14 resultados para Fuero Juzgo
em Ministerio de Cultura, Spain
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Podría decirse que, habiendo sido el siglo XIII uno de los más dinámicos en la historia de la cristiandad, así como de los desarrollos iniciales de un periodo ulterior de progreso en las disciplinas de físicas y metafísicas de Europa, sus resonancias en Inglaterra contienen ciertas oscilaciones de intensidad, que han pasado inadvertidas a la generalidad de los investigadores de este periodo. Uno de los puntos de referencia es España. Inglaterra corre pareja a ella, no sólo en coincidencias cronológicas de sucesos, sino en reacciones y resultados provenientes de estos sucesos, que tanta repercusión después tuvieron en el desarrollo civilizador de Europa. Baste citar algunos nombres como ejemplo; Roger Bacon y Raimundo Lulio; Edward I y Jaime de Aragón; y dos universidades gemelas: Cambridge y Salamanca; dos concepciones jurídicas: Magna Charta y el Fuero Juzgo. Estas pocas coincidencias son suficientes para hacer de ambos países un núcleo de radiación común en ese paso de las tinieblas, que tanto empañaron la atmósfera medieval de Europa, preparándola a un paso seguro hacia el progreso y la justicia.
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Resumen basado en el de la publicación
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Resumen tomado de la web del Departamento de Educación
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Resumen tomado de la web del Departamento de Educación
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Resumen tomado de la web del Departamento de Educación
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Dividido en tres partes: Conceptos básicos, historia de los fueros y del sistema foral en la actualidad. En la primera parte se explica qué es el Fuero, el Fuero Privado, el Fuero Público, el Régimen Paccionado, la posición navarra en la foralidad española, la libertad como principio fundamental del Fuero navarro y la orden de prelación del Fuero. La segunda parte se dedica al nacimiento del derecho propio en Navarra, Navarra en la Europa medieval, la unión de Navarra a Castilla, la foralidad en la época de los Borbones, la ley paccionada de 1841, la evolución de las instituciones públicas de Navarra, los Contrafueros y la recopilación de Derecho Foral. La tercera parte trata del amejoramiento del Fuero, las instituciones forales en la actualidad, las entidades locales, la Comunidad Foral de Navarra y las Comunidades Autónomas españolas y el Derecho Navarro en la Unión Europea. Contiene además una cronología dinástica y un vocabulario de términos.
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Analizar profundamente el papel que han desempeñado los fueros en Navarra en cuestión educativa. Cartas manuscritas, textos legales, libros, publicaciones, etc. En Navarra, el fuero es una realidad auténtica en la formación básica de los hombres. Es presentado como posible alternativa y opción de futuro en la política educativa del país: son la expresión orgánica de las libertades concretas cristianas. Navarra ha conseguido mantener unos niveles en la enseñanza favorables a merced de los fueros.
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Resumen tomado de la web del Departamento de Educación
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Resumen tomado de la web del Departamento de Educación
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Es uno de los grandes mitos de la Edad Moderna, incluido por vez primera por Blanca de los Ríos y la universalidad del eterno mito de Tirso es tal, que hoy se habla de Don Juan como de Don Quijote, sin nombrar a su autor, al cual se rinde con ello el mayor de los homenajes: el de reconocer, a una de sus criaturas estéticas, fuero de ciudadanía, personalidad independiente y propia. No nació por generación espontánea. Don Juan es el símbolo de la rebeldía de la carne fulminada por la justicia de Dios, y no podía nacer del cerebro de un fraile teólogo y psicólogo, y a quien inquietaba como a ningún dramático el destino eterno de sus criaturas inventadas. Tirso tiene la virtud de haber creado un mito de arte que se renueva perennemente y pervive en todos los países y en todos los tiempos. Ya dijo Menéndez Pelayo del Don Juan que es la obra romántica donde el elemento sobrenatural penetra con más fuerza en el campo de la realidad. Y ese es el secreto de su perennidad: la penetración de lo sobrenatural en lo real.
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Se comenta el libro del Dr. Inglis titulado 'La educación en Inglaterra', publicado en la colección 'Bristish Ways', que estudiaba los objetivos que perseguía la educación británica y los medios para alcanzarlos. El primer capítulo trataba de las diferencias entre la educación inglesa y la escocesa, que radicaban, principalmente, en las diferencias económicas entre una región y otra. En el capítulo titulado 'Formación del ciudadano', el autor subrayaba la importancia de la vida en el hogar como base para aprender el arte de vivir en sociedad. El tercer capítulo lo dedicaba al estudio de la educación de los adolescentes, incluyendo su preparación para el uso del descanso y el desarrollo del sentido de responsabilidad cívica. El capítulo titulado 'El fuero de los ideales británicos', ofrecía respuestas ante preguntas como las relaciones entre individuo y sociedad, Iglesia y autoridades civiles y peligros del totalitarismo.
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Incluye mapas, gráfico y planos
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Recoger toda la legislación de contenido educativo existente en Navarra desde 1512 años que se comenzó la Novísima Recopilación de las leyes del Reino de Navarra hasta 1812. Estudio sobre la evolución de la Legislación Educativa en Navarra. El trabajo está dividido en seis capítulos, En un principio intenta hacer un pequeño desarrollo de la enseñanza sin meterse en grandes matizaciones, es un esquema de cómo ha transcurrido la enseñanza en Navarra, quién regentaba las escuelas, etc. A continuación habla de las primeras letras, que será el fundamento principal de la tesina. Todas las leyes están relacionadas con la enseñanza de estas primeras letras. Los puntos que luego se desarrollan están ligados totalmente con éste de las primeras letras. En el capítulo siguiente intenta dar una visión sobre las instituciones que estaban al servicio de la educación, instituciones encargadas principalmente para llevar el buen orden de las escuelas, eran representaciones del reino, una especie de inspectores que llamamos hoy. Después pasa a los tipos de escuela, donde vemos una de las primeras leyes de la escuela pública que quizás no se diera con este fin pero fue un comienzo hacia esa escuela. Vemos también otra ley que también será de las primeras que se dan sobre la escuela o la educación privada. Más tarde vemos quién es el maestro, como llegaba a ser maestro, requisitos, etc. En el siguiente punto vemos que ya no son entre comisionados navarros y del gobierno. Vemos la forma en que la ley paccionada y siguientes influyen en la educación y enseñanza en Navarra. Al final de este punto vemos una ley que hace mención a la enseñanza en el mejoramiento del fuero de Navarra. 1) El Organismo Oficial que dicta las leyes son las Cortes del Reino de Navarra. 2) Existen más leyes referentes a la Organización de escuelas, lugar donde debe haberlas y a maestros que a lo que es en sí la educación. 3) Las escuelas eran Municipales principalmente, regidas por el Ayuntamiento. 4) Existían superintendentes dependientes del Ayuntamiento que supervisaban dichas escuelas. 5) La enseñanza no era mixta, había separación de chicos y chicas. 6) La enseñanza de niñas estaba en función de la utilidad que pudieran tener como amas de casa. 7) Los maestros eran nombrados para ejercer su facultad en cada pueblo, por el Ayuntamiento. 8) Hasta 1794 solo podían ejercer los maestros que tuvieran título y eran pagados por el Ayuntamiento. 9) Para la obtención del título se fijaban mucho en sus cualidades morales y cristianas.
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Resumen basado en el de la publicaci??n