45 resultados para Estado de derecho

em Ministerio de Cultura, Spain


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Este artículo pertenece a un monográfico sobre la Globalización. Resumen basado en el del autor

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Resumen basado en el de la publicación

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La nueva asignatura de Educación para la ciudadanía invita al alumnado a reflexionar sobre la convivencia, el respeto, el afrontamiento no violento de los conflictos y la aceptación de la creciente diversidad. Algunos aspectos controvertidos son si se trata de una asignatura o una transversalidad; si es una forma de adoctrinamiento; o si se ha creado en detrimento de la Filosofía. La principal misión de la educación para la ciudadanía estriba en formar personas política y moralmente activas, conscientes de sus derechos y obligaciones, comprometidas con la defensa de la democracia y los derechos humanos, sensibles y solidarias con las circunstancias de los demás y con el entorno en el que viven. Los contenidos principales de la educación para la ciudadanía son servir para reflexionar y sensibilizar sobre la convivencia y el ejercicio de la ciudadanía democrática en el centro y su entorno; causas y diferentes formas de violencia, así como alternativas a ésta que existen; comprensión del significado de lo que es el estado de derecho laico y la normativa fundamental que lo regula, así como los derechos y deberes fundamentales de la vida en sociedad; el análisis histórico, filosófico, político y ético de los derechos humanos; el crecimiento del fenómeno inmigratorio en España y el proceso de construcción europea.

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Se describe el Programa Regional de Apoyo a las Defensorías del Pueblo de Iberoamérica (PRADPI). Se trata de un proyecto desarrollado desde el año 2000 por el Centro de Iniciativas de Cooperación al Desarrollo de la Universidad de Alcalá, con el apoyo financiero (obtenido en convocatorias públicas en concurrencia competitiva) de la Comisión Europea, primero (2000-2004) y de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, después (2004-2010), y la colaboración del Defensor del Pueblo de España. Su objetivo fundamental es apoyar la consolidación de las Defensorías del Pueblo en América Latina, en aras a favorecer el desarrollo de la democracia, el Estado de Derecho y la cohesión social en sus respectivos países, desde una óptica de derechos humanos, que es el objetivo transversal de la Cooperación Española, plasmada en sus sucesivos Planes Directores (el último, 2009-2012).

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Se hace un repaso de las prácticas educativas poniendo de manifiesto las aportaciones sucesivas de formaciones sociales muy diversas. La modelización de la función educativa que se propone define el ámbito de la Educación y el oficio de educador. Las necesidades de la educación dependen, total o parcialmente, del estado de derecho en general y, en especial, de las garantías que se ofrezcan a las libertades públicas en una formación social determinada.

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Se trata la figura y misión del defensor del pueblo, que una vez recoge las quejas de los ciudadanos, actúa como controlador de que la actividad de las Administraciones Públicas se adecúe a los principios de la Constitución, para el correcto funcionamiento del Estado de Derecho.

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Establecer una nueva consideración de las leyes de instrucción, al situarlas entre su reconocimiento constitucional y las leyes de libertad de imprenta, pilares fundamentales de un estado de derecho. Por otra parte, reconocer los medios de que se ha valido el Estado para conseguir el control ideológico de la sociedad, su evolución y repercusiones. Por último, destacar la escasez económica del estado para lograr sus objetivos: conseguir una instrucción general obligatoria, uniforme y gratuita. Las fuentes utilizadas para la elaboración de este trabajo han sido tres: en primer lugar, las Leyes, Decretos y Circulares aparecidas en la Gaceta de Madrid -actual Boletín Oficial del Estado-; en segundo lugar, las recopilaciones Legislativas de Alcubilla, a partir de 1868, y las de Aranzadi, desde 1930; por último, los anuarios editados por los Ministerios correspondientes, como pueden ser los de Gobernación y Fomento, Corporaciones Locales o Comunidades Autónomas. Conceptos relacionados con la enseñanza, tales como general, uniforme, gratuita, escuela pública y escuela privada, con previa o sin previa censura y religión, formarán un todo interrelacionado a partir de la Constitución de 1812 y de su Ley de Instrucción, siendo habituales en las Constituciones posteriores y en las Leyes de Instrucción y de libertad de expresión. La relación entre nación e Instrucción ha sido tan estrecha en las Constituciones y Leyes de Instrucción que los fines de la educación coincidían con los del engrandecimiento y progreso de esa misma nación. El término uniforme, referido a la enseñanza, se encuentra en todo momento hasta nuestros días, excepto en la legislación de 1869. La relación de la edad y los niveles educativos ha estado más supeditada a la economía y a la edad laboral que a la atención y consideración del ritmo desigual de aprendizaje de los niños.

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Reflexión en torno al derecho a la educación por parte de toda la sociedad. Este derecho se fundamenta en una serie de consideraciones teóricas. Se señalan las razones de la conveniencia social de la democratización de la enseñanza, fundamentalmente la industrialización, con la que se ha hecho necesario un volumen cada vez mayor de trabajadores formados. Por lo que respecta al derecho a la educación en la legislación, se hace referencia a las principales normas internacionales y nacionales en las que se sustenta este derecho. Sin embargo hay obstáculos importantes en el marco institucional, y obstáculos de cariz económico, como el coste de la enseñanza para el Estado y las familias. De ahí la necesidad de asegurar una igualdad de oportunidades para las familias más necesitadas económicamente. Se enumeran las principales soluciones que se deben aplicar al actual sistema de enseñanza, y se hace referencia a las más importantes puestas en marcha en España.

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En la sección de 'Cartas a la Redacción', se transcribe la misiva que Juan Vallet de Goytisolo envío a la Revista de Educación dirigida a Eduardo García de Enterría, comentando su artículo 'Reflexiones sobre los estudios de Derecho', al que hace varías observaciones. La primera de ellas es la contraposición del Estado de juristas, cuyo fin es exclusivamente garantizar el equilibrio de la libertad y el Estado intervencionista de actuación administrativa que procura el desarrollo económico y la acción social. También comenta la misión de los juristas y defiende que no pueden desaparecer lo que denomina 'juristas libres'. Sostiene que la carrera de Derecho debe endurecerse y abarcar una fase de Instituciones, que ofrezca una visión panorámica total del Derecho y otra de Pandectas, que sirva para enseñar a interpretar, a investigar, a reaccionar ante los textos de Derecho y que eduque el sentido jurídico.

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Resumen tomado parcialmente de la propia publicación. Se incluye como anexo un listado de legislación educativa

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Resumen tomado parcialmente de la propia publicación. Se incluye como anexo un listado de legislación educativa

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Crédito variable de Ciencias Sociales para Educación Secundaria Obligatoria. El objetivo es dar una visión general de lo que es el mundo del Derecho y de la Justicia, concentrado en nuestro ordenamiento jurídico. No se profundiza en ninguna técnica jurídica, ni en las ramas de Derecho existentes. Lo principal es dar una visión general de la existencia de técnicas específicas y de las diferentes ramas del Derecho. El crédito se reparte en cinco unidades didácticas: 1) El Derecho en el Estado moderno y en el Estado español. 2) Derecho civil. 3) Derecho penal. 4) Derecho mercantil y fiscal. 5) Derecho laboral. En cada unidad se ofrece información para el profesor y ejercicios para el alumnado.

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Repaso breve de la historia del Consejo Escolar del Estado Español desde 1812 hasta 2005. Se analiza con más detalle las características del mismo en 1985, por aparecer la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación (LODE).