44 resultados para DECLARACIONES
Resumo:
La preocupación mundial por la protección del medio ambiente y de los recursos naturales renovables ha dado origen a la formación del nuevo orden jurídico internacional ambiental. Es así como, frente a los problemas ambientales de tercera generación es decir, aquellos que afectan el conjunto del ecosistema de la tierra, vinculados con la destrucción de la capa de ozono, el cambio climático, la pérdida de diversidad biológica y el movimiento transfronterizo de residuos y sustancias peligrosas, entre otros temas la comunidad internacional ha adoptado una serie de declaraciones, resoluciones y tratados internacionales para que los estados, las organizaciones internacionales y los sectores clave de la sociedad adelanten acciones con el fin de prevenirlos, mitigarlos, corregirlos, repararlos o compensarlos, en la medida en que las circunstancias lo permitan, ya que en muchos de los casos los daños son graves e irreversibles.Este código compila los principales instrumentos internacionales que constituyen el marco jurídico institucional del derecho internacional ambiental.
Resumo:
El objetivo principal de esta monografía es comprender los procesos de securitización en Colombia en el periodo 2006-2010. Se analizarán los discursos securitizadores del segundo gobierno del presidente Uribe y del primer gobierno del presidente Santos y las percepciones en el hemisferio hacia estos discursos. Estas percepciones no permitieron que el proceso de securitización de Uribe considerando a las FARC como una amenaza terrorista fuera aceptado en su totalidad por el hemisferio, mientras que el proceso de securitización de Santos considerando a las FARC como grupos al margen de la ley si lo fue. Este análisis se realizará con el apoyo de la teoría de securitización desarrollada en 1998 por los autores Barry Buzan, Waever y de Wilde.
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Juicio de Antonio Corredor sobre sesenta pesos del diezmo de los indios de Sopo que se le están cobrando y que entregó en 1748 a Francisco Pérez Manrique juez de diezmos. El juicio contiene declaraciones sobre la entrega del dinero y recibos de pago.
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Registro del recibo y obedecimiento de la cédula real que pide un informe de la Real Audiencia sobre las rentas y la situación general del Colegio Mayor del Rosario para aprobar una pensión para su manutención. Declaraciones de Miguel de Berrio, Nicolás Dávila y Juan de Medinilla sobre la mala situación económica del Colegio Mayor por la limitación de las rentas producidas por sus haciendas y los gastos de manutención de los colegiales. Fol. 69- 70 Informe general de la Real Audiencia sobre las rentas y administración del Colegio Mayor del Rosario. Fol. 71- 78 Copia de la cédula Real de 5 de octubre de 1730 que demanda un informe sobre la situación de las rentas del Colegio Mayor, seguida de una copia del obedecimiento y una copia de las tres declaraciones antes mencionadas.
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Juicio en contra del testamento de Francisco Lucas Pérez Manrique sobre dinero que quedó debiendo a Santiago de Linares párroco de Quebrada negra. Los albaceas de Santiago de Linares presentan declaraciones juramentadas sobre la existencia de la mencionada deuda para que se pague de los bienes del difunto Francisco Lucas Pérez Manrique. Al final del expediente se acepta la demanda y se ordena el pago.
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1. (Fol. 67- 75) Expediente de 1671 que enumera los argumentos por los que un cura puede ser nombrado rector del Colegio Mayor del Rosario, para justificar el rectorado de Enrique de Caldas Barbosa, se citan las constituciones del Colegio Mayor de Salamanca que son la base de las constituciones del Colegio Mayor del Rosario, además de algunas obras del derecho canónico. 2. (Fol. 76-77) Documentos de 1742 sobre el permiso para que el cura de Charalá Antonio Guzmán pudiera ser regente de la cátedra de vísperas en teología de el Colegio Mayor de Rosario y no residir en su parroquia dejando a un sacerdote encargado. 3. (Fol. 79 -84) Declaraciones de 1751 sobre el número de curas y seculares con cargos y cátedras en el Colegio Mayor del Rosario, y sobre los beneficios del curato que algunos de los catedráticos gozaban. 4. (Fol. 85- 119) Exposición de 1750 de los argumentos por los que los rectores y catedráticos del Colegio Mayor del Rosario deben ser dispensados de su obligación de residencia en la parroquia que encabezan, se citan distintas obras de autores de la antigüedad clásica, del derecho canónico y del derecho civil para justificar la gran utilidad de los curas en la educación de los jóvenes y de la República. 5. (Fol. 120- 127) Solicitud de 1759 del vicerrector del Colegio Mayor del Rosario Ignacio Moscoso ante la muerte del rector, para poder dar paso a una elección rectoral y de otros cargos en la que se puedan elegir párrocos, se incluyen copias de las cédulas reales de 12 de junio de 1752 y de 28 de mayo de 1758 en las que se le conceden permisos a dos curas para ser secretario y provisor del Obispo de Popayán, prosigue con el registro de la elección de Ignacio de Moya como procurador del Colegio Mayor. 6. (Fol. 129- 147) Expediente de los procuradores Ignacio Moya y Luis del Castillo para que la Real audiencia apruebe la elección de un rector cura, se realizan varios interrogatorios y peticiones (adjuntos) en los que se declaró la necesidad de emplear curas que hubieran sido colegiales como rectores del Colegio Mayor 7. (Fol. 150- 165) Petición de 1762 del rector José Joaquín de León para que se apruebe la elección de un cura para el siguiente rectorado, expone los documentos sobre la autorización que había dado el virrey y el Arzobispo de la Nueva Granada para tal elección, continúa con los registros de la reelección de José de León en el rectorado y de su rechazo del cargo. 8. (Fol. 170- 175 ) Copias de las cédulas reales de 19 de julio de 1752 y 14 de abril de 1764 sobre la desaprobación del Rey por concedérsele una cátedra en el Colegio Mayor del Rosario y posteriormente el rectorado a Antonio de Guzmán y Monasterio cura de Charalá. 9. (Fol. 176- 197) Petición de 1764 de Miguel Masústegui rector del Colegio Mayor del Rosario para suspender el cumplimiento de las cédulas reales que no permiten que los curas sean catedráticos o rectores y de esta manera poder continuar con su labor en la rectoría. Expone una argumentación basada en otras órdenes reales que aceptan dicha elección de curas, en las constituciones de Colegio Mayor de Salamanca cuyo modelo regía al Colegio Mayor del Rosario y a las Universidades de Lima y México; así como en las leyes de Indias y otras disposiciones del derecho, contiene copias de las autorizaciones del Virrey Messía de la Cerda y el Arzobispo José Javier de Arauz para el nombramiento de un cura rector del Colegio Mayor del Rosario.
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Declaraciones notariadas de Joaquina Pinto y Bárbara Molano, sobre el tiempo y los pagos que han hecho por habitar dos casas ubicadas detrás del monasterio de la concepción, que fueron heredadas al Colegio Mayor del Rosario por Francisco Pérez Manrique.
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Los indígenas como sujeto jurídico para el reconocimiento de derechos étnicos han sido definidos desde el paradigma del multiculturalismo liberal, basado en características esencialistas de la identidad, como el vínculo con el territorio ancestral rural, el uso de la lengua nativa, y la organización colectiva y comunitaria. Sin embargo, el conflicto armado colombiano ha generado el desplazamiento forzado de gran parte de esta población i1, en su mayoría hacia áreas urbanas y metropolitanas, donde son inaplicables las características que eran tenidas en cuenta para el reconocimiento y la garantía de sus derechos. La ausencia de un sujeto jurídico étnico que responda a las condiciones de un indígena desterritorializado víctima de desplazamiento forzado a causa del conflicto armado que solicita atención individual, se convierte en un obstáculo para la garantía de sus derechos étnicos en la implementación de la política pública de atención, asistencia y reparación a víctimas del conflicto armado, porque las medidas afirmativas y el enfoque diferencial étnico, obligación del ejecutivo, queda a la discrecionalidad de las decisiones administrativas, poniendo en riesgo la garantía del derecho a la identidad cultural y, por lo tanto, a la diversidad étnica y cultural de la nación.
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El pandillismo es un fenómeno social que se presenta en las principales ciudades de Colombia desde hace varias décadas, sin embargo, solo en los últimos años el fenómeno a comenzado a acaparar mayor atención mediática e institucional. El pandillismo se ha convertido en una preocupación para la seguridad ciudadana, especialmente en las áreas urbanas. La Policía Nacional, en conjunto a Instituciones locales y nacionales ha venido realizando un trabajo focalizado para hacerle pie al fenómeno. En este trabajo se realizó una revisión histórica del pandillismo en Bogotá y un panorama continental. De la misma manera, se hace una descripción de los programas y estrategias que la Policía Nacional y las entidades públicas han realizado desde el año 2004 hasta el año 2015. Por último se realiza una evaluación del trabajo institucional enfocado en el sector del Codito, en la localidad de Usaquén.
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Este documento indaga sobre los determinantes que hicieron posible la creación de la Alianza del Pacífico. Para ello, se describen elementos del contexto internacional y regional dentro del cual se gestó la Alianza, y que permitió la convergencia de unos intereses afines entre Chile, Colombia, Perú y México que, determinados por identidades similares, desembocaron en un proyecto colectivo: La Alianza del Pacífico. El argumento principal es que los intereses, las características y las identidades comunes configuraron unas preferencias nacionales que fueron materializadas en la creación de un proyecto de integración económica con características particulares, que sirve de plataforma para la coordinación, la articulación, la inserción y el desarrollo económico de sus miembros.
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El presente estudio de caso tiene como objetivo analizar los retos frente al cumplimiento del Protocolo de Palermo, en materia de explotación sexual, en el Sistema Institucional Colombiano, durante el período comprendido entre los años 2003 y 2014. De manera preliminar se indica que dichos retos son político-jurídicos en cuanto a la manera en la que se cumplen los tratados internacionales, las obligaciones derivadas de ellos y quiénes tienen competencia para desarrollar los mandatos contenidos en los mismos. Igualmente existen retos institucionales y organizacionales pues Colombia carece de una estructura organizacional clara y la coordinación inter-agencial es escasa en materia de trata. En este sentido, esta investigación tiene un enfoque multidisciplinar, puesto que combina aspectos propios tanto del Derecho Internacional Público como de las Relaciones Internacionales. Para ello, se hará un análisis cualitativo por medio del análisis de datos y de literatura académica respecto a la trata de personas en Colombia, con el fin de lograr comprender con mayor precisión el panorama actual del país respecto al flagelo.
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El tema central de la presente monografía es mostrar la relación entre el discurso del movimiento 19 de abril (M-19) y sus acciones cometidas en el periodo de 1974 a 1990, a partir, de la explicación y aplicación de la teoría sobre el discurso de Teun Van Dijk, enfatizando en los conceptos de acción, contexto e ideología. Se analizaron los discursos hechos por el grupo guerrillero, relacionándolos con varias de sus acciones, lo que permitió ver cómo el discurso del M-19 al igual que su ideología cambiaron a través del tiempo; convirtiéndose, además, en un medio para justificar las acciones, dado que se pudo observar una concordancia entre las declaraciones, las palabras, y los actos políticos y revolucionarios del movimiento.
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Respuesta del colegial de la cátedra de matemáticas Rafael García al reclamo de los estudiantes de gramática, sobre las preeminencias que se le han otorgado. Argumentaba que al ser estudiante de gramática también era merecedor de portar el escudo del Colegio Mayor. Contiene las declaraciones de catedráticos sobre la favorabilidad de conceder las mismas prerrogativas de los colegiales antiguos a García. Finaliza con la resolución de que Rafael García no debe portar el escudo del Colegio Mayor, ni tener otros privilegios que corresponden a los colegiales más antiguos.
Resumo:
Tras conocer cuatro años de debate (dentro y fuera de La Habana), los borradores de dos puntos de la agenda y presenciar el crecimiento de bandas criminales y/u organizaciones sucesoras del paramilitarismo, de la mano de la expansión de economías ilegales y una polarización creciente (y preocupante por sus características) en torno a la paz y el conflicto social/armado en el país, el presente trabajo pretende analizar a profundidad el carácter y alcance de los discursos emitidos por los negociadores en La Habana.