146 resultados para DERECHO FUNDAMENTAL

em Universidad del Rosario, Colombia


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Este trabajo busca realizar una aproximación general a los conceptos de salud, prestación pública del servicio de salud y de derechos fundamentales. Es especialmente necesario estudiar a profundidad lo expuesto legal, jurisprudencial y doctrinalmente sobre el Derecho a la Salud; sus principios, elementos y alcance, los cuales son en sí mismo el fundamento de la prestación de los servicios de salud. A su vez, se revisará lo relativo a la responsabilidad del Estado en la prestación de servicios de salud, teniendo en cuenta que esta responsabilidad es uno de los fines esenciales del Estado consignado en los artículos 2 y 49 de la Constitución Política de Colombia. Así mismo, en virtud del artículo 90 de la Carta Fundamental, el Estado es responsable patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables cau-sados por la acción o la omisión de las autoridades públicas. En tal sentido es importante conocer los escenarios en los cuales las acciones u omisiones de funcionarios y entidades estatales pueden derivar en el incumplimiento de esta obligación. En consecuencia, se analizarán los elementos de la responsabilidad Estatal que se pueden tipificar como causas de incumplimiento en la prestación de los servicios de salud, tales como la falla en el servicio, la falla presunta en el servicio y el daño antijurídico. Es importante recalcar que la responsabilidad del Estado debe ir mucho más allá de la simple doctrina; es necesario que se garantice la aplicación de los recursos y medios para asegurar el cumplimiento, ya que se trata de la preservación de derechos fundamentales y más aún de aquellos relacionados con la preservación de la vida y dignidad de las personas. En tal sentido, se indagarán los compromisos del Estado tales como el deber de regulación y los deberes de inspección, vigilancia y control de los prestadores de servicios de salud. Una vez revisado lo anterior, se discutirán las problemáticas actuales que tienen lugar en la prestación de los servicios de salud y por ende en la garantía del derecho a la salud, con el fin de identificar las situaciones de vulneración de derechos fundamentales del paciente.

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La salud además de ser un derecho fundamental también es un servicio público, el cual debe brindarse adecuadamente en términos de oportunidad, cobertura y calidad. Al entender la salud como un derecho fundamental autónomo, significa, que requiere por parte del Estado la garantía de su goce efectivo para todos los habitantes del territorio nacional, el cual es susceptible de limitaciones, con sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad, dentro del marco de la dignidad humana. Por otro lado, el análisis de la salud como un servicio público puede abordarse desde la prestación del mismo por parte de los particulares, lo que significa analizar la figura de la descentralización por colaboración en un Estado Unitario, lo que implica: 1. La actuación de particulares en la prestación del servicio público, previa autorización legal 2. La implementación de sistemas de control, inspección y vigilancia, por parte del Estado sobre dicha prestación. 3. La expedición de instrumentos de regulación y reglamentación normativa que regulen la prestación del servicio público de salud. A través de la interpretación integradora podemos afirmar que la salud es un derecho de la persona que se materializa mediante la prestación de un servicio público de carácter obligatorio. Es decir, los servicios públicos se constituyen como instrumentos para garantizar el logro de la plena vigencia y eficacia de los derechos constitucionales y por ende de la realización de los fines del Estado Social de Derecho.

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El presente trabajo busca hacer un análisis sobre los arreglos institucionales introducidos con la ley 100 de 1993 a las Empresas Sociales del Estado (ESE), y cómo estos han afectado la prestación del servicio de salud y la garantía del derecho; para lo cual se escoge como ejemplo el Hospital Simón Bolívar E.S.E de Bogotá durante los años 2002 a 2014. Se explica como con la implementación de la descentralización, el modelo de aseguramiento y la autonomía financiera se afectó la prestación del servicio de salud, teniendo en cuenta la introducción de un eslabón dentro del sistema de salud: las Empresas Promotoras de Salud (EPS).

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En este artículo, se plantea el problema de si puede considerarse a la educación como un derechofundamental. Se analizan las implicaciones que ha tenido su no inclusión como tal derechoen la Constitución en el capítulo de los derechos fundamentales. Se estudian dos grandes tradicionessobre los derechos fundamentales: el neoliberalismo afirma que los derechos fundamentalesson únicamente los derechos liberales civiles y políticos. Y el liberalismo social concibe quelos derechos fundamentales son, además de los derechos liberales civiles y políticos, los económicosy sociales. En la parte final, se hace una reconstrucción del desarrollo del derechoa la educación en la jurisprudencia de la Corte Constitucional; termina con unas críticas alproyecto de reforma de la educación superior y unas sugerencias con miras a proponer a laeducación como un derecho fundamental.

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A través de la investigación del concepto de derechos fundamentales, su protección constitucional, y del concepto de derecho a gozar de un medio ambiente sano, podemos establecer una teoría mediante la cual el derecho a gozar un medio ambiente sano es un derecho fundamental, y puede ser protegido a través de la acción de tutela.

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Conscientious objection is defined as the ability to depart from statutory mandates because of intimate convictions based on ethical or religious convictions. A discussion of this issue presents the conflict between the idea of a State concerned with the promotion of individual rights or the protection of general interests and an idea of law based on the maintenance of order and against a view of the law as a means to claim the protection of minimum conditions of the person. From this conflict is drawn the possibility to argue whether conscientious objection should be guaranteed as a fundamental right of freedom of conscience or as a statutory authority legislatively conferred upon persons. This paper sets out a discussion around the two views so as to develop a position that is more consistent with the context of social and constitutional law.

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El medio ambiente y su conservación se han convertido en un tema fundamental para las sociedades modernas, por el impacto que su desconocimiento está ocasionando en el planeta tanto para las generaciones presentes cuanto para las generaciones futuras, en el corto, mediano y largo plazo. El daño ocasionado al medio ambiente desde todas las esferas de la sociedad ha afectado y seguirá afectando todas las categorías de derechos humanos, al ser una fuente vital de donde nace el derecho fundamental de todo ser humano, la vida. Consciente del problema ambiental que a diario viven las diferentes comunidades en el país, y de la necesidad de crear conciencia en la colectividad en general, el Grupo de Acciones Públicas de la Universidad del Rosario (GAP), como clínica de interés público preocupada por defender la garantía y protección de los derechos humanos, reconociendo el papel activo que en este proceso debe desempeñar la sociedad en general, presenta esta cartilla, la cual pretende mediante una estrategia pedagógica señalar todas las herramientas constitucionales que existen en el país y que le permitirán a la comunidad conocer, participar y controlar el manejo gubernamental y social en materia ambiental, de una manera muy didáctica.

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Este libro es un estudio completo y riguroso de la Ley española de protección del derecho al honor, a la intimidad personal e imagen, en la que se contienen, tanto reflexiones teóricas, como, sobre todo, una sistematización crítica de los conceptos jurisprudenciales en torno a la aplicación de la misma, los cuales son extrapolables a otros derechos, como el colombiano. Se abordan temas como el concepto de derecho al honor, la determinación de su titular (si puede serlo la persona jurídica) y los conflictos entre dicho derecho fundamental de la personalidad y las libertades de información y expresión, prestándose especial atención al deber de veracidad y a la doctrina del reportaje neutral.

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El presente documento constituye un estudio de caso que se desarrolló de acuerdo a los lineamientos planteados en el Plan Nacional de Desarrollo 2010 – 2014 “Prosperidad para todos”, en la que el Gobierno define que se deben otorgar 1.000.000 de soluciones de vivienda a nivel nacional en este periodo presidencial, de las cuales 254.920 soluciones son responsabilidad del Fondo Nacional del Ahorro. Por lo tanto, se analizan las estrategias que ha venido desarrollando el FNA con el propósito de proponer alternativas que permitan a la alta dirección de la entidad tomar decisiones coherentes con los modelos de promoción de vivienda, los cuales han estado alineados con el cumplimiento de los objetivos definidos por el Gobierno Nacional en el eje central de vivienda.

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Con la Constitución Política de 1991, se inicia una nueva estructura funcional en el país a partir de los preceptos consagrados en la carta magna como un estado social de derecho, situación que no fue ajena al sector salud en el cual se estableció la seguridad social como un servicio público basado en los principios fundamentales de universalidad, solidaridad y eficiencia, enunciados que fueron plasmados entre otros en la Ley 100 de 1993, la cual incorporó estos elementos que resultaban innovadores en el contexto. Hoy después de 18 años de promulgada la Ley, se ha generado un modelo estructural que ha permitido mejorar los resultados en esta área, que si bien posee falencias en algunos de sus componentes (Acceso, Flujo de Recursos, Salud Pública), las mismas pueden ser superadas, con una reforma estructural al sistema que elimine los intereses particulares de los diferentes actores al momento de su elaboración y promulgación. Uno de los avances significativos en la reforma al sistema es la promulgación de la salud como derecho fundamental, inherente al ser humano, otorgando el carácter de inalienable, imprescriptible y sagrado, dejando en segundo plano su condición prestacional establecida. El derecho a la salud tendrá como eje principal la salud pública armonizada con la promoción y prevención, diagnóstico y tratamiento integral de la enfermedad, las cuales deben ser articuladas con las políticas sociales, ambientales, culturales y económicas que permitan incidir en los determinantes sociales de la salud para mejorar la calidad de vida de la población. La reforma a la salud en el eje de la financiación como se encuentra propuesta, no generará cambios sustanciales toda vez que se avanza hacia un sistema en que el estado será el principal actor con las funciones afiliación, recaudo, pago, giro o transferencia de los recursos, responsable de la información. Sin embargo la administración del riesgo en salud seguirá delegada, función que es determinante para la administración de los recursos del sistema, en resumen se demuestra el interés del estado en retomar la gobernanza y su empoderamiento como administrador de lo público, sin que esto responda a las necesidades de cambio en el sistema de salud.

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Los esfuerzos de la presente investigación se concentran en el cumplimiento del objetivo principal, el cual consiste en analizar el arrendamiento como un programa que puede ser incorporado en la política de vivienda en Colombia, para dar respuesta de forma transitoria y/o temporal de alojamiento a los hogares con ingresos iguales o inferiores a dos salarios mínimos, ya que actualmente la política sectorial no incorpora esta forma tenencia de la vivienda para ofertar soluciones habitacionales. El arrendamiento tiene rasgos interesantes e importantes de destacar, tales como que él mismo constituye una forma de tenencia de vivienda eminentemente urbana. Además, es un mercado al que acuden todos los estratos socioeconómicos, por lo cual no es un mercado segregado. Igualmente, al relacionar ésta tenencia con el territorio y por ende con la economía espacial, se puede decir que no existe segregación socio-espacial muy pronunciada frente a la distribución urbana de la tenencia de la vivienda en arrendamiento. En este sentido, la tenencia de la vivienda en forma de arrendamiento se presenta en todo el territorio urbano de Cali, Medellín y Bogotá.

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El libro Retos de la democracia y participación ciudadana es producto de un conjunto de reflexiones que surgieron tras percibir que, pese a la importancia que la Constitución concedió a la democracia y al principio, valor y derecho fundamental de participación ciudadana, existen problemas conceptuales, retos y perspectivas que han influido en su desarrollo, así como también en los mecanismos legales de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía y de la participación ciudadana en lo administrativo y en su proyección social. Así, esta valiosa contribución académica indaga las razones que llevaron al constitucionalismo colombiano a reforzar la democracia representativa, adoptando adicionalmente el modelo participativo de la democracia, por lo cual se estudian las condiciones necesarias para su exitosa implementación y se reflexiona sobre las dificultades y riesgos de su puesta en marcha. Para ello, se hace una profunda revisión de las garantías democráticas que ofrece la Constitución y la ley a los ciudadanos tanto en el Derecho Comparado como en el Derecho colombiano. En el espectro de esta investigación se analiza la conjunción de la democracia representativa y la democracia participativa y el significado en el modelo de Estado, sus principales retos y tendencias. En segundo lugar, se analiza la participación de los ciudadanos en lo administrativo como garantía de eficacia en las decisiones administrativas y se delimita de otros conceptos aledaños, precisando las condiciones requeridas para su implementación, cuyo vértice principal es la vigencia del Estado de derecho. Teniendo en cuenta los derechos fundamentales de las personas que son el eje principal de la democracia y de la participación. En el último capítulo, se estudia el papel del juez constitucional en un Estado democrático y social de derecho. Siguiendo estas grandes líneas temáticas, en el primer capítulo del libro consagrado a la delimitación conceptual de la democracia representativa, participativa y sus retos actuales, se hace un análisis doctrinario para situar los conceptos de democracia representativa y participativa. Luego, con fundamento en la doctrina más avezada sobre el tema, se hace referencia a las distintas clases de democracia. En este sentido, se realiza un análisis del concepto de democracia representativa en sus diversas concepciones. También, se estudia la democracia directa y semidirecta, así como los mecanismos de participación política del pueblo en ejercicio de su soberanía, teniendo presentes las disposiciones que en este sentido aparecen en la Constitución Política de 1991, así como la interpretación que la Corte Constitucional ha efectuado frente al tema. Se establecen además los aspectos más relevantes a través de los cuales se deduce la importancia actual de la democracia en el Estado-Nación en el ámbito internacional, lo cual permite identificar una relación inseparable entre la democracia y el derecho, porque los ciudadanos no producen las disposiciones jurídicas, sino que eligen a quienes están autorizados para producirlas. Por lo cual, en el Estado social de derecho la fuente principal de Derecho es la Constitución, seguida por la ley, aunque esta no tenga la misma fuerza que tenía en el Estado liberal de Derecho. Dentro de este marco conceptual, también se define que la democracia es cultura, es estilo de vida, caracterizado por el diálogo, la información, la comunicación, la fraternidad de los ciudadanos con la organización política. Es un lenguaje y un conjunto de actitudes, convicciones, creencias, tolerancias, responsabilidades y concepciones de la ciudadanía, de su civismo y solidaridad que penetra en el espectro de lo público y de lo privado.

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En la Constitución Política se consagra el trabajo como un derecho fundamental, objeto de protección cuando sea vulnerado o amenazado; el Estado tiene el deber de protegerlo, creando, estimulando e incentivando las condiciones socioeconómicas propicias que promuevan una oferta de oportunidades laborales para todas aquellas personas en capacidad de trabajar, expidiendo la normatividad que asegure unas relaciones laborales “dignas y justas”, con arreglo a los principios fundamentales básicos y mínimos ideados por el constituyente. El orden normativo primario es el protector del derecho al trabajo, bien sea que se preste independientemente o bajo condiciones de subordinación, en las modalidades de contrato de trabajo o bajo una relación laboral, legal, estatutaria, o reglamentaria.