193 resultados para Regula Pastoralis


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Partiendo de la Orden de 12 de agosto de 1994, que regula el uso de la lengua catalana como vehicular en la enseñanza no universitaria y que establece que los centros incluirán el Proyecto lingüístico dentro de su Proyecto educativo; la Dirección General de Educación ha impulsado la elaboración y edición de esta guía para ayudar en la realización de este proyecto. La guía se divide en tres partes: la primera hace referencia al proyecto lingüístico del centro, como marco normativo. La segunda contiene unas propuestas de actuación que permiten la realización del proyecto lingüístico del centro. La última parte esta destinada a los anexos.

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Este documento fue aprobado en el pleno del día 11 de abril de 2003

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Se incluyen el decreto 36/2001, de 9 de marzo, que regula la inspección educativa en el ámbito de la enseñanza no universitaria, la orden del 17 de mayo de 2001 por la que se aprueba el contenido del temario correspondiente a la parte B de la fase de oposición del procedimiento selectivo de acceso al cuerpo de inspectores de educación, y la orden de 10 de enero de 1996 por la que se aprueba el contenido del temario correspondiente a la parte A de la fase de oposición del procedimiento selectivo de acceso al cuerpo de inspectores de educación.

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Este trabajo consiste en la elaboración de un proyecto en francés, destinado a los alumnos de secundaria obligatoria, de acuerdo con los principios que la LOGSE regula. Lo realizan 6 profesores/as de 6 centros de EGB de la isla de Lanzarote. Objetivos: -Elaborar los contenidos conceptuales, procedimentales y actitudinales de las unidades temáticas del proyecto 'Vacances en France', teniendo en cuenta los objetivos generales de etapa y área. Dadas las dificultades encontradas a la hora de elaborar el proyecto se decidió realizar solamente la programación de las unidades propuestas, postergando las actividades de las mismas para el curso siguiente..

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La razón por la que se ha elegido este tema estriba en la necesidad de hacer una reflexión crítica sobre la escuela pública y privada en el periodo 1970-1980, manteniendo la hipótesis de que la polémica escuela pública y escuela privada en el periodo que nos ocupa podría ser una variante del antagonismo 'laicismo-confesionalidad'. Se trata de una investigación teórica que va analizando la polémica escuela pública-privada; laicismo-confesionalismo, a través de los siguientes capítulos: 1. Política escolar en la II República. 2. La enseñanza en el franquismo. 3. Intenta analizar en qué medida la situación de la época republicana se reiteraba en el periodo 1975-1980 y, concretamente, en el tema de la antinomia escuela pública-escuela privada. Artículos sobre educación de la Constitución de la II República. Pacto del Frente Popular, 1936. Artículo 27 de la Constitución española, 1978. Comunicado de la Asamblea General de la FERE. Ley Orgánica, 1980, por la que se regula el estatuto de centros escolares. Distribuciones. Porcentajes. La escuela pública tuvo en la II República el intento más serio de configuración como elemento conformador de la democracia. Después de la Guerra Civil, el nuevo Estado, entregará prácticamente la enseñanza en manos de la Iglesia; la inhibición del Estado es casi total, hasta Ruiz Giménez. La LGE de Villar Palasí, 1970, llega con retraso y cuando empieza a aplicarse la crisis económica modifica los presupuestos sobre los que se basaba; esto unido a la demanda educativa de calificación de fuerza de trabajo, hace que casi desde un inicio se modifique y se recorte (contrarreforma educativa de 1973). En el umbral de los 80, casi la mitad de la población escolar en los niveles básico y medio, asiste a centros no estatales, en su mayoría a instituciones religiosas; esto hace que se de una superposición a lo religioso o confesional. Este fenómeno hizo que la contraposicion escuela pública - escuela privada, se deslizase peligrosamente hacia una nueva variante del antagonismo laicismo-confesionalidad, de la época republicana, cuyo fruto fue una contrarreforma legislativa: Estatuto de Centros Escolares a favor de los sectores más conservadores de la sociedad. En estos momentos es pura utopía pensar que la extensión de la educación estatal pudiera conseguir a corto o medio plazo desplazar a la educación privada. Sería atentar contra la lógica del servicio público el despojar de fondos públicos al sector estatal para entregarselos a los colegios privados. En esta perspectiva cobra su significado la polémica acerca de las subvenciones públicas a los centros privados en relación con el 'ideario de centros': estos centros deberían cubrir unos mínimos de enseñanza homogénea con la de los centros públicos. En la medida en que hoy es más posible el acceso a la privada, las familias se plantean la opción en términos de eficacia de la enseñanza.

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Analizar la normativa legal que ampara el desarrollo de la educación tanto a nivel estatal como regional, centrándose en la Educación Especial. Analizar la normativa legal, estatal y regional, que ampara el desarrollo de la asistencia a niños deficientes. Analizar lo que ha sucedido a nivel institucional en la provincia de Santa Cruz de Tenerife. La realización del trabajo se ha dividido en seis etapas: delimitación del problema; recogida del material escrito y oral; clasificación, ordenación y evaluación del material recogido; verificación y valoración de la primera parte del informe; análisis bibliométrico; síntesis, comprensión e interpretación, con el fin de elaborar la discusión y las conclusiones. Documentos legislativos, judiciales o ejecutivos de carácter local, autonómico o nacional, archivos personales, tradiciones orales, fuentes impresas, etc. La Consejería de la Comunidad Autónoma Canaria promulga el 6 de agosto de 1992 una Resolución por la que se dictan instrucciones sobre el funcionamiento de la Educación Especial y los distintos servicios que intervienen en la misma. Después de analizadas las normativas legales podemos señalizar las siguientes puntualizaciones. Existe una gran diferencia entre lo que prescribe la normativa legal, tanto a nivel educativo como asistencial, y lo que se realiza en la práctica. Parte de los preceptos contenidos en las prescripciones legales a nivel estatal, referentes a educación en general y a Educación Especial, no se llegan a desarrollar en su totalidad. De las prescripciones promulgadas por la Comunidad Autónoma, referente al colectivo de minusválidos, un buen número de ellas no se llevan a la práctica en su totalidad. A partir de 1986 se introduce, en cuanto a normativa legal, un gran impulso de la Educación Especial en nuestra comunidad. En mayor o menor medida existe en nuestra comunidad una normativa legal que ampara la escolarización de estos niños en la educacion básica, pero no ocurre lo mismo con las Enseñanzas Medias. En la provincia de Santa Cruz de Tenerife ha sido clave el papel desempeñado por instituciones como el Cabildo de Tenerife y asociaciones de padres. La Educación Especial es, en cada momento histórico, consecuencia del punto de vista que del deficiente tiene la sociedad, plasmado dicho punto en sus documentos oficiales. En nuestra Comunidad Autónoma no existe una conciencia generalizada sobre los derechos de las personas deficientes, aunque sí una normativa legal que defiende y regula la asistencia educativa básica.

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Resumen en castellano, catal??n e ingl??s

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Resumen de la revista

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resumen basado en el del autor

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Conocimientos y opinión que tienen sobre el tema de la integración escolar las personas implicadas en la labor educativa. Análisis cualitativo de las diferentes opiniones para conocer cuales son las variables que hacen que se modifiquen las opiniones en favor o en contra del alumno deficiente en la escuela ordinaria. Se plantean nueve hipótesis. El campo de investigación son las comarcas de Barcelona, pero la población, y por tanto las conclusiones se refieren a toda Cataluña. El muestreo es al azar y estratificado. Se establecen dos grupos: el de referencia -coordinadores de CM y CS de centros ordinarios públicos y privados con aula de Educación Especial y el de ampliación o contraste -colectivos y profesionales vinculados con la educación-. El número de encuestas depende de los profesionales de cada colectivo y del número de centros por comarca. 199 en el grupo de referencia y 825 en el de contraste. Trabajo descriptivo. Partiendo de la situación actual de la investigación escolar en diferentes países y sus trayectorias analiza la opinión que diferentes profesionales tienen sobre la escolarización de los alumnos con dificultades especiales en régimen de integración y sobre el decreto 117/84 que la regula en Cataluña. Elabora nueve hipótesis, elabora encuestas, según lo que se quiere saber de cada colectivo, y realiza un análisis cualitativo de los resultados, confirmando o desestimando las hipótesis y ofreciendo nuevas vías de actuación para mejorar la escuela y hacerla más receptiva frente a las necesidades. Encuestas ad hoc. Análisis cualitativo manual; frecuencias absolutas y relativas, diagramas circulares y contraste de grupos mediante Chi cuadrado. Análisis cualitativo; se resumen y tabulan los datos, se categorizan y se comparan madiante diagramas de barras. El 57 por ciento del grupo de referencia y el 15 del grupo de contraste desconocen el decreto 117/84, el porcentaje de personas que lo conocen y lo consideran inviable es considerable. No hay criterios unificados a la hora de considerar si un alumno ha de ser escolarizado en régimen de integración o no. Respecto a la escuela ordinaria:. A/ No puede asumir alumnos con cualquier tipo de deficiencia. B/ Condiciona el hecho de aceptar alumnos con necesidades educativas específicas al disponer de los recursos humanos y materiales necesarios. C/ Los maestros no se consideran preparados para asumir cualquier tipo de deficiencia. La Administración ha de favorecer la integración y procurar que esta se de de forma positiva. Es necesario que se oriente y se elabore en la formación de los profesionales, sensibilizarlos hacia la diversidad, y facilitar la investigación y las experiencias.

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Analizar recorrido histórico del movimiento feminista y marco legislativo. Analizar el proyecto 'mujer' de promoción sociocultural de la mujer en el Ajuntamiento de Vilafranca del Penedés. El objeto de estudio es la promoción sociocultural de la mujer. Realiza un recorrido histórico de la situación social de la mujer en la historia del estado español, así como antecedentes históricos reflejados en distintas ideologías contemporaneas y movimientos feministas mundiales. También describe el marco legislativo que regula los temas relacionados con la mujer y las instituciones creadas en pro de la igualdad de derecho. Contextualiza el estudio explicando un programa de promoción sociocultural de la mujer de los Servicios Sociales de Atención Primaria del Ajuntamiento de Vilafranca del Penedés, llamado 'Proyecto Mujer. Barrio de l'Espirall' que tiene por objeto dinamizar un grupo de mujeres en distintas actividades de aprendizaje y dinamización lúdica. Bibliografía, observación. Análisis de fuentes primarias (bibliografía). La promoción sociocultural favorece la integración de las mujeres a la vida sociocomunitaria y desarrollan la conciencia de discrimación que favorece la reivindicación de su lugar social desde la perspectiva de igualdad social.

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Este n??mero es un monogr??fico titulado: El pr??cticum en los nuevos planes de estudio. Resumen basado en el de la revista

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Resumen tomado del autor. Resumen también en inglés

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Resumen basado en el de la publicaci??n