532 resultados para MEDICINA - INVESTIGACIONES – PUBLICACIONES SERIADAS
Resumo:
El esquema de protección de derechos es un elemento esencial en el ordenamiento jurídico de las naciones organizadas bajo la modalidad de Estado Social de Derecho, y en ese sentido, la implementación de las garantías a los derechos de las minorías existentes en la Nación. Colombia no es la excepción dentro del modelo señalado; en la Constitución Política de 1991 se plantea una amplia gama de derechos y garantías, haciendo un especial reconocimiento a la existencia del pluriculturalismo y el multilingüismo propio de una Nación marcada por la presencia de diferentes grupos étnicos que han determinado su legado histórico y cultural. Así las cosas, surge un escenario de interrelación entre los derechos de las minorías y los del resto de la colectividad, a partir del cual se pueden establecer elementos de armonía y correspondencia, así como también evidenciar posibles conflictos derivados del choque de intereses de una y otra parte. Para el caso de la presente investigación, se ha decidido centrar el estudio en una etnia específica respecto de la cual se han detectado una serie de problemas los cuales permiten efectuar un análisis detallado y con ello evidenciar los objetivos pretendidos. En ese sentido, el grupo étnico escogido es el raizal, residente en las Islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. El eje central de investigación apunta a plantear que el reconocimiento constitucional que se le ha dado a la comunidad raizal no tiene, ni los alcances, ni las implicaciones que debería tener en los escenarios legislativo, jurídico y político, pues la entidad y relevancia que se la ha otorgado a la mencionada etnia no cumple con el verdadero objeto de pluriculturalidad con que se pretende catalogar a nuestra Nación. El discurso étnico por medio del cual los grupos buscan autodeterminarse, manifestar el esplendor de su cultura y demostrar la existencia de una memoria histórica colectiva, no ha sido considerado en su totalidad como es el caso de la etnia estudiada, pues elementos indispensables de su legado, de su historia y de su presente se han visto ignorados o readaptados a otros escenarios con discursos diferentes, con intereses disímiles y con enfoques diversos, generando una alteración del verdadero pluriculturalismo en el sentido estricto de la palabra. En ese orden de ideas, el estado de las cosas y de los derechos ha llevado a situaciones en las cuales el discurso ha tomado un enfoque distinto del carácter étnico que ha de caracterizarlo, tornándose en un discurso político marcado por la presencia de múltiples opiniones al interior de la misma etnia, pero que a su turno evidencia la necesidad de dar una revisión a las condiciones en que jurídica, social y culturalmente está reconocida dicha etnia y con ello demostrar que el panorama no se agota en una simple denominación constitucional o legal, sino que ha de acompañarse con la práctica política y legislativa justa que demuestre una real existencia de la minoría en el entorno social y jurídico de la Nación. La etnia raizal ha padecido un impacto cultural inmedible desde el momento de la abierta inmigración de continentales al Archipiélago, generándose con ello un sentimiento de marginación frente a las otras etnias y en general, frente el resto de la colectividad. Para el cumplimiento de los objetivos de la presente investigación, se utilizó la metodología de búsqueda en fuentes secundarias, con un especial énfasis en el análisis legislativo y la revisión jurisprudencial, orientado a la obtención de parámetros de guía para la determinación de aspectos relevantes, así como también al poder efectuar comparaciones con miras a obtener conclusiones. Así las cosas, la investigación se complementó con un trabajo de campo en el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, territorio de la comunidad raizal, el cual se desarrollo a través de la modalidad de entrevistas semiestructuradas aplicadas a diferentes miembros de la etnia, procurando incluir personas de diferente tipo, esto es, algunas que ocupan cargos públicos, otras que se desempeñan como líderes activistas y otras del común.
Resumo:
Debido a las transformaciones sociales y económicas del mundo por causa de la tecnología, el desarrollo acelerado de los países capitalistas, la guerra constante, el aumento de la pobreza, el deterioro ambiental, entre otros factores que han ocasionado un impacto negativo en la mayoría de los países del mundo, la noción de derecho colectivo ha cobrado gran importancia por su trascendencia en la vida social. Como respuesta a esta nueva problemática que viene surgiendo en torno a lo vulneración y afectación de los derechos colectivos, se consagra en la Constitución Política de 1991 la Acción Popular, como el mecanismo idóneo para la protección y amparo de estos derechos. En ese orden de ideas surgen las Clínicas de Interés Público, con el fi n de promover el uso de estas acciones, fortalecer la investigación en el manejo de estos casos y ayudar a la población menos favorecida y más afectada en la vulneración de sus derechos colectivos, tal es el caso del Grupo de Acciones Públicas de la Universidad del Rosario (GAP). El presente borrador de investigación pretende exponer de manera sencilla la estructura, integración, reglamento, funcionamiento del Grupo de Acciones Públicas, así como los criterios utilizados para determinar la viabilidad o inviabilidad de un caso al interior del grupo –estas son las etapas que los estudiantes deben agotar previa la adopción de una estrategia jurídica para la defensa del derecho colectivo–. De la misma manera, se exponen las estadísticas del número de acciones constitucionales interpuestas (acción de Tutela, de Grupo, de Inconstitucionalidad, Popular y de Cumplimiento) con el correspondiente resultado, y un análisis de las sentencias favorables obtenidas por el GAP en la interposición de acciones populares, teniendo como instrumento de análisis el método francés y, por último, un breve glosario que contiene las palabras más empleadas al interior del grupo en desarrollo de sus funciones. El Grupo de Acciones Públicas de la Universidad del Rosario, como Clínica de Interés Público, gracias a la trayectoria y esfuerzo constante de su coordinador, supervisores y estudiantes, se ha venido fortaleciendo con óptimos y valiosos resultados no sólo en la interposición de acciones, que como se verá a continuación han sido positivas y hasta la fecha se ha logrado la protección efi ciente y efi caz de muchos derechos colectivos vulnerados a varias comunidades, sino también, en relación con su estructura y funcionamiento, que gracias a la investigación, el contacto e interrelación con clínicas de interés público de otros países de mayor trayectoria como Argentina1, Chile2 y Estados Unidos, se ha venido enriqueciendo al punto que –como se ve a lo largo de este escrito– existe ya toda una metodología investigativa para la recepción, análisis y determinación de viabilidad de los casos que serán adelantados por el GAP, con el fi n de obtener así los resultados anhelados. Los casos son elegidos teniendo en cuenta el impacto social, el interés que se busca proteger, y sólo en la medida en que de la defensa del mismo, (haciendo uso del aparato jurisdiccional y de las herramientas que la Constitución Política y el ordenamiento jurídico tienen a nuestra disposición) pueda derivar consecuencias con incidencia en la modifi cación de las circunstancias que alteraron, vulneraron o amenazan con vulnerar el derecho colectivo, y con ello la estabilidad de la comunidad, el caso es asumido por el grupo. Por ello, los casos son asumidos con una perspectiva estratégica que permite enfocar el estudio y la investigación de los casos en torno a dos puntos importantes: la del cliente y la del interés público. El trabajo de la Clínica en la defensa del interés público y de los derechos colectivos, se ha estructurado bajo cinco líneas de trabajo: i) defensa de casos de interés público, ii) desarrollo de investigaciones y trabajos de campo, iii) control y supervisión permanente del caso por parte de los estudiantes integrantes del grupo, iv) participación en encuentros nacionales e internacionales, v) difusión de las actividades de la Clínica. Los casos asumidos por el GAP son utilizados para el trabajo académico con los alumnos de 9° y 10° semestre de Derecho en la Clínica Jurídica; así, además del carácter altruista y el sentido social que se imparte al interior del grupo, se logra que a partir de la defensa de casos concretos y la perspectiva del interés público, los estudiantes apliquen los conocimientos aprendidos durante la carrera mediante la formulación de estrategias jurídicas, investigación, el desarrollo de una argumentación jurídica orientada a emplear y reformular las nociones y categorías de derecho (en muchos casos inservibles por sí solas), y desarrollar una nueva manera de articular el derecho y el uso de la jurisprudencia –como interpretación de las normas que constituyen nuestro ordenamiento jurídico–, para logar así la realización de los principios constitucionales que caracterizan a nuestro Estado como Estado Social de Derecho.
Resumo:
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Resumo:
Hace 37 años, aproximadamente desde el 13 de mayo de 1970, fecha en la que el profesor Claus Roxin leyó su ponencia titulada “Política criminal y sistema de derecho penal”, la ciencia del derecho penal ha experimentado un profundo cambio en su método y en su objeto. El antiguo paradigma de que el derecho penal debía ser la barrera infranqueable del derecho penal, vigente desde los tiempos en que Franz von Liszt pronunció su conocido “Programa de Marburgo”, fue sustituido por una nueva perspectiva en la que la dogmática jurídico-penal sólo adquiere su verdadera dimensión de sentido, cuando se la elabora en función de la realización de los fines político-criminales que a la ley penal le atribuye la Constitución. La doctrina penal actualmente dominante, en consecuencia, ha abandonado por completo el método lógico-deductivo de los tiempos del positivismo, y el método teleológico-valorativo impuesto por el neokantismo, para adoptar como método para la elaboración y determinación del derecho penal uno con orientación teleológica hacia la realización de la política criminal del Estado. Hoy la doctrina general, casi de forma unánime, toma como punto de partida la idea de que la Constitución Política reconoce positivamente un conjunto de valores éticosociales,cuya preservación explica desde sus fundamentos el ius puniendi. Si se toma realmente en serio el carácter de Estado social y democrático de derecho, esa potestad con la que cuenta el Estado para crear delitos y para imponer penas, sólo puede fundamentarse como contrapartida del deber que le asiste de actualizar esos valores positivamente reconocidos en la Constitución. La Carta Política, depositaria de ese acuerdo sobre lo fundamental al que supo llegar el constituyente primario, determina con exactitud cuáles son esos valores sobre los que ha de erigirse el Estado; valores que luego se encarnan en las libertades civiles y en los bienes jurídicos fundamentales, y que habrán de servir como límite y fundamento del derecho penal. Si por política criminal entendemos el conjunto de principios que orientan, enmarcan, limitan y fundamentan el uso del ius puniendi que, legítimamente, puede hacer el Estado en orden a prevenir la realización de conductas que afecten las libertades y los bienes jurídicos básicos, entonces no queda duda de que ella se encuentra ya delineada en sus trazos más fundamentales en la Constitución Política, y que la ley penal no es más que la concreción de la política criminal del Estado en su más pura expresión. Muchos son los valores dignos de protección, y por ellos son muchos también los bienes que tradicionalmente han gozado de alguna forma de tutela jurídico-penal: la vida, la libertad individual, la libertad y el pudor sexual, la honra y el buen nombre, el patrimonio o la administración pública, son sólo algunos ejemplos de ellos. No obstante,junto a esos bienes jurídicos tradicionales, que desde mediados del siglo XVIII integran lo que actualmente se suele conocer como el derecho penal clásico o nuclear, han empezado a surgir otros que reclaman también protección penal. Se trata, en general, de bienes jurídicos que se aglutinan en lo que hoy se conoce como el derecho penal moderno o accesorio, y cuya protección se garantizaba anteriormente apelando a la legislación mercantil o administrativa. Y me refiero, en particular, a bienes jurídicos que, como la propiedad industrial, los derechos patrimoniales de autor, el medio ambiente o los recursos naturales, han pasado recientemente a disfrutar de un indiscutible estatus de protección penal del que antes no gozaban. Uno de esos bienes jurídicos que han pasado recientemente a disfrutar de la tutela jurídico-penal, es el orden económico y social, y es en el estudio de las conductas por medio de las cuales se le lesiona o pone en riesgo, donde se centra nuestra principal preocupación académica.
Resumo:
El reciente desarrollo de los mercados financieros en Colombia hace evidente la importancia de la mayor o menor integración con el entorno internacional. De acuerdo con la teoría de portafolio, para la conformación de un portafolio eficiente se deben combinar activos de diferente riesgo para obtener el mayor retorno esperado posible, teniendo en cuenta que puede existir correlación entre los activos. En ese sentido, se busca evidencia del grado de correlación que existe entre los principales activos del mercado local y del mercado internacional. En particular, los activos del mercado local (dólar, bonos de la Tesorería y acciones) y el mercado extranjero (en particular bonos del Tesoro de Estados Unidos) deberían presentar una correlación alta para considerarse sustitutos en una eventual construcción de un portafolio eficiente. En busca de estos hechos estilizados, se utilizan dos metodologías (Filtro de Hodrick y Prescott, 1997 y primeras diferencias de las variables) para la estimación de correlaciones contemporáneas y no contemporáneas entre los diferentes activos. Sin embargo, la evidencia muestra que la relación que existe entre los activos locales y los extranjeros no permite ser concluyente sobre el tema.
Resumo:
La búsqueda de información basada en las diferentes herramientas que el mercado ha desarrollado, ha convertido a la curva de rendimientos en una de las más utilizadas. Diferentes autores a nivel internacional se han preocupado por investigar y extraer información, teniendo en cuenta la formación de expectativas de los agentes sobre las tasas de interés, el comportamiento de diferentes variables macroeconómicas como el producto y la inflación. La evidencia encontrada es muy amplia, aunque no siempre en la misma vía. A nivel nacional, pocos autores se han preocupado por indagar sobre la curva de rendimientos como posible herramienta para predecir el comportamiento de variables macroeconómicas. Una posible explicación se relaciona con el hecho de que las bases de datos de la curva de rendimientos son muy recientes y la calidad de los datos no siempre es óptima debido al reciente desarrollo de los mercados financieros en Colombia. Sin embargo, la evidencia obtenida a través de estos estudios es valiosa.
¿Tiene efectos negativos el TLC sobre los precios de los medicamentos y la salud de los colombianos?
Resumo:
Un análisis a propósito de dos estudios sobre el impacto del TLC en los precios de los medicamentos en Colombia.
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En el presente ensayo se examinan algunos antecedentes históricos –los factores institucionales en particular– que contribuyeron al surgimiento del conflicto armado en Colombia. En este sentido, se intenta explorar en qué medida la incapacidad de las instituciones del Estado para resolver los conflictos por los derechos de propiedad y distribución de la tierra, hizo que algunos actores sociales, campesinos sin tierra y que las ocupaban ilegalmente, aparceros y trabajadores migrantes de las haciendas, así como terratenientes, crearan instituciones violentas paralelas en la contienda para lograr sus objetivos antagónicos.
Misiones católicas en América Latina, siglos XIX-XX : estudio preliminar para una historia comparada
Resumo:
Este documento propone una aproximación preliminar al desarrollo de los estudios y las investigaciones históricas sobre los misioneros católicos en América Latina, en los finales del siglo xix y la primera mitad del siglo xx. Se estudian tres puntos de vista para establecer por medio de ellos diferentes marcos teóricos y métodos de investigación. (En los textos que serán abordados se presentan la investigación de corte vertical y transversal.) El estudio sobre las misiones católicas intenta proporcionar herramientas para adelantar un trabajo en historia comparada.
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De manera propositiva el gobierno del presidente Álvaro Uribe Vélez presentó a los colombianos el 7 de agosto de 2005 un ejercicio prospectivo de planeación denominado 2019 Visión Colombia II Centenario. El objetivo de este ejercicio era “servir como punto de partida para pensar el país que todos los colombianos quisiéramos tener, para el momento de la conmemoración del segundo centenario de vida política independiente, a celebrarse el 7 de agosto de 2019”.1 El Departamento Nacional de Planeación asumió la responsabilidad de plasmar la visión que surgía al interior del estamento público, esencialmente ministerios y departamentos administrativos. Se esperaba que esta propuesta preliminar fuera enriquecida a través de un proceso de discusión y concertación con los diferentes estamentos de la sociedad en un diálogo profundo y constructivo entre los colombianos en el que fuera posible sumar voces en torno a una misma idea de país.2
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En enero de 2006 el presidente Álvaro Uribe Vélez decidió implementar un ambicioso programa de erradicación de miles de hectáreas de cultivos ilícitos en la sierra de La Macarena. La política de erradicación de cultivos ilícitos se ha caracterizado por fuertes disensos entre quienes la ejecutan e importantes sectores que la critican debido a los supuestos daños que provoca al medioambiente y a la salud de las personas. En sus orígenes la erradicación manual en La Macarena contó con un inusual consenso social en materia de política antidrogas en el país; en él confluyeron la urgencia del Gobierno por adelantar la lucha contra las drogas y la pretensión de diferentes sectores por llevarla a cabo con el menor impacto social y ambiental posible.
Resumo:
Las actividades ilegales constituyen un foco de atención importante para las políticas públicas de cualquier sociedad moderna. En Colombia, las manifestaciones delictivas se han incrementado hasta alcanzar niveles preocupantes. En los censos sobre cultivos ilícitos para 2005 y 2006 la ONUDD muestra cómo en pocas décadas Colombia se ha convertido en el primer cultivador de coca y en el primer exportador de clorhidrato de cocaína del mundo. La misma agencia deja ver que en el país ha existido cierta especialización en el tráfico ilegal de armas (ONUDD, 2006). Otras muestras sobre crecimiento de la actividad delincuencial se evidencian en que las organizaciones criminales que operan en el país han desarrollado técnicas avanzadas para producir dólares y pasaportes falsos, estos últimos demandados por miembros de organizaciones terroristas internacionales (BBC, 2006), al tiempo que han desarrollado sofisticados sistemas de lavado de dinero, piratería de libros, música y video.
Resumo:
Los sistemas electorales en sentido estricto, adicional a sus efectos técnicos, tienen efectos colaterales que sólo pueden ser visiblemente detectados después de tres o cuatro elecciones, lo que hace que el tiempo razonable de observación para el análisis y evaluación de los mismos no debe ser inferior a una década. Motivo por el cual el escenario político-electoral colombiano de los últimos tiempos se constituye en un laboratorio académico sin precedentes en nuestra historia. Más aún cuando a través del Acto Legislativo 01 de 2003 el Congreso logra aprobar su reforma política, en medio de un ambiente de tensiones y contrapesos entre el Legislativo y Ejecutivo, que busca cada uno a su manera, reformar estructuralmente la Constitución Política de Colombia, particularmente, en relación con la forma de obtener, conservar y ejercer el poder. Ante esta coyuntura de implementación y adaptación de la reforma, en el ámbito netamente electoral, el Observatorio de Procesos Electorales (OPE) ha emprendido la tarea de hacer seguimiento y sistematización de la información pertinente que le permita analizar los sistemas electorales –en sus efectos técnicos–, e ir observando a largo plazo sus efectos colaterales, así como su impacto real en la representación política, en la dinámica del sistema político y en el grado de gobernabilidad. En este cuadernillo se contextualizan los antecedentes de la elección senatorial y se presentan los resultados preliminares del seguimiento y sistematización de la información relacionada con el impacto inmediato de la reforma en la elección de 2006.
Resumo:
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Resumo:
En el primer semestre de 2006, en el marco del segundo período de la legislatura 2005-2006, la Honorable Representante Gina María Parody organizó en las instalaciones del Congreso de la República un debate sobre la noción y el alcance de la Acción de Tutela respecto a providencias judiciales, tema de gran discusión por parte de diferentes sectores del Gobierno Nacional así como de las Altas Cortes, la Academia y la Doctrina en general. En ese orden de ideas, la Facultad de Jurisprudencia y la Decanatura del Medio Universitario de la Universidad del Rosario, a través de su Observatorio Legislativo y de Opinión, solicitaron a algunos docentes su opinión sobre el referido tema de amplia polémica, con el fin de presentar al público en general argumentos que sustenten las múltiples posturas que al respecto existen. Así las cosas, en el presente documento encontrarán recogidos los comentarios preliminares y generales de la posición sobre el tema en debate emitida por los doctores José Roberto Herrera, Manuel Fernando Quinche y Juan Enrique Medina, docentes de la Facultad de Jurisprudencia. El objetivo de esta publicación no es otro que el de brindar herramientas para adelantar este debate que cotidianamente se surte sobre este tema en diferentes escenarios de la vida nacional, y servir de sustento para el trabajo de aquellos que en adelante le den vida a éste tema al interior del Congreso, quizá de manera concreta en la realización de una iniciativa legislativa, como recientemente se ha anunciado.