116 resultados para Funcionarios


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Este artículo se incluye en el monográfico 'La inspección educativa'. Resumen tomado del autor

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Resumen tomado del autor. Monográfico con el título: De inmigrantes a minorías: temas y problemas de la multiculturalidad. Texto completo sólo disponible en el CD anexo o en la versión en línea

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El artículo continua en el n. 19 de la revista

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Se describen ciertos aspectos de la participación en la planificación de la enseñanza en Inglaterra y en el País de Gales. Esta participación ha sido un rasgo característico del sistema de enseñanza, y se cita la colaboración entre la administración central y local, entre la Iglesia y el Estado, entre los representantes locales, los funcionarios y los profesores, y entre las autoridades locales y los organismos privados. Se presenta la evolución que experimenta la enseñanza, aumentando la participación a todos los niveles y a un mayor número de personas. La reorganización de la administración local en 1974 da lugar a una reducción de las diferencias existentes entre ellas.

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Se define el término de estatuto del personal docente, como status o situación y consideración de la profesión docente en general, lo cual es un exponente claro de la importancia que la sociedad concede a la educación. También se le define desde el punto de vista del derecho, como el conjunto de derechos y obligaciones de los maestros, profesores o catedráticos, debido a las funciones que desempeñan, que se pueden resumir en lograr transmitir unos conocimientos. Por otro lado los profesores tienen la condición de funcionarios públicos. Así, se ahonda en el estatus del personal docente teniendo en cuenta que ofrecen un servicio público. En la Conferencia Intergubernamental sobre la situación del personal docente, celebrada en París en 1966, se elaboró una recomendación internacional que definió al personal docente y sus características, aunque no se profundizó en los aspectos jurídicos, ante la heterogeneidad de situaciones en los distintos países que participaron en la Conferencia. Como problemas principales del estatuto del personal docente destacan: la naturaleza jurídica del personal dedicado a la docencia, la dedicación de dicho personal, el plano empleo, la jornada parcial, las incompatibilidades, los requisitos y exigencias para la selección del personal, y la retribución, entre otras. El problema del estatus del personal docente requiere, en definitiva, hermanar los aspectos docentes y los jurídicos o administrativos, para lograr el reconocimiento y homogeneidad de condiciones, con el fin último de lograr un buen desempeño de la función docente.

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La seguridad social de los maestros interinos se enfrenta al riesgo, como cualquier otro elemento de la Administración, de la disgregación, por la progresiva dispersión de los procesos de gestión. Hay partidarios de una situación contractual, frente a otros partidarios de una situación reglamentaria, lo cual conlleva la existencia del acto-condición. Pero el maestro interino pertenece sin dudas al trabajador sujeto a situación reglamentaria, ya que es un funcionario. Sin embargo es un funcionario con características especiales. Éstas vienen definidas en el Decreto 315/1964, de 7 de febrero, o Estatuto de los Funcionarios Civiles del Estado. En el artículo 5õ se define a los funcionarios interinos como 'aquellos que por razones de necesidad o urgencia, ocupan plazas de plantilla en tanto no se provean por funcionarios de carrera'. Se ahonda en los preceptos que la ley establece para los funcionarios interinos. Después se establecen una serie de conclusiones respecto a los maestros interinos, como que en dicho estatuto no se define la figura del maestro interino, aunque se detalla con precisión los requisitos para el nombramiento de los interinos, aspecto que es totalmente aplicable para los maestros. Se prosigue con el análisis de algunos artículos, que directamente hacen referencia a la profesión docente, y a los maestros interinos. El cumplimiento del Estatuto del Funcionario Público, requiere que se desarrolle el Decreto-ley 10/65, de 23 de septiembre, sobre Derechos pasivos y de Seguridad Social de los Funcionarios de empleo. Este decreto reconoce dos situaciones: la anterior a su promulgación, en 1965, en la que el funcionario de empleo se rige por el estatuto de clases pasivas; y la posterior a su promulgación, que tiene como novedad que los funcionarios se regirán por el Régimen General de la Seguridad Social, el cual sólo afectará a los funcionarios nombrados después del 1 de enero de 1965.

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Los testimonios documentales son un tesoro de gran valor y, por lo tanto, su custodia y perdurabilidad entrañan una tremenda responsabilidad para el presente y futuro de los individuos y de las comunidades. Nuestro país cuenta con una larga tradición archivera, con un ejercicio del cuerpo facultativo de archiveros, bibliotecas y arqueólogos más que centenario y del auxiliar de archivos y bibliotecas desde 1932, con una responsabilidad de custodia del tesoro documental de los fondos del Estado, tanto en los archivos vivos como en los históricos, que se manifiesta en el servicio prestado, en los fondos custodiados y en los instrumentos de información producidos. Pero, si comparamos las cifras con las del personal que se encarga de ellos, choca y no ha sido paralelo. Este hecho se puso de manifiesto por los propios archiveros en 1956, dando cuenta de la situación de desamparo en que parte de su tarea se encontraba al no poder atender a todo lo que la recogida, ordenación, descripción y servicio de los documentos lleva consigo. Si los fondos crecieron entre 1866-1955 en un 153,70 por cien, los funcionarios facultativos y los auxiliares de esta especialidad sólo lo hicieron en un 27,50 por cien. Lo que demuestra que la proporción de personal en los archivos administrativos es inferior a la de los archivos históricos en relación con los centros reunidos y la situación en la Administración Provincial es numéricamente inferior a la de los archivos centrales y encima los archivos administrativos e históricos no reciben personal a nivel de colaboración burocrática, es decir, que la gestión que les corresponde corre también a su cargo, a diferencia de las otras oficinas de la Administración Pública, a la que pertenecen. Después de veinte años las variaciones son mínimas, puesto que el crecimiento acelerado de los papeles, no ha visto casi incrementado el número de sus custodios. Pero los servicios legales han aumentado con motivo de la expansión de las actividades de la Administración del Estado, ya sea por diversificación de oficinas ya existentes o por nacimiento de nuevos centros de carácter nacional, central o provincial. Entre los primeros destaca el Servicio Nacional de Restauración de Libros y Documentos (1969); entre los segundos, el Archivo General de la Administración en Alcalá de Henares (1969).

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Se trata de ver las oposiciones desde una doble perspectiva: como modo de acceder al cuerpo de funcionarios y como sistema normalizador de los saberes pedagógicos. En el primer caso las oposiciones actuarán como organismo regulador de la profesión docente, ligado a la moderna constitución del magisterio. Se irá aplicando al mismo el mismo modelo operante que al resto de los funcionarios; en el segundo caso los cuestionarios de oposiciones, levantarán acta de los saberes de la época, mostrando la permeabilidad o resistencia a los mismos. Las oposiciones son el elemento clave que da seguridad en el empleo, marca las diferencias, establece jerarquías y excita las energías de ascenso social para una profesión de escasa consideración social. La carrera de magisterio sólo pretenderá a través de una serie de actos (oposiciones, concursos, traslados, permutas) mejorar las condiciones económicas. Hasta 1857 con la ley Moyano no se fijará el tema de las oposiciones en cuestiones tan trascendentales para e magisterio como la provisión de escuelas, la fijación de una escala de salarios que van aumentando acorde con la vida. Pero habrá que esperar a la II República para que se forme mejor al maestro y desde antes de 1900 los estatutos de magisterio supusieron un cambio en la orientación del sistema de oposiciones, permitiendo el acceso a un cuerpo de funcionarios pagados por el estado. Para finalizar, aprobar una oposición significará, dar la contestación correcta a lo preguntado, la cual no podía estar sometida a la arbitrariedad de unos programas de escuelas normales sino al orden instituido por un temario elaborado por unos expertos. Así, con la publicación de los temarios y la obligación legal de su imposición actuarán como dispositivo que hizo posible la publicación de una serie de obras de pedagogía y otras disciplinas objeto de oposiciones que, se convertirán en una especie de textos canónigos. Su conocimiento parecía imprescindible a los opositores, a los profesores de escuelas normales, a los miembros de los tribunales y hasta la mismo legislador. Los temarios establecían su soberanía y se instituyen en el elemento normalizador a partir de las limitaciones impuestas a la pedagogía como disciplina. Destacan los programas de 1889 y 1923 a través de los que se pueden observar los cambios y su evolución.

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Formación y rendimiento están estimulando a una formación permanente del profesional: crearán un dinamismo de perfeccionamiento en el servicio que es el reverso de la moneda del estancamiento en estratos limitativo y definitorios. Sería necesario impulsar más investigaciones sobre la formación del profesorado, sus papeles, su eficiencia, dentro de las perspectivas cambiantes de nuestra época. También es necesario establecer las vías para que los resultados de esas investigaciones lleguen a las personas e instituciones que se encargan de la formación previa y en servicio de los futuros profesores y se traduzcan en acción práctica. Debería existir una comunicación constante entre los centros de investigación y los responsables de medidas políticas y administrativas. El papel del profesor está también cambiando. Todo el proceso de preparación de personal más eficiente para los servicios educativos dependerá de que el papel que se atribuye al profesor esté claramente definido y aceptado por la sociedad, por el Estado, por las instituciones formadoras y por el mismo. Aunque esta determinación de su papel no es fácil y estará impuesta por diferencias de sentido en la formación: personal, social, profesional, entre otras. Examinando a fondo esas diferencias veríamos que no son opuestas sino complementarias y que el quid de la cuestión radica en dosificarlas oportunamente según cada situación. Habría que hablar también de los fines y de la satisfacción o insatisfacción de dicha profesión. Por último, habría que señalar que la profesión docente representa en España el 31,38 por 100 de los funcionarios públicos. Sin embargo, su influencia objetiva como factor social y la propia imagen que los docentes tienen de si mismos no parecen responder a ese peso numérico , ni a su nivel medio de formación. La profesión docente, en cuanto tal, parece sólo parcialmente definida en algunos niveles, los de formación más general, y tiende a considerase como una prolongación de otra profesión en las ramas de preparación técnica y profesional. Su formación permanente es una necesidad sentida por organismos, padres y por los propios docentes.

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En Bélgica el grupo de inspectores debe inspeccionar establecimientos docentes. Todas las escuelas medias son visitadas por lo menos una vez al año, sin advertencia previa. El inspector si lo ve útil mantiene en cada visita conversaciones con el jefe del centro docente y con el personal a su cargo; la inspección ejerce un control sobre el horario escolar y respecto a cada profesor debe llevar obligatoriamente ciertos documentos en los que vaya dejando constancia de su actividad, un cuaderno de calificaciones y diario de clase. También realizar la selección de obras clásicas de lectura que son revisadas y examinadas por el inspector han de ajustarse a las prescripciones sobre las respectivas materias y al catálogo bibliográfico oficial. Los inspectores son nombrados por el rey, pero no se reclutan por oposición , sino libremente elegidos entre el personal docente. En Francia, son los inspectores generales que supervisan los diferentes órdenes de la enseñanza. Están divididos en especialidades. Mientras los generales de educación supervisan el funcionamiento general, administrativo o pedagógico, los inspectores generales de letras, matemáticas, ciencias, etcétera, supervisan la docencia de estas especialidades. Dentro de la inspección general la de segundo grado supervisa la actividad docente del Bachillerato francés. Los inspectores de academia se encargan de los diferentes distritos universitarios. Estos, controlan la contabilidad y el servicio interior de los centros. Los inspectores generales se encargan en la especialidad de la enseñanza media ejercen el control sobre estos centros; A nivel pedagógico, orientan, aconsejan al profesorado y controlan su actividad, horarios..los inspectores de enseñanza media son nombrados por decreto por el Presidente de la República francesa, mientras que los inspectores generales de servicios administrativos son elegidos entre los funcionarios de la Administración Central. En Inglaterra la inspección se encarga de las escuelas privadas, pero de forma voluntaria; la mayoría de las privadas están fuera de la jurisdicción de la inspección. En general los inspectores residen y viven en el distrito que tienen asignado. Se encargan de inspeccionar las escuelas, actuar como consejeros pedagógicos y colaborar en las encuestas que se relacionan con temas pedagógicos, aconsejar y ayudar a los profesores. Un comité de selección examina a los candidatos. Se encargan de la inspección de las escuelas de secundaria.

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Resumen tomado de la publicación

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El profesor de filosofía debe enjuiciar y ordenar su actividad a partir de algo muy elemental: no trabajamos con ideas sino con personas. Pero los profesores son funcionarios y ley del mínimo esfuerzo. Lo que hace que las relaciones no sean completas. El ministerio debería de regular, además de reciclar, formación, etcétera. Encima el profesor de filosofía absoluta neutralización de nuestra materia, cuando no se pueden neutralizar programas, programadores y docentes se produce una situación en la que se admite la gran diversidad ideológica de los docentes. Gran éxito. Ante tal diversidad en nuestra materia es difícil acceder a un conocimiento serio, razonado y fundado por parte del alumno. Se suele decir que los inmaduros de los alumnos vienen a condenar toda actividad en el campo de la filosofía. Sólo falta que el Ministerio traduzca esta inmadurez como inutilidad para que la filosofía acabe siendo innecesaria en el bachiller. Tal apreciación no es admisible y es preciso dotar al bachiller de una estructura que haga posible corregir determinados vicios de base, que destierre definitivamente el modelo enciclopédico. Está claro que los alumnos están tomando conciencia del sin sentido que conllevan determinados esfuerzos. Por ello, comienzan a adoptar una contestación violenta o una sumisión. Es preciso ser conscientes de que el enciclopedismo y la falta de autonomía no sólo contribuyan a que la actividad promovida en clase sea más o menos eficaz, a que favorezcan la neutralización absoluta de la filosofía mientras se dota al alumno de una ideología ante de acceder al estudio de la filosofía.

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La educación en Roma, como en cualquier sistema educativo, estuvo condicionada por una serie de factores económicos, políticos e ideológicos, experimentando cambios a través de las épocas. Al principio, estuvo dominada por una aristocracia rentista. Así, la educación fue un código de vida nobiliaria en el respeto a la tradición, primero respecto a los gens y después a la familia y en tercer lugar, el respeto a los ritos tradicionales. En el siglo III antes de Cristo la educación sufre un cambio. Tras conquistar Grecia la cultura romana comienza a helenizarse. El ideal que se va imponiendo es el orador. Surgido en la democracia ateniense, dotaba al que se dedicara a estos estudios de amplios conocimientos: matemáticas, geografía, geometría, astronomía, música, arte, lengua, mitología, literatura, derecho e historia. Se trataba de que el orador tuviera recursos para hablar de cualquier tema propuesto, y al mismo tiempo hablar bien. Desde el siglo II antes de Cristo la aristocracia romana dio a sus hijos una educación griega, a través de la enseñanza privada con clases a domicilio de numerosos esclavos griegos, que eran muy cotizados en el mundo y muy rentables. También aparecieron escuelas públicas, pero no estatales, una especie de academias donde los libertos trabajaban por cuenta propia. Poco a poco empiezan a abrirse escuelas en lengua latina, paralelas a las griegas. Escuelas primarias, secundarias y superiores. En las primeras se enseña a leer, a escribir y el cálculo; en las segundas, una cultura general y en las terceras, la técnica de la retórica. Pero hasta la época de Augusto la enseñanza en latín difícilmente puede competir con la griega. Así, al superponerse los dos tipos de enseñanza la educación romana se extiende a las provincias, creándose una red de escuelas a lo largo del Mediterráneo. Finalmente la autoridad se acaba extendiendo a los métodos como a las materias. A fines del siglo II de nuestra era preocupación por los métodos pedagógicos. El griego retrocede ante el avance de la lengua de la romanización. Las escuelas públicas jamás fueron inspeccionadas por el Estado y siempre favorecidas por los emperadores. La cultura pagana del bajo imperio acaba convirtiéndose en una preparación de escribas y funcionarios, ya que la burocracia se ha desarrollado considerablemente.

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Resumen basado en el de la publicación

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Título anterior de la publicación : Boletín de la Comisión Española de la UNESCO