272 resultados para Normas y patentes
Resumo:
Se pone de manifiesto una serie de normas para la actualización del Diccionario de la Lengua española. En primer lugar se señala que es urgente una revisión de los términos científicos que vienen definidos en el Diccionario de la Lengua, porque se observa que las definiciones en general no son correctas. En ocasiones son confusas, y en el peor de los casos son completamente erróneas. Se ponen ejemplos concretos a modo de explicación. También se propone un procedimiento para realizar correcciones. Las correcciones en el Diccionario deben ser hechas por un equipo de técnicos especialistas, como lingüistas y especialistas en sus respectivas materias. Estos equipos deberán estudiar los palabras de su respectiva especialidad que estén expresadas incorrectamente en el Diccionario, o también cuando la definición correspondiente esté anticuada. El objeto primordial es indicar algunos de los defectos principales del Diccionario de la Lengua española e indicar qué es lo que se puede hacer para que pueda cumplir con la misión que le está asignada.
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Se revisa la legislaci??n, a nivel supranacional y nacional, relativa a la adaptaci??n de la ense??anza y acceso a la educaci??n de ni??os con necesidades educativas especiales, as?? como los apoyos con los que se cuenta al abordar la atenci??n a las personas con necesidades especiales desde el punto de vista legal.
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Con esta Orden, el Ministerio de Educación Nacional dispone como día de la 'Fiesta del Libro Español' el 23 de abril y concederá varios premios con diversas cuantías para los siguientes trabajos: artículo periodístico con las bibliotecas infantiles como temática; dos composiciones poéticas en honor a San Benito; la mejor colección de artículos publicados en la prensa de España sobre temas relativos a bibliotecas y a su función social, moral y educativa. Asimismo, se establecen las condiciones y plazos para la concesión de dichos premios.
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Se elabora una s??ntesis de la legislaci??n (decretos-ley, decretos, ??rdenes y resoluciones) de 1970 y 1971 promulgada, en aplicaci??n y desarrollo de la Ley General de Educaci??n y Financiamiento de la Reforma Educativa del 4 de agosto de 1970.
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Se elabora una síntesis de la legislación (decretos-ley, decretos, órdenes y resoluciones) de 1970 y 1971 promulgada, en aplicación y desarrollo de la Ley General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa del 4 de agosto de 1970.
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Se hacen unas reflexiones de tipo general sobre el concepto actual de la Historia y se plantean las dificultades pedagógicas que surgen, a medida que se desciende a los niveles más elementales de la enseñanza, debido a las distintas capacidades o preparación de los alumnos. Esta dificultad, puede explicar su retraso en la incorporación a los Manuales. Analiza el objetivo fundamental de la Historia: el estudio de la vida humana en el pasado, el hombre en su totalidad. El historiador puede escoger para su estudio cualquier rama de la historia pero teniendo siempre en cuenta que cada rama forma parte de un tronco común, que es el hombre en una época determinada. Finaliza con un esquema didáctico de la enseñanza de la Historia.
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La escuela unitaria es la que presenta mayor complejidad para la elaboraci??n de los programas de ense??anza, por la diversidad de su alumnado. Por ello se analizan aqu?? los factores que hay que tener en cuenta a la hora de elaborar los programas de Matem??ticas para tercero cuarto curso, que luego pueden acomodarse a las distintas modalidades de escuelas. Se especifican los fines y objetivos de dicha ense??anza, las materias integrantes en los Cuestionarios, una descripci??n de la modalidad de la escuela en cuanto al n??mero de maestros que la han de servir ,el grado de madurez global de los escolares, seg??n el medio geogr??fico y social en que la escuela est?? ubicada. Se hace hincapi?? en las fuentes de motivaci??n e intereses de los alumnos, la utilizaci??n del material did??ctico existente en la escuela as?? como la adaptaci??n de los contenidos generales del curso al tipo de escuela.
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Se analiza la importancia de la biografía para enseñar Historia en la escuela primaria, ya que el sentido histórico y la conciencia histórica no se alcanzan hasta después de los doce años. Estas narraciones no sólo aportan datos sobre determinadas personalidades universales, sino que brindan las características específicas sobre las costumbres, relaciones sociales y cultura, entre otros aspectos, relativos a la época en que vivió el personaje. Se expone el valor didáctico y pedagógico de las biografías y concluye con unos criterios de selección biográfica y unas normas para su tratamiento didáctico.
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Se describen brevemente cuatro de las fases utilizadas para la confección de las pruebas objetivas que resultan idóneas para conocer de forma cuantitativa los conocimientos de los escolares y así obtener datos precisos para mejorar la organización de la escuela y de la enseñanza.
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Transcripción y comentario de la reforma de determinadas reglas de prosodia y ortografía, llevadas a cabo por la Real Academia Española, y declaradas preceptivas a partir de 1 de enero de 1959.
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Transcripción de la orden por la que se indican las normas que deben regir para la votación de la Medalla de Honor, las del Ministerio del Ejército, la Medalla de Honor de la Agrupación Española de Acuarelistas y la Medalla de la Asociación de Pintores y Escultores, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 27 del vigente Reglamento de las Exposiciones Nacionales de Bellas Artes .
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Se establece el Plan de Estudios del Primer Curso de las Escuelas de Magisterio para el curso 1945-1946, que constaría de las siguientes materias: Pedagogía general, Psicología, Metodología de las Letras, Lengua, Literatura española, Ciencias Matemáticas, Religión y su Metodología, cursos prácticos y de especialización y Educación Física y Deportes. Los alumnos y alumnas tenían la obligación, además, de cursar un curso de especialización profesional. Se distinguían Escuelas de Magisterio Femeninas y Masculinas, que formarían por separado su cuadro administrativo y el profesorado para la formación de los alumnos futuros profesores y profesoras.
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Establecer el grado de cumplimiento e incumplimiento de las normas de admisión de los alumnos en los centros sostenidos con fondos públicos dentro del territorio MEC. Estudiar las repercusiones de estas normas.. 1. Fase: Delegados Provinciales de Educación del territorio MEC. 2. Fase: 35 directores de centros públicos y concertados, elegidos aleatoriamente entre las provincias con amplia aplicación de la normativa y que a su vez hubieran tenido más demanda que plazas. Provincias: Badajoz, Murcia, Palma de Mallorca, Valladolid y Madrid. 15 centros de EGB, 15 de BUP y 5 de FP. 3. Fase: 300 padres de alumnos de primero de EGB y primero de BUP. 150 padres de alumnos admitidos en centros solicitados en primera opción y 150 rechazados. 1. Fase: entrevistas en las Delegaciones Provinciales de Educación del Territorio del MEC. 2. Fase: 35 entrevistas a Directores de centros públicos y concertados. 3. Fase: aplicación de 300 cuestionarios a padres de alumnos de primero de EGB y primero de BUP con un informe cuantitativo del mismo. Preguntas: motivo elección centro, proceso admisión (documentos exigidos, problemas y grado de satisfacción), grado de aceptación de la normativa vigente y opinión sobre su nivel de aplicación, conocimiento de los criterios y grado de aceptación, proximidad y características del Centro grado de satisfación. Entrevistas (primera y segunda fase). Cuestionario elaborado con ayuda de técnicos del CIDE (tercera fase). Descriptivo: frecuencias y porcentajes (tercera fase). La aplicación de las normas de admisión tiene carácter general sólo en determinadas provincias, ya que son muchas en las que la oferta es superior a la demanda. Los criterios de selección -renta familiar y proximidad de domicilio-, no han tenido una aplicación uniforme. La aportación del dato de la renta casi siempre ha originado protestas y su aplicación ha sido conflictiva. Asimismo, en todos los Centros se han aplicado criterios complementarios. Las calificaciones obtenidas en EGB están siendo utilizadas incluso con una baremación superior a la estipulada. En FP la normativa resulta ineficaz, sería conveniente diseñar criterios propios para este nivel. También sería conveniente revisar la idoneidad del Decreto para el Bachillerato y considerar otros criterios de puntuación más acordes con la realidad de estos centros.
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Ampliar los estudios existentes en el ámbito del razonamiento social infantil y concretamente en relación a la comprensión y evaluación de distintos tipos de normas ligadas al contexto escolar. La muestra está compuesta por 61 niños (30 niños y 31 niñas) de clase media, de un Colegio Público de Madrid. En ella se incluyen 4 grupos de edad en los cuales el número de niños y niñas era aproximadamente el mismo: 1. (N=15), 3. (N=16), 5. (N=15) y 8. (N=15). A modo de VI. se utilizaron 4 situaciones hipotéticas en forma de historietas que implicaban la transgresión de una norma de distinta naturaleza (moral o convencional), y con distintas funciones dentro de la organización escolar. Como VD. se tomó la información recogida en las respuestas dadas por los niños ante las cuestiones planteadas. Se pidió al niño: -valoración de cada acto presentado o transgresión (positiva, neutra o negativa); -argumentos de justificación que acompañan a las valoraciones; 1) Morales, 2) Orientación a la autoridad, castigo y norma, 3) Organización social, 4) Personal, 5) Otras respuestas. Se utitilizó el método clínico de Piaget a modo de entrevista individual semiestructurada. Pruebas de Fisher y Cochran para comparar las diferencias entre los distintos grupos de edad y entre las categorías de respuesta. Los resultados obtenidos en el estudio fueron los siguientes: razonamiento infantil con respecto a los dos tipos de transgresiones: a) Transgresión moral: el razonamiento se apoya en rasgos intrínsecos a la acción, en las consecuencias nocivas para el otro. b) Transgresión socio-emocional; tres criterios: 1) Necesidad de preservar el buen funcionamiento del aula o la escuela; 2) Necesidad de evitar castigo, respetar normas, costumbres; 3) Interés personal del sujeto. Razonamiento infantil en relación a las distintas edades: los resultados confirman que hay diferencias notables en los juicios que emiten los niños en las distintas edades: -Los más pequeños (primero y tercero de EGB) valoran negativamente todo acto que suponga transgresión a una norma independientemente de su naturaleza. -Los mayores (quinto y octavo de EGB) valoran de forma negativa únicamente los actos de transgresión moral o un notable perjuicio para la organización social. Atendiendo a otros aspectos del razonamiento del niño pequeño se concluye que no es posible afirmar que los pequeños mantengan una única orientación general hacia las normas, aceptándolas como si fueran mandatos que deben ser obedecidos, sino que poseen (ya desde los 6 años) ciertos conceptos y nociones acerca de las funciones de algunas de estas normas. En relación a la autoridad se concluye que los niños pequeños no conciben el ejercicio de la autoridad fuera de los límites de lo moral o pragmáticamente deseable.
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El artículo forma parte de una sección de la revista dedicada a innovación: los valores en la escuela