181 resultados para Reforma, Estado, mercado, leyes, competencia.


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Esta denominación aparece formalmente con la ley de 1938 y queda condenada a desaparecer en el Libro Blanco, elaborado treinta años después, aunque es ahora cuando está realmente llegando a su término al introducirse el nuevo bachillerato, instituido por la Ley General de Educación de 1970. A lo largo de este periodo, 1935-45 principio y años setenta fin mismo, se produce un proceso muy amplio de transformación social, económica y política en el cual la reforma educativa ocupa un papel preponderante Primera ley de 1938, conviene señalar que era sólo el comienzo de una reforma que pretendía abarcar todos los grados y especialidades de la enseñanza; y que la enseñanza media aparecía como un género del cual el bachillerato universitario sólo constituía una especie. La ley se limitaba a reforma este bachillerato, basándose en la primacía de lo espiritual, tradición y modernidad, elitismo mitigado y formación de la personalidad como principios filosóficos; separación de las funciones docente y examinadora, libertad de enseñanza (más bien en el sentido de libertad de empresa docente), supresión de la enseñanza libre, aproximación del grado de bachiller a la universidad, examen de Estado al término de los estudios, etcétera, como principios jurídicos; cultura clásica y humanística como instrumento formativo con firme base religiosa y patriótica como principios pedagógicos. Los efectos de la ley de 1938 fueron la recuperación y expansión de la enseñanza privada o no estatal, gran impulso y desarrollo de la formación clásica e indiferenciación de los colegios de la Iglesia respecto de los privados. Se suprimía la enseñanza libre. Duró quince años. Se acabó desgastando. En 1950 una nueva enseñanza para una sociedad nueva, ya que España había cambiado y deseo de un nivel de vida distinto, menos diferenciado. Convicción de que más años de estudio proporcionarían más medios de situarse en la vida; extensión de hecho, aunque todavía insuficiente de la posibilidad de seguir estudiando en los niveles no gratuitos con becas y otras ayudas del Estado; esa concienciación demandaba más educación y en 1953 Ley de Ordenación de la Enseñanza Media; las dos primeras finalidades que se le asignaban era el perfeccionamiento técnico de la enseñanza y el servicio a los valores de España. Esta ley frente a la de 1938 no articula un plan de estudios, sino que admite y da entrada a la pluralidad de planes, sobre una base común de división en dos grados: elemental y superior; el primero de cuatro años y el segundo, de dos cursos a los que se añadía un curso pre-universitario, posterior a la obtención del título de bachiller superior; y sobre una base también de materias comunes y optativas, destacando dos ramas en el grado superior: ciencias y letras; el acceso a los estudios superiores a través de unas pruebas de madurez. Efectos, difusión creciente hasta la masificación del grado de bachiller elemental. La última etapa, (1953-1958) supone una democratización y unificación en cuanto a su ruptura definitiva de su carácter minoritario y unificación de los estudios de ese ciclo. En adelante, ese primer ciclo (bachillerato elemental) constaría de cuatro curso (ley de 1953) y sería único para todos los alumno, lo que implicaba la desaparición del bachillerato laboral. Para terminar si comparamos ambas leyes: la de 1938 rompe con la etapa anterior en lo ideológico y en lo jurídico, pero desarrolla y consuma las tendencias pedagógicas anteriores y, la de 1953 se mantiene en la línea ideológica y jurídica de la ley de 1938, a la que intenta perfeccionar, rompiendo con ella en los fines y estructura de la enseñanza y abre las puertas a una organización flexible de los planes de estudios, a una participación , mínima de padres en la gestión de la enseñanza media.

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Esta denominación aparece formalmente con la ley de 1938 y queda condenada a desaparecer en el Libro Blanco, elaborado treinta años después, aunque es ahora cuando está realmente llegando a su término al introducirse el nuevo bachillerato, instituido por la Ley General de Educación de 1970. A lo largo de este periodo, 1935-45 principio y años setenta fin mismo, se produce un proceso muy amplio de transformación social, económica y política en el cual la reforma educativa ocupa un papel preponderante Primera ley de 1938, conviene señalar que era sólo el comienzo de una reforma que pretendía abarcar todos los grados y especialidades de la enseñanza; y que la enseñanza media aparecía como un género del cual el bachillerato universitario sólo constituía una especie. La ley se limitaba a reforma este bachillerato, basándose en la primacía de lo espiritual, tradición y modernidad, elitismo mitigado y formación de la personalidad como principios filosóficos; separación de las funciones docente y examinadora, libertad de enseñanza (más bien en el sentido de libertad de empresa docente), supresión de la enseñanza libre, aproximación del grado de bachiller a la universidad, examen de Estado al término de los estudios, etcétera, como principios jurídicos; cultura clásica y humanística como instrumento formativo con firme base religiosa y patriótica como principios pedagógicos. Los efectos de la ley de 1938 fueron la recuperación y expansión de la enseñanza privada o no estatal, gran impulso y desarrollo de la formación clásica e indiferenciación de los colegios de la Iglesia respecto de los privados. Se suprimía la enseñanza libre. Duró quince años. Se acabó desgastando. En 1950 una nueva enseñanza para una sociedad nueva, ya que España había cambiado y deseo de un nivel de vida distinto, menos diferenciado. Convicción de que más años de estudio proporcionarían más medios de situarse en la vida; extensión de hecho, aunque todavía insuficiente de la posibilidad de seguir estudiando en los niveles no gratuitos con becas y otras ayudas del Estado; esa concienciación demandaba más educación y en 1953 Ley de Ordenación de la Enseñanza Media; las dos primeras finalidades que se le asignaban era el perfeccionamiento técnico de la enseñanza y el servicio a los valores de España. Esta ley frente a la de 1938 no articula un plan de estudios, sino que admite y da entrada a la pluralidad de planes, sobre una base común de división en dos grados: elemental y superior; el primero de cuatro años y el segundo, de dos cursos a los que se añadía un curso pre-universitario, posterior a la obtención del título de bachiller superior; y sobre una base también de materias comunes y optativas, destacando dos ramas en el grado superior: ciencias y letras; el acceso a los estudios superiores a través de unas pruebas de madurez. Efectos, difusión creciente hasta la masificación del grado de bachiller elemental. La última etapa, (1953-1958) supone una democratización y unificación en cuanto a su ruptura definitiva de su carácter minoritario y unificación de los estudios de ese ciclo. En adelante, ese primer ciclo (bachillerato elemental) constaría de cuatro curso (ley de 1953) y sería único para todos los alumno, lo que implicaba la desaparición del bachillerato laboral. Para terminar si comparamos ambas leyes: la de 1938 rompe con la etapa anterior en lo ideológico y en lo jurídico, pero desarrolla y consuma las tendencias pedagógicas anteriores y, la de 1953 se mantiene en la línea ideológica y jurídica de la ley de 1938, a la que intenta perfeccionar, rompiendo con ella en los fines y estructura de la enseñanza y abre las puertas a una organización flexible de los planes de estudios, a una participación , mínima de padres en la gestión de la enseñanza media.

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Con la reforma educativa nuestra educación secundaria se convierte en comprensiva, es decir, escolariza hasta los 16 años a todos los niños y niñas en edad de escolarización obligatoria. La enseñanza secundaria escolarizará a todos los estudiantes sin distingos de su perfil profesional o académico. Lo que ha suscitado el descenso del nivel educativo, etcétera. Aunque todos los profesores reconocen que no queda más remedio que hacer coincidir la edad de salida del sistema educativo con la edad mínima laboral, se plantea la cuestión de qué hacer con aquellos alumnos que en el modelo de la LGE se iban a los 14 años y ahora estarán, lo quieran o no, hasta los 16 años. A esto hay que añadir que la enseñanza secundaria empieza no a los 14 sino a los 12, lo que obligará a los profesores actuales de BUP a pelear con niños más que con adolescentes. Con la reforma los niños hasta los 12 años estarán escolarizados en centros de edad primaria, mientras que los mayores de 12 años, mucho más problemáticos, especialmente en términos de disciplina, pasan a la ESO. Esto significa que el tramo más difícil de la actual EGB, el ciclo superior, pasa a ser competencia de los actuales profesores de Bachillerato, a los que se añaden los actuales de FP, más lo maestros que acrediten ser Licenciados. Además, mientras el profesor de EGB tiene la posibilidad de promocionarse al pasar de profesor de primaria a profesor de secundaria, los profesores de secundaria carecen de cualquier vía de promoción, al exigirles acoplarse a un alumnado menor del que venían conociendo hasta ahora, se introducen materias curriculares que pueden socavar el peso de las asignaturas que imparten y, a cambio, no ganan nada. El profesor de la ESO se verá con un alumnado menos motivado y al que habrá de evaluar aspectos distintos a los meramente cognitivos. Uno de los grandes temores del profesorado es el hecho de que la reforma está consistiendo en tener que rellenar papeles, se incrementan los esfuerzos a atender necesidades burocráticas en detrimento de la innovación pedagógica. La reforma educativa española opta en cuanto a currículo por un modelo flexible. La Administración se reserva la elaboración de un marco curricular mínimo: Diseño Curricular Base (DCB) del que tienen que partir todos los profesores. Las razones de la existencia de estos mínimos tienen que ver con la función socializadora de la escuela. La opción establece un reparto de competencias en el que hay tres niveles distintos en el desarrollo del currículo: 1õ Primer nivel de concreción a las autoridades educativas- DCB; 2õ que compete a los equipos docentes de cada centros que se concretan en el Proyecto Curricular de Centro; 3õ Competencia de cada profesor, en concreto, y es la planificación de actividades y tareas conformando las programaciones de aula. En este marco es donde tiene lugar la formación del profesorado en Centros. Ellos son los que proponen en que quieren formarse y el Ministerio de Educación y Ciencia decide que claustros podrán formarse en aquello que han propuesto con este modelo los alumnos saben lo que tienen que aprender y el modo en que los profesores los van a evaluar. Para los padres la menor independencia del profesor reduce los conflictos y el profesor se convierte en simple mediador supuestamente neutral. Lo que obliga a la formación permanente del profesor encaminada a conseguir: cambio de actitudes del profesor para que sea más reflexivo, replantee y planifique su actividad; ampliación y actualización de la formación inicial; reciclaje del profesorado; formación continua del profesorado de FP; formación del profesor que debe desarrollar labores especificas como la formación de adultos; especialización en áreas que pudieran necesitar la dedicación de un mayor número de profesores; formación cultural permanente del profesorado. Por ello, la formación permanente del profesorado juega un papel totalmente esencial en el proceso de reforma.

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La actitud del profesorado de enseñanza media refleja una clara ambivalencia, llegando a estar más de acuerdo que en desacuerdo con una mayoría de medidas reformadoras contenidas en la ley. En esa postura dos grupos según su procedencia: los que vienen del bachillerato son más críticos y contrarios a la LOGSE, que los exprofesores de FP, con la misma. A estos últimos, la reforma les abre expectativas que antes se les había negado, como acceso al bachillerato, asignaturas y alumnos más capaces a nivel académico y, a una mayor movilidad geográfica. Los de bachiller han creído en la reforma y han participado en ella sin llegar a ver satisfechas sus expectativas. Sin embargo, es posible ser moderadamente optimistas ante el futuro. Es evidente que la LOGSE significa poner en escena un nuevo guión de cómo enseñar y cómo aprender, que trae consigo cambios importantes para el profesorado, en los planos metodológico y profesional, debido a una nueva concepción del sistema educativo, dividido ahora en ciclos diferentes, finalidad y contenidos. Esta ambivalencia es lógica en los de bachillerato al estar en juego aspectos básicos de su condición de profesores: la reducción del bachillerato a dos años y la competencia laboral de maestros en la secundaria obligatoria. En todo caso, la aceptación del juego con rechazos puntuales es consecuente con la realidad de un sector ampliamente profesionalizado y que sabe que la reforma terminará por implantarse.

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Tras la segunda guerra mundial, Francia necesitaba reformar la enseñanza para adaptarla a los tiempos modernos. Tres series de disposiciones se prevén para remediar esta situación: I..La escolaridad obligatoria hasta los dieciocho años, con enseñanza elemental hasta los once años y enseñanza media, de once a trece años; II. La enseñanza no obligatoria para los alumnos mayores de dieciséis años que han optado por la enseñanza general que dura más de cinco años con varias ramas o por la profesional, que empieza a los catorce años y por último, el bachillerato. Examen público con dos partes. Pero ahora cambios, ya que no es necesario el título de bachiller para entrar en la enseñanza superior, ni para los diplomas de técnicos. Y la enseñanza superior. III. Subsidios de estudios: innovación importante en lo que se refiere a la ayuda del Estado a los estudiantes. Última disposición importante.

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La Iglesia tiene la misión de enseñar a las familias las verdaderas leyes de la vida moral y religiosa y el Estado, en materia de educación, debe respetar los derechos permanentes de la familia y de la Iglesia, actuando como tutor de ellas sin ser confesional, aunque permitiendo la plena libertad religiosa y la supremacía de la católica por motivos históricos.

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Elaborada en 1955 por el Ministro de Instrucción Pública, de ahí su nombre. Supone una reforma en todos los campos, jurídico, económico, político y religioso, que fija las reglas de la enseñanza del Estado, de las provincias y de los municipios y de subvenciones de centros de enseñanza media, normal y técnica. El ministro Collard, del grupo socialista en el poder, hizo esta reforma con el fin de acabar con la situación de preferencia que había tenido hasta ahora la religión católica con importante subvenciones de sus escuelas, y por la necesidad de convivencia entre las provincias representantes de las dos religiones. Se establece que la enseñanza religiosa no es obligatoria.

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El principio básico de la nueva escuela checa es el de la democratización, que abrirá las puertas de la escuela y la cultura a todas las clases sociales, al pueblo Toda la enseñanza será gratuita y estará sometida al Estado, quien impondrá una vigilancia sanitaria y un servicio de higiene a todas las escuelas. Los métodos de enseñanza deben suscitar la reflexión, el espíritu crítico, la independencia del trabajo y la competencia leal.

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Resumen tomado del autor

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Se presenta el resumen de los informes de los Grupos de trabajo que participan en el Seminario de Greystones y que aportan una serie de recomendaciones que favorecen la reforma en la enseñanza de la Química en los centros de Enseñanza Media. Estos informes se presentan en forma de cursos preparatorios (para estudiantes entre 14 y 16 años) y cursos avanzados (para estudiantes entre 16 y 18 años).

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Texto en francés

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Memoria de máster (Universidad de Barcelona, 2006). Resumen basado en el de la publicación

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Monográfico con el título: 'La Universidad y el Espacio Europeo de la Educación Superior'. Resumen basado en el de la publicación

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Título anterior de la publicación : Boletín de la Comisión Española de la UNESCO

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Texto aprobado por las Cortes Españolas en su sesión del 28 de julio de 1970, Boletín Oficial del Estado (BOE) de 6 y 7 de agosto de 1970.