10 resultados para SISTEMAS DE PROCESAMIENTO DE LA VOZ

em Universitat de Girona, Spain


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A raíz del proceso de construcción del EEES, el rol del estudiante en el sistema universitario sufre un gran cambio, pasando de ser un mero cliente/usuario de las universidades a convertirse en agente implicado de éstas. Este cambio de concepción junto con la publicación del documento "Criterios y Directrices para la Garantía de la Calidad en el EEES" redactado por ENQA, y asumido por la Conferencia de Ministros de Bergen '05, justifican la necesidad de la participación de los estudiantes en las políticas de calidad. A partir de ese momento se dan los primeros pasos para trabajar en este aspecto en España. ANECA establece contactos previos con estudiantes, no siendo hasta 2006 cuando toma la iniciativa y crea el Grupo ANECA de Trabajo sobre Participación de Estudiantes en Políticas de Calidad (GATPEPC). Consecuencia del trabajo de ANECA y el esfuerzo de los estudiantes, a finales del 2007 hubo, por primera vez en España, estudiantes participando como observadores de los comités de evaluación externos de un programa oficial, y a lo largo del presente año participando ya como miembros de pleno derecho. En estos años se ha hecho, por parte de todos, un gran esfuerzo y en un periodo de tiempo relativamente corto. Pero aún queda parte del camino por recorrer, niveles de participación por alcanzar. Es necesario hacer un análisis de la participación estudiantil, estudiar los mecanismos de participación, así como los problemas que hallan podido surgir. Una metaevaluación de esta participación para detectar los puntos débiles y poder incidir sobre ellos, según la propia filosofía de la Garantía de Calidad, podría aportar aspectos interesantes para completar la implementación de la participación estudiantil en los Sistemas de Garantía de Calidad

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Tecnigral, S.L. (consultoría medioambiental) ha buscado desde su origen apoyar a los técnicos en la gestión diaria de servicios urbanos. ¿Cómo? Proporcionándoles tanto software de gestión como servicios de análisis y de control de calidad. (...)

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El objetivo de la segunda edición del Proyecto de innovación docente sobre Derecho y Tecnologías de la Información y la Comunicación de la Facultad de Derecho de la Universidad de Valladolid busca, en primer lugar, ensayar nuevas metodologías docentes en las asignaturas de las titulaciones de la Facultad de Derecho de la Universidad de Valladolid de las que son responsables los profesores implicados. En segundo lugar, persigue coordinar estas asignaturas desde una perspectiva interdisciplinar, haciendo hincapié en las nuevas realidades que crean las tecnologías de la información y de la comunicación (TICs) y en los retos que suponen a las distintas ramas del Derecho a las que nos dedicamos los miembros del grupo. Esta coordinación tiene por objeto, en tercer lugar, mejorar la programación docente entre las asignaturas implicadas y modificar, en sintonía con ello, los sistemas de evaluación, sobre la base de las titulaciones actuales en las que nos insertamos y con los planes de estudios en vigor. Es decir, se trata de combinar nuevos métodos docentes con planes de estudios que aún no han cambiado y que se miden en créditos presenciales y en unos Centros y Departamentos que siguen rigiéndose por el sistema clásico. En cuarto lugar, se ha pretendido el manejo de metodologías específicas adaptadas a las particularidades de la enseñanza del Derecho, como el método del caso, así como técnicas que permiten mejorar el análisis objetivo de la carga de trabajo del aprendizaje del alumno en ECTS. Finalmente, de modo complementario, buscamos desarrollar la acción tutorial con los alumnos, con la finalidad de hacer un seguimiento pormenorizado de la actividad. Es preciso tomar en consideración, al juzgar el eje temático escogido relativo a las relaciones entre el Derecho y las tecnologías de la información y de la comunicación (TICs), que el núcleo del grupo de profesores que participan en el presente proyecto forman parte ya de un Grupo de Investigación Reconocido de la Universidad de Valladolid, el Grupo de investigación sobre Derecho de las nuevas tecnologías y delincuencia informática, lo que refuerza la cohesión y la coherencia del proyecto, pues en la práctica docente actual ya están haciendo hincapié en estas materias. Esta comunicación busca dar cuenta de la experiencia del proyecto

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Esta comunicación aborda la especificidad de la actividad investigadora del proyecto arquitectónico y su aplicación en la docencia de la asignatura de proyectos arquitectónicos. Frente a las investigaciones de otras disciplinas científicas, la arquitectura como disciplina específica en el campo de la investigación plantea los objetivos, instrumentos, reflexiones, aspiraciones de una manera autónoma. La docencia de la asignatura de Proyectos Arquitectónicos en el primer ciclo de los estudios supone un aprendizaje de la arquitectura como una investigación acumulativa y comprende dos nociones primordiales: la construcción y el lugar. El proyecto de arquitectura es un proceso formativo de aprendizaje constituido por una concatenación de juicios que fluyen desde la intuición y el conocimiento y culminan con la construcción de una estructura formal. Proyectar es construir, esto es, ordenar y relacionar elementos materiales para generar sistemas espaciales caracterizados por la consistencia formal y la identidad propia. El aprendizaje del proyecto se efectúa a partir de la mejor arquitectura de los maestros. Los ejemplos de los maestros son la mejor constatación del conocimiento arquitectónico. La referencia ilustra con eficacia y suscita el ánimo de emulación. A través de los ejercicios analíticos, el estudiante identifica en la obra de referencia la resolución arquitectónica detallada que es capaz de imantar los elementos arquitectónicos dotándolos de consistencia. El estudio y el análisis de las propuestas previas de la arquitectura de los maestros nos muestran que los Maestros también dudan y la obra modélica es el resultado de un proceso lento y gradual. Por tanto, la docencia en el primer ciclo de los estudios supone un aprendizaje de la arquitectura como una investigación acumulativa

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La voz es el medio de comunicación por excelencia del ser humano. A través de la voz hablada y el canto, cada sociedad integra a los suyos haciéndoles partícipes de una cultura propia, y para el ser humano esta voz propia será el vehículo de expresión y comunicación más exquisito

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En el caso que nos ocupa, el trabajo a desarrollar con los videos estuvo enfocado principalmente a reconocer las formas de interacción que se dan entre la docente en formación y los niños, las habilidades para utilizar el cuerpo como una herramienta de expresión y comunicación, el uso de la voz como una herramienta que genera motivación, integración a la tarea, aceptación o rechazo, agrado, desagrado y construcción simbólica por mencionar las más importantes y en un menor nivel de importancia, pero también como una posibilidad, el reconocer aspectos didácticos de la práctica como son: pertinencia de la actividad, respuesta de los niños, situaciones que hayan alterado la práctica e incidentes críticos en general

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Este documento pretende dar una visión general sobre que son los raster en base de datos y que ventajas aportan sobre otro tipo de almacenamiento, así como una visión particular sobre como PostGIS raster trabaja con este tipo de coberturas. En este sentido se centra sobre sus capacidades, dando también datos sobre que tipo de infraestructura es necesaria para almacenar nuestra cartografía raster en esta base de datos y en que estado se encuentra actualmente el desarrollo de este módulo. Un aspecto importante que aquí se trata y sobre el que se centra este articulo es el acceso a la información raster en postGIS desde un Sistema de Información Geográfica como es gvSIG Desktop. En el contexto del proyecto España Virtual se han realizado avances tanto en líneas de trabajo que evolucionan la parte de acceso a base de datos como la integración de un cliente en una aplicación SIG. En este caso gvSIG se ha mostrado con excelentes capacidades para el acceso a este tipo de servicios y puede ser integrado este nuevo ac eso a datos aprovechando las posibilidades de procesamiento que la aplicación ya posee. Finalmente se hace un repaso sobre otras tecnologías de este tipo que hay disponibles, haciendo una breve comparativa

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El objetivo es presentar la experiencia de utilización del Software Libre y de Código Abierto en el desarrollo e implantación del Sistema de Información (SI) del yacimiento arqueológico de Casa Montero. Se muestra el potencial de combinar las Infraestructuras de Datos Espaciales y las bases de datos orientadas a grafos en la gestión, investigación y difusión del Patrimonio Arqueológico (PA). Se ejemplifica la propuesta tecnológica a través del ejemplo de SI del yacimiento arqueológico de Casa Montero (Madrid), SILEX (Sistema de Información Locacional en XML). La implementación de sistemas de información para la gestión de PA colabora fuertemente en tres actividades básicas que han de ser realizadas sobre él. En primer lugar, la gestión, con el objetivo de protegerlo y conservarlo; en segundo término, la investigación, de cara a elaborar conocimiento histórico mediante el análisis arqueológico de los restos materiales del pasado; y en tercer lugar, la difusión, con la pretensión de divulgar el PA y el conocimiento histórico generado a partir del mismo entre la sociedad

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A grandes rasgos, la Tesis se estructura en dos Partes claramente diferenciadas, pero interrelacionadas de tal suerte que se complementan y dan unidad al objeto de la investigación realizada. La primera Parte que lleva por título "El proceso constructivo: regulación jurídica" se subdivide en tres Capítulos. En el primer Capítulo procedo a justificar la necesidad de un marco normativo regulador del proceso constructivo de la edificación, a través de la diferenciación entre los conceptos y fases del proceso constructivo y proceso de edificación, para pasar a continuación a efectuar un análisis somero de la regulación del proceso constructivo en Francia y en el Reino Unido, que nos van a permitir detectar algunas de las soluciones propuestas por las legislaciones de ambos Estados y la finalizo con la descripción evolutiva que en España ha tenido lugar éste sector, para concluir con un estudio de las propuestas y estrategias comunitarias en dicho ámbito. En el segundo Capítulo analizo el concepto de responsabilidad civil en la construcción, su tratamiento tanto desde el punto de vista doctrinal como jurisprudencial e incorporo los posibles cambios que se contemplaron en el proyecto de Ley de reforma de CC de 1994 y que no fructificó debido al cambio de legislatura acaecido en 1996. El tercer Capítulo referido a la Ley de Ordenación de la Edificación, facilita la comprensión de las posibles soluciones que se deberían implantar y favorece su crítica, en cuanto refleja la desvinculación normativa en lo que se refiere a la edificación. Se conforma de un primer apartado en el que desarrollo el proceso de evolución de la Ley; y un segundo en el que realizo un estudio de la misma a partir de las diferentes fases del proceso de edificación, analizando los agentes intervinientes, sus funciones y actividades en cada una de las fases; ámbito de responsabilidad y garantías que propone la Ley, así como la necesidad del aseguramiento de la calidad. La segunda Parte titulada "Interacción de la legislación sectorial en el proceso constructivo de la edificación" se subdivide, al igual que la primera Parte, en tres Capítulos que, de manera respectiva, analizan la legislación sectorial correspondiente al proceso constructivo en materia de colegios profesionales, de residuos, y de seguridad y salud. En el cuarto Capítulo relativo a los colegios profesionales reflejo los cambios que ha supuesto el desarrollo del mercado interior y la libre competencia; asimismo expongo una futura función de los colegios profesionales que, como garantes de sus asociados, deberán tener como objetivo principal la de conseguir que sus profesionales sean técnicos competentes En el quinto Capítulo presento la situación actual en España en materia de residuos, tras la transposición de las respectivas directivas comunitarias y subrayo el papel precursor de Cataluña en el desarrollo de sus competencias respecto de los residuos en la construcción. Además, significo la necesidad de una estructura de ordenada económica de rotación en la gestión de residuos en la construcción. En el sexto Capítulo señalo la recepción en el Derecho español de las tendencias europeas, el reconocimiento y la regulación de los diversos agentes que se han ido integrando y participando en el proceso edificatorio respecto de la seguridad y salud. De forma complementaria, se evidencia la carencia de educación en la cultura del riesgo. Finalmente, en relación con algunos aspectos concretos de la Tesis y al objeto de clarificar o ilustrar determinadas cuestiones, he considerado conveniente incluir tres Anexos. El primero de ellos lo compone el Catálogo Europeo de residuos (escombros de construcción y demolición); desde el contenido del segundo anexo se puede proceder a un estudio comparativo y esquemático de los diversos proyectos de LOE y el tercero tiene por objeto poner en relación el paralelismo existente entre las tres normas de sistema de gestión (UNE-EN ISO 9000:1994, sobre sistemas de calidad; UNE 77-801:1994, sobre sistemas de gestión medioambiental; UNE-EX 81-900:1996, sobre sistemas de gestión de la prevención de riesgos laborales).

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El objeto de esta tesis es el análisis de la autorregulación regulada, es decir, el análisis de las normas y de los controles privados que poseen relevancia para el Derecho público. A pesar de su aparente desvinculación con el Derecho Administrativo, la autorregulación es una tendencia que se percibe cada vez con mayor nitidez; es, claramente, un fenómeno que se asocia principalmente al uso de nuevas tecnologías, pero que desborda con mucho este ámbito. La autorregulación es una noción directamente relacionada con la transformación de las formas de gobernanza impulsada desde la Unión Europea; es una nueva técnica o instrumento que las normas jurídico-públicas, a través de numerosas remisiones a la autorregulación, ponen en manos de la administración para gestionar los fines que ésta tiene encomendados. Existe, sin embargo una clara disociación entre las esperanzas puestas en la autorregulación y la falta de respuestas que ofrece el derecho positivo. Un análisis exhaustivo de la jurisprudencia y de la legislación que utilizan la voz "autorregulación" me ha llegado a concluir que este vocablo es en nuestro ordenamiento, un "término sin concepto". En esta fuentes se asimila la "autorregulación" con la capacidad de autonormación de un sujeto. Es el derecho comunitario el que la autorregulación como una alternativa o un complemento a la desreglamentación estatal y como una manifestación de un traslado de funciones y responsabilidades públicas a la sociedad. Por influencia del Derecho comunitario, el legislador pretende, a través de la autorregulación, alcanzar dos finalidades aparentemente contradictorias: (a) facilitar la función de garante que tiene atribuida el Estado, mediante una intervención más extensa i más intensa en las actividades privadas; (b) hacer efectivo los objetos propuestos con la desregulación, mediante una contención del ejercicio de la potestad reglamentaria y una disminución de los controles, preventivos o represivos, realizados directamente por la Administración. Para salvar esta contradicción, es necesario que el legislador establezca una regulación adecuada de la autorregulación. Dicha regulación es, hoy por hoy, manifiestamente insuficiente. Deberían fijarse con carácter general -y no sólo puntualmente y por sectores- las medidas adecuadas para el fomento de la autorregulación; los efectos públicos que ésta posee en cada caso y, significativamente, las garantías y controles necesarios para contrarrestar tales efectos. Esto es, los principios que rigen la actividad administrativa deberían ser aplicados también a la autorregulación en aquellos casos en los que sus diversas manifestaciones poseen efectos similares a los que son propios de los reglamentos, las inspecciones o las sanciones administrativas. Esta propuesta deja abierta la cuestión acerca de la incidencia recíproca de ambas técnicas; esto es , la incidencia de la regulación pública en la autorregulación de origen privado y, a la inversa, el impacto del desarrollo de la autorregulación regulada en el ejercicio de las potestades reglamentaria, autorizatoria, y sancionadora de la Administración. Esta cuestión sólo puede ser contestada hoy caso por caso, de modo que la respuesta es distinta si se analiza una norma técnica, un código ético, un manual de buenas prácticas, una certificación privada del cumplimiento de normas técnicas, el ejercicio de la potestad disciplinaria privada o el arbritaje. De lo que no cabe duda alguna es que ni la autorregulación es sólo una actividad de interés privado, ni la regulación pública conserva hoy sus rasgos tradicionales.