94 resultados para Contratos comerciales
Resumo:
Esta tesis se ocupa de analizar la eficacia de la cláusula de solución de controversias contractuales dispuesta en la contratación estatal que es financiada con recursos del Banco Mundial –regla de excepción a la aplicación del Estatuto General de Contratación Pública– pues en las normas de contratación de dicho organismo, se ha previsto que ante un conflicto contractual corresponde a un conciliador (versión 2008 de las normas Banco Mundial) o a un mediador (versión 2013) “tomar una decisión” para resolver la controversia con fuerza vinculante para las partes. La reflexión aborda el papel del “conciliador” o “mediador” según las facultades que le atribuyen las normas del Banco Mundial y su distinción respecto al concepto legal que prevé el ordenamiento nacional, donde el conciliador o mediador no toman decisiones y en consecuencia no es clara la forma de acudir a estas figuras. El reto nos lleva a considerar dos alternativas de aplicación de la cláusula para hacerla eficaz: el primero, considerar a la mediación como una figura autónoma regulada en el contrato por autorización de nuestro Estatuto de Contratación Estatal y de los Convenios suscritos con organismos internacionales, a partir de la cual se reconozca la producción de los efectos indicados por el Banco Mundial en cabeza del mediador; en segundo lugar y para desatar el efecto útil de la cláusula, considerar a la mediación como figura análoga a la amigable composición, y tramitar la solución de controversias bajo esta figura.
Resumo:
Se precisa el régimen de contratación al que el Estado se sujeta al crear o autorizar la creación de un establecimiento de crédito de orden nacional. Para ello, se analizan la normatividad que los regula y algunos de sus manuales de contratación.
Resumo:
Los actores involucrados dentro de los proyectos de exploración y perforación de pozos petroleros son variados y tienen necesidades diferentes. El éxito y satisfactorio desarrollo de los proyectos va ligado en gran medida a temas de orden social entre los diferentes actores, que están definidos por regulaciones legislativas, de costumbres comerciales y culturales, políticas de responsabilidad social y procedimientos internos de las compañías involucradas (Operadoras, Prestadoras de Servicios Petroleros, Contratistas y Subcontratistas) Después de analizar la situación de la industria, los resultados de Halliburton SRL Sucursal Colombia, los problemas y sobrecostos generados por temas de orden social. Se identificó que la mayoría de ellos eran causados por falta de comunicación, desconocimiento de elementos clave de las políticas de responsabilidad social de los clientes, desconocimiento de la importancia de la responsabilidad social como práctica y desconocimiento de la normatividad legal vigente aplicable a la industria y a la actividad que desarrolla la compañía. De las necesidades y problemáticas descritas anteriormente surge la idea de crear una herramienta que permita llenar los vacíos de información identificados, alinear a las partes involucradas dentro del proceso y ser una guía para el inicio, desarrollo y cierre de proyectos de exploración y perforación de pozos petroleros que desarrolle Halliburton con sus clientes.
Resumo:
El propósito del tema a desarrollar a través de este documento es el de analizar y comprender, bajo una óptica crítica y reflexiva, la institución jurídica de la partición en vida, su noción, regulación y efectos, con miras a determinar los posibles perjuicios que pueda generar la aplicación de esta figura a los acreedores de quien lleva a cabo la misma. Basados en dicho objetivo, se expone a la partición en vida como institución jurídica, analizando el fallo de la Corte Constitucional mediante el cual se declara su exequibilidad, y contrastándola con la partición por donación, usada en Argentina, como referente extranjero. Así mismo, son abordadas distintas instituciones jurídicas cuyo análisis permite denotar el alcance de la partición en vida en la práctica social colombiana, y a su vez, determinar cómo puede verse afectado el patrimonio de aquellos terceros que fungen como acreedores del partidor.