141 resultados para 310504 Protección de los peces


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La ciudad es la plataforma para la realización de la vida urbana; desde sus componentes físicos e imaginados la ciudad moldea la manera en que las personas son representadas y se representan. Por lo tanto, este estudio de caso indaga por los imaginarios y representaciones de las personas con discapacidad en el barrio Horizontes, ubicado en los cerros nororientales de la ciudad de Bogotá y analiza la relación que existe con la infraestructura urbana. Por lo tanto, se investiga cómo la ciudad física construida, especialmente en materia de espacio público, influye directamente en la manera en que los ciudadanos con discapacidad se imaginan y representan en la ciudad. Para este propósito se utilizaron diferentes herramientas como encuestas, entrevistas, cartografías y fotografías que permitieron el desarrollo del trabajo de campo y la acción participante culminando con una intervención sobre el espacio público de la carrera 4ª en el barrio.

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El tema general de este libro es la relación entre los hechos y las normas, y más precisamente, la relación entre los hechos de la desmovilización paramilitar (y la más reciente de algunos guerrilleros convertidos en gestores de paz o en agentes de acuerdos humanitarios individuales) y las normas nacionales e internacionales que debieron haber regulado esa relación.Para identificar y evaluar la presencia del derecho dentro de esa negociación, este texto ha sido dividido en seis capítulos. El primero, hace una aproximación conceptual al concepto de estándares, entendidos como las pautas y reglas articuladas por el sistema Internacional de Protección de los Derechos Humanos. El capítulo dos, reconstituye los estándares construidos por la Corte Interamericana, relacionados con los derechos de las víctimas desde juzgamientos hechos a Honduras, Guatemala, Perú y Colombia.

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Las iniciativas regulatorias de protección a los usuarios, adoptadas por países con mercados en ambiente convergente, se basan entre otras, en el establecimiento de comités consultivos para el consumidor y foros para promover su participación en la formación de políticas, imposición de la obligación de servicio universal, desarrollo de agendas específicas sobre los objetivos prioritarios de la política, introducción de iniciativas regulatorias específicas para mejorar opciones del consumidor, como la preselección y portabilidad numérica, el desarrollo de estándares y códigos de asuntos relacionados con consumidores por parte de la industria, el desarrollo y funcionamiento de programas de educación del consumidor, que incluyen difusión de información sobre la calidad, el establecimiento de nuevos indicadores de calidad, y la creación de programas específicos para aspectos relacionados con Internet y el comercio electrónico tales como la privacidad, el fraude y leyes cibernéticas.

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Este libro presenta un balance del primer decenio de la ley de acciones populares y de grupo en Colombia, elaborado por el Grupo de Investigación en Derechos Humanos de la Universidad del Rosario, con el apoyo de la Defensoría del Pueblo y la Corporación Excelencia en la Justicia. El Diagnóstico realizado con una metodología cuantitativa y cualitativa, presenta aspectos significativos de la aplicación de la Ley 472 de 1998 a fin de formular propuestas, elevar los niveles de protección de los derechos colectivos, perfeccionar y fortalecer estas acciones constitucionales de interés público y plantear una agenda futura de investigaciones en la materia. El texto contiene artículos y ponencias presentados por reconocidos conferencistas nacionales e internacionales que participaron en el Seminario Internacional Las acciones populares y de grupo. Balance de los diez años de la Ley 472 de 1998. Diagnósticos, retos y perspectivas realizado los días 16, 27 y 28 de agosto de 2008. Las ponencias fueron organizadas en páneles: balance del constituyente, del legislador, de los operadores judiciales, del ministerio público y finalmente, avances en la garantía de los derechos colectivos y retos de las acciones de grupo.

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Este texto plantea la posibilidad de recuperar el nos-otros-originario como clave para la superación del «sufrimiento inútil» del sujeto; de este modo, muestra al nos-otros-originario como una zona de protección de los derechos de el-otro, hace una crítica en contra del nos-otros-caído como vulnerador de derechos fundamentales, y aborda la posibilidad de recuperar el nos-otros-originario a través de una consumación definitiva de la "justicia".

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La protección general atribuida en los conflictos armados no internacionales por el artículo 3 común a la población civil, de la que las niñas menores de 15 años forman parte, no depende de su filiación con alguna de las partes en el conflicto, y se extiende, en principio, a todos los actos de violencia, entre los que se encuentran los de naturaleza sexual cometidos por cualquiera de las mismas, incluyendo aquellos cometidos por los miembros de la parte en el conflicto con la que se encuentren afiliadas. Los casos contra Thomas Lubanga y Bosco Ntaganda muestran que, como regla general, las niñas menores de 15 años no desarrollan de manera prolongada actividades de participación directa en las hostilidades, por lo que, a pesar de acompañar permanente al grupo y de ser “esposas” o “compañeras” de sus comandantes, no asumen una función continua de combate y no pueden ser consideradas como miembros del mismo. Además, los actos de naturaleza sexual coercitivamente desarrollados por las niñas menores de 15 años reclutadas por las FPLC en favor de los comandantes y miembros del grupo con las que se encuentran esposadas, no cumple ninguno de los tres requisitos exigidos por el concepto de participación directa en las hostilidades porque: (a) no son idóneos para causar directamente por sí mismos el umbral de daño requerido; (b) no forman parte integral de ninguna operación militar que pudiera generar dicho umbral de daño; y (c) no poseen el nexo beligerante requerido, puesto que no están específicamente diseñados para causar un menoscabo a la parte adversa de las FLPC. Tampoco las demás actividades desarrolladas por las niñas menores de 15 años alistadas o reclutadas por las FLPC, incluyendo trabajo doméstico (donde principalmente desempeñaron tareas culinarias), transporte de comida a bases aéreas y acompañamiento a las esposas de los comandantes, cumplen, según la Sala de Primera Instancia I en el caso Lubanga, con los tres requisitos necesarios para su consideración como participación directa en las hostilidades. De ahí, que las niñas no hayan perdido en ningún momento su protección general. A todo lo anterior hay que añadir que los niños y niñas menores de 15 años, al ser una población particularmente vulnerable, gozan de una especial protección durante los conflictos armados (con independencia de su naturaleza), tal y como se manifiesta en la Convención de los Derechos del Niño de 1989, los Convenios de Ginebra de 1949 y de sus Protocolos adicionales de 1977, el Estatuto de la Corte Penal Internacional de 1998 y las Resoluciones 1882 de 2009, 1960 de 2010 y 2106 de 2013 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Esta protección especial se extiende a los actos de violencia sexual cometidos por los miembros de las fuerzas armadas nacionales o grupos armados organizados que los alistan o reclutan. En consecuencia, la protección general y especial a que son acreedoras las niñas menores de 15 años, no se limita a las agresiones provenientes de las partes adversas en el conflicto, sino que se extiende también a la violencia sexual ejercida contra ellas por los miembros del propio grupo que las alistó o reclutó, incluso en el caso de que ésta sea ejercida por los comandantes que las tomaron como esposas o compañeras. Las niñas menores de 15 años alistadas o reclutadas entre 2002 y 2003 por las FPLC de Thomas Lubanga y Bosco Ntaganda eran sin duda acreedoras de dicha protección.

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El presente Estudio de Caso tiene por objetivo determinar el alcance que tiene el Enfoque de Género de ACNUR, en la garantía de los derechos fundamentales de las mujeres y las niñas en el Campamento de Refugiados de Dadaab entre 1998 y 2010. La implementación del Enfoque resulta insuficiente en el proceso de defensa de los derechos de la población femenina, pues los problemas que enfrentan han aumentado a pesar de la ayuda humanitaria brindada por organizaciones internacionales. La iniciativa de ACNUR de mejorar las condiciones de las mujeres refugiadas, se materializa en el Enfoque de Género, no obstante los resultados de su aplicación no son los esperados. El carácter correlacional y analítico de la investigación responde al enfoque cualitativo utilizado, con el propósito de entender los retos que representa Dadaab en la aplicación de un proyecto internacional.

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La Universidad del Rosario e Iniciativa Gestión para los intereses ambientales y Públicos – iniciativa GESAP, colocan a disposición del publico la reimpresión del libro Las acciones populares en el derecho privado colombiano de German Sarmiento Palacio, abogado egresado de la Facultad de Jurisprudencia de esta Universidad. El doctor Sarmiento Palacio fue uno de los precursores del uso de las acciones populares en Colombia así como del debate alrededor de los derechos e intereses colectivos. En el décimo aniversario de su fallecimiento se quiere rendir un homenaje con la presente publicación. Este libro constituye un documento de gran valor académico para la evaluación de las acciones populares en Colombia y para el análisis de los intereses colectivos. El estudio histórico y comparado que rescata las raíces del medio de defensa en el derecho romano y contrasta las legislaciones de otros países sobre la institución judicial de protección y defensa de los derechos lectivos, así como el análisis de los apartes pertinentes del código civil, fue en su momento un precedente que alentó el usos de las acciones populares en Colombia. Ese carácter histórico y comparado del texto tiene plena vigencia en el país. Iniciativa GESAP nace de un grupo interdisciplinario convencido de la importancia de una organización que se dedique a la protección de los derechos e interés colectivos, así como de los derechos fundamentales en Colombia. Esta institución busca contribuir, desde un escenario amplio de discusión y reconociendo los aportes previos realizados en el tema, al desarrollo del derecho de interés publico. Iniciativa GESAP se inspira en la obra y vida de German Sarmiento Palacio y rescata y exalta su memoria como defensor de los derechos e intereses colectivos

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La obra cubre un amplio espectro temático, sobre el cual, gravitan en buena parte, los mayores conflictos y problemas que enfrentan el derecho médico-sanitario en la actualidad. Entre los temas abordados se destacan los siguientes: las condiciones actuales de administración y presentación de servicios de la salud y sus tendencias regulatorias; los distintos enfoques de la salud humana desde la perspectiva de la protección social; las tutelas en salud y sus implicaciones;; las diferentes formas de protección de los usuarios y consumidores productos y servicios de la salud, con especial énfasis en la problemática de los medicamentos; las tendencias en el tratamiento de las responsabilidades indemnizatorias sanitarias en sus diversas clases y matices, el preocupante incremento de estas acciones y su impacto social y económico; los aspectos relevantes en la jurisprudencia tanto de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, como en la Sección Tercera del Consejo de Estado en cuanto a responsabilidad indemnizatoria sanitaria tanto civil como patrimonial del Estado y otros temas conexos; la responsabilidad civil por trabajo en equipo y la responsabilidad civil solidaria. Un marco general de distinción de las distintas responsabilidades jurídicas que pueden aplicarse en el sector de la Salud. La necesidad de implementar estrategias para procurar tanto la prevención y gestión de riesgos en dicho sector, como diversos mecanismos de solución tanto ante la justicia formal, como a través de los Métodos Alternativos. El valor jurídico de las historias clínicas, y de la aceptación de riesgos por parte del paciente o de sus representantes: las implicaciones jurídicas que pueden tener los dilemas más presentados acerca del inicio de la vida humana y en momento de su protección; las perspectivas frene a un posible Estatuto del Embrión; los retos generados por las investigaciones sobre biotecnología y sus posibles aplicaciones.

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En este texto se presenta un espacio de intercambio de conocimientos desde una perspectiva científica, técnica y jurídica, para contribuir a la protección de los recursos naturales. Debido a la importancia de establecer mecanismos para proteger la biodiversidad y posibilitar la preservación de los conocimientos asociados especialmente al uso de la flora medicinal, la Línea de Investigación en Política y Legislación, del Grupo de Estudios en Sistemas Tradicionales de Salud de la Facultad de Medicina, y la Línea de Derecho Ambiental y Grupos Étnicos, del Grupo de Derechos Humanos de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, desarrollaron este libro a través del cual la Universidad se propone profundizar en el panorama actual de la reglamentación y política –Internacional, nacional y local—respecto a la flora medicinal y al patrimonio cultural inmaterial asociado a esta.

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Este texto recoge las ponencias que participaron en el Foro Internacional de Derecho Procesal Constitucional, que con gran éxito se realizó en el mes de junio de 2005, en las aulas de la Universidad Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario de Bogotá; razón por la cual contiene el fruto maduro de las investigaciones realizadas por algunos de los más notables exponentes del derecho procesal constitucional en América del Sur. El lector de esta obra se encontrará con riguroso trabajo sobre algunos de los temas más sensibles del derecho actual de la región, como lo son: la institución de los tribunales constitucionales y el control constitucional, el debido proceso sustantivo en América, las acciones constitucionales y las de protección de los derechos humanos, la prueba en los procesos constitucionales y los muy técnicos asuntos de la imprevisión constitucional y la manipulación constitucional. Temas recientes y actuales para un espacio jurídico que, como el latinoamericano, se debate en el dilema de continuar con la tradición formalista que en el pasado dio lugar a soluciones políticamente autoritarias o de la posibilidad de abrirse a las corrientes de la garantía y protección de los derechos en la nueva comprensión del derecho procesal, lejos de situarse en la mera conformidad de los trámites. Es un espacio que se asume y se ejerce como verdadero derecho a la justicia, en una región históricamente marcada por desigualdades e injusticias de todo tipo.

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Esta monografía busca analizar el papel del Estado colombiano con respecto a la protección de los Derechos de sus ciudadanos que han sido víctimas de la explotación sexual. En especial procura determinar los alcances y los logros de las políticas públicas colombianas encaminadas a reducir el número de niños, niñas y adolescentes víctimas de la explotación sexual como modalidad del delito de Trata de Personas durante el período 2000 – 2007. A partir de lo anterior, se trazaron como objetivos específicos: definir el delito de Trata de Personas y analizar las causas que conllevan a ser víctimas de ésta con la finalidad de comprender de qué es lo que se está hablando, y las condiciones en que se ubica la mayoría de sus víctimas. En segundo lugar intenta exponer la política pública colombiana contra el delito de Trata de Personas y especificar las instituciones que respaldan la elaboración de la misma. Igualmente busca analizar los programas implementados a partir de la política para entender qué ha hecho el Estado al respecto y con qué institucionalidad cuenta para la realización de sus proyectos. Para finalizar, busca analizar los alcances y logros de la política implementada por el gobierno colombiano. La presente investigación sobre el fenómeno de la Trata de Personas pretende mostrar que este delito no solamente afecta a las mujeres, como se ha presumido comúnmente, sino que por el contrario, hoy en día vincula diferentes sectores de la sociedad.

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Aunque gracias a la puesta en marcha de la Ley 100 de 1993 (...) en la última década se ha registrado un notable aumento del gasto público en salud, han crecido las contribuciones de los afiliados, se ha elevado la cobertura del aseguramiento al sistema de Seguridad Social y se ha mejorado la focalización de los subsidios, aún persisten inequidades en el aseguramiento por ingreso y en acceso y resultados de salud. Así lo advierte un estudio de la Facultad de Economía de la Universidad del Rosario realizado conjuntamente con la Asociación Colombiana de la Salud (ASSALUD), en el que se indica que lo más preocupante es la presencia de múltiples indicadores de problemas de calidad en la prestación de los servicios, el notable deterioro en la capacidad territorial para manejar la salud pública y el rezago en temas como mortalidad evitable, mortalidad materna y enfermedades transmitidas por vectores (agentes transmisores).(*) Según los directores de la investigación, Francisco Yepes, de ASSALUD, y Manuel Ramírez, de la Universidad del Rosario, los hallazgos del estudio arrojan dudas sobre la eficiencia de las reformas en algunos aspectos y revelan un serio desequilibrio entre unos incentivos financieros muy fuertes y unos incentivos por resultados de salud inexistentes, así como un importante fraccionamiento en la prestación de los servicios. “No hay una relación fuerte entre el notable aumento en el gasto de salud y los resultados que se han obtenido en éstos términos. La pregunta legítima ante esta situación es: ¿estamos obteniendo lo que deberíamos por cada peso adicional que hemos dedicado a la salud?”, agregan los investigadores. El proyecto de la Facultad de Economía del Rosario y ASSALUD arrancó en el año 2004 con la recolección de información y el análisis de la evidencia disponible sobre los resultados de las reformas al sistema de salud, con el fin de establecer en qué se ganó, en qué se perdió y qué problemas subsisten para contribuir a la formulación de las políticas públicas. En desarrollo del proyecto, se identificaron más de trescientas publicaciones para el período comprendido entre 1995 y 2005, de las cuales se seleccionaron aquellas que presentaban resultados de investigaciones que aportaban evidencias para estudiar el resultado de las reformas. La investigación, también se apoyó en en los Estudios Nacionales de Salud, las Encuestas de Calidad de Vida del DANE, la Encuesta de Demografía y Salud de Profamilia y las Cuentas Nacionales de Salud del Ministerio de la Protección Social. (...) Los investigadores lograron establecer, además, que la estrategia de la política de salud durante este período de tiempo consistía en lograr un aumento en el gasto público y privado en salud, para elevar el porcentaje de la población asegurada, lo cual debería implicar un mejoramiento en el acceso a los servicios de esta área y, finalmente, una mejora en las condiciones de salud de la población. Las primeras etapas (gasto y aseguramiento) se han cumplido con respuestas bastante exitosas, y en el tema del acceso se han logrado algunos efectos. Sin embargo, los resultados en el mejoramiento de la salud son muy dudosos, lo cual permite advertir que la prioridad de la política sanitaria en el futuro cercano es el mejoramiento de la calidad en la prestación de los servicios.(...)

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Hace veinte años Colombia era un pueblo ausente. Había mucho que escuchar y poco que opinar. La población era un actor silente que no participaba en las decisiones más importantes del país. Pero, para fortuna de la democracia, la Constitución Política de 1991 le dio un vuelco a la realidad colombiana. La participación dede ser una utopía y se convirtió en una realidad. Por eso, hoy existen diferentes mecanismos para que las personas puedan incidir en los asuntos que les interesan y que son esenciales para su vida. Esa gran fecha, 1991, además de traer cambios al modelo de Estado, significó un gran avance para la protección de los derechos colectivos. Se introdujo diversidad de normas que buscaban garantizar un ambiente sano y el desarrollo sostenible. Por esta razón, la Constitución también es conocida como “Constitución ecológica”, pues está basada en una normatividad que encarna, como ninguna otra, los principios del Estado Social de Derecho, como el derecho a una vida digna y a la satisfacción de las necesidades básicas. No hay duda de que el esfuerzo de la Constitución Política es inconmensurable. Peleó una dura batalla y se encargó de consagrar y proponer mecanismos que hicieran efectivo el derecho a la participación de las personas en materia ambiental. Desde ese momento el país ha avanzado, no se puede negar que en la sociedad se creó una verdadera conciencia sobre la importancia de proteger los recursos naturales y el ambiente, ya que hoy en día existe una real preocupación por la defensa de lo público. Es tal el cambio de mentalidad que se ha producido, que el interés de los ciudadanos por participar en las decisiones ambientales y de ejercer su derecho a acceder a la información es mucho más contundente que hace veinte años. Sin embargo, la batalla no está ganada, aún queda mucho camino por recorrer. Hoy por hoy, en gestión ambiental, así como hay un inventario de éxitos, también hay una lista de asuntos sin resolver. Espacios y mecanismos anónimos. Aunque la Constitución Política de 1991 estableció el compromiso del Estado de promover la participación ciudadana en la toma de decisiones ambientales, los espacios y mecanismos de participación no son suficientemente conocidos y ejercidos por la sociedad en general. Desconocimiento de proyectos. Continuamente se generan conflictos o confrontaciones debido a que las empresas o incluso el Estado desean realizar un proyecto y encuentran oposición por parte de las comunidades, pues éstas desconocen cuál es objetivo del proyecto y sus alcances. Contravía.Ocurre que los nuevos proyectos de las empresas, sin fundamento alguno, resultan contrarios a los programas de desarrollo que propone el Gobierno Nacional y a los intereses de las comunidades, por lo que también se generan continuos enfrentamientos. Ausencia ciudadana.Muchas veces las comunidades implicadas no tienen un interlocutor válido que respalde sus intereses o a quien, por lo menos, puedan manifestar sus inconformidades, lo cual contribuye a la generación de conflictos de carácter ambiental. En otros casos, tampoco son tomados en cuenta sus requerimientos o sugerencias con relación a los proyectos.

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Este trabajo se soporta sobre una base conformada por dos conceptos, que constituyen el horizonte contextual de la investigación: Derecho Administrativo y Comunidad de integración. Es claro que al hablar de una Comunidad de integración específica como la Comunidad Andina (CAN), incide de forma directa en la actividad del derecho administrativo.Ha sido necesario que los países que conforman los grupos de integración económica cedan parte de sus competencias para crear un ordenamiento jurídico de orden supranacional, el cual modifica la dinámica social de las relaciones comerciales y afecta la estructura de la administración pública, haciendo que el derecho administrativo no se limite a interactuar solo con derecho nacional. Esta mutua dependencia de las políticas internas y las regionales se realiza, entonces, cada vez que existe participación y compromiso de los Estados frente a las decisiones, de carácter vinculante o no. En esa medida surge el problema de investigación tendiente a esclarecer cómo ha sido la adopción de las decisiones e interpretaciones, emanadas de los mecanismos oficiales del Derecho Comunitario Andino, en el ordenamiento jurídico colombiano. La existencia de varios puntos de vista con respecto a la obligatoriedad o no de dicha adopción, moldea un tema de suficiente amplitud y profundidad para ser estudiado en un trabajo de investigación.