33 resultados para Doctrina-Debates
em Universidad del Rosario, Colombia
Resumo:
Durante el mes de octubre del año 2005, en la sede del ilustre Colegio de Abogados de Madrid, y con ocasión de las jornadas fiscalía y abogacía ante la justicia internacional, se reunieron expertos provenientes de diversos lugares del mundo, quienes cumplen diferentes roles al interior de la justicia penal nacional en cada uno de los estados de los que provienen, así como miembros de la Corte Penal Internacional, con el fin de disertar sobre diversos temas relacionados con la justicia penal internacional. Este libro recoge las memorias del congreso “Fiscalía y abogacía ante la justicia internacional”, así como un prologo elaborado por el decano de la Facultad de Jurisprudencia, doctor Alejandro Venegas Franco, en compañía del director adjunto de la oficina del Banco Interamericano de Desarrollo en Europa, doctor Fernando Carrillo Flórez, y un epilogo del doctor Francisco José Sintura Vadela, Director del Área de Derecho Penal de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario. La importancia de la Corte Penal Internacional en el mundo contemporáneo, así como la claridad y profundidad conceptual de los escritos recogidos en este texto, lo convierten en un documento obligatorio de consulta para los interesados en este novedoso instrumento de la justicia universal.
Resumo:
Esta investigación responde a la inquietud del Mediador católico, al emplear el Modelo Relacional Simbólico, sabiendo el rechazo de la Iglesia al divorcio. La Mediación Familiar acompaña los esposos en proceso de separación. Pero ante la posición de la Iglesia, surge la pregunta: ¿Puede el mediador católico permanecer coherente con las Doctrinas de su Iglesia, empleando el Modelo Relacional Simbólico? La reflexión parte de la Palabra de Dios, desde el Antiguo Testamento, hasta los Evangelios y las cartas apostólicas, mirando las posiciones sobre la familia y el divorcio. En un segundo momento se detiene en la Doctrina Pontificia Católica al respecto en los últimos Pontífices. Se presenta luego el divorcio y las orientaciones pastorales de la Iglesia sobre el mismo. La reflexión se dirige finalmente al Modelo de Mediación y sus bondades, para compararlo en el último capítulo con las enseñanzas de la Iglesia y hallar las convergencias y divergencias. El resultado de este análisis permite a los investigadores hallar coherente la Mediación Familiar con el Modelo Relacional Simbólico con su fe.
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Esta monografía pretende comparar la Doctrina de Seguridad Nacional en Colombia (1960-1975) con la Política de Defensa y Seguridad Democrática propuesta por el gobierno de Álvaro Uribe Vélez en el periodo (2002-2006). A partir de lo anterior se plantean como sus propósitos particulares: exponer los elementos que influyeron en la formulación de la Doctrina de Seguridad Nacional en Colombia (1960-1975) a la luz de la teoría de Sistemas de David Easton; describir los factores que influyeron en la formulación de la Política de Defensa y Seguridad Democrática propuesta por el gobierno de Álvaro Uribe Vélez en el periodo 2002-2006, a la luz de la teoría de Sistemas; establecer las diferencias y similitudes entre la Doctrina de Seguridad Nacional en Colombia y la Política de Defensa y Seguridad Democrática, mediante la utilización del método comparativo.
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La doctrina cristiana protestante impone y promueve un modelo de familia nuclear (Padre-Madre e hijo)que genera un tipo de exclusión social a creyentes con familia monoparental como las madres cabeza de familia. Como consecuencia, las adeptas generan estrategias de negociación de empoderamiento o sumisión entre su doctrina y su realidad familiar.
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La intervención humanitaria ha sido, y sigue siendo, uno de los temas más importantes y debatido en la comunidad internacional. En la post Guerra Fría la preocupación con respecto a la intervención por razones humanitarias, sobre todo después del genocidio de Ruanda y los ataques contra de los civiles en Srebrenica y Kosovo, ha derivado en la configuración de la Doctrina de la R2P. Teniendo en cuenta que Canadá ha sido el líder en la promoción de esta doctrina, después del llamado del entonces Secretario General de las Naciones Unidas, Kofi Annan, con el fin de llegar a consensos internacionales para detener las violaciones masivas de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario . El objetivo de este trabajo es analizar la incidencia que ha tenido la identidad internacional del Canadá en su interés de promover la Doctrina de la Responsabilidad de Proteger a través de su política exterior y de seguridad en el período 2001-2008. Esta investigación se estudiará a la luz de la teoría constructivista propuesta por Alexander Wendt. Se sostiene que que la identidad colectiva de Canadá como promotor de los DDHH, potencia media y buen ciudadano del mundo condujo a este país, durante el gobierno de Jean Chrétien, a interesarse en la promoción de la Doctrina del R2P; sin embargo, debido a un cambio progresivo en su identidad internacional, durante los gobiernos de Paul Martin y Stephen Harper, Canadá no sólo promovió, sino que implementó esta doctrina mediante la imposición de los DDHH.
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La complejidad que supone abarcar el estudio de la responsabilidad patrimonial del Estado en el ámbito médico sanitario, hace preciso prestar atención a ciertos temas que resultan especialmente relevantes y que han sido decantados jurisprudencialmente por el Honorable Consejo de Estado. De esta manera el presente trabajo desarrolla temas descollantes y novedosos en materia de imputabilidad como viene a ser la prueba de la falla médica mediante la teoría "res ipsa loquitur"; la prueba del nexo causal a través de la prueba indiciaria y la teoría de la probabilidad preponderante. Así mismo se estudian los diversos tipos de daños antijurídicos que pueden darse dentro de la prestación médica a cargo del Estado, destacando especialmente la lesión al derecho a recibir una atención oportuna y eficaz, la pérdida de una oportunidad debida a la no obtención del consentimiento informado del paciente, lo que supone, a su vez, el cercenamiento del derecho de este a elegir someterse o no a determinado tratamiento, previo valoración de pros y contras de la terapia sugerida por el galeno (principio de no agravación). Así mismo se analizanlas hipótesis de daños antijurídicos derivados del error en el diagnóstico, la falla por la omisión de las entidades de control y vigilancia, falla en gineco-obstetricia, así como las hipótesis de responsabilidad objetiva del Estado por óblito quirúrgico, para finalmente tratar el tema novedoso del alea terapéutica con sus particulares características y eventual aplicabilidad en el sistema jurídico colombiano.
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El presente trabajo investigativo expone la forma en que la doctrina de la Acción Integral dentro del ámbito militar, se desarrolla en la aplicación específica de un plan de gobierno como lo fue el Plan de Consolidación Integral de La Macarena, durante la administración del ex presidente Álvaro Uribe Vélez, todo esto en el ámbito de las relaciones cívico-militares en Colombia durante los años de estudio.
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Durante los siglos XVII y XVIII se presentaron varias querellas ante el Tribunal de Justicia Criminal del Nuevo Reino de Granada, en las que se denunciaba que había personas que ejercían los oficios médicos sin tener títulos que los acreditaran como facultativos en las artes curativas. Por ese entonces, se creía que quienes utilizaban yerbas y conjuros como métodos terapéuticos, por lo general mujeres, debían ser juzgadas como yerbateras-envenenadoras, porque no pretendían curar sino matar a quien consumiera sus preparados. El texto establece que los procesos criminales por envenenamiento constituyen un prisma en el que convergen diferentes problemáticas del periodo colonial neogranadino, relacionadas con la salud, los oficios médicos, las enfermedades, las creencias mágico-religiosas, el ideal de mujer en la época, la delincuencia, y las dinámicas de las instituciones españolas, entre otras. De esta manera, se estudió cómo fue la relación entre los aspectos jurídicos, las leyes criminales (dictadas por la Corona) y las conductas “desviadas” (relacionadas con el crimen por envenenamiento) de los habitantes del Nuevo Reino de Granada, entre los siglos XVII y XVIII. Para ello se revistaron desde diferentes perspectivas, varios temas del mundo colonial neogranadino, relacionados con los rumores, la comidilla, los chismes y la importancia de la comunicación hablada en el virreinato; el problema de la honra, como una de las virtudes más sobresalientes de la época y las creencias de la cultura popular con relación al envenenamiento y los diferentes métodos curativos.
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El propósito de esta investigación es determinar la incidencia de las campañas militares Operación Recompensa Justa y Operación Plomo Fundido en la redefinición de la Doctrina de Seguridad Nacional de Israel. El análisis se enfoca en una comparación entre la estrategia de 1973 -que hasta el momento había sido el pilar de Israel para conducirse en guerras regulares- y el documento de 2010, replanteado luego de que la Fuerzas de Defensa Israelís se enfrentaron a Hezbollah, en el sur del Líbano y a Hamas en la Franja de Gaza, para 2006 y 2009, respectivamente. La investigación es una monografía, pues utiliza la teoría del Realismo Defensivo en su dimensión explicativa, con el fin de dar cuenta de la cambiante percepción de seguridad frente a la existencia de amenazas no convencionales. Finalmente, a partir de la teoría de Relaciones Internacionales, es posible concluir que los Estados enfocan todas sus capacidades, entendidas en términos de poder material, hacia la consecución de sus objetivos estratégicos.
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El objetivo principal de esta monografía es responder a las razones por las cuales la Iglesia católica1 y, en general, su Cristianismo de abolengo grecorromano, aún frente a la acerba crítica protestante por el culto a las imágenes -particularmente al ícono-, continuó conservando en sus prácticas religiosas este objeto de culto. En un plano particular, intenta aclarar los acontecimientos históricos que evidencian desde los primeros siglos de la historia cristiana una tendencia general a la representación pictórica de Dios. Asimismo, es una aguda búsqueda de las razones que integran las manifestaciones tangibles de tal concepto.
Resumo:
La presente monografía, pretende ser un análisis descriptivo de las violaciones a la Carta de Naciones Unidas derivadas de la aplicación de la Doctrina de Acción Pre-Emprtive de Estados unidos en el caso de Irak 2003. El carácter descriptivo de esta monografía se debe a la dificultad de encontrar textos académicos que estudien el caso a profundidad, puesto que las fuentes existentes son artículos de opinión parcializada y muchas veces poco objetiva de la realidad y de la magnitud del caso. Por lo que se hace necesario sentar un precedente como este para poder más adelante dar inicio a análisis más profundos al respecto. El marco teórico que sustenta esta investigación, está compuesto por dos teorías, la primera es el realismo político el cual asume que el sistema internacional es anárquico, puesto que no existe una autoridad superior a los Estados capaz de regular efectivamente las relaciones entre ellos.13 Además, supone que los Estados soberanos son los actores principales que componen el sistema internacional, en vez de serlo las instituciones internacionales, organizaciones no gubernamentales o corporaciones multinacionales14. Y el realismo ofensivo el cual descansa sobre el siguiente axioma, las estructuras de la política internacional condicionan a las naciones más potentes para asegurar responsabilidades ampliadas, lo que los lleva a desarrollar políticas expansionistas. Dichas teorías se pueden ver en el accionar de Estados Unidos al aplicar la Doctrina de Acción Pre-Emptive en la invasión de Irak.
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En el primer capítulo se hará un resumen de la participación de Colombia como miembro no permanente del Consejo de Seguridad. Luego se mencionara cual era la situación interna de Colombia durante el periodo que participó en el Consejo, con el fin de entender en los capítulos siguientes las posturas que tomó el país en los debates que realizó el Consejo. A continuación, se explicará que sucedía al interior del Consejo de Seguridad con respecto al contexto internacional de ese momento. En el segundo capítulo se indicará brevemente cuáles eran los conflictos en la agenda del Consejo, de manera que el lector pueda comprender las intervenciones de Colombia a la luz de su situación, de su política exterior, y de su constante interés por lo humanitario. Por último, en el tercer capítulo se explicará las razones por las cuales Colombia se concentró en los asuntos humanitarios y no en los aspectos políticos y militares de la agenda del Consejo. A manera de terminar de documentar el interés del país por lo humanitario, se exponen sus intervenciones en tres asuntos humanitarios presentes en la agenda y se analiza cada una de ellas.
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En una actualidad jurídica trasegada por la revolución de los derechos a partir de la expedición de la Constitución Política de 1991, donde se habla constantemente de un nuevo y de un viejo derecho, que finca sus raíces en un papel protagónico del juez, la justicia y en la garantía y protección de los derechos, pareciera que conceptos clásicos como caducidad y seguridad jurídica cedan terreno ante el acceso de los ciudadanos a la Administración de Justicia.
Resumo:
Se presenta desde el punto de vista histórico-jurídico, el papel de los Actos Políticos o de Gobierno en la formación constitucional de la República de Colombia y su tratamiento y control en las Constituciones colombianas de 1821 a 1991.
Resumo:
El primer fallo de la Corte Penal Internacional ha confirmado que el Artículo 25(3) del Estatuto de Roma se basa en la teoría del dominio del hecho para hacer la distinción entre autoría y participación. Por el contrario, desde 2003, la jurisprudencia de los tribunales ad hoc construye el concepto de coautoría con base en la doctrina de la empresa criminal conjunta y emplea un criterio subjetivo de autor. En el presente texto analizaremos primero los problemas planteados por esta línea jurisprudencial de los tribunales ad hoc,para proseguir con el análisis del artículo del Estatuto de Roma que más parece asemejarse a la doctrina de la empresa criminal conjunta :el Artículo 25 (3) (d). El documento concluye que ninguna de las categorías de la empresa criminal conjunta tiene cabida en dicha disposición.