37 resultados para Delgado Filardo, Luis María.
Resumo:
La configuración de lugares como áreas de protección ambiental puede ser vista como un proceso técnico y objetivo, en el que se crean políticas públicas que definen prácticas adecuadas e inadecuadas en el lugar. Pero esta configuración es un proceso histórico y negociado. Este se construye en contante diálogo entre diferentes actores que se preocupan por definir qué es la naturaleza y el cuidado ambiental, y las percepciones que individuos que habitan en o cerca a estos lugares construyen en su diario vivir. Es así como la configuración socioambiental de lugares como áreas de protección ocurre por transformaciones en la forma de percibir un lugar, la relaciones con este y sobre todo, prácticas y relaciones que se traducen en formas de negociar nociones de naturaleza y cuidado ambiental. Esta negociación tiene grandes implicaciones en los individuos, particularmente en su subjetividad. Es decir, en hechos como la forma de nombrarlo, caminarlo, observar las especies, iniciar proyectos de agricultura orgánica, cambiar prácticas productivas, el cerramiento de zonas para proteger las fuentes de agua o zonas de vegetación. También sobre su subjetividad, la manera como se sienten frente al lugar, como juzgan sus acciones y las de otros y cómo construyen objetivos personales con respecto a la idea de cuidado ambiental.
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Expediente de reclamo de María Josefa de Caicedo viuda del II Marqués de San Jorge, por cantidad de dinero que le debía el difunto José Pérez Manrique a sus hijos, de quien era apoderada. Contiene copia del poder para testar concedido por José Pérez M. concedido a su hermano Francisco Pérez, así como su testamento, en el que dejó como herederos universales a sus hermanos Francisco y María Eduviges Manrique. También se incluye una copia del poder para testar y del testamento de Francisco Pérez Manrique, que dejó la totalidad de sus bienes al Colegio Mayor del Rosario. El expediente termina con la resolución de la Real Audiencia, concediéndole a María Josefa de Caicedo la razón para cobrar la cantidad que se le adeudaba.
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La categorización jurídica de los mal llamados “falsos positivos” en Colombia es un tema controversial: en algunas ocasiones se habla de ejecuciones extrajudiciales, otras veces de homicidio en persona protegida y en otros casos de desapariciones forzadas, dependiendo de la institución que juzgue los casos. Ahora bien, al no existir unidad de criterios en la categorización jurídica de los “falsos positivos”, se hace imprescindible la integración de conceptos en torno a entender dichos hechos ilícitos inequívocamente como tales, toda vez que esto permitiría generar seguridad jurídica al interior del derecho administrativo colombiano. Precisamente, en lo a referente a la responsabilidad extracontractual del Estado. De igual manera, el concepto de reparación adoptado en los estamentos de Derecho Administrativo Colombiano, no siempre coincide con los estándares delineados por el Sistema interamericano de protección de Derechos Humanos, lo cual repercute de manera negativa en el tratamiento dado a las víctimas de los “falsos positivos” que encuadran en la categoría de desapariciones forzadas, lo que hace necesario el estudio detallado de las decisiones propias de cada sistema y compararlas, para buscar un mejoramiento de los estándares nacionales de reparación. Para dar un aporte teórico importante, esta investigación partirá del análisis sistemático de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y después inspeccionará los elementos fácticos y la reparación de los “falsos positivos”, determinando el grado de aplicación que se ha dado del sistema interamericano en los fallos proferidos por el Consejo de Estado.
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A raíz del impacto ambiental que produce la actividad minera sobre la biodiversidad y los recursos naturales, el sistema jurídico colombiano sustrajo de esta actividad, zonas de especial importancia ecológica y ambiental, que podrían llegar a deteriorarse en su totalidad. Sin embargo, si bien es clara la importancia de proteger estas zonas de la actividad extractiva, lo cierto es que en la actualidad se presenta un alto porcentaje de estas zonas que se superponen con títulos mineros. Circunstancia que conlleva a que entren en tensión intereses constitucionales protegidos. Por un lado, el interés general de proteger el medio ambiente y los recursos naturales y por el otro, el interés público de desarrollar la actividad minera. De acuerdo a lo anterior, a través de este trabajo de investigación, se busca describir y analizar las consecuencias en el ámbito jurídico, que se generan, al prohibir la actividad minera en zonas sobre las cuales el Estado había autorizado la realización de actividades de exploración y /o explotación minera con anterioridad al cambio regulatorio. En consecuencia, se expondrán los escenarios en que se puede encontrar un contrato de concesión, con la prohibición legal de desarrollar actividades mineras en ecosistemas de páramos. Específicamente, se analizará la situación de los títulos mineros que cuenten con licencia ambiental, títulos mineros que se encuentren en etapa de exploración y los títulos que habiendo terminado la etapa de exploración su licencia ambiental se encuentre en trámite.
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INTRODUCCIÓN Las alteraciones de la salud relacionadas con el trabajo (enfermedades y accidentes), pueden prevenirse desde las actividades bien enfocadas del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST), realizando la identificación y control de los agentes causales en el ambiente de trabajo y la vigilancia de la salud de la población trabajadora. El proyecto desarrollado va dirigido a un grupo específico de artesanos orfebres en la ciudad de Mompox, Bolivar, en la que esta labor artesanal se centra en el arte de la filigrana, transmitido generacionalmente desde antaño En esta ciudad los artesanos orfebres, aunque corresponden a un sector informal de la economía, se encuentran agremiados principalmente en tres asociaciones ubicadas en la cabecera municipal. En el desempeño de sus labores, estos profesionales del arte de la filigrana manipulan agentes químicos como el ácido nítrico, el ácido sulfúrico, la plata y el mercurio, los cuales se utilizan en las diferentes etapas del proceso que incluye técnicas propias de esta labor. Teniendo en cuenta que la información disponible en la literatura científica describe principalmente los efectos de agentes químicos en otros oficios diferentes a la población orfebre y conociendo que la exposición a estas sustancias químicas puede generar variados efectos en el organismo, el interés de este proyecto se centra específicamente en las alteraciones cutáneas posiblemente relacionadas con las condiciones de trabajo de esta población del sector informal. MATERIALES Y METODOS La presente investigación es un estudio de corte trasversal, el cual realizó una selección por conveniencia de 114 trabajadores de orfebres Momposinos con el fin de identificar la relación de las condiciones de trabajo con la presencia de alteraciones cutáneas de los trabajadores que laboran en la orfebrería artesanal en la ciudad de Mompox, departamento de Bolívar, en el año 2015, de tal manera que dejando a consideración la descripción de los hallazgos encontrados, se posibiliten futuras y precisas investigaciones e intervenciones en este colectivo de trabajadores. Los instrumentos empleados para la recolección de la información y para el cumplimento de los objetivos fueron la encuesta Nacional de Condiciones de Trabajo del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el trabajo de España (INSHT) que permite recolectar información sobre la caracterización de la población a nivel sociodemográfico y ocupacional, y para la determinación de patologías dermatológicas relacionadas con el trabajo se utilizó el Cuestionario NOSQ-2002 Nórdico- Enfermedades Cutáneas de origen Laboral, en su versión validada en español. Se describieron las variables categóricas con porcentajes y las continuas (cuantitativas) con medidas de tendencia central y dispersión La asociación entre los hallazgos de exposición ocupacional y los síntomas y signos en piel, fue estimada mediante riesgos relativos. RESULTADOS El 75,4% del total de la población correspondió al género masculino y el 67,5% reportó realizar sus labores como trabajadores independientes. Respecto a la identificación de condiciones de salud, la percepción por parte de los orfebres fue positiva, reportando muy buena salud en el 34% de los mismos. El 8% de la población manifestó alteraciones dermatológicas tipo eczema en los últimos seis meses y el 11% las presentó principalmente en manos. Respecto de la iniciación del eczema, el 97% de los trabajadores reportó que se iniciaba al contacto con sustancias químicas y el 98,7% manifestó que se encontraban realizando la labor de orfebrería cuando inició el eczema. La lesión prevalente fue mancha roja sin edema (8%), seguida de ronchas o manchas y ampollas pequeñas (3%) y de piel seca con escamas (2%). CONCLUSIONES Los resultados de la presente investigación mostraron la prevalencia de alteraciones cutáneas principalmente en las manos, tipo eczema (manchas rojas) o prurito (picor). Se recomienda la disminución de los tiempos de exposición, adecuación de jornadas y tiempos de descanso, sistemas de protección personal adecuados y la implementación de un programa de educación y participación para el control integral del riesgo.
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Informe final de investigación en el que se define el contenido y se delimita el alcance de la autonomía financiera en los entes municipales en Colombia. Lo anterior, partiendo del premisa del artículo 311 de la C.N., en donde el Municipio es concebido como la “entidad fundamental de la división político-administrativa del Estado (…)”, al cual se le arrogó autonomía como derecho y como garantía institucional, para destinarlo a ser la piedra angular de la organización territorial del Estado, autonomía para la gestión de sus intereses que se manifiesta en la facultad de administrar sus recursos, establecer tributos y participar en las rentas nacionales; indicando que es éste el objeto de análisis del presente documento. La autonomía financiera en los municipios será analizada desde el punto de vista constitucional, normativo, jurisprudencial y doctrinal. Se demostrará que ésta es el resultado de la evolución en la forma en la cual se ha hecho y se hace el gasto público en Colombia, una transición que de manera simultánea al proceso político administrativo, ha demostrado que sólo a través del empoderamiento de los municipios puede concretarse la eficiencia como principio orientador del gasto público. Además, se examinará la autonomía financiera municipal en sus dos manifestaciones esenciales, es decir, revisando la forma en que los municipios obtienen sus recursos y la forma en que posteriormente los ejecutan.
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Informaciones de limpieza de sangre e hidalguía de Luis Francisco Jorge y Guzmán cura de la villa de Espinal, entregadas al Colegio Mayor del Rosario para solicitar una de sus becas vacantes. Contiene las partidas de bautismo de los padres y los interrogatorios que dan cuenta de su filiación religiosa, además de los oficios de sus familiares. Las informaciones fueron aprobadas por el rector, vicerrector y consiliarios.