9 resultados para Derecho-Estudio y enseñanza

em Universitat de Girona, Spain


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En este estudio presentamos una experiencia llevada a cabo con estudiantes de la asignatura “Psicología de la Educación” de diferentes centros universitarios. Tomando como marco de referencia las teorías constructivistas del aprendizaje, el objetivo de nuestro trabajo se centra en comprobar la incidencia de la utilización de diferentes estrategias de enseñanza por parte del profesor y de determinadas estrategias de aprendizaje en el proceso de registrar la información por parte de los estudiantes, en la significatividad del aprendizaje. Los resultados obtenidos muestran que en los grupos donde los profesores han utilizado estrategias de enseñanza diferentes a la clase magistral, se ha producido un cambio positivo en las respuestas de los estudiantes o se ha mantenido el mismo nivel, mientras que el grupo donde se ha utilizado una metodología magistral, el nivel de respuesta es inferior. Así mismo, hemos podido observar como los grupos de estudiantes que utilizan las estrategias de aprendizaje seleccionadas para tomar apuntes mejoran su nivel de respuestas, lo cual no se produce en el grupo control

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AprenRED (http://aprenred.unizar.es) es una red interdisciplinar, formada por 29 profesores de la Universidad de Zaragoza de 14 Departamentos, que imparten su docencia en las Facultades de Veterinaria, Derecho, Ciencias de la Salud y el Deporte, Ciencias Económicas y Empresariales, Centro Politécnico Superior y EUITIZ. El objetivo principal es desarrollar y consolidar la metodología del ABP como herramienta docente de uso cotidiano en la docencia en la Universidad. Partiendo de las experiencias individuales, este grupo pretende servir de foro para favorecer la colaboración y el intercambio de experiencias y discutir sobre aspectos como la elaboración del problema o la gestión del método

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El contenido de la asignatura, en mi caso del Derecho Financiero y Tributario debe ser transmitido a los alumnos. Esto, que en sí es una perogrullada, lamentablemente no siempre se tiene presente cuando el profesor, encaramado a la tarima, se enfrenta al alumnado. Pero hay que tener bien presente, que la función de todo profesor es la de transmitir conocimientos. (...)

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La reutilización de las aguas residuales es una parte esencial del uso sostenible del agua. Sin embargo, las actuales plantas de tratamiento no están preparadas para tratar determinados compuestos como los llamados “contaminantes emergentes”. Los hábitos de consumo actuales estan generando una serie de residuos o microcontaminantes que hace tan solo unos años no existian. Entre esas nuevas sustancias aparecen los PPCP’s (Pharmaceuticals & Personal Care Products) que son un amplio grupo de compuestos químicos utilizados en veterinaria, prácticas agrícolas, salut humana y cosmetología. El mayor problema que presentan estas substancias en la actualidad es el parcial desconocimiento sobre sus efectos, la ausencia de reglamentaciones que determinen las concentraciones máximas admisibles en los cauces de vertido, la reducción en procesos de depuración convencionales, así como los tratamientos específicos aplicables a su eliminación. Los objetivos del presente proyecto són: estudiar las tipologías de PPCP’s y sus influencias para la salud humana y el medio ambiente, estudiar los diferentes sistemas de tratamiento de aguas existentes en plantas depuradoras y evaluar su eficiencia en la depuración de PPCP

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Algunos criticos como Croce defendieron la originalidad y la individualidad de toda obra literaria basandose en que se trataba de algo unico, irrepetible y por tanto siempre al margen de cualquier catalogacion (cfr. Croce 1946). Por supuesto, esta vision implicaba un rechazo directo hacia los rotulos y la causa generacional, que segun el prof. Pires de Aguiar e Silva podian sugerir, bien implicando, una buena dosis de imprecision (cfr. Aguiar e Silva 1990: 243). Sin embargo, desde un punto de vista eminentemente sociologico hemos de tener en cuenta que cada escritor o escritora puede considerarse como producto de un tiempo y un pensamiento determinados, lo cual permite su inclusion en un proyecto comun que lo delata, la delata, como miembro de una comunidad precisa y concreta, de una epoca determinada y, por supuesto, de un espacio y un momento claramente definidos. Es asi como, aludiendo a Godzich, que ha criticado la ceguera de la historiografia literaria ante una realidad tan compleja como el manifiesto (cfr. Godzich 1986: 8-9), podriamos apostar en el mismo sentido por la vena periodologica en semejante clave historiografica

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Históricamente, entre una geografía fundamental y una geografía de los docentes la cisura no ha sido tan inevitable como algunos pensaron que así ocurriría. No obstante, a principios del siglo XIX aparece en Europa un nuevo tipo de geografía escolar y universitaria cuya función tiene que ver más con lo cultural que con lo científico

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Tradicionalment, el sistema educatiu espanyol ha presentat carències importants respecte al desenvolupament de competències lingüístiques en una o més llengües estrangeres

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O trabalho a ser exposto consiste em uma análise de dados parciais de um projeto de pesquisa desenvolvido pela pesquisadora junto a um grupo de professoras de anos iniciais do Ensino Fundamental de uma escola municipal situada no Estado do Rio Grande do Sul (Brasil), integrado a um projeto de reformulação curricular que atinge o ensino de Língua Portuguesa

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El objeto de esta tesis es el análisis de la autorregulación regulada, es decir, el análisis de las normas y de los controles privados que poseen relevancia para el Derecho público. A pesar de su aparente desvinculación con el Derecho Administrativo, la autorregulación es una tendencia que se percibe cada vez con mayor nitidez; es, claramente, un fenómeno que se asocia principalmente al uso de nuevas tecnologías, pero que desborda con mucho este ámbito. La autorregulación es una noción directamente relacionada con la transformación de las formas de gobernanza impulsada desde la Unión Europea; es una nueva técnica o instrumento que las normas jurídico-públicas, a través de numerosas remisiones a la autorregulación, ponen en manos de la administración para gestionar los fines que ésta tiene encomendados. Existe, sin embargo una clara disociación entre las esperanzas puestas en la autorregulación y la falta de respuestas que ofrece el derecho positivo. Un análisis exhaustivo de la jurisprudencia y de la legislación que utilizan la voz "autorregulación" me ha llegado a concluir que este vocablo es en nuestro ordenamiento, un "término sin concepto". En esta fuentes se asimila la "autorregulación" con la capacidad de autonormación de un sujeto. Es el derecho comunitario el que la autorregulación como una alternativa o un complemento a la desreglamentación estatal y como una manifestación de un traslado de funciones y responsabilidades públicas a la sociedad. Por influencia del Derecho comunitario, el legislador pretende, a través de la autorregulación, alcanzar dos finalidades aparentemente contradictorias: (a) facilitar la función de garante que tiene atribuida el Estado, mediante una intervención más extensa i más intensa en las actividades privadas; (b) hacer efectivo los objetos propuestos con la desregulación, mediante una contención del ejercicio de la potestad reglamentaria y una disminución de los controles, preventivos o represivos, realizados directamente por la Administración. Para salvar esta contradicción, es necesario que el legislador establezca una regulación adecuada de la autorregulación. Dicha regulación es, hoy por hoy, manifiestamente insuficiente. Deberían fijarse con carácter general -y no sólo puntualmente y por sectores- las medidas adecuadas para el fomento de la autorregulación; los efectos públicos que ésta posee en cada caso y, significativamente, las garantías y controles necesarios para contrarrestar tales efectos. Esto es, los principios que rigen la actividad administrativa deberían ser aplicados también a la autorregulación en aquellos casos en los que sus diversas manifestaciones poseen efectos similares a los que son propios de los reglamentos, las inspecciones o las sanciones administrativas. Esta propuesta deja abierta la cuestión acerca de la incidencia recíproca de ambas técnicas; esto es , la incidencia de la regulación pública en la autorregulación de origen privado y, a la inversa, el impacto del desarrollo de la autorregulación regulada en el ejercicio de las potestades reglamentaria, autorizatoria, y sancionadora de la Administración. Esta cuestión sólo puede ser contestada hoy caso por caso, de modo que la respuesta es distinta si se analiza una norma técnica, un código ético, un manual de buenas prácticas, una certificación privada del cumplimiento de normas técnicas, el ejercicio de la potestad disciplinaria privada o el arbritaje. De lo que no cabe duda alguna es que ni la autorregulación es sólo una actividad de interés privado, ni la regulación pública conserva hoy sus rasgos tradicionales.