40 resultados para Escultura en marbre -- Roma -- Congressos
em Universidad del Rosario, Colombia
Resumo:
El artículo presenta los resultados de una investigación desarrollada como proyecto de grado para optar el título de Magister en Dirección en la cual se identifican los impactos que en materia ambiental son generados a lo largo de los procesos realizados dentro de los frigoríficos en Colombia y evaluar la manera como se realiza la gestión ambiental de los frigoríficos cárnicos más representativos en Colombia, como parte de esta gestión es importante revisar la política de Estado y finalmente, se proponen algunas acciones de tipo directivo en las cuáles todos los actores de la cadena cárnica pueden participar con el objetivo de mejorar el tema ambiental de éstas organizaciones en Colombia.
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Contiene la etnología de los chibchas, etnología de las armas, la escultura en América, los tunjos de oro y sus usos.
Genocidio y responsabilidad penal militar : precisiones en torno al artículo 28 del Estatuto de Roma
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El estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional es parte del ordenamiento jurídico colombiano desde el 1 de noviembre de 2002 y desde esta fecha los pronunciamientos en torno al contenido de este no se han hecho esperar. Entre estas intervenciones, la Corte Constitucional colombiana ha afirmado que el artículo 28 del Estatuto contempla una situación en virtud de la cual se estaría frente a un genocidio culposo. ¿Plantea el Estatuto de Roma el genocidio culposo para los jefes militares? ¿Es posible la comisión u omisión culposa del genocidio? ¿La tendencia internacional se dirige hacia una nueva tipificación y modalidad de comisión y omisión del genocidio? Este libro guía al estudioso de derecho penal e internacional, de las cortes internacionales y, en general, a quien presenta interés en la teoría de la responsabilidad del jefe militar, el genocidio, las disposiciones del Estatuto de Roma y los futuros pronunciamientos de la Corte Penal Internacional, a través de un análisis de la situación esbozada por la Corte Constitucional y la respuesta a los interrogantes planteados a la luz del ordenamiento jurídico interno, del derecho comparado y de los estatutos penales internacionales.
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La población roma/gitana representa la minoría étnica más numerosa de Europa occidental, y así mismo constituye una de las poblaciones más vulnerables que enfrenta serios problemas de discriminación y exclusión en la mayoría de sociedades europeas. La falta de efectividad en la formulación de políticas de inserción y las medidas adoptadas por los gobiernos nacionales para la gestión de la inmigración en general, tienen serias repercusiones sobre este colectivo. En efecto, las agendas políticas han securitizado el tema de la inmigración con la finalidad de controlar los flujos migratorios no solo a nivel nacional, sino ahora a nivel comunitario. De los países de Europa del este, Rumania constituye el principal país emisor de esta migración y Francia es uno de los principales países receptores en Europa occidental. La relación franco-rumana se ha potencializado en parte gracias al debate en torno al tema roma/gitano y así mismo se han adoptado medidas de carácter bilateral en términos de seguridad. Como consecuencia del ingreso de Rumania a la Unión Europea en el año 2007 y su futuro ingreso al espacio Schengen de libre circulación, la población romaní incrementará hasta los 4.4 millones aproximadamente y dejará de ser una migración internacional para convertirse en una migración de carácter interno, lo cual implica un cambio en la gestión migratoria hacia este colectivo a nivel comunitario.
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El presente trabajo de investigación busca responder cuestiones relativas a la construcción social de las percepciones sobre las amenazas existenciales que le permiten a un Estado tomar medidas extraordinarias para resolver un asunto que se ha convertido en prioridad para su política exterior, llevando a cabo un discurso y acto de securitización. Más específicamente, esta monografía está centrada en explicar de qué manera la migración y presencia de la comunidad roma/gitana en el territorio francés e italiano se ha convertido en un asunto que atenta contra la seguridad societal de ambas sociedades desde el año 2003 hasta el 2010, ocasionando por parte de estos gobiernos la toma de decisiones extraordinarias en materia migratoria.
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El Estatuto de Roma como Régimen internacional genera dinámicas de cooperación con los Estados miembro en materia de Derechos Humanos; en España se llevaron a cabo procesos de armonización institucional que se tradujeron en voluntad política de reconocer los derechos y establecer medidas de restitución a las víctimas de la guerra civil y la dictadura, a través de la formulación de la Ley de Memoria Histórica en el año 2007; sin embargo el cumplimiento de estas es insuficiente a la hora de analizar la responsabilidad internacional de España en Derechos Humanos.
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Este trabajo constituye una somera reflexión acerca de u na temática que en los últimos cuatro años ha constituido motivo de pre ocupación en el que hacer académico y en las relaciones internacionales de nuestro país con la C om u nid ad de los E stados. D e tal m anera, se desarrollará n en el prim er capítulo a lgu nos conceptos im portantes para co ntextualizar y definir el ám b ito de este trab ajo; u na vez d efin ido esto, en el se gu ndo capítulo, se llevará a cabo un a caracterizació n d e lo que es la C P I, el caso d e la reserva efectua d a por el go bierno colom biano y sus im plicacion es. P or ú ltim o, e n el tercer capítulo se a nalizará e l pa pel d e los E stados U n idos frente a la C P I, así com o la incid encia q ue ha tenido este p aís en la p osición de C olom b ia, respecto a la misma.
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El primer fallo de la Corte Penal Internacional ha confirmado que el Artículo 25(3) del Estatuto de Roma se basa en la teoría del dominio del hecho para hacer la distinción entre autoría y participación. Por el contrario, desde 2003, la jurisprudencia de los tribunales ad hoc construye el concepto de coautoría con base en la doctrina de la empresa criminal conjunta y emplea un criterio subjetivo de autor. En el presente texto analizaremos primero los problemas planteados por esta línea jurisprudencial de los tribunales ad hoc,para proseguir con el análisis del artículo del Estatuto de Roma que más parece asemejarse a la doctrina de la empresa criminal conjunta :el Artículo 25 (3) (d). El documento concluye que ninguna de las categorías de la empresa criminal conjunta tiene cabida en dicha disposición.
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El narcotráfico es una actividad delictiva que se ha convertido en un problema internacionalde creciente magnitud.En algunas regioneses una fuente incipiente de inestabilidad que amenaza con poner en peligro la seguridad internacional.Dada la peligrosidad de este fenómeno, algunos Estados han intentado que los actos de tráfico de drogas sean competencia de un tribunal penal internacional. Aunque finalmente no se llegóa un acuerdo sobre su inclusión en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, desde diversos frentes se ha planteado la posibilidad deque este tipo de actos podrían ser calificados como crímenes de lesa humanidad, lo que permitiría su investigación y enjuiciamiento por la propia Corte Penal Internacional.En este artículo se analizará si las organizaciones criminales dedicadas al narcotráfico podrían cumplir los elementos contextuales de los crímenesde lesa humanidad en su definición del Estatuto de Roma y, si así fuera ,si los actos de tráfico de drogas podrían considerarse como “otros actos inhumanos”de carácter similar a los demás enumerados en elArtículo7 (1) del Estatuto de Roma a pesar de no haberse incluido en el propio Estatuto de manera expresa.
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“La Unidad de Víctimas de la Fiscalía de la CPI envió en agosto de 2015 a la Clínica Jurídica Internacional de la Universidad del Rosario la siguiente pregunta: “En cuanto al rechazo de la cámara de la solicitud de autorización para apelar presentada por la Defensa en el caso Ntaganda contra la “Solicitud de Defensa de autorización para apelar la decisión sobre la confirmación de los cargos de fecha 09 de junio 2014” de la Sala de cuestiones preliminares I, No ICC-01/04-02/06-322, 7 de Julio de 2014), el artículo 8(2)(e)(viii) del Estatuto de Roma requiere que la Fiscalía demuestre que una orden específica fue dada por el autor para ejecutar el desplazamiento ilegal de la población civil? ¿Y cuál es la relación (semejanzas y diferencias) entre el delito de desplazamiento ilegal en virtud del artículo 8 (2) (e) (viii) del Estatuto de Roma, y el crimen de persecución en virtud del artículo 7 (1) (h)? En términos más generales, ¿cuál es el ámbito de aplicación del crimen de guerra de desplazar a la población civil en virtud del artículo 8 (2) (e) (viii) del Estatuto de Roma? Por favor, incluya en su respuesta un análisis de la historia de la redacción de la disposición pertinente (s) del Estatuto de Roma y los Elementos de los crímenes, así como de la jurisprudencia pertinente de otros tribunales penales internacionales sobre el crimen de guerra de desplazar a la población civil…”
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La desnutrición infantil y la pobreza se encuentran asociadas y estas a su vez con el progreso de los países. Conocer las determinantes sociales y económicas de la niñez que padece de bajo peso es necesario para crear escenarios propicios para el adecuado desarrollo de la primera infancia y de esta manera contribuir con la superación de la pobreza en el marco de sistemas sanitarios equitativos. Se realiza una descripción de las características socio-económicas y un análisis de posibles asociaciones entre estas y el bajo peso infantil de una muestra de infantes de uno de los sectores de mayor vulnerabilidad y pobreza de Bogotá (Colombia). La tasa del bajo peso infantil en la muestra del estudio en más alta a la presentada en Bogotá y Colombia (8.5%, 2.9% y 3.4% respectivamente). Al realizar el análisis de las posibles asociaciones entre el bajo peso y las variables de estudio, se evidencia que las relaciones son débiles entre la primera y las segundas, siendo la condición de desplazamiento la que mayor asociación positiva presenta con la deficiencia nutricional seguido del rango de edad entre los 25 y 36 meses. La situación que presenta mayor independencia con respecto al bajo peso infantil es contar con vivienda propia seguida del sexo. La desnutrición infantil se presenta en niveles importantes en sectores de mayor vulnerabilidad con implicaciones para el adecuado desarrollo de los infantes y para las intenciones de reducción de los índices de pobreza en el país. El fortalecimiento de las políticas públicas que favorezca el desarrollo infantil, la superación de la pobreza y las inequidades en los sistemas de salud deben contemplar acciones integrales dirigidas a los más vulnerables, con la participación de la sociedad civil y los sectores públicos y privados, el compromiso político y económico de los gobiernos y reglas claras que contribuyan a la solución estructural de la pobreza y que promueva el adecuado desarrollo infantil.
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Las relaciones de cooperación Sur-Sur revoluciona las lógicas tradicionales que dieron base al régimen de la cooperación internacional expedido desde la OCDE. La diferencia entre los donantes llamados “DAC” y los socios “No-DAC” en referencia a los Estados miembros del Comité de Asistencia al Desarrollo establece dos lógicas de cooperación internacional que se contraponen en sus dinámicas pero comparten un objetivo: el desarrollo. Estos dos tipos de relaciones de cooperación se diferencian en cuatro aspectos: calidad de los actores implicados, dirección de la relación, tipo de intercambio y presencia o ausencia del Principio de Condicionalidad. A diferencia de las relaciones de cooperación Norte-Sur donde se establece una relación unidireccional entre el donante y el receptor, canal utilizado para el flujo crediticio y financiero (bien sea a través de créditos o de subvenciones), las relaciones de cooperación Sur-Sur establecen una relación bidireccional. Esta bidireccionalidad hace que la cooperación internacional se convierta en una herramienta de poder relativo para aquellos actores que carecían de peso en el sistema internacional. La carta fundamental de los Estados con economías emergentes será darle voz a aquellos que no la han tenido. A través de relaciones que se catalogan como asociaciones estratégicas, entre sujetos con un similar nivel de desarrollo, el Principio de Condicionalidad como rector de la relación de cooperación, desaparece. Asi, la formación del Grupo de Tareas para la Cooperación Sur-Sur adscrito al DAC es una muestra del cambio estructural del régimen de la cooperación internacional, y más aún, de las dinámicas tradicionales del sistema internacional.
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Durante los siglos XVII y XVIII se presentaron varias querellas ante el Tribunal de Justicia Criminal del Nuevo Reino de Granada, en las que se denunciaba que había personas que ejercían los oficios médicos sin tener títulos que los acreditaran como facultativos en las artes curativas. Por ese entonces, se creía que quienes utilizaban yerbas y conjuros como métodos terapéuticos, por lo general mujeres, debían ser juzgadas como yerbateras-envenenadoras, porque no pretendían curar sino matar a quien consumiera sus preparados. El texto establece que los procesos criminales por envenenamiento constituyen un prisma en el que convergen diferentes problemáticas del periodo colonial neogranadino, relacionadas con la salud, los oficios médicos, las enfermedades, las creencias mágico-religiosas, el ideal de mujer en la época, la delincuencia, y las dinámicas de las instituciones españolas, entre otras. De esta manera, se estudió cómo fue la relación entre los aspectos jurídicos, las leyes criminales (dictadas por la Corona) y las conductas “desviadas” (relacionadas con el crimen por envenenamiento) de los habitantes del Nuevo Reino de Granada, entre los siglos XVII y XVIII. Para ello se revistaron desde diferentes perspectivas, varios temas del mundo colonial neogranadino, relacionados con los rumores, la comidilla, los chismes y la importancia de la comunicación hablada en el virreinato; el problema de la honra, como una de las virtudes más sobresalientes de la época y las creencias de la cultura popular con relación al envenenamiento y los diferentes métodos curativos.
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Teniendo en cuenta el vertiginoso crecimiento que se ha presentado durante el periodo 2003- 2011 en las importaciones del sector maderero en el país, con el presente trabajo se buscara realizar una pertinente evaluación del sistema de distribución actual que tiene el sector, y a partir de dicho análisis proponer soluciones viables para lograr un aumento de la competitividad y productividad del sector. Este trabajo pretende analizar dos escenarios de distribución diferentes: despacho directo en contenedor puerto-centro de distribución, desconsolidar carga en puerto para su posterior distribución, con el objetivo de presentar al sector el modelo que se adapte a sus necesidades teniendo en cuenta diferentes factores como: a. Costos b. Ventajas y Desventajas c. Tiempos d. Distancias
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El siguiente trabajo es una recopilación de información sobre la tecnología digital y su proceso de evolución hasta nuestros días. Pretende mostrar como la innovación ha sido un motor de cambio en este sector, ideando un nuevo modelo de negocio donde su cadena de valor para llegar al cliente es más rápida, flexible y rentable. El mundo digital abarca múltiples conocimientos y ha revolucionado la sociedad de conocimiento a través de las tecnologías de comunicación, tanto en la academia, el entretenimiento y todas las ciencias. En Colombia la industria digital ha tenido un gran impulso a través del ministerio de tecnología y comunicación y empresas que han motivado e impulsado a emprendedores a desarrollar aplicaciones e incursionar en este mercado que ofrece grandes ventajas competitivas.