6 resultados para Esteban, Santo
em Universidad del Rosario, Colombia
Resumo:
Santo Domingo Savio es un barrio de la Comuna Popular número 1,1 ubicado en el nororiente de la ciudad de Medellín (Antioquia, Colombia). Es un territorio formado a través de la ocupación marginal e ilegal de la tierra, que ha sido marcado por la violencia y la pobreza. El Estado, luego de años de abandono, ha implementado proyectos de desarrollo urbano que han generado infraestructura de transporte, espacio público y educación; proyectos que enmarcan la ciudad en el contexto de la competitividad. La actual dinámica territorial ha convertido esta comuna en un lugar atractivo para residentes y turistas, en un espacio reterritorializado por el Estado; además, ha transformado el lugar en un laboratorio de ciudad y en un modelo de renovación. Bajo este escenario, esta exploración pretende visualizar la territorialidad que en el transcurso del tiempo han tenido los diferentes actores en este espacio.
Resumo:
Escritor, ganador del premio Espartaco a la mejornovela histórica de La Semana Negra de Gijón en2011, docente investigador en la Facultad de RelacionesInternacionales de la Universidad del Rosario,y columnista del periódico El Tiempo será, a partir deahora, miembro del ConsejoEditorial de nuestrarevista. Con esta entrevista,le damosla bienvenida alequipo.
Resumo:
Esta investigación estudia de forma general el principio de colaboración armónica entre poderes, explora las bases teóricas que sustentan dicho principio constitucional, analiza las distintas ópticas jurisprudenciales construidas a partir de las sentencias de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado, y además abarca la problemática del principio de colaboración armónica en el contexto colombiano, con el objeto de proponer soluciones para mejorar la aplicación del principio de colaboración armónica. Con este escrito se pretende resolver las siguientes preguntas: ¿existe una base jurisprudencial sobre la cual se sustente el principio de colaboración armónica? ¿Se aplica este principio de forma efectiva en el Estado colombiano? ¿Qué alternativas permiten aplicar de forma efectiva dicho principio? ¿Existen mecanismos alternativos de solución de conflictos que puedan ayudar a mejorar la aplicación de este postulado?
Resumo:
La ley de víctimas es la norma creada para la protección de los derechos de las víctimas en Colombia; empero cuenta con falencias respecto del concepto de víctima y su reparación integral. El Derecho Administrativo es la herramienta jurídica para superar dichas limitaciones legislativas.
Resumo:
El presente trabajo realiza un análisis sobre los diferentes fundamentos que ante la falta de regulación legal, nuestra jurisprudencia ha invocado para atribuirle efectos retroactivos –ex tunc- o efectos a futuro –ex nunc- a las sentencias de nulidad de los actos administrativos, los cuales van desde la asimilación de éste con el acto jurídico civil, hasta la pretendida identidad del acto administrativo general con la ley, todo enmarcado dentro de lo que se ha entendido por situaciones jurídicas consolidadas. Este estudio demuestra que la retroactividad o no retroactividad, no es una condición necesaria o automática de las sentencias de nulidad de los actos administrativos, porque tal idea anula reflexiones importantes que tienen que ver con la ponderación de principios básicos como la garantía de eficacia de los derechos fundamentales, la seguridad jurídica, la justicia material, la confianza legítima y la igualdad. Se impone así entender que los efectos temporales de las sentencias no se derivan de alguna formalidad del proceso, ni de la naturaleza del acto administrativo, ni del tipo de sentencia; estos son más bien una de las herramientas para que el juez a través de la modulación en cada caso, pueda darle eficacia a su sentencia y cumplir con las obligaciones que le impone la Constitución y la ley, que no son otras que garantizar la protección de derechos fundamentales y preservar el orden jurídico.
Resumo:
La comunidad del Colegio y la Universidad de Santo Tomás pide al rector del Colegio Mayor del Rosario copias de los actos conclusiones de la mañana y la tarde, que sirvan para la celebración y protocolos de sus actos literarios que solían presentar con la concurrencia de la Compañía de Jesús.