52 resultados para Diez de Sollano y Davalos, José María de Jesús, 1820-1881
em Universidad del Rosario, Colombia
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Solicitud de José María Prieto y Dávila de una de las becas formales en el Colegio Mayor del Rosario fundadas por el Arzobispo Antonio Álvarez para los descendientes de Joseph Prieto de Salazar, abuelo del solicitante. La petición fue concedida.
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Renuncia de José María Cueto al cargo de Consiliario segundo en el Colegio Mayor del Rosario, debido a los inconvenientes ligados a que la reelección del Rector Fernando Caicedo había sido declarada nula. Cuero propuso esperar a recibir aprobación del vicepatrono del Colegio para poder aceptar el cargo.
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Nombramiento de beca en el Colegio Mayor del Rosario a favor de José María del Villar, otorgado por el virrey de la Nueva Granada Antonio Caballero y Góngora.
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Concesión de la beca en el Colegio Mayor del Rosario fundada por el Arzobispo Antonio Claudio Álvarez para los descendientes de Josef Prieto y Mariana Ricaurte, a José María Silvestre y Prieto, nieto por línea materna de la mencionada pareja.
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Apartes Del discurso pronunciado por el Señor José María Aznar López, ex presidente del Gobierno de España y presidente ejecutivo de la Fundación para el Análisis y los Estudios Sociales (FAES) durante la ceremonia en la que se le distinguió con la orden del Fundador al Mérito Político, el pasado 14 de Septiembre de 2009
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Solicitud de María Isabel de Madariaga de una de las becas formales disponibles en el Colegio Mayor del Rosario para su hijo José María García de Toledo. El rector del Colegio Mayor y el arzobispo virrey de la Nueva Granada aprobaron y concedieron al solicitante la primera beca que quedara libre en el Colegio.
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Escritura de un principal de 500 pesos otorgado por el Colegio Mayor del Rosario a José María Mendoza, sobre una casa de tapia propiedad del mencionado Mendoza, ubicada en el barrio de Santa Bárbara. Se acordó pagar un rédito anual del cinco por ciento.
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Expediente de oposiciones para la posición de catedrático de filosofía en el Colegio Mayor del Rosario. Incluye el edicto de convocatoria a la comunidad, las solicitudes de José María Botero, José María Vanegas, Ventura Ahumada e Isaac Calvo para participar en las oposiciones, las presentación de las argumentaciones (escritas en latín); y el protocolo de votación y elección del nuevo catedrático de filosofía: José María Vanegas.
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Comunicación de José María Vázquez al rector del Colegio Mayor del Rosario en la que no acepta el nombramiento de vicerrector en dicho Colegio.
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Cuentas de gastos e ingresos del Colegio Mayor del Rosario desde el 13 de septiembre hasta el 28 de noviembre de 1811, presentadas por el rector saliente Felipe de Vergara y Caicedo.
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El presente trabajo con el objetivo principal de evaluar el impacto en la aplicación de un curso psicoprofiláctico en una IPS de III nivel (Clinica del Occidente Ltda) en el que se evaluó la calidad, los costos y se determinó el valor agregado
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Este trabajo se soporta sobre una base conformada por dos conceptos, que constituyen el horizonte contextual de la investigación: Derecho Administrativo y Comunidad de integración. Es claro que al hablar de una Comunidad de integración específica como la Comunidad Andina (CAN), incide de forma directa en la actividad del derecho administrativo.Ha sido necesario que los países que conforman los grupos de integración económica cedan parte de sus competencias para crear un ordenamiento jurídico de orden supranacional, el cual modifica la dinámica social de las relaciones comerciales y afecta la estructura de la administración pública, haciendo que el derecho administrativo no se limite a interactuar solo con derecho nacional. Esta mutua dependencia de las políticas internas y las regionales se realiza, entonces, cada vez que existe participación y compromiso de los Estados frente a las decisiones, de carácter vinculante o no. En esa medida surge el problema de investigación tendiente a esclarecer cómo ha sido la adopción de las decisiones e interpretaciones, emanadas de los mecanismos oficiales del Derecho Comunitario Andino, en el ordenamiento jurídico colombiano. La existencia de varios puntos de vista con respecto a la obligatoriedad o no de dicha adopción, moldea un tema de suficiente amplitud y profundidad para ser estudiado en un trabajo de investigación.
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La cooperación internacional está redefiniendo una vez más su arquitectura como herramienta de ayuda al desarrollo. Sus procesos y políticas atraviesan un álgido momento de cambio, caracterizado por dos escenarios determinantes: los suscitados debates sobre la eficacia y la calidad de la ayuda y la crisis económica europea, que comienza a evidenciar una reducción fuerte en los recursos destinados a este mismo fin. En este contexto los países en vías de desarrollo como Colombia, comienzan a ser protagonistas de su propio desarrollo, buscando dar a sus territorios condiciones de gobernabilidad deseadas, a través de mecanismos donde el desarrollo humano es un vector importante y encuentra en la participación ciudadana una estrategia vital para instalar capacidades, promover el intercambio de conocimiento y empoderar a los ciudadanos alrededor de las decisiones de lo público. La cooperación descentralizada Sur-Sur se presenta entonces como una herramienta con oportunidades interesante, aunque es un proceso aún incipiente, enfatiza en la necesidad de abrir el paso a prácticas novedosas de asociación y cooperación que permitan aprovechar los recursos disponibles para la promoción del desarrollo. En el caso específico de este trabajo monográfico, Caldono, Cauca; Pasto, Nariño y Medellín, Antioquia, serán municipios a analizar, en la medida en que se identifiquen, en cada uno, procesos de participación ciudadana que canalicen la movilización de las estructuras sociales organizadas que, afectadas por las frustraciones y necesidades, presionan para que se produzcan cambios importantes en la manera como se consagran en las leyes los mecanismos y espacios participativos.
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Para el desarrollo de las actividades mineras en nuestro país, es imprescindible que los concesionarios cuenten con condiciones que permitan la continuidad de las actividades de exploración y explotación mineras, y con ello que las condiciones jurídicas, a partir del inicio del trámite precontractual y el contrato de concesión sean claras, y se encuentren inmersas en reglas para las partes de la relación contractual, fundamentadas en los principios de seguridad y estabilidad jurídica, como garantía para efectuar la actividad minera proyectada. Dentro del trabajo de investigación se aborda un análisis del sector minero, la problemática para el desarrollo de las actividades mineras, desde la perspectiva de los principios objeto de investigación, para determinar, si el contrato de concesión minero colombiano, como instrumento generador de derechos y obligaciones, brinda condiciones que permitan adelantar el proyecto minero y se alcancen los objetivos señalados por el Estado para el beneficio de la colectividad, y del contratista minero alcanzando los beneficios económicos proyectados.
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Este libro presenta un balance del primer decenio de la ley de acciones populares y de grupo en Colombia, elaborado por el Grupo de Investigación en Derechos Humanos de la Universidad del Rosario, con el apoyo de la Defensoría del Pueblo y la Corporación Excelencia en la Justicia. El Diagnóstico realizado con una metodología cuantitativa y cualitativa, presenta aspectos significativos de la aplicación de la Ley 472 de 1998 a fin de formular propuestas, elevar los niveles de protección de los derechos colectivos, perfeccionar y fortalecer estas acciones constitucionales de interés público y plantear una agenda futura de investigaciones en la materia. El texto contiene artículos y ponencias presentados por reconocidos conferencistas nacionales e internacionales que participaron en el Seminario Internacional Las acciones populares y de grupo. Balance de los diez años de la Ley 472 de 1998. Diagnósticos, retos y perspectivas realizado los días 16, 27 y 28 de agosto de 2008. Las ponencias fueron organizadas en páneles: balance del constituyente, del legislador, de los operadores judiciales, del ministerio público y finalmente, avances en la garantía de los derechos colectivos y retos de las acciones de grupo.