144 resultados para Convenios internacionales
Resumo:
La protección general atribuida en los conflictos armados no internacionales por el artículo 3 común a la población civil, de la que las niñas menores de 15 años forman parte, no depende de su filiación con alguna de las partes en el conflicto, y se extiende, en principio, a todos los actos de violencia, entre los que se encuentran los de naturaleza sexual cometidos por cualquiera de las mismas, incluyendo aquellos cometidos por los miembros de la parte en el conflicto con la que se encuentren afiliadas. Los casos contra Thomas Lubanga y Bosco Ntaganda muestran que, como regla general, las niñas menores de 15 años no desarrollan de manera prolongada actividades de participación directa en las hostilidades, por lo que, a pesar de acompañar permanente al grupo y de ser “esposas” o “compañeras” de sus comandantes, no asumen una función continua de combate y no pueden ser consideradas como miembros del mismo. Además, los actos de naturaleza sexual coercitivamente desarrollados por las niñas menores de 15 años reclutadas por las FPLC en favor de los comandantes y miembros del grupo con las que se encuentran esposadas, no cumple ninguno de los tres requisitos exigidos por el concepto de participación directa en las hostilidades porque: (a) no son idóneos para causar directamente por sí mismos el umbral de daño requerido; (b) no forman parte integral de ninguna operación militar que pudiera generar dicho umbral de daño; y (c) no poseen el nexo beligerante requerido, puesto que no están específicamente diseñados para causar un menoscabo a la parte adversa de las FLPC. Tampoco las demás actividades desarrolladas por las niñas menores de 15 años alistadas o reclutadas por las FLPC, incluyendo trabajo doméstico (donde principalmente desempeñaron tareas culinarias), transporte de comida a bases aéreas y acompañamiento a las esposas de los comandantes, cumplen, según la Sala de Primera Instancia I en el caso Lubanga, con los tres requisitos necesarios para su consideración como participación directa en las hostilidades. De ahí, que las niñas no hayan perdido en ningún momento su protección general. A todo lo anterior hay que añadir que los niños y niñas menores de 15 años, al ser una población particularmente vulnerable, gozan de una especial protección durante los conflictos armados (con independencia de su naturaleza), tal y como se manifiesta en la Convención de los Derechos del Niño de 1989, los Convenios de Ginebra de 1949 y de sus Protocolos adicionales de 1977, el Estatuto de la Corte Penal Internacional de 1998 y las Resoluciones 1882 de 2009, 1960 de 2010 y 2106 de 2013 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Esta protección especial se extiende a los actos de violencia sexual cometidos por los miembros de las fuerzas armadas nacionales o grupos armados organizados que los alistan o reclutan. En consecuencia, la protección general y especial a que son acreedoras las niñas menores de 15 años, no se limita a las agresiones provenientes de las partes adversas en el conflicto, sino que se extiende también a la violencia sexual ejercida contra ellas por los miembros del propio grupo que las alistó o reclutó, incluso en el caso de que ésta sea ejercida por los comandantes que las tomaron como esposas o compañeras. Las niñas menores de 15 años alistadas o reclutadas entre 2002 y 2003 por las FPLC de Thomas Lubanga y Bosco Ntaganda eran sin duda acreedoras de dicha protección.
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Esta monografía busca analizar la figura de la soberanía estatal en el marco del Régimen Internacional de DDHH a través del caso de derogación de Leyes de Amnistía en Perú por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Así, se pretende identificar la afectación de la soberanía del Estado peruano como consecuencia de la declaración de incompatibilidad y carencia de efectos jurídicos de las leyes de amnistía por parte de la Corte Interamericana, en la sentencia Barrios Altos c. Perú. En ese sentido, estudiando el concepto de soberanía estatal, en particular en la rama del poder legislativo, y su relación con las instituciones internacionales de carácter interestatal como la Corte Interamericana de Derechos Humanos, podremos señalar cómo las decisiones de la Corte limitan el poder soberano de los Estados.
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El presente estudio de caso tiene como objetivo analizar los retos frente al cumplimiento del Protocolo de Palermo, en materia de explotación sexual, en el Sistema Institucional Colombiano, durante el período comprendido entre los años 2003 y 2014. De manera preliminar se indica que dichos retos son político-jurídicos en cuanto a la manera en la que se cumplen los tratados internacionales, las obligaciones derivadas de ellos y quiénes tienen competencia para desarrollar los mandatos contenidos en los mismos. Igualmente existen retos institucionales y organizacionales pues Colombia carece de una estructura organizacional clara y la coordinación inter-agencial es escasa en materia de trata. En este sentido, esta investigación tiene un enfoque multidisciplinar, puesto que combina aspectos propios tanto del Derecho Internacional Público como de las Relaciones Internacionales. Para ello, se hará un análisis cualitativo por medio del análisis de datos y de literatura académica respecto a la trata de personas en Colombia, con el fin de lograr comprender con mayor precisión el panorama actual del país respecto al flagelo.
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El presente estudio de caso tiene como principal objetivo el de analizar la manera como las características sociopolíticas de los Estados del Mekong, específicamente en el caso de Camboya y Myanmar, dificultan la implementación de las normas enunciadas en el Protocolo de las Naciones Unidas para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, también conocido como el Protocolo de Palermo. En este sentido, se parte de las características principales del Protocolo y de la manera como el tráfico de personas se presenta en el Mekong para posteriormente analizar la forma como la corrupción, la impunidad y la desigualdad de género representan retos sociopolíticos que obstruyen la implementación de los mandatos internacionales enmarcados en este instrumento
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El presente estudio de caso analiza el papel de la Cooperación Sur-Sur (CSS) proveída por Brasil y Ecuador en materia de Educación Técnica en Haití después del terremoto del 2010 hasta el año 2015. Bajo el entendido que la CSS busca intercambiar, por medio de proyectos, los conocimientos y técnicas en los cuales estos países tienen experiencia, una de las formas de cooperación que tienen Brasil y Ecuador frente a Haití está basada en brindar capacidades en materia de Educación Técnica, con el fin de incentivar el desarrollo del recurso humano en los diferentes sectores a los cuales ésta va dirigida. En ese sentido, se escogieron dichos países al ser dos de los que más aportaron de América del Sur mediante la Educación Técnica hacia Haití después del terremoto. De ésta forma queda demostrado que por medio del intercambio de conocimientos, se puede hacer una apuesta fundamental al desarrollo de un país, enseñando y capacitando a personal de áreas específicas, con el ánimo de aumentar las capacidades productivas.
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El presente documento analiza como el Estado colombiano ha querido crear una identidad nacional en tres Exposiciones Internacionales a partir de representaciones elaboradas con un discurso entre político, comercial y cultural, generando imágenes que no siempre concuerdan con la realidad.
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El presente artículo de investigación aborda el rol de gobernanza global que ha venido ejerciendo con mayor fuerza las organizaciones internacionales, como la UNESCO, el BM y en especial la OCDE, en el modelo de desarrollo de los países de América Latina a través de las orientaciones que se dan para las políticas y la agenda educativa en la región. Es decir, se trata de examinar hasta qué punto esas orientaciones han permeado las líneas de desarrollo y de educación. Por consiguiente, el texto recoge algunos compromisos establecidos por dichas agendas y propone un modelo alternativo al desarrollo, que dé cuenta de nuestro contexto sociocultural y pueda construir espacios de reflexión para llenar los vacíos en la formación de la educación del individuo que generen un progreso colectivo y que se adapte a la realidad local.
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La presente investigación tiene como finalidad analizar las implicaciones humanitarias de la participación de las Compañías Militares Privadas (PMC) contratadas por los Estados en escenarios de conflicto, a partir del caso de Blackwater y Estados Unidos en Irak (2003-2007), con el fin de mostrar a través de algunos hechos específicos como el acaecido en la plaza Al Nisour los vacíos existentes en la regulación de sus actividades. Frente a estos hechos se muestra como la Comunidad Internacional ha tratado de avanzar en la creación de un régimen internacional que las controle, sin embargo, como se evidencia a lo largo de este escrito la falta de compromiso por parte de los Estados ha hecho que esta tarea se vea obstaculizada y por lo tanto la actuación de estas compañías se encuentra aún en una zona jurídica gris.
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La economía Colombiana, históricamente primarizada, ha dependido fundamentalmente de materias primas provenientes de productos agropecuarios y de la industria extractiva como productos petroleros, oro y carbón. Y siendo el petróleo crudo uno de los productos que junto con su categoría han pasado a representar el 40% del total de las exportaciones totales (DANE, 2016) y el 74% del total de las regalías que recibe el país (DNP, 2016), el desempeño de este producto impacta la economía colombiana de manera colosal. Este estudio brinda un análisis matemático de las variables que afectan la exportación de petróleo crudo en Colombia, seguido de un desafío de los resultados con diferentes postulados teóricos relacionados al crecimiento de economías a través de las exportaciones, así como variables endógenas y exógenas que las impactan. La metodología usada en esta investigación se basó en la recolección de datos en temas de producción, exportación e ingresos nacionales de petróleo crudo, ingresos nacionales por exportaciones totales, y los precios internacionales del petróleo. Al contrastarse entre sí, los resultados demuestran la correlación altamente positiva que la exportación del petróleo crudo tiene con la producción nacional y prueban la marcada concentración e importancia de la exportación de petróleo crudo en las ventas externas colombianas y sus efectos en la economía nacional, según lo acontecido en el periodo de 1994 a 2014.