57 resultados para Borja y Centelles, Francisco Carlos-Fuentes

em Universidad del Rosario, Colombia


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1. Petición de beca de colegial formal del Colegio Mayor del Rosario por parte de Francisco de Fuentes 2. Decreto del presidente de la Real Audiencia pidiendo visto de la información del pretendiente al rector del Colegio Mayor 3. El rector Gregorio de Borja informa y confirma las cualidades del pretendiente a la beca. 4. Auto de nombramiento de Francisco de Fuentes como colegial formal.

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Esta tesis producto del trabajo de investigación se planteo sobre las bases de un derecho administrativo interno creado para resolver los problemas suscitados al interior del Estado en consonancia con los postulados constitucionales, teniendo en cuenta el artículo 4° en que se establece la supremacía de la Constitución y los artículo 9°, 93, 94 y 224 al 227 que ordenan el desarrollo del derecho de integración en el marco de los países Latinoamericanos y del Caribe, por lo que surge la imperiosa necesidad de armonizar el derecho de la integración con el ordenamiento jurídico nacional y en especial con el derecho administrativo quien deberá recepcionar el mencionado ordenamiento supraestatal, alterando las tradicionales concepciones de las fuentes de este derecho interno. Por lo tanto, desde la perspectiva del derecho administrativo comprendido como un derecho legislado que regula las relaciones entre el Estado y los particulares en el que prevalece el “principio de legalidad” de los actos administrativos, se puede intuir que constituye un problema jurídico los impactos derivados de los tratados de integración, donde nos preguntamos sí las categorías de fuentes actuales del derecho administrativo son las adecuadas para abordar la recepción de estas disposiciones Por lo que al explorara las incidencias en el derecho administrativo con ocasión de la recepción del derecho de integración con particular énfasis en la Comunidad Andina, identificamos que uno de los rasgos más distintivos del ordenamiento jurídico andino, como el de otros esquemas de integración, proviene del discutido concepto de supranacionalidad. Dentro de la teoría jurídica contemporánea la comprensión de este término trae una novísima concepción que al mismo tiempo es respetuosa de la soberanía interna de los Estados miembros, la cual permite el surgimiento del nuevo ente común donde es posible la distribución de competencias en la reglamentación de ciertos ámbitos entre autoridades multilaterales y nacionales, conservando su propia autonomía. Este concepto ha permitido que en el ordenamiento comunitario andino, a semejanza de lo que acontece en el derecho interno de los Estados, exista un sistema de control de las normas jurídicas garantizado por una jurisdicción contenciosa-administrativa ejercida a través del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina. Lo que en definitiva incide en el derecho administrativo interno al encontramos frente a ordenamientos independientes, como lo son los del derecho de integración, en los que se producen, aplican y ejecutan normas según las reglas de juego adoptadas para ese efecto por los Estados miembros, que dependerán del marco del proceso de integración y su armonización con las normas internas. Es por ello, que en el resultado final de esta tesis se constata la aparición de nuevas fuentes de legalidad, donde ya no sólo se contemplará la ley y la jurisprudencia, ésta última posicionada con el devenir del tiempo debido a su pertinencia, como lo podemos contrastar con la expedición del Nuevo Código de Procedimiento Contencioso Administrativo (L. 1437/11) que aún no ha entrado en vigencia, en donde se resalta la importancia del Precedente Judicial a partir de las sentencias de unificación del Consejo de Estado. Pero más allá, de este nuevo reconocimiento legislativo, el sistema de fuentes establecido se verá alterado en su jerarquía con el derecho que nace con ocasión de los tratados de integración, lo que aún no se refleja en este nuevo Código, el cual no prevé la aplicación de las nuevas fuentes de legalidad.

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El presidente de la Real Audiencia Diego del Corro y Carrascal aprueba el nombramiento de Gregorio de Borja y Espeleta como colegial formal en el Colegio Mayor del Rosario, el nombramiento fue efectuado posteriormente por el rector del Colegio Mayor Juan Mosquera de Nuguerol.

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La península coreana ha sido desde la Guerra Fría y a la actualidad una zona convulsionada por intereses políticos, económicos e ideológicos. Ese panorama obliga un análisis sobre la configuración y los cambios que se han dado entre las potencias actuales, China y Estados Unidos, desde la existencia de un programa nuclear norcoreano que afecta a Corea del Sur y la definición de los intereses de Beijin y Washington.

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Desde hace algunos años, se implemento en la Universidad del Rosario un espacio llamado El Sofá, que consiste de una hora en la que un emprendedor habla sobre su experiencia en el campo laborar, sus éxitos y sus fracasos y regala a la audiencia su el testimonio sobre su experiencia como líder en Colombia. Estos testimonios pueden tomarse como lo que hoy se denomina historia del tiempo presente y están archivados como fuentes orales que no se han vuelto a utilizar desde su creación. La pregunta fundamental de este proyecto es, ¿será que esos espacios formativos podrían ayudar formar algunas competencias planteadas por el autor Daniel Goleman para formar líderes y emprendedores? ¿Puede una persona aprender a ser emocionalmente inteligente? ¿Cómo se podría lograr que los estudiantes desarrollen algunas de estas competencias que propone Goleman? Por medio de una discusión teórica sobre temas como emprendimiento, liderazgo, historiografía, historia del tiempo presente y fuentes orales se quiere dar respuesta a estas preguntas.

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Escritura de Juan de Borja concediendo 1060 pesos a una capellanía de Luis de Guzmán. Recibos de pagos hechos a la capellanía. Juicio seguido por Antonio José de Guzmán y Monasterio en Guzmán en nombre de su hermano Luis Francisco de Guzmán cobrando sesenta y dos pesos faltantes de la capellanía que concedió Juan de Borja.

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El texto constituye un ejercicio de microhistoria y Antropología histórica que busca aportar a la historiografía colombiana información sobre las formas de comprender el crimen (el infanticidio y los comportamientos escandalosos como el adulterio, el concubinato y el incesto), el problema del honor durante finales del siglo XVIII –pues la mayoría de estudios han versado sobre el siglo XIX- y las configuraciones familiares (particularmente las actitudes maternales y paternales) al interior de la provincia de Antioquia. Usualmente estos temas se han tratado por separado y con diversas fuentes, pero este texto busca una visión general a partir de la participación de las personas en calidad de implicados, testigos y funcionarios en los juicios criminales.

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La jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de los últimos años, ha establecido una serie de criterios y medidas que configurarían un catálogo de disposiciones que deben emprender los Estados para garantizar la real protección del derecho de propiedad de las comunidades indígenas y tribales. Dichas medidas deben ser implementadas en los procesos de formalización y titularización de las tierras ancestrales ocupadas, en la delimitación y demarcación del terreno, en la restitución de porciones de tierra pérdida, en la estipulación de criterios para el otorgamiento de tierras alternativas; y en los estudios que tiendan a establecer políticas públicas para la satisfacción de las necesidades de las comunidades relativas a la producción y posesión de la tierra como mecanismo idóneo para el mantenimiento de condiciones de vida digna. La regulación colombiana para las tierras de las comunidades indígenas y las comunidades afrocolombianas presenta aspectos divergentes: las primeras poseen una reglamentación destinada a la ampliación, reestructuración y saneamiento de los resguardos indígenas, y las segundas están regidas bajo un estatuto general de la propiedad colectiva y adjudicación de baldíos. En los dos sistemas, los procedimientos son complejos, tardíos, confusos, requieren de sofisticados prerrequisitos, y ante todo su estructura está basada bajo criterios de una sociedad no indígena y no tribal. Adicionalmente, el compendio normativo en materia de titulación, delimitación y demarcación de tierras de comunidades afrocolombianas antes enunciado, presenta diversas lagunas normativas que se acentúan con la carencia de actualización de dicha regulación a las condiciones actuales si se tiene en cuenta que no ha existido modificación a la misma en los últimos 19 años, y que hacen necesario aplicar analógicamente las disposiciones del Código Civil en materia de propiedad individual a efectos de dar respuesta a los supuestos de hecho no contemplados.

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Esta investigación se pregunta sobre las diferentes narrativas históricas que se han construido sobre la figura de los soldados rasos de la guerra de Corea, y por cómo ellos han generado estrategias en su relato que se ajustan a unos procesos históricos determinados.

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El documento muestra la sólida influencia de la corriente doctrinal del profesor francés León Duguit (1859 – 1928), en la reforma constitucional colombiana de 1936, desde tres perspectivas: El sistema jurídico, la función social de la propiedad y los servicios públicos. Para el primer tercio del siglo XX, en Colombia, al igual que sucedía en Norteamérica y los países europeos que encauzaban nuestra tradición jurídica, las tesis individualistas sobre el modelo de Estado y el derecho, habían envejecido, y se planteaban nuevas interpretaciones del sistema jurídico imperante y del papel del Estado en la sociedad, en Colombia, el francés, León Duguit secundaría de manera decisiva, aunque no exclusiva, tal proceso.

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1. Petición de beca por parte de Juan Francisco Ramírez de Arellano 2. Decreto del presidente de la Real Audiencia de Santafé 3. Informe al rector del Colegio Mayor del Rosario sobre la aptitud de Ramírez de Arellano natural de Tunja para ingresar al Colegio 4. Decreto del Presidente de la Real Audiencia pidiendo información sobre los padres del pretendiente de la beca 5. Petición del pretendiente al secretario para certificar su información familiar dada al ingresar al Colegio Mayor del Rosario 6. Aceptación del Rector Gregorio de Borja de las informaciones de proveniencia del colegial Ramírez 7. Certificación de las informaciones de origen y limpieza de sangre del Colegial Juan Francisco Ramírez 8. Nombramiento del pretendiente como colegial formal.

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1. Petición de beca por parte de José Ugarte 2. Decreto de los oidores de la Real Audiencia de Santafé 3. Informe del rector del Colegio Mayor del Rosario sobre las cualidades de José Ugarte pretendiente de la beca en reemplazo de don Juan Agustín del Río 4. Auto de nombramiento de colegial formal al pretendiente de la beca. Siendo rector el doctor don Gregorio de Borja y Espeleta de Montenegro y secretario don Francisco Ramírez Floreano de Hoyos.

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Miguel Carlos de Sorza presentó una solicitud para oponerse a la cátedra de Prima del Colegio Mayor del Rosario, la petición fue admitida por el rector del Colegio Mayor Juan Andrés Manzanares y Juera y secretario don Francisco Joseph Flórez y Vanegas.

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La Playa es un sector de la ciudad de Bogotá, donde se encuentra la oferta de músicos informales más grande de Colombia: mariachis, tríos de cuerda y grupos vallenatos. En esta investigación, se analiza la migración de músicos vallenatos provenientes del Caribe colombiano a este sector de la capital del país; se examina el trabajo de estos músicos en La Playa; y se revisa el proceso de consolidación del vallenato como música nacional.

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Risaralda convive con procesos de globalización con los cuales cada vez se tienen menos barreras y, por tanto, estar preparados para competir en este escenario es un imperativo para la región. La búsqueda de la competitividad es uno de los caminos posibles. El mejoramiento de los niveles de competitividad de la región no es solo tarea del sector empresarial sino que implica un trabajo en la sociedad en todos los niveles dirigentes. Uno de los mecanismos que permiten su mejoramiento es el desarrollo de estudios de futuro y, dentro de ellos, el uso de la prospectiva como herramienta. En este contexto es importante definir los principales retos del departamento de Risaralda en materia de competitividad y las acciones que se deben emprender por parte de los actores de desarrollo regional.