408 resultados para Castilla (Reino)-Legislación-S.XVI


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Tras definir qué es la sobredotación intelectual, la superdotación, la precocidad intelectual y el talento, se hace un repaso de la legislación estatal y de las comunidades autónomas concerniente a esta materia.

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Tras realizar un análisis de la legislación nacional concerniente a la Educación Preescolar, Infantil y Primaria, se recopilan las normas extremeñas de estos niveles educativos.

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Cuaderno de trabajo del material descrito en el registro 00920102006847

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Se analizan los aspectos señalados en el Libro Blanco de la Educación en Castilla-La Mancha acerca del primer ciclo de la educación infantil. Se propugna la intervención de la Consejería de Educación en dos sentidos: por un lado, se demanda un aumento efectivo de la oferta de plazas escolares para esta etapa y por otro se solicita la intervención educativa para operar cambios en los centros de atención a la infancia o CAIs, dependientes de la Consejería de Bienestar Social. Estos cambios deben dirigirse a adecuar el sistema educativo de esta etapa a las demandas sociales y familiares y a la vez, a las necesidades de los propios niños.

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Analiza el entorno y las caracter??sticas de poblaci??n en Castilla y Le??n. A trav??s de datos estad??sticos se estudia la relevancia e intencionalidad pol??tica y pedag??gica de los colegios rurales agrupados como f??rmula descentralizada y territorializada de escolarizaci??n que permite una ordenaci??n m??s adecuada del servicio educativo en zonas desfavorecidas por razones geogr??ficas y un impulso a la escuela rural que garantice la igualdad de oportunidades..

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Número monográfico sobre Isabel la Católica y su tiempo

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Número monográfico sobre Isabel la Católica y su tiempo

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Resumen tomado de la revista

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Presenta un recorrido por la historia y el estado actual de la EPA en el Reino Unido. En un primer apartado analiza el contexto histórico de la enseñanza de adultos en este país, desde los años 70. Después desarrolla las labores educativas llevadas a cabo con adultos hasta ahora, principalmente de lectoescritura, lengua, matemáticas. Se centra en la labor desarrollada por NIACE -Instituto Nacional para la Educación Continua de Adultos-, y en los programas relacionados con destrezas básicas. Finaliza con una reflexión sobre el incierto futuro de este programa.

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Se analiza la misión de las bibliotecas escolares en Castilla-La Mancha, así como los recursos y el personal que necesitan para desarrollar sus funciones. Se plantean dos objetivos básicos: realizar un diagnóstico general del estado de las bibliotecas escolares de la región y conocer el uso y la opinión que tienen los distintos miembros de la comunidad educativa acerca de las bibliotecas escolares. Para recabar esta información, se usan cuestionarios basados en las directrices de otros países o en organismos internacionales: IFLA/UNESCO. La mayoría de los centros cuenta al menos con una biblioteca escolar que suele trabajar sin estar integrada en la comunidad educativa y sin recibir colaboración de instituciones externas. Se destaca la importancia del presupuesto, aunque un alto porcentaje de las bibliotecas escolares analizadas no cuentan con un presupuesto propio, y la cantidad del presupuesto general que se les suele adjudicar es, en la mayoría de los casos, insuficiente. El local no suele ser de uso exclusivo de la biblioteca y las dimensiones no cumplen las recomendaciones de la IFLA, así como el equipamiento informático, inexistente en algunos casos e insuficiente en otros. Se muestra una carencia de personal especializado dedicado expresamente a la biblioteca. Los fondos documentales son, en su mayoría, libros: un alto porcentaje de centros dice no disponer de otros soportes tales como DVD o CD-ROM. Muchos de los centros analizados cuentan, en el curso 2002-03, con un sistema automatizado de gestión bibliotecaria, aunque las nuevas tecnologías para los usuarios no están aún muy introducidas en la biblioteca escolar. En lo referente a servicios, el número de horas de apertura es escaso y, por tanto, el uso que se hace de este tipo de bibliotecas es insuficiente.

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Resumen tomado de la publicaci??n

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Se analiza la Ley Orgánica General del Sistema Educativo (LOGSE), la Ley Orgánica de Calidad de la Enseñanza (LOCE) y el reciente documento para el debate del Ministerio de Educación y Ciencia (2004), base de la Ley Orgánica de Educación (LOE). La guía para su análisis es la búsqueda de concepciones sobre el sujeto y la subjetividad. Las leyes generales educativas son dispositivos discursivos de fijación de visiones del sujeto infantil. La ausencia de sujeto en el marco normativo de la escuela primaria supone la presencia de visiones sobre la subjetividad. Una primera imagen de la representación de los sujetos infantiles en los documentos legales es la necesidad de que el niño y la niña dejen de serlo lo antes posible para transformarse primero en alumnos y posteriormente en adultos útiles y productivos para la sociedad. Los objetivos fundamentales de la LOGSE son permitir que niños y niñas conformen su propia y esencial identidad; desarrollen la suficiente autonomía personal y logren el pleno desarrollo de la personalidad del alumno. Los textos legales enfatizan el componente socializador de la escuela y se identifica la educación como un proceso normalizador e integrador que tiene como objetivo insertar a los sujetos en la sociedad y que éstos aporten lo mejor de sí mismos. El sujeto de la LOCE aparece vinculado al espíritu emprendedor, al esfuerzo y la exigencia personal y al deber, la disciplina y el respeto al profesor. Todo ello contrasta con la actual propuesta del Gobierno que coloca en el centro la formación de una cultura democrática, tolerante y solidaria a partir de la educación en valores. En una sociedad democrática la educación en valores debe referirse a aquellos que capacitan para el desarrollo de la ciudadanía. El desarrollo de actitudes de respeto, tolerancia, solidaridad, participación o libertad debe figurar entre los objetivos y las tareas del sistema educativo.

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En 1993, el Ministerio de Educación establece la Orden que regula las líneas básicas para el desarrollo del currículo de las enseñanzas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria por las personas adultas. Dicha Orden, se limita a establecer la duración de estas enseñanzas en 1200 a 1500 períodos de 45 minutos repartidos en dos años académicos, y su organización en cuatro campos de conocimiento: Comunicación, Sociedad, Naturaleza y Matemática. Sólo un centro público de Madrid y otro de Burgos implantan anticipadamente las enseñanzas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria. En la normativa y política del Ministerio predominan dos enfoques: el de especificidad de la Educación de Personas Adultas y el de la adaptación a la Educación Primaria y Secundaria. En esto influye la incorporación de los profesores del Cuerpo de Secundaria a la EPA, tal y como propugna la LOGSE. La regulación por comunidades autónomas es la siguiente: Galicia opta por dar una visión más integrada que el Ministerio a la Educación Básica de Adultos/as y mayor orientación a los modelos optativos; Andalucía incorpora el Área de Desarrollo Social y Funcional como elemento distintivo de la EPA e imparte los últimos niveles de Educación de Adultos sólo en los institutos; Canarias incorpora el Área de Trabajo y Sociedad y el Área de Desarrollo Personal y Participación Social; País Vasco reduce a tres los ámbitos de conocimiento y extiende la estructura cuatrimestral a toda la Educación Básica de Adultos y la optatividad a más niveles; Navarra imparte los últimos niveles de Educación de Adultos sólo en los institutos, mantiene los campos curriculares en todos los niveles y flexibiliza la optatividad; la Comunidad Valenciana lo organiza en 'programas', lo que supone un currículo bastante abierto; la Comunidad de Madrid simplifica la ordenación de la Educación Básica de Adultos, amplía la optatividad y está pendiente de elaborar un nuevo currículo para adultos; Baleares adopta el modelo del Ministerio y está pendiente de elaborar un nuevo currículo para adultos; Cataluña se demora en la regulación de la Educación Básica de Adultos; y Castilla-León tiene cierta indefinición e imprecisión en aspectos como la ordenación, la optatividad y algunos elementos curriculares de la Educación Básica de Adultos.