206 resultados para Actitudes frente a la adopción
Resumo:
Estudio enfocado a la negociación del ALCA, dado que es el área de libre comercio más extensa a la que pertenecerá Colombia, y que por sus características representa riesgos y beneficios considerables para cada país que haga parte de este acuerdo
Resumo:
La carta política de 1991 consagró una cláusula general de responsabilidad institucional del Estado según la cual éste responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión
Resumo:
El vacío normativo jurisprudencial y doctrinal que existe para la aplicación de la amnistía e indulto en el proceso de paz colombiano frente a la competencia de la Corte Penal Internacional hace necesaria la realización de un estudio de la normatividad vigente en Colombia frente al Tratado de Roma
Resumo:
La Asamblea Nacional Constituyente de 1991, consagró, en el artículo 42 de la Carta Magna, el amparo a las familias unidas por vínculos naturales, evidenciando de esta forma la necesidad nacional de que nuestro ordenamiento refleje la realidad
Resumo:
eliminar algunos obstáculos jurídicos que se tenían en las relaciones comerciales que existían por esta vía, dotándolas de seguridad y confiabilidad, con el fin de que los intervinientes gocen de tranquilidad al realizar sus transacciones.
Resumo:
Salvedad hecha por Colombia frente a la competencia de la CPI para juzgar Crímenes de Guerra en el ámbito nacional el fortalecimiento de la capacidad de negociación del gobierno frente a los grupos armados ilegales produjo el rechazo de amplios sectores de la sociedad civil
Resumo:
conjunto de propuestas específicas para salir de la crisis y para mejorar ese concepto de representatividad
Resumo:
El presente estudio de caso busca analizar, de manera crítica, la influencia que la ONG Human Rights Watch (HRW) tuvo frente al manejo de la práctica de reclutamiento de niños en Liberia y Sierra Leona durante el periodo 1989 – 2003. Con este fin se analiza la participación de la ONG en el reconocimiento internacional de dicha práctica como una problemática de derechos humanos, al tiempo que se contrapone a las perspectivas de los contextos socio-políticos y culturales de ambos países frente a la vinculación de niños en los conflictos armados. Este estudio mostró que la difusión de las ideas de derechos humanos por parte de HRW, a pesar de enfrentarse a conceptos distintos del „deber ser‟ de los niños en distintos contextos, termina siendo aceptada por ambos países mediante el reconocimiento de la normatividad internacional y por tanto, de esta práctica de vieja data como una violación de derechos humanos.
Resumo:
Estados Unidos y China son dos países que participan en el escenario internacional como polos opuestos en los temas más importantes de la agenda internacional. En la participación de las negociaciones del Protocolo de Kioto entorpecen el destino de este acuerdo. Con diferentes posturas y sin ponerse de acuerdo, son el bloque frente a estas negociaciones que pretenden mejorar las condiciones ambientales en todo el mundo.
Resumo:
El presente estudio de caso tiene como objetivo analizar la incidencia de la ayuda humanitaria desplegada por la FAO, OXFAM y CICR frente a la seguridad alimentaria de la población de Indonesia tras el tsunami del Océano Indico. Se defiende, que la ayuda humanitaria desplegada por estos actores incidió frente a la seguridad alimentaria de la población de Indonesia luego del evento natural, al restaurar en cierto grado algunos componentes de dicha seguridad como: acceso y utilización de los alimentos mediante diversas estrategias como los programas de desalinización y restauración de cultivos, entre otros que hacen parte esencial de los procesos de rehabilitación y reconstrucción. Para desarrollar esta investigación, se utilizaran los conceptos de ayuda humanitaria y de seguridad alimentaria. Además, será necesario realizar un diseño documental en el que se incluyan tanto fuentes primarias como secundarias.
Resumo:
La Organización Mundial del Comercio es una organización internacional que cumple una doble función. Como lo sugiere su nombre, busca la apertura en materia comercial sirviendo como foro a los Estados, para que estos puedan negociar la eliminación de barreras técnicas y económicas para el comercio. Cuenta también con un Órgano de Solución de Diferencias, fruto de un proceso de casi cinco décadas de ensayos, errores y reformas que son de vital importancia para que los Estados, sin importar su tamaño o la asimetría en temas de desarrollo, puedan participar del comercio mundial en condiciones de igualdad relativa1. Se habla de igualdad relativa y no absoluta, porque la OMC comprende que los países en vías de desarrollo necesitan tiempo, asesoría y recibir inicialmente un trato diferenciado en razón de su condición, para poder entrar a hacer parte de la cadena de comercio internacional. La Organización Mundial del Comercio se basa en la creencia firme de que el comercio internacional abierto conlleva al desarrollo, dado que incentiva la inversión extranjera directa y la expansión de las oportunidades comerciales de los productores y empresarios locales.
Resumo:
Colombia ha sido escenario de disputas violentas por poder político y económico entre diferentes sectores. Del mismo modo, el país también ha manifestado una debilidad muy significativa en cuanto a su memoria histórica, hecho que se ha traducido en la segmentación del país entre quienes tienen conocimiento y conciencia acerca del conflicto interno armado y aquellos que parecen considerarlo como una serie de eventos violentos que se da en un contexto ajeno, en una suerte de país paralelo. Por lo tanto, el interés de este trabajo es el de participar en la construcción de una memoria histórica que permita al lector evidenciar y dimensionar el alcance de las acciones gubernamentales en relación a la verdad, justicia y reparación de las víctimas de violaciones a los derechos humanos
Resumo:
Objetivo: El propósito del estudio fue relacionar la etapa en el cambio en el comportamiento frente a la actividad física y el estado nutricional en escolares entre 9 y 17 años de Bogotá- Colombia, pertenecientes al estudio FUPRECOL. Método: Se trata de un estudio transversal, en 6.606 niños y adolescentes entre 9 y 17 años, pertenecientes a 24 instituciones educativas, de Bogotá-Colombia. Se aplicó de manera auto-diligenciada el cuestionario de cambio de comportamiento en función a la intensión de realizar actividad física (CCC-Fuprecol) y se midió el peso y la estatura para determinar el estado nutricional con el índice de masa corporal (IMC). Resultados: El porcentaje de respuesta fue 94% y se consideraron válidos 6,606 registros, siendo 58.3 % (n=3.850) niñas con un promedio de edad de 12,7±2,3 años. En la población general, el 5,3 % de los escolares se encontraban en etapa de pre-contemplación, 31,8 % en contemplación, el 26,7 % en acción y el 36,2 % en etapa de mantenimiento. Al comparar la etapa de cambio con el estado nutricional por IMC, los escolares clasificados en obesidad mostraron mayor frecuencia de respuesta en la etapa de pre-contemplación, mientras que los escolares con peso saludable acusaron mayores porcentajes en la etapa de mantenimiento. Conclusión: En escolares de Bogotá, Colombia, se encontró una relación estadísticamente significativa entre a la intensión de realizar actividad con el estado nutricional medido con el IMC. Fomentar la promoción de la actividad física y monitorear el estado nutricional, deberá ser una prioridad en las agendas y políticas públicas dentro del ámbito escolar.
Resumo:
En esta investigación indagué sobre la influencia del entorno en las concepciones sociales que se forma el sujeto (en este caso los niños) frente a distintas realidades y situaciones de su cotidianidad, los elementos que están presentes en sus formas de interacción más cotidianas, y hasta dónde herramientas como la educación con enfoque lúdico y social pueden o no modificar prácticas y percepciones en el individuo. Para ello, la investigación se centra en tres conceptos claves: violencia, educación, y paz. Y hacia el final del trabajo se planta una propuesta de currículo para una educación para la paz basada en la formación de la persona social, desde el enfoque de la paz negativa.
Resumo:
La protección general atribuida en los conflictos armados no internacionales por el artículo 3 común a la población civil, de la que las niñas menores de 15 años forman parte, no depende de su filiación con alguna de las partes en el conflicto, y se extiende, en principio, a todos los actos de violencia, entre los que se encuentran los de naturaleza sexual cometidos por cualquiera de las mismas, incluyendo aquellos cometidos por los miembros de la parte en el conflicto con la que se encuentren afiliadas. Los casos contra Thomas Lubanga y Bosco Ntaganda muestran que, como regla general, las niñas menores de 15 años no desarrollan de manera prolongada actividades de participación directa en las hostilidades, por lo que, a pesar de acompañar permanente al grupo y de ser “esposas” o “compañeras” de sus comandantes, no asumen una función continua de combate y no pueden ser consideradas como miembros del mismo. Además, los actos de naturaleza sexual coercitivamente desarrollados por las niñas menores de 15 años reclutadas por las FPLC en favor de los comandantes y miembros del grupo con las que se encuentran esposadas, no cumple ninguno de los tres requisitos exigidos por el concepto de participación directa en las hostilidades porque: (a) no son idóneos para causar directamente por sí mismos el umbral de daño requerido; (b) no forman parte integral de ninguna operación militar que pudiera generar dicho umbral de daño; y (c) no poseen el nexo beligerante requerido, puesto que no están específicamente diseñados para causar un menoscabo a la parte adversa de las FLPC. Tampoco las demás actividades desarrolladas por las niñas menores de 15 años alistadas o reclutadas por las FLPC, incluyendo trabajo doméstico (donde principalmente desempeñaron tareas culinarias), transporte de comida a bases aéreas y acompañamiento a las esposas de los comandantes, cumplen, según la Sala de Primera Instancia I en el caso Lubanga, con los tres requisitos necesarios para su consideración como participación directa en las hostilidades. De ahí, que las niñas no hayan perdido en ningún momento su protección general. A todo lo anterior hay que añadir que los niños y niñas menores de 15 años, al ser una población particularmente vulnerable, gozan de una especial protección durante los conflictos armados (con independencia de su naturaleza), tal y como se manifiesta en la Convención de los Derechos del Niño de 1989, los Convenios de Ginebra de 1949 y de sus Protocolos adicionales de 1977, el Estatuto de la Corte Penal Internacional de 1998 y las Resoluciones 1882 de 2009, 1960 de 2010 y 2106 de 2013 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Esta protección especial se extiende a los actos de violencia sexual cometidos por los miembros de las fuerzas armadas nacionales o grupos armados organizados que los alistan o reclutan. En consecuencia, la protección general y especial a que son acreedoras las niñas menores de 15 años, no se limita a las agresiones provenientes de las partes adversas en el conflicto, sino que se extiende también a la violencia sexual ejercida contra ellas por los miembros del propio grupo que las alistó o reclutó, incluso en el caso de que ésta sea ejercida por los comandantes que las tomaron como esposas o compañeras. Las niñas menores de 15 años alistadas o reclutadas entre 2002 y 2003 por las FPLC de Thomas Lubanga y Bosco Ntaganda eran sin duda acreedoras de dicha protección.