230 resultados para PROCESOS POR CRIMENES DE GUERRA


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La categorización jurídica de los mal llamados “falsos positivos” en Colombia es un tema controversial: en algunas ocasiones se habla de ejecuciones extrajudiciales, otras veces de homicidio en persona protegida y en otros casos de desapariciones forzadas, dependiendo de la institución que juzgue los casos. Ahora bien, al no existir unidad de criterios en la categorización jurídica de los “falsos positivos”, se hace imprescindible la integración de conceptos en torno a entender dichos hechos ilícitos inequívocamente como tales, toda vez que esto permitiría generar seguridad jurídica al interior del derecho administrativo colombiano. Precisamente, en lo a referente a la responsabilidad extracontractual del Estado. De igual manera, el concepto de reparación adoptado en los estamentos de Derecho Administrativo Colombiano, no siempre coincide con los estándares delineados por el Sistema interamericano de protección de Derechos Humanos, lo cual repercute de manera negativa en el tratamiento dado a las víctimas de los “falsos positivos” que encuadran en la categoría de desapariciones forzadas, lo que hace necesario el estudio detallado de las decisiones propias de cada sistema y compararlas, para buscar un mejoramiento de los estándares nacionales de reparación. Para dar un aporte teórico importante, esta investigación partirá del análisis sistemático de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y después inspeccionará los elementos fácticos y la reparación de los “falsos positivos”, determinando el grado de aplicación que se ha dado del sistema interamericano en los fallos proferidos por el Consejo de Estado.

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La presente investigación tiene como objetivo identificar los procesos que han posibilitado la transnacionalización del movimiento independentista catalán entre 2010 y 2014. Por tal motivo, el análisis de este estudio de caso permitirá comprender con mayor profundidad las dinámicas de transnacionalización de una causa nacional, con las que dicho movimiento ha conseguido conectar lo local con lo global. Para ello, la recolección de datos cualitativos se hace imprescindible en la caracterización de este fenómeno social, a partir del uso de herramientas como la observación participante, entrevistas y el análisis documental. Esto, con el propósito de facilitar la obtención de información proveniente de fuentes primarias y secundarias, respetando la perspectiva de los actores involucrados. De tal manera, será posible evidenciar que estos procesos transnacionales se impulsan mutuamente, propiciando la proyección del debate sobre la independencia fuera de las fronteras catalanas.

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Este artículo presenta un análisis sobre el discurso del actual proceso de paz en la revista Semana entre los años 2012 a 2014, dada la relevancia de la participación de los medios de comunicación en un proceso trascendental para el futuro del país y la reconciliación de la sociedad. El objetivo es describir qué estrategias argumentativas usa la revista a partir de las noticias sobre el proceso de paz durante este periodo. La metodología utilizada se basó en los esquemas argumentativos (topoi), los cuales se identificaron de acuerdo con la estrategia argumentativa que propone Ruth Wodak. Partiendo del análisis de los topoi se encontró que de manera general el discurso de la revista frente a los diálogos de paz maneja un tono positivo y a favor del proceso, incluso antes de que se hiciera el anuncio formal de las negociaciones, además se evidenció que frecuentemente se trata de resaltar y visualizar la labor del gobierno del presidente Juan Manuel Santos.

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La ciudad de Bogotá es un escenario donde coexisten diversos tipos de dinámicas sociales, políticas, económicas y culturales, las cuales sufren procesos de deterioro y cambios en sus estructuras físicas. San Victorino es un núcleo comercial que durante los últimos 17 años ha tenido diferentes intervenciones urbanísticas que permiten analizar fenómenos de ocupación del espacio público, aprovechamiento del suelo, mejor conectividad y fortalecimiento de la actividad comercial. El objetivo de esta investigación es analizar la incidencia de los procesos de Renovación Urbana, desde 1998 hasta 2014, en la informalidad y economía popular. Por ello se busca demostrar que los procesos de renovación urbana inciden en la actividad económica informal generando intervenciones desarticuladas que no posibilitan una verdadera trasformación del territorio y un proceso integral de recuperación.

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El desplazamiento forzado es uno de los fenómenos más dolorosos y críticos de la historia reciente a nivel mundial e interno. En respuesta a estas circunstancias han emanado de la comunidad internacional y de los Estados afectados diversas normativas y sistemas de atención, todavía en construcción, que pretenden dar respuesta efectiva a las adversas circunstancias de la población que es víctima de este flagelo. El Estado colombiano desafortunadamente no ha sido ajeno a este drama y a partir del año 1995 comenzó a registrar un inmenso número de casos en los que las personas se desplazaban a sus lugares de origen en busca de la protección de sus vidas y de su integridad. La respuesta estatal a esta problemática estuvo dada por la Ley 387 de 1997 y algunos otros instrumentos jurídicos que pretendieron establecer un marco de acción y un direccionamiento de la política pública interna que brindara un adecuado tratamiento a la población desplazada. A pesar de la existencia de la reglamentación, con el paso del tiempo el problema se agudiza, las expectativas de atención a las víctimas se incrementan y son cada vez mayores las demandas sociales de personas en estas circunstancias que pretenden hacer exigibles sus derechos. Con esta crítica situación la Corte Constitucional declara el estado de cosas inconstitucional y fija unos plazos específicos de cumplimiento por parte de los entes que conforman el sistema nacional de atención a la población desplazada, buscando un redireccionamiento de los sistemas de atención y política pública en la materia desde un perspectiva integral de derechos humanos. El presente trabajo pretende realizar una exhaustiva mirada a la respuesta estatal y jurisprudencial, la coordinación y planificación del sistema, presentar las condiciones de los grupos vulnerables y evidenciar el rol de la capital de la república, como principal receptora de quienes se desplazan de sus asentamientos.El Estado colombiano desafortunadamente no ha sido ajeno a este drama y a partir del año 1995 comenzó a registrar un inmenso número de casos en los que las personas se desplazaban a sus lugares de origen en busca de la protección de sus vidas y de su integridad. La respuesta estatal a esta problemática estuvo dada por la Ley 387 de 1997 y algunos otros instrumentos jurídicos que pretendieron establecer un marco de acción y un direccionamiento de la política pública interna que brindara un adecuado tratamiento a la población desplazada. A pesar de la existencia de la reglamentación, con el paso del tiempo el problema se agudiza, las expectativas de atención a las víctimas se incrementan y son cada vez mayores las demandas sociales de personas en estas circunstancias que pretenden hacer exigibles sus derechos. Con esta crítica situación la Corte Constitucional declara el estado de cosas inconstitucional y fija unos plazos específicos de cumplimiento por parte de los entes que conforman el sistema nacional de atención a la población desplazada, buscando un redireccionamiento de los sistemas de atención y política pública en la materia desde un perspectiva integral de derechos humanos. El presente trabajo pretende realizar una exhaustiva mirada a la respuesta estatal y jurisprudencial, la coordinación y planificación del sistema, presentar las condiciones de los grupos vulnerables y evidenciar el rol de la capital de la república, como principal receptora de quienes se desplazan de sus asentamientos.A pesar de la existencia de la reglamentación, con el paso del tiempo el problema se agudiza, las expectativas de atención a las víctimas se incrementan y son cada vez mayores las demandas sociales de personas en estas circunstancias que pretenden hacer exigibles sus derechos. Con esta crítica situación la Corte Constitucional declara el estado de cosas inconstitucional y fija unos plazos específicos de cumplimiento por parte de los entes que conforman el sistema nacional de atención a la población desplazada, buscando un redireccionamiento de los sistemas de atención y política pública en la materia desde un perspectiva integral de derechos humanos. El presente trabajo pretende realizar una exhaustiva mirada a la respuesta estatal y jurisprudencial, la coordinación y planificación del sistema, presentar las condiciones de los grupos vulnerables y evidenciar el rol de la capital de la república, como principal receptora de quienes se desplazan de sus asentamientos.El presente trabajo pretende realizar una exhaustiva mirada a la respuesta estatal y jurisprudencial, la coordinación y planificación del sistema, presentar las condiciones de los grupos vulnerables y evidenciar el rol de la capital de la república, como principal receptora de quienes se desplazan de sus asentamientos.