24 resultados para Proma facie duty


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The document refers to the San Francisco river canalization and subsequent construction of the Avenida Jiménez de Quesada. Understanding that the project was ascribed to the modernizing policy of the time, the investigation identifies the different stages in the canalization process, and shows its relations with the spatial structure of the city and the local conditions that developed on the river surroundings. The financing of the project through the “property increase duty” permits an illustration of the progress of canalization and construction of the Jiménez Avenue process, providing a less technical and more social meaning to the sequence in which the project executed. Consequently, the document approaches the shaping dynamics of Bogotá´s spatial structure at the beginning of the XX century.

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La Asamblea Nacional Constituyente de 1991 dedicó un capítulo al tema de la función pública. Es la primera vez en la historia de la nación colombiana que se eleva a mandato superior, con tanto detalle, un tema de vital importancia para la vida de los colombianos, la consolidación del Estado y la modernización de la administración pública. Del análisis de este tema se ocupa el presente libro y para lograrlo se plantea la siguiente hipótesis: sólo contando con la presencia activa de recursos humanos sólidamente formados, sistemáticamente actualizados y comprometidos éticamente con el manejo de los recursos públicos, se pueden desarrollar de manera segura procesos de transformación de nuestras realidades y su consecuente proyección hacía mejores estadios de desarrollo. El libro tiene cinco capítulos, así: el primero desarrolla los aspectos generales de la gestión de los recursos humanos; el segundo se ocupa de la función pública; el tercero, del marco constitucional y legal; el cuarto desarrolla el tema de la gerencia pública y el quinto se refiere al Código de Ética del servidor público. Este trabajo se inscribe en la línea investigación “Institucionalidad y Democracia” del Centro de Estudios Políticos e Internacionales de la Universidad del Rosario (CEPI) y es el producto de la permanente reflexión y discusión del tema en pregrado y posgrado, y de varios años de experiencia en la dirección administrativa de entidades del Estado.-----The National Constituent Assembly in 1991 devoted a chapter to the subject of Public Duties. For the first time in the National Colombian history a subject of vital importance to the lives of Colombians, i.e. the consolidation of the State and modernization of the Public Administration, is raised in such detail to a Superior mandate. This book concentrates on the analysis of this topic and with this aim the following hypothesis is formulated: only with the active presence of solidly trained Human Resources who are systematically kept up to date and ethically committed to the management of public resources can the processes of transformation of our reality and its consequent projection towards better development stages be safely developed. The book contains five chapters: the first develops the general aspects of Human Resource management; the second deals with public duty; the third with constitutional and legal framework; the fourth develops the public management topic and the fifth refers to the public officer’s code of ethics. This paper is registered on the CEPI’s “Institutionalism and Democracy” line of research and is product of the permanent thought and discussion of the topic at undergraduate and postgraduate levels, as well as the various years of experience in administration of public entities.

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El propósito de este artículo es explorar las principales características de tres opciones que poseen los ciudadanos en el marco de la filosofía política liberal, así como sus fuentes teóricas. Las opciones analizadas son la obligación de obedecer la ley (obediencia civil como una obligación), el deber moral de obedecer la ley (obediencia civil como un “deber ser”) y la desobediencia civil. El autor utiliza el término liberal en un sentido ontológico, dado que el ciudadano se entiende como una entidad individual.Debido a que la desobediencia civil es el concepto más complejo que se analiza en este artículo, se propone un ejercicio interesante para definirlo. Este concepto se define en función de una contradicción lógica. Así, la idea de la “no desobediencia civil” se utiliza para explorar las fronteras conceptuales de la desobediencia civil.-----The purpose of this article is to explore three options of citizens within liberal political philosophy, as well as their main characteristics and theoretical sources. Those options are: the obligation to obey the law (the civil obedience as an obligation), the moral duty to obey the law (the civil obedience as a “must be”), and the civil disobedience. The author points out that the “liberal” concept can be defined in an ontological sense because the citizen is defined as an individual entity.Given that the civil disobedience is the most complex concept analyzed in this article, it is suggested an interesting exercise in order to define it. This concept is constructed according to logical contradiction. Thus, the idea of “non-civil disobedience” is used to explore the civil disobedience conceptual bounderies.

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En el presente trabajo se analiza la obligación de investigar graves violaciones de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, a la luz de la sentencia de la Corte Constitucional Colombiana referente a la constitucionalidad del Marco Jurídico para la paz. De la aparente remisión que hace la Corte Constitucional a la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el deber de investigar graves violaciones de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario se concluye que la Corte Constitucional propone como premisa mayor una obligación que surge de una interpretación extensiva de la Convención Interamericana. De la misma forma, se estudia el tratamiento indebido del derecho aplicable a las amnistías e indultos, que se relaciona con la necesidad de evitar cualquier tipo de impunidad, cuyo concepto sirve para esclarecer cuáles son los estándares que se quiere proteger. Por último, se analiza el contexto al que se pretende aplicar dicha obligación, es decir, la justicia transicional, proponiendo un modelo interpretativo de los fines de la pena, y su aplicación por medio de la favorabilidad penal, para la justicia transicional, que sea acorde a la interpretación de la Convención Interamericana.

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Con la firma del Tratado de Libre Comercio (TLC) entre los países que conforman la Unión Europea (UE) y Colombia, se abre un camino complejo y dinámico de flujos en comercio exterior que, sin duda, traerá beneficios y desventajas para la actividad productora de leche cruda en Colombia, a raíz de la forma como se hicieron las negociaciones del acuerdo. Partiendo de esta premisa, el presente trabajo de grado, hace un análisis cualitativo de los efectos previsibles que la implementación del TLC de la referencia tendrá sobre el sector lácteo en Colombia

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Este artículo se cuestiona sobre la posibilidad de fundamentación moral de las obligaciones políticas y de la legitimidad de la autoridad, dando una respuesta negativa. Así, se postula que no hay un deber moral de obediencia a la autoridad (política) a la vez que se propone, a partir de allí, una somera defensa del Estado de bienestar.

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A diferencia de la generalidad de trabajos sobre la pobreza rural en Colombia, este estudio emplea un enfoque de activos para indagar acerca de los determinantes de la pobreza rural. En particular se examinan la existencia de no convexidades locales en el proceso de generación de ingresos, el grado de concentración de los hogares en ciertos rangos de acumulación de activos y la presencia de retornos marginales diferenciados a los activos. Con base en esto se proporciona evidencia prima facie acerca de la existencia de una trampa de pobreza en el sector rural, abriendo una línea promisoria de investigación sobre el tema, que puede contribuir de forma importante a su comprensión y a un mejor diseño de política social y sectorial.

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Si se interpreta la primera palabra de Cristo en la cruz, con referencia a los verdugos que causaron su crucifixión, en clave de omnisciencia divina luterana y ausencia de posibilidades alternativas, surgiría una aparente contradicción en cuanto a la responsabilidad moral y el deber de aquellos: ¿Cómo sostener su responsabilidad moral si no contaban con posibilidades alternativas, y si al parecer no sabían lo que hacían, y cómo atribuirles deberes que no podían cumplir? Esto se puede resolver desde de una perspectiva semi-compatibilista, y responder, así, que: 1) la ausencia de posibilidades alternativas y la ignorancia no excluyen el que los verdugos puedan ser considerados moralmente responsables por la crucifixión de Cristo, y 2) la imposibilidad de cumplir con ciertos deberes no excluye el que los verdugos tuviesen dichos deberes y pudieran ser considerados moralmente responsables por su incumplimiento.

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Los TBI (Tratado Bilateral de Inversión) o también denominado los APPI (Acuerdo de Protección y Promoción de las Inversiones) son acuerdos que buscan la Protección y la Promoción de las inversiones que hagan los nacionales de un Estado en otro Estado conocido como el “Estado Receptor”. Los TBI y APPI fueron concebidos dentro del proceso de descolonización que le siguió a la Segunda Guerra Mundial. Esto se debe a que los Estados que habían colonizado otros territorios, ahora Estados soberanos y sus nacionales, seguían teniendo fuertes lazos e intereses económicos. Con el ánimo de protegerse de posibles expropiaciones, los Estados europeos liderados por Alemania, firmaron un número importante de TBI y APPI, no solamente con sus antiguas colonias, sino con otras. De esta manera, Alemania, Suiza, Holanda, Italia, Bélgica y Suecia suscribieron al menos cuarenta tratados de este tipo con varios Estados asiáticos, africanos y del medio oriente entre 1959 y 1965. Estados Unidos se demoró unos veinte o treinta años más, porque los estadounidenses no solamente aspiraban a obtener protección para sus inversionistas, sino que además solicitaban que se abriera y liberara la economía de los Estados firmantes. Finalmente, fue en la administración de Ronald Reagan que los Estados Unidos comenzó a suscribirlos.