55 resultados para Pignatelli y Gonzaga, José, Marques de Mora, 1744-1774
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Este trabajo busca encontrar una solución para aquel consumidor local que ha celebrado un contrato de compraventa internacional de mercaderías, y el bien objeto de contrato tiene un defecto que genera daño. Propone la aplicación de la falta de conformidad, a través de la figura del efecto atenuado del orden público, como una medida que sustituye la responsabilidad por producto defectuoso contenida en la ley 1480
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Postulación a la oposición de la cátedra en sagrados cánones por parte de José Ignacio Flórez. En el folio 362v se registra una nueva convocatoria a las oposiciones y una citación a José I. Flórez para presentar su oposición para ser catedrático de prima en sagrados cánones.
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Joseph Múnive colegial porcionista del Colegio Mayor del Rosario presenta solicitud de una de las becas fundadas por el arzobispo Antonio Sanz para los naturales de Cartagena. Incluye información sobre su ascendencia y concesión de beca.
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Solicitud y Concesión de beca en el Colegio Mayor del Rosario a Santiago Gregorio de Burgos y Villamizar natural de Pamplona
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Nombramiento de beca formal en el Colegio Mayor del Rosario a favor de Joaquín Marcelino Camacho, oriundo de la ciudad de Vélez, aprobándose sus certificados e informaciones por el Virrey de la Nueva Granada.
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Solicitud y concesión de beca en el Colegio Mayor del Rosario a favor Miguel Fermín Galindo, natural de la ciudad de Ibagué.
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Edicto y convocatoria del rector del Colegio Mayor del Rosario sobre la vacante de catedrático de Filosofía (o artes), invita a los interesados de la comunidad rosarista a participar de las oposiciones. Registro de tres postulaciones para las oposiciones: Luis del Castillo, Ignacio de Moya y Nicolás de Neyra. Registro del protocolo y acto de oposición: elección de temas de argumentación, presentación pública del tema, respuestas del otro opositor, deliberación de la comunidad y elección del catedrático a favor de Nicolás de Neyra y Castro, el expediente termina con el nombramiento y posesión del catedrático.
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Los precios de transferencia ocupan el interés de los Estados en el mundo actual al constituir uno de los retos fundamentales del Derecho Internacional Tributario. En el seno de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), creada en 1961, se discutieron y desarrollaron diversas propuestas para regular el fenómeno. Estas, se materializaron en Modelos de Convenios Tributarios e instrumentos de soft law, que hoy en día constituyen los principios internacionalmente aceptados en la materia. Las Guías de la OCDE sobre precios de transferencia para empresas multinacionales y administraciones tributarias son el cuerpo normativo de soft law que se erigen, en el Ordenamiento Internacional, como el norte de las legislaciones a nivel interno para efectos de regulación de dicha temática. Su adopción por parte de los países miembros y no miembros de la OCDE se enfrenta a problemas teóricos derivados del quebrantamiento del decantado principio de reserva de ley tributaria y el respeto por la seguridad jurídica, razón por la cual su incorporación ha variado de Estado a Estado. El presente trabajo recoge la experiencia en varios países europeos y latinoamericanos y pretende proponer una fórmula de adopción en Colombia, coherente con los principios constitucionales tributarios y con virtualidad de superar las críticas realizadas por la doctrina a la aplicación directa de las Guías.
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Edicto y convocatoria del rector del Colegio Mayor del Rosario sobre la vacante de catedrático de teología moral, invita a los interesados de la comunidad rosarista a participar de las oposiciones. Registro de dos postulaciones para las oposiciones: José Manuel de Vergara e Ignacio de Moya. Registro del protocolo y acto de oposición: elección de temas de argumentación, presentación pública del tema, respuestas del otro opositor, deliberación de la comunidad y elección del catedrático a favor de José Manuel de Vergara, el expediente termina con el nombramiento y posesión del catedrático.
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1. (Fol. 80) Acta de inauguración de la Cátedra de Matemáticas en el Colegio Mayor del Rosario en el año 1762 a cargo de José Celestino Mutis y Bosio. Da cuenta del acto protocolario de aprobación de la cátedra por el virrey de la Nueva Granada. 2. (Fol. 80-81) Auto de restablecimiento de la cátedra de matemáticas en 1786, como clase independiente de las demás cátedras del Colegio Mayor, se deja como encargado de la cátedra a Fernando Vergara. 3. (Fol. 82) Solicitud del Rey de un informe que dé cuenta de los métodos de enseñanza de las matemáticas y de las escuelas que la imparten en la ciudad de Santafé, como condición para la aprobación del restablecimiento de la cátedra de matemáticas en el Colegio Mayor del Rosario. 4. Plan provisional de estudios de la cátedra de matemáticas presentado por José Celestino Mutis el 7 de enero de 1787, contiene las características de la clase: horarios, metodología, instrumentos, obras de referencia y exámenes. 5. (Fol. 91-93) El expediente termina con la aprobación del plan de estudios y el restablecimiento de la cátedra de matemáticas en el Colegio Mayor del Rosario por parte de la Real Audiencia de Santafé.
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Durante las cuatro últimas décadas Colombia ha mantenido una tradición civilista y democrática en su sistema de gobierno, a diferencia de otros países en América Latina que soportaron dictaduras militares por varios años. Desde 1958 Colombia manejó un sistema democrático centralista hasta mediados de los años 80, cuando se vio en la necesidad de cambiar este modelo e implantar un gobierno democrático, participativo y descentralizado. El cambio de modelo se generó debido a que el gobierno central tenía demasiadas responsabilidades administrativas y no lograba cumplir a cabalidad sus funciones institucionales de gestión y adicionalmente se estaba perdiendo legitimidad del régimen político ante la ciudadanía.
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Renuncia de José María Cueto al cargo de Consiliario segundo en el Colegio Mayor del Rosario, debido a los inconvenientes ligados a que la reelección del Rector Fernando Caicedo había sido declarada nula. Cuero propuso esperar a recibir aprobación del vicepatrono del Colegio para poder aceptar el cargo.
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Solicitud de Juan José Arce para obtener la beca en el Colegio Mayor del Rosario, donada por Joaquín de León para los descendientes de su familia. Creado entre los años 1750-1765
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Este trabajo de investigación tiene por título, "La aplicación de los principios de Celeridad y Debido Proceso en los Procesos de Cobro Coactivo en Colombia; un análisis desde su naturaleza y la normatividad vigente, a partir del año 2006 y hasta la actualidad". El problema jurídico que evidenciamos y que motiva la presente investigación es el siguiente: ¿La forma en la que ha sido interpretado el Cobro Coactivo desde su naturaleza jurídica, en el ordenamiento jurídico Colombiano ha influido negativamente en la aplicabilidad de los principios de celeridad y debido proceso, en los procesos de Cobro Coactivo? El presente trabajo tiene como objetivo general efectuar un análisis sobre la forma en la que se armonizan los principios de celeridad y debido proceso en el Cobro Coactivo como potestad excepcional en cabeza de la administración pública, bajo el sistema normativo dispuesto en el Código de Procedimiento Civil, la Ley 1066 de 2006 y el Estatuto Tributario.
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De 1800 a 1808, diferentes comerciantes y funcionarios reales en Cartagena de Indias solicitaron la ejecución de una política económica que les permitiera sobrevenir los bloqueos portuarios generados por las guerras que España libró en aquellos años: el comercio neutral. Al tomar la historia de las discusiones alrededor de esta política comercial como una puerta de entrada a la reflexión sobre economía política en el Nuevo Reino de Granada, este artículo busca explorar los fundamentos teóricos del comercio neutral. Tres momentos de la discusión sobre la medida se ponen de relieve en el artículo: 1800, 1805 y 1808. En cada uno de ellos, defensores y opositores del comercio neutral argumentaron a favor y en contra sustentados en dos premisas fundamentales. Primera, la observación de la aplicación de políticas económicas en territorios vecinos era un método válido para analizar su pertinencia y, segunda, un comercio activo era inexcusable para alcanzar la “felicidad pública” del reino. Estas dos premisas y su finalidad pragmática señalan el sincretismo ideológico que informó los fundamentos teóricos del reformismo borbónico, del cual emergió el comercio neutral. Este artículo propone una respuesta a la pregunta sobre la naturaleza de la reflexión económica novogranadina al situarla dentro de su intención práctica, esto es, la formulación y evalución de políticas económicas, y al sugerir que dentro de estos límites pragmáticos se encuentran nuevas voces, nuevos documentos y una nueva propuesta historiográfica sobre la economía política en el Nuevo Reino de Granada.