están dedicados al tema de la responsabilidad profesional, pues la autora sostiene que el buen nombre del abogado es la mejor herramienta de marketing: el abogado que no comete faltas a la honradez, es leal con su cliente, es diligente y conoce la materia sobre la cual asesora, siempre será admirado y respetado. Sus clientes y colegas lo recomendarán.
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La perdurabilidad es un tema que se ha estudiado ampliamente en el mundo. En Colombia se hizo un estudio sobre las condiciones para crear perdurabilidad en las empresas colombianas, este estudio se hizo con el grupo de investigación de la Universidad del Rosario conjunto con empresarios de organizaciones colombianas. Existen diversos estudios y casos de perdurabilidad que bien vale la pena estudiarlos. Este trabajo muestra una comparación entre los estudios hechos en la universidad y diversas fuentes de literatura en la perdurabilidad empresarial. A medida que se avanza en este trabajo se establecen relaciones entre ambos puntos de vista las cuales son claves para el entendimiento de la perdurabilidad empresarial por parte de los dirigentes de empresas. Se establecen similitudes que sirven de herramienta para afianzar el ejercicio empresarial y apuntar a que las organizaciones creen espacios y condiciones para la perdurabilidad empresarial.
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En este documento, se presenta una descripción del sector financiero colombiano, desde la mirada de bancos extranjeros que se especializan en la Banca Corporativa, ubicando los principales competidores y los productos con los cuales salen a hacen la mayor participación del mercado. Adicionalmente a esta descripción, se analizan los factores que permiten perdurar a las tres empresas financieras más grandes de Colombia, en el sector de Banca Corporativa (Banco HSBC, Helm Bank y Citibank). Para tal fin, se utiliza como base la metodología de análisis estructural de sectores estratégicos, diseñada por el Grupo de Investigación en Perdurabilidad Empresarial de la Universidad del Rosario. Este documento fue realizado de manera conjunta por estudiantes de la asignatura Estrategia de Empresa I y el profesor Hugo Alberto Rivera Rodríguez. La Banca Corporativa es “[…] una banca especializada en prestar servicios de banca de negociación o inversión a grandes empresas, multinacionales y corporaciones” (“Banca Corporativa”, 2012). La Banca Corporativa en Colombia es uno de los principales ejes económicos del país, pues apoya el desarrollo y crecimiento de las empresas, además de ser la encargada de canalizar los recursos a los diferentes sectores económicos. “Colombia ha adquirido una banca especializada, la cual cuenta con diferentes tipos de organizaciones, que cubren las diversas necesidades del mercado. Vale la pena mencionar, que el sector financiero colombiano está regulado por dos órganos de control[:] el [B]anco de la [R]epública y la [S]uperintendencia [F]inanciera” (García y Fonseca, 2011). “El Banco de la Republica es la entidad encargada de realizar las actividades de banca central[,] tales como lo son la emisión de moneda legal, el control de la circulación monetaria, [y] la administración de las reservas[,] y puede actuar como un prestamista en últimas instancias. El [B]anco de la [R]epública no es el encargado de regular la banca, esta función es asumida por la [S]uperintendencia [F]inanciera” (García y Fonseca, 2011). “La [S]uperintendencia [F]inanciera es la encargada de supervisar el sector financiero en Colombia[;] efectúa una supervisión rigurosa de todas las entidades que hacen parte del sector financiero[,] buscando violaciones a la normatividad, [e] incluye sanciones derivadas de las quejas de los clientes” (García y Fonseca, 2011). El sistema financiero colombiano, especialmente en el sector de la Banca Corporativa, está manejado por entidades financieras internacionales. Las entidades financieras del rubro tomado son una parte esencial del desarrollo y crecimiento de las empresas, pues estas necesitan un ente externo especializado en realizar inversiones, que les presten capital para continuar con su desarrollo, además de servicios de cuenta corriente y de ahorros para hacer todos los movimientos financieros, que cada vez necesitan de manera más frecuente.
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Durante los siglos XVII y XVIII se presentaron varias querellas ante el Tribunal de Justicia Criminal del Nuevo Reino de Granada, en las que se denunciaba que había personas que ejercían los oficios médicos sin tener títulos que los acreditaran como facultativos en las artes curativas. Por ese entonces, se creía que quienes utilizaban yerbas y conjuros como métodos terapéuticos, por lo general mujeres, debían ser juzgadas como yerbateras-envenenadoras, porque no pretendían curar sino matar a quien consumiera sus preparados. El texto establece que los procesos criminales por envenenamiento constituyen un prisma en el que convergen diferentes problemáticas del periodo colonial neogranadino, relacionadas con la salud, los oficios médicos, las enfermedades, las creencias mágico-religiosas, el ideal de mujer en la época, la delincuencia, y las dinámicas de las instituciones españolas, entre otras. De esta manera, se estudió cómo fue la relación entre los aspectos jurídicos, las leyes criminales (dictadas por la Corona) y las conductas “desviadas” (relacionadas con el crimen por envenenamiento) de los habitantes del Nuevo Reino de Granada, entre los siglos XVII y XVIII. Para ello se revistaron desde diferentes perspectivas, varios temas del mundo colonial neogranadino, relacionados con los rumores, la comidilla, los chismes y la importancia de la comunicación hablada en el virreinato; el problema de la honra, como una de las virtudes más sobresalientes de la época y las creencias de la cultura popular con relación al envenenamiento y los diferentes métodos curativos.
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Esta investigación se desarrolla, bajo una hipótesis, la cual se busca comprobar, analizando la evidencia encontrada en documentos Teóricos investigativos de autores expertos y especialistas en el tema y en publicaciones de la prensa nacional además de las leyes que corresponden a las dos reformas de la salud la 1122 de 2007 y la 1438 de 2011. La hipótesis planteada para esta investigación es que “mientras los nuevos planteamientos para la reforma de la salud no incluyan dentro de su propuesta una solución evidente a los principales problemas encontrados en el sistema de salud actual y no establezca un control fiscal y una regulación verdadera sobre el manejo de los fondos del sistema de salud; Los principios de universalidad, eficiencia, integralidad, libre escogencia, competencia sana y calidad no serán cumplidos y por lo tanto el pueblo Colombiano no podrá ejercer su derecho a la salud como lo plantea la Constitución Política de Colombia de 1991 y la ley 100 de 1993. Para comprobar la hipótesis se han seleccionado como documentos a analizar, tres publicaciones de la prensa nacional, cuatro de autores expertos y especializados en el tema y tres documentos adicionales que corresponden a las dos reformas realizadas al sistema de salud en los años 2007 y 2011 y a la nueva propuesta radicada por el gobierno nacional a inicios de este año. Es de suma importancia conocer las apreciaciones de los autores sobre el grupo de variables que se utilizarán para desarrollar este estudio. Estas variables pertenecen a aquellas que influencian el equilibrio financiero y que adicionalmente afectan directamente a la población impactando su bienestar y su calidad de vida. Entre esas variables se destacan (i) aspectos demográficos y de la fuerza laboral, (ii) aspectos económicos como los niveles de ingreso, salarios y empleo, (iii) cobertura del sistema de salud, (iv) calidad y acceso a los servicios del sistema, (v) duplicidad del gasto (vi) flujo de los recursos del sistema de salud (problemas institucionales), (vii) Gasto en salud y estabilidad financiera y (viii) regulación financiera. El Formato utilizado para la comparación análisis y síntesis de los documentos teóricos investigativos y de las publicaciones de la prensa nacional, consta de tres cuerpos. El primero, contiene las características relacionadas con tiempo y espacio de la publicación. El segundo, hace énfasis en el contenido y en los temas y variables de interés para el desarrollo de la investigación. Y el tercero hace énfasis en el contenido y en los temas y variables de interés para el desarrollo de la investigación. Al hacer el análisis, síntesis y comparación de estos artículos se resolverán algunos interrogantes que pueden llevarnos a comprobar la hipótesis como los son:¿Cuáles han sido los principales logros en salud con el sistema actual?, ¿Cuáles han sido las principales fallas o problemas en el sistema actual de salud?, ¿Hay un buen manejo de los fondos destinados al sistema de Salud actual?, ¿La gestión financiera del Sistema de Salud Colombiano, permite que este sea un sistema de salud sostenible y perdurable para todos los colombianos?. Adicionalmente, existen otros interrogantes a destacar como lo son ¿En qué consiste la nueva reforma de Salud propuesta para el 2013?, ¿Los cambios planteados en la última propuesta para hacer una reforma al sistema de salud, realmente conducen a un avance o dejan de lado los principales problemas de la seguridad social en Colombia?, ¿La nueva propuesta para la reforma de la salud busca lograr una mejora radical en la gestión financiera del Sistema de Salud Colombiano?, ¿Cuál es la percepción de los principales autores, especialistas en el tema en cuanto a la erradicación total de los problemas más álgidos en el actual Sistema de Salud Colombiano, con la nueva propuesta para la reforma de la salud para el 2013? Este trabajo de investigación surgió debido a la radicación de una nueva propuesta para la reforma a la salud y la polémica que se ha generado alrededor de esta. Veinte años después de la aprobación de la ley 100, se han identificado logros importantes principalmente en cuanto a cobertura; lastimosamente, actualmente se han manifestado problemas financieros y de liquidez, a pesar de lo cual, vale la pena destacar que el sistema fue rentable e incluso generó excedentes financieros en su operación, durante sus primeros 10 años de funcionamiento. Ahora, según la evidencia teórica investigativa y de la prensa nacional, se determinará si la nueva propuesta para la reforma de la salud es una buena opción para el país.
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A través del tiempo se ha logrado ver cómo los medios de comunicación penetran cada vez más la forma de pensar, e incluso de actuar, de la gente. Políticamente se han convertido en herramientas de disuasión, alienación o simplemente distracción. En Colombia, revista Semana se ha caracterizado por tener un criterio y una práctica seria del periodismo, en este sentido, vale la pena analizar cómo se ha desempeñado este medio ante el tratamiento de la información frente a los movimientos de izquierda con participación en el Estado, específicamente el Polo Democrático y el movimiento Progresistas, con el fin analizar la calidad y objetividad de la información basados en puntos específicos como el discurso mediático, el análisis gráfico y la percepción de los principales líderes políticos de estos movimientos y periodistas.