194 resultados para decreto ley
Resumo:
Resumen tomado de la publicaci??n
Jóvenes en conflicto con la ley y la intervención institucional en el marco de los derechos humanos.
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La intervención institucional que se realiza con jóvenes en conflicto con la ley tiene como objetivos comunicar una forma distinta de vida, desarrollando la responsabilización y el desarrollo de la autonomía y el autogobierno en lo jóvenes, el trabajo institucional y socioeducativo despliega sus acciones en la formación de valores y normas y posibilita así una ética personal acorde con su forma de vida. Puesto que ningún sujeto está fuera de un orden social, el hecho de intentar que un jóven asume la propia responsabilidad conduce a que asuma una mayor conciencia del entorno y que tenga en cuenta los intereses, los sentimientos y las diferencias de los otros.
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El proyecto tiene como objetivo fundamental investigar sobre las modificaciones y posibles consecuencias de la aplicación de la Reforma del Sistema Educativo para diseñar un modelo de transformación de centros de Formación Profesional en institutos de Enseñanza Secundaria. Se trata de describir la estructura y organización escolar del centro antes y durante la fase experimental de la Reforma; analizar los cambios producidos por dicha experiencia (enseñanzas, profesorado, organización del centro, aspectos pedagógicos, etc.) y discernir entre lo específico del centro y lo susceptible de ser generalizado y, por lo tanto, de aplicación en otros centros. Las actividades propuestas consisten en la recogida de datos, estudios comparativos entre las distintas fases experimentales o no de la Reforma llevadas a cabo, elaboración de conclusiones (encuestas, entrevistas, análisis estadísticos, conceptuales, y gráficos), diseño del modelo y posibles propuestas. La evaluación o valoración de las conclusiones modelo obtenidas no es posible hasta la aplicación de éstas en otros centros. No hay memoria..
Análisis de la Ley General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa y de su desarrollo.
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Se estudia el desarrollo reglamentario de Ley General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, haciendo un especial hincapié en los aspectos no desarrollados, en las contradicciones producidas en su puesta en marcha y en su nivel de cumplimiento. El análisis parte de las referencias legislativas y reglamentarias anteriores a la promulgación de la Ley General de Educación, prosiguiendo con el análisis de contenido de los diferentes títulos y capítulos, para terminar con el estudio del desarrollo reglamentario y grado de cumplimiento de cada unos de los temas objeto de estudio. La metodología se centra básicamente en lo referido a la legislación escolar y a las ciencias del Derecho, con especial hincapié en los problemas de interpretación jurídica. Se pone de manifiesto la importancia de la Ley General de Educación, por lo que supuso el hecho de generalizar la Educación Básica a toda la población hasta los catorce años, la implantanción del Bachillerato Unificado y Polivalente y, sobre todo, la consideración de la educación como un sistema global articulado en un texto único, en el que se relacionan todos los mecanismos del sistema educativo. Los logros de la ley son indiscutibles en cuanto al nivel de escolarización, habiéndose acabado con la discriminación existente, por la implantación de un bachillerato polivalente y otros aciertos. Sin embargo, es necesario ampliar el periodo de obligatoriedad y hacer accesible a las distintas capas sociales las enseñanzas posteriores, así como potenciar los estudios técnico-profesionales, adaptándolos a las exigencias del mundo del trabajo, sin olvidar las demandas de más y mejor educación por toda la sociedad.
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Tiene por objeto determinar si la ley establece mecanismos adecuados para posibilitar una efectiva participación de los distintos colectivos de la comunidad educativa, y la realidad de dicha participación en los centros escolares. Analiza la influencia que los miembros de la comunidad escolar creen tener en las decisiones que afectan a la vida del centro y otras variables psico-sociológicas relacionadas. Para la consecución del objetivo utiliza dos tipos de metodología: el análisis de los textos legislativos referidos a la participación y las encuestas para conocer la opinión de los componentes de la comunidad educativa. Los términos en que la Ley establece la participación representan un avance importante, con el reconocimiento formal de la presencia de todos los colectivos en el Consejo Escolar, que abre un camino que puede contribuir a la democratización real del sistema educativo.
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Estudiar los fundamentos de la intervención pública en la enseñanza y con la finalidad de que pueda servir de dato para la construcción de un futuro derecho de la educación.. En la primera parte se estudia el derecho administrativo de educación. Después separa la libertad de enseñar, la libertad de educar y la liberación educativa, y se ocupa de los antecedentes legislativos tanto de las enseñanzas primarias como de las medias y superiores. También se analiza la libertad de enseñanza en la Ley General de Educación con la democratización y socialización de la enseñanza, la libertad de creación y el funcionamiento de centros no estatales de naturaleza jurídica de la autorización la educación como servicio público. Y por último, la libertad de educar en la Ley General de Educación, es decir, la libertad de cátedra, la libertad de métodos y medios educativos, y la libertad de participación.. La libertad de enseñanza es la facultad de fundar o crear centros docentes, mientras que la libertad de cátedra es la facultad de libre expresión ideológica. La educación es un proceso cuya función general, junto con la formación general básica, socializadora e integradora, consiste en proporcionar una instrucción profesional para los distintos grados de trabajadores, por lo tanto se puede considerar una inversión productiva. Para integrar a toda la población estudiantil debe ser gratuita y permitir el acceso a la formación superior. La libertad de educar comprende la libertad y objetividad en la selección del docente; la libertad de expresión científica; y la libertad de participación en la gestión. La disciplina y el orden universitario han de ser responsabilidad de la autoridad académica democráticamente elegida ya que solo el acceso democrático al poder justifica y legitima un escrupuloso ejercicio del mismo.. La educación es un instrumento decisivo de igualación social que debe ser libre, no sujeta a un fin, dogma político o religioso. La organización de la educación no debe ser estatal o privada sino que los titulares de la empresa serían las agrupaciones de padres, alumnos e instituciones sociales y profesionales. Según los niveles educativos, se pactaría con las organizaciones libres del profesorado, la prestación del servicio de enseñanza que financiaría el Estado. Para lograr la libertad de cátedra es esencial la libertad y objetividad en la selección del profesorado. Para que la ley cumpla con los fines pretendidos, no es necesario simplemente un incremento de la financiación, sino que el propio sistema educativo sea corregido en la causa de su desigualdad, es decir, en su complejidad y duración del sistema. Sería necesario adelantar la educación general básica acortando su duración a siete años y generalizando el preescolar; refundir la formación profesional no universitaria y el BUP como tercera etapa de un solo nivel de educación obligatoria; suprimir el COU sin perjuicio de que se impartan funciones de orientación; y limitar la educación formal superior a 3-4 años y adelantar la edad para el ingreso directo en la educación superior.
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Determinar los criterios sobre los que deben actuar, de acuerdo con la LOGSE, los maestros de Educacion Infantil, para acelerar y enriquecer el lenguaje oral de los niños de entre dieciocho meses y cuatro años y redactar un plan de formación inicial y permanente de estos profesores.. Cien niños escolarizados en cuatro escuelas infantiles de la Comunidad de Madrid. Se triangula la observación con el cuestionario de familias y profesora-tutora, buscando su validez empírica. Se observa el lenguaje espontáneo mediante actividades lúdicas, sin olvidar el lenguaje comprensivo y analizando con rigor las variables Contacto-Comunicación y Conceptuación, a través del análisis de las subvariables que las constituyen. Cuando la triangulación de la observación presenta resultados diferentes, se opta por las grabaciones. SPSS, observación, cuestionario. Prueba T y Prueba Levene. En cuanto a la comparación de medias intergrupos de la variable Contacto-Comunicación, no hay diferencias significativas de medias entre los individuos por razón de sexo ni de clases culturales. En cuanto a la comparación de intergrupos de las subvariables de la variable dependiente Contacto Comunicación, no hay diferencias significativas de medias en ninguna subvariable por razón de sexo ni entre las clases culturales alta y media, ni entre media y baja. En cuanto a la selección de variables destaca la escasa longitud media de la expresión, la escasez de preguntas elaboradas y la pobreza de pronombres personales, que limita la flexión de los verbos.
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Contribuir al estudio de la aportación de la Iglesia en el campo de la educación y en concreto a la formación del maestro. Las nueve Escuelas de Magisterio de la Iglesia en Madrid, como representativas de todas las escuelas de este tipo existentes en España. Estudia separadamente cada una de las nueve Escuelas de Magisterio de la Iglesia existentes en Madrid. En cada una se describen y valoran las facetas: origen de la escuela, aprobación del expediente de creación, decreto de erección, ubicación de la escuela, fines de la educación, planes de estudio, horario de clases, libros de texto, métodos de trabajo, alumnado, formación del alumnado, prácticas pedagógicas, profesorado, exámenes, titulación, cursillos de orientación pedagógica. La ley de Educación Primaria de 17 julio de 1945 permite la creación de Escuelas de Magisterio por parte de la iglesia y de entidades privadas: estas escuelas antes estaban sólo a cargo del Estado. Gracias a esta ley se amplió en cantidad y calidad el marco de formación del maestro en España. Las Escuelas del Magisterio de la Iglesia tenían su sustantividad propia. En principio surgieron para la promoción de sus propios miembros. Se llegaron a crear 118 escuelas en toda España, número excesivo que motivó falta de consistencia en alguna de ellas y su clausura en breve tiempo. Este hecho demuestra que faltó una buena planificación a nivel nacional. La normativa marcada por la ley de Educacion Primaria de 1945 tuvo 22 años de vigencia durante los cuales las Escuelas del Magisterio de la Iglesia tuvieron su máximo desarrollo. Del estudio hecho sobre lo que supuso en nuestra sociedad la acción de la Iglesia como educadora, afirma que las Escuelas del Magisterio de la Iglesia supieron prestar a la sociedad una eficaz labor educativa y que sus métodos y técnicas pedagógicas estuvieron siempre a la altura exigida. La nueva Ley refundida de 1967 marca un cambio radical en los estudios de Magisterio y las Escuelas de la Iglesia para responder a las nuevas exigencias educativas siguieron una política de fusión. En Madrid de las nueve escuelas existentes surgieron la Escuela Escuni, La Salle y Don Bosco que supieron captar la situación, nuevo estilo y modo de ser de la enseñanza en España. La transformación de las Escuelas de Magisterio en escuelas universitarias del profesorado es un tema que queda abierto a posteriores estudios.
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Tras el traspaso de las competencias en materia de ense??anza de adultos a la Comunidad de Madrid, la Direcci??n General de Promoci??n Educativa se propuso iniciar el desarrollo de un marco normativo espec??fico y dise??ar y planificar acciones y programas para este tipo de ense??anza. En la primera parte de la obra se expone el marco general de actuaci??n para la ordenaci??n, desarrollo y gesti??n de la educaci??n de las personas adultas. En la segunda parte, se recogen las ideas y principios de las directrices europeas en los que se ha basado la Consejer??a de Educaci??n para establecer los elementos b??sicos del sistema educativo. Por ??ltimo, se incluye una relaci??n de las normas ordenadas por su rango que la Comunidad de Madrid ha dictado para regular la educaci??n de personas adultas. Esta obra se dirige a inspectores, asesores, equipos directivos, profesorado y otros profesionales del ??mbito educativo.
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Resumen tomado del libro
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Resumen tomado del libro
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Folleto divulgativo sobre los derechos de los niños en el que se incluye el articulado de la ley de garantías de los derechos de la infancia y la adolescencia en Comunidad de Madrid..
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Comentario y análisis del texto de la Ley Orgánica del Derecho a la Educación y los Reales Decretos que la desarrollan: criterios de admisión de los alumnos; Reglamento de los órganos de gobierno de los centros públicos de EGB, BUP, FP; Reglamentos de normas básicas sobre conciertos educativos; Consejo Escolar del Estado; Asociaciones de alumnos; Asociaciones de padres de alumnos; y Reglamento de actividades complementarias y de servicios de los centros privados en régimen de concierto. De cada uno de ellos se presenta un breve comentario, un cuadro y el texto legal.
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La Federación Concapa da su punto de vista sobre la Ley Orgánica 10-2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación. Esta asociación de padres cree que la ley mejorará la enseñanza secundaria en la formación de los alumnos en valores de humanismo cristiano.