21 resultados para Decretos de Cortes

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Resumen tomado de la revista. Número extraordinario titulado: Calidad en la enseñanza universitaria. Innovaciones didácticas en la Universidad de Sevilla

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Experiencia realizada en el CEP de Palencia e I.B. 'Alonso Berruguete' de Palencia, lugar a que pertenecen los profesores firmantes. El objetivo principal ha sido dar a conocer mejor nuestra realidad histórica y serviir de fuente y sustento a la actual forma de entender lo castellano-leonés. El trabajo consta de dos unidades temáticas: 1) Enmarque histórico en torno al nacimiento de las Cortes de Castilla y León. 2) Las Cortes Medievales en Castilla y León. Tiene una parte informativa y otra con ejercicios de fijación, relación, captación de conocimientos y comprensión de los mismos..

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Descubrir el pensamiento que tiene Manuel José Quintana sobre los grandes temas de educación. Expone el marco histórico político en que se mueve Manuel José Quintana, estudia el Informe de la Junta creada por la regencia para proceder al arreglo de la instrucción pública, y realiza un análisis comparativo entre el Informe y el Dictamen, entre el proyecto de Decreto y el Informe, y entre el Reglamento General de Enseñanza de 1821 y el Informe. 1) Quintana considera que los estudios, la instrucción pública, la formación intelectual de la comunidad está directamente vinculada con la vigencia de valores abstractos, la libertad. Lo que significa que la instrucción pública es uno de los instrumentos propicios para la transformación radical de España en todas sus facetas. 2) Quintana plantea el problema de la cultura española como una escuela del problema de su Constitución como Estado político. Aquí viene a incidir el tema de la Ilustración, es decir, el hombre más formado intelectualmente es el más libre, o el que más y mejor libremente puede actuar en el seno de la sociedad para cooperar al bien común, del que se olvidan las falsas revoluciones. Por ello, la primera finalidad del plan es la unidad de la enseñanza para evitar que la instrucción fuera un resultado de la fuerza del orgullo individual. 3) La instrucción pública adquiere en el pensamiento de Quintana categoría de institución social por primera vez en nuestra historia, incluso de institución política, puesta al servicio de una idea que prevalece sobre todas las demás, la de lograr el bien común. 4) El fin primero de la instrucción pública es la participación de todos en el saber común, el segundo, puesta en marcha de la posibilidad de formación de la persona, pues sólo la formada intelectualmente, puede elegir los valores oportunos para su felicidad, luego el efecto primero es el impulso primero de la personalidad, formada por ella. De estas ideas se derivan las premisas prácticas de lo que Quintana consideraba instrucción pública ideal, éstas son, la universalidad en cuanto que tenía que llegar a todos; la obligatoriedad en cuanto que la instrucción suponía un paralelismo o identificación entre libertad y cultura o enseñanza; y la gratuidad, ya que el objetivo que se perseguía era la posibilidad de acceso a la instrucción de todas las clases sociales. 5) La labor pedagógica que Quintana realizó con el Informe evoluciono posteriormente a través del dictamen y proyecto de Decreto presentado por una comisión a las Cortes el 7 de marzo de 1814. La evolución se da única y exclusivamente a nivel de especificaciones a la hora de proyectar la instrucción en la realidad concreta, en cuanto a la ubicación de centros y distribución de las materias a enseñar. 6) El Dictamen y proyecto de Decreto, son el primer intento legislativo de sentar una Ley General de bases de la educación en España. Pero teniendo en cuenta que ambos documentos son una asimilación de lo que fundamentalmente sentó el Informe, se le puede atribuir a Manuel José Quintana el primer proyecto de Decreto sobre educación general en España. A la que hay que hay que unir el mérito, dada la copia literal que hace el Reglamento General de Instrucción Pública de 1821 del citado proyecto de Decreto de 1814, de ser el autor de la primera ley general de educación española. 1) Quintana no es solamente uno de esos hombres de la minoría ilustrada que trabajan con una exacerbada fe en la cultura por lograr la felicidad de los ciudadanos y el engrandecimiento de la patria, sino que a él se debe el mérito de haber recopilado todas las ideas que, en torno a la educación, estaban en mente de los intelectuales europeos, y en concreto en los reformadores españoles en ese momento. La prueba de ello está en que el informe no sólo ha sido base para los posteriores decretos de enseñanza, sino que en líneas generales se mantuvo intacto como se puede ver en el Reglamento General de Instrucción Pública de 1821. 2) Es evidente que Quintana desea proporcionar los medios para que surjan nuevas personalidades que integradas en la sociedad, lleven a esta a su perfección armoniosa y ejemplar. El centralismo y control de la enseñanza por el Gobierno, son las respuestas pedagógicas concretas a la historia de su siglo.

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En el presente artículo se repasan los Reales Decretos de desarrollo de la Ley de Calidad en los diferentes niveles y etapas educativas: Educación Preescolar, Educación Infantil, educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato. Se dan unos breves apuntes sobre lo establecido para cada uno de estos niveles en cuanto a áreas educativas, tipos de evaluación para pasar de un ciclo a otro, novedades como la introducción de las nuevas tecnologías, asignaturas y cursos en los que se dividen, enseñanza de idiomas, etc.

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Aportar elementos de juicio sobre la autonomía universitaria en la España contemporánea, estudiando uno de los intentos más decisivos de reforma: el Decreto de 21 de mayo de 1919, obra del ministro Maurista, César Silio. Contenido de la reforma Silio: decreto Silio, disposiciones que derivaron de él, proyectos de ley presentados en las Cortes y los estatutos que redactaron las universidades. Tras una introducción histórica, ideológica y pedagógica sobre la libertad de enseñanza y la autonomía universitaria se aborda el contenido de la reforma centrada en 5 textos legales básicos. En una segunda fase se estudian los debates parlamentarios que se producen sobre la reforma, y más en general, sobre la universidad y la política educativa. La tercera analiza la prensa diaria y las revistas especializadas correspondientes a estos años, que se convierten en foro donde escriben las personalidades universitarias más representativas. Fuentes legislativas: decretos y órdenes que inician, desarrollan y suspenden el régimen autonómico. Textos y debates parlamentarios. Prensa y revistas especializadas de la época, fundamentalmente 'El Debate', 'El Sol', 'ABC', 'El Socialista' y el 'Boletín de la Institución Libre de Enseñanza'. Bibliografía. La reforma autonómica supuso unas realizaciones concretas para la Universidad (elección de autoridades académicas, desarrollo del asociacionismo escolar, incremento de la vida cultural universitaria, etc.) pero también trajo consigo una gran polémica, que se extendió desde la Universidad hasta el Parlamento y la prensa diaria. Por encima de los componentes puramente pedagógicos o políticos, la reforma Silio constituye un claro ejemplo del enfrentamiento ideológico en el que se movía la Universidad y el mundo de la cultura. El conocimiento de lo ocurrido entre 1919 y 1922 con motivo del nuevo régimen universitario arroja gran luz sobre las coordenadas intelectuales y educativas de la sociedad española.

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Se transcribe íntegramente el discurso que pronunció el Ministro de Educación y Ciencia, José Luis Villar Palasí, durante la sesión del 28 de julio de 1970, donde fue aprobada la Ley General de ecuación y Financiamiento de la Reforma Educativa por la Cámara.

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Transcripción del discurso del Ministro de Educación, Manuel Lora Tamayo, ante las Cortes Españolas el 4 de abril de 1967, sobre el proyecto de Ley sobre unificación del primer ciclo de enseñanza media, y los factores a tener en cuenta para llevarlo a cabo, como las premisas socio-económicas, la comparación con la evolución europea de este nivel de enseñanza y las líneas de actuación y condicionantes para la unificación en nuestro sistema educativo.

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Discurso del Ministro de Educación Nacional, Manuel Lora Tamayo, ante las Cortes Españolas el 15 de julio de 1965, para presentar el proyecto de Ley sobre estructura de la Facultades Universitarias y su Profesorado, y sus características esenciales, como la aparición de la figura del profesorado agregado y las vías de acceso al profesorado, la creación de departamentos en las facultades, y la necesidad de adecuar el número de profesores y la calidad de estos a la nueva estructura, para la renovación y mejora de la enseñanza superior.

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Transcripción del discurso pronunciado por el Ministro de Educación Nacional, Manuel Lora Tamayo, ante las Cortes Españolas, el 23 de abril de 1964, para presentar dos proyectos de ley, uno referente a la reorganización de las enseñanzas técnicas y el otro a la de la enseñanza media, que supone la obligatoriedad de escolarización hasta los 14 años, lo que supone un crecimiento del alumnado y una mejora de la calidad de la enseñanza y, a su vez, la modificación y ampliación de otros aspectos dentro del sistema educativo para su buen funcionamiento, como aumento de profesorado, perfeccionamiento de los mismos y construcción de más centros educativos.

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Discurso pronunciado por el Ministro de Ecuación Nacional, Jesús García-Mina, en defensa de la nueva Ley de Enseñanzas Técnicas, el mismo día de su aprobación, el 15 de julio de 1957, destacando la función social y económica de las enseñanzas técnicas.

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Se presenta un extracto del proyecto de ley de reforma de la Ley de Enseñanza Primaria, en la que se declara obligatoria y gratuita para todos los españoles una educación básica de ocho cursos, desde los seis a los catorce años.

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Se transcribe íntegramente el discurso pronunciado por el Ministro de Educación y Ciencia, José Luis Villar Palasí, durante la sesión del 28 de julio de 1970, donde fue aprobada por la Cámara la Ley General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa .